Jung y el inconsciente colectivo
Durante el segundo semestre del año 1995, el Indice de Precios al Consumidor experimentó una variación del 4,3 %.
2.- REAJUSTE DE AVALUOS.-
De acuerdo a lo señalado en el artículo 25 de la Ley No. 17.235, se deben reajustar los avalúos de las propiedades agrícolas y no agrícolas; recargos y montos de avalúos exentos vigentes al 31 de Diciembre de 1995 en un 4,3%: (Factor de reajuste = 1,043).
3.- TRAMOS DE EXENCION.-
Los nuevos tramos de exención para el primer semestre del año 1996 se indican en el siguiente cuadro, el que incluye además, los montos de los tres últimos semestres (cifras en pesos).