Organismos administrativos del trabajo
Ministerio del trabajo
Se entiende como Ministerio el conjunto de los distintos departamentos en que se divide la administración del Estado, debemos entender entonces que cuando nos referimos al Ministerio el Trabajo es un departamento de la administración del Estado de Venezuela encargada de la materia laboral entendiéndose esta la comprendida entre las relaciones laborales existentes entre el empleador y su trabajador (en sentido general).
Visión del Ministerio del Trabajo:
El Ministerio del Trabajo será la institución líder para el alcance del equilibrio político, económico y social del país enalteciendo el trabajo productivo y amparando la dignidad humana de las trabajadoras y trabajadores …ver más…
El nombramiento de comisionados deberán consultarlo al Ministerio del ramo.
Otra de las funciones de las inspectorías del trabajo viene determinada por el conocimiento, tramitación legal y desarrollo:
* De los reclamos
* De los despidos masivos
* Del registro de organizaciones sindicales
* Del fuero sindical
* De los conflictos colectivos y la función de la administración del trabajo
* De la negociación de convenciones colectivas de trabajo
* Del referéndum sindical
* De la reunión normativa laboral
* De las sanciones
* De la solvencia laboral
* Del cálculo de prestaciones sociales
* Despido masivo
El despido se considera masivo cuando afecta a un número igual o mayor del 10% de los trabajadores de una empresa que tenga más de 100 trabajadores, o al 20% de una empresa que tenga más de 50 trabajadores, o a 10 trabajadores de la que tenga menos de 50 dentro de un lapso de 3 meses, o aun mayor si las circunstancias le dieran carácter crítico. Este procedimiento se inicia de oficio o mediante denuncia del trabajador presentada por escrito o exposición que se hará constar en acta.
Con respecto al reenganche, cuando un trabajador que goce de fuero sindical sea despedido, trasladado o desmejorado sin llenar las formalidades establecidas en el Art. 453 de la L.O.T, podrá solicitar por ante el inspector del trabajo de la jurisdicción, el reenganche o la reposición a su situación anterior. El trabajador