Resumen patria del criollo cap. 6
De la obra analizada, comprendo que por influencia internacional y por la necesidad de equilibrar los poderes tradicionales del Estado, han surgido en países como el nuestro órganos constitucionales autónomos, con diversos grados de independencia de los tres poderes supremos, a saber, el Legislativo, Ejecutivo y Judicial. En el caso de México, encontramos que la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, en sus artículos 28, 41, fracción III, 73, fracción XXIX-H; y 102, apartado B, se refiere, respectivamente, al Banco México, al Instituto Federal Electoral, al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, como organismos autónomos.
Cabe agregar …ver más…
Ahora bien, se entiende por órganos constitucionales autónomos aquellos que -de manera fundamental e inmediata- se establecen en la Constitución y que no se adscriben con precisión a ninguno de los poderes tradicionales del Estado. En ese sentido los referidos órganos representan una evolución de la teoría clásica de la división de poderes porque se asume que puede haber órganos ajenos a los tres poderes tradicionales sin que se infrinjan los principios democráticos o constitucionales. Asimismo, considero que de tampoco debe implicar que se les considere como un poder supremo adicional, es decir, un cuarto poder, puesto que su función básica considero debe de ser la de controlar y equilibrar los poderes primordiales del Estado, de conformidad con la teoría de los pesos y contrapesos entre el poder Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial.
María del Pilar Hernández, en su artículo “Autonomía de los Órganos Constitucionales”, cita a Cárdenas Gracia, Jaime et al, Estudios Jurídicos en torno al Instituto Federal Electoral, México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2000, al señalar que “Son órganos de equilibrio constitucional y político, y los parámetros bajo los cuales desempeñan su función no pasan por los criterios inmediatos del momento sino que preservan la organización y el funcionamiento constitucional. En última instancia, son órganos de defensa