PERIODO Y CLASIFICACION DE LA PENA
- La Venganza Privada
La idea de la venganza es un movimiento natural y por mucho tiempo se consideró esta idea no sólo como natural, sino como legítima y necesaria. La Venganza privada era realizada de familia a familia, de tribu a tribu, de clan a clan, por lo que se afirma que la responsabilidad penal, antes que individual, fue social.
Este período se caracterizaba:
A) Porque la acción penalizadora no se ejerce como función política del Estado, sino que el ofensor es víctima de una reacción desorbitada y sin medida, sin que la sociedad como organización política intervenga para nada. Es una reacción punitiva entre el ofendido y el ofensor, o entre un …ver más…
La infracción que las leyes castigan con penas correccionales, es un delito. La infracción que las leyes castigan con una pena aflictiva o infamante es un crimen."
De ese texto se desprende que la clasificación tripartita de la pena es aquélla que la divide en penas criminales, correccionales o contravencionales. Como se puede ver esa clasificación está asociada a la gravedad de la infracción
PENAS CRIMINALES:
El artículo 6 del Código Penal Dominicano establece que: "las penas en materia criminal son aflictivas, infamantes o infamantes solamente". Ahora bien, según el artículo 7 del referido Código (Modificado por la Ley No. 46-99 del 20 de mayo de 1999 del citado Código las penas aflictivas o infamantes son:
1) La reclusión mayor. Esta se pronunciará por tres años a lo menos y veinte años a lo más (Art. 18 Cód. Penal);
2) La detención. No podrá ser menor de tres años ni mayor de diez (Art. 21 citado Código);
3) La reclusión menor. La duración de la reclusión menor, no podrá ser menor de dos años ni mayor de cinco (Arts. 22 y 23 del Código Penal).
LAS PENAS CORRECCIONALES:
Entre las penas correccionales, que señala el Código Penal se encuentran:
1.- El destierro de 1 a 3 años (art. 37).
2.- El confinamiento de 6 meses a 2 años (art. 39). 3) Prisión correccional de 6 días a 2 años (art. 40).
3.- La interdicción de algunos derechos cívicos, civiles o de familia de 1 a 5 años (arts. 42 y 48-4).
4.- La interdicción de algunos