Glosario "el hombre mediocre"
1.- Sistema contractual romano.
En el Derecho romano el contrato aparece como una forma de acuerdo (conventio). La convención es el consentimiento de dos a más personas que se avienen sobre una cosa que deben dar o prestar. La consensualidad era el prototipo dominante. La convención se divide en pacto (pactum) y contrato (contractus), siendo el pacto aquel que no tiene nombre ni causa y el contrato aquel que lo tiene. En este contexto se entiende por nombre la palabra que produce la acción (el pacto se refiere únicamente a relaciones que sólo engendran una excepción). La causa es alguna cosa presente de la cual se deriva la obligación. El pacto fue paulatinamente asimilándose al contrato al considerar …ver más…
La «actio negotiorum gestorum contraria» (para que el gestor recupere los gastos); la «actio depensi» (para que el fiador cobre al deudor principal lo que no se le hubiera reembolsado); la «actio poenae persecutoria» (para la reparación del daño); la «actio rei persecutoria» (para recuperar la cosa perdida y sus pertenencias, la actual reipersecutoriedad); la «actio praescriptis verbis» (en situaciones en que el actor había cumplido y el demandado no), llamada también «actio civilis incerti» o «civilis in factum», típica de los contratos innominados; y la «actio doli» (acción penal que se ejercita contra quien daña con dolo).
[editar] 3.- Contratos nominados en el Derecho de Roma.
Algunos tipos de contratos en el derecho romano eran: *Aestimatum. Contrato en virtud del cual una parte recibe objetos tasados con la obligación de venderlos o devolverlos después de cierto tiempo. * Chirographum. Forma de obligarse de los peregrinos, en virtud de la cual el deudor entregaba al acreedor un recibo. * Syngraphae. Forma literal de obligarse los peregrinos, consistente en dos copias, una en poder del acreedor y la otra en poder del deudor. * Conventio in manum: