Garantias individuales constitucion mexicana resumidas
ESCUELA PREPARATORIA No. 6
“Democracia y soberanía nacional”
Análisis de los artículos del 1ro al 29 de la Constitución mexicana. “De las Garantías individuales”.
Garantías individuales.
ART 1: Esta prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos.
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
ART 2: La Nación Mexicana es única e indivisible.
La Nación tiene una composición …ver más…
ART 10: Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legitima defensa, con excepción de las prohibidas por la Ley Federal y de las reservadas para el uso exclusivo del Ejercito, Armada, Fuerza Aérea y Guardia Nacional. La ley federal determinará los casos, condiciones, requisitos y lugares en que se podrá autorizar a los habitantes la portación de armas.
ART 11: Todo hombre tiene derecho para entrar en la Republica, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvo-conducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultados de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país.
ART 12: En los Estados Unidos Mexicanos no se concederán titulados de nobleza, ni prerrogativas y honores hereditarios, ni se dara efecto alguno a los otorgados por cualquier otro país.
ART 13: Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales. Ninguna persona o corparación puede tener fuero, ni gozar más emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos y estén fijados por la ley. Subsiste el fuero de guerra para los