Revision De Los Actos De Ejecucion
En virtud de los alcances del artículo 848 de la Ley Federal del Trabajo: las resoluciones de las Juntas no admiten ningún recurso. Las juntas no pueden revocar sus propias determinaciones y, en concordancia con el artículo 686, solo pueden dictar proveídos tendientes a regularizar el procedimiento, sin que este implique la revocación de sus acuerdos o resoluciones anteriores.
En efecto, la interposición de recursos ordinarios en el procedimiento laboral rompería con el principio rector de su celeridad, lo cual no impide que las partes puedan combatir los fallos definitivos mediante juicio de amparo.
Si afectar el sentido de las resoluciones, esta revisión procede cuando las autoridades …ver más…
II.- admitido el recurso, se solicitará del funcionario presuntamente responsable, rinda su informe fundado y motivado adjuntando las pruebas correspondientes.
III.- la junta deberá citar a una audiencia que deberá celebrarse dentro de los 10 días siguientes en que se admitió el recurso para recibir, admitir las pruebas y dictar resolución (art. 854 LFT).
EFECTOS DE LA RECLAMACIÓN
La procedencia de la reclamación producirá la modificación o cancelación de la medida de apremio o disciplinaria y la aplicación de la sanción al funcionario responsable en términos de los artículos 672 y 855.
SANCIONES A LOS RECURSOS NOTORIAMENTE IMPROCEDENTES
Los presidentes de las juntas podrán sancionar al promovente con multa de dos a siete veces el salario mínimo vigente de la zona económica correspondiente, cuando el recurso sea notoriamente improcedente.
Se entenderá como notoriamente improcedente, cuando a juicio del presidente de la junta, la promoción de la revisión de la reclamación tuvo el propósito de demorar o entorpecer la administración de justicia (art. 856 LFT).
Sin lugar a dudas, es de reconocer el beneficio de esta disposición, que debería de tener plena aplicación en todos los actos procesales, ya que se debe sancionar con rigor todos aquellos actos impropios que tiendan a obstaculizar el procedimiento, o de evidente inviabilidad.
Debiendo en su caso dar parte al