Fundamento Historicista
Como se puede observar, la propuesta historicista de los derechos humanos reconoce el origen de éstos en las circunstacias sociales que determinan su creación, a la vez que establece de manera implícita el caracter necesario de ellos aunque no su entidad jurídica. Son necesidades humanas atendibles pero no derechos en el sentido estricto del término.
Observaciones a la tesis historicista de los derechos humanos
Los lineamientos que acabamos de hacer a la propuesta historicista de los derechos humanos merecen ser objeto de algunas observaciones que nos parece oportuno hacer en este momento. Para esto, hemos de hechar mano de las críticas formuladas por Eusebio Fernández a dicha fundamentación.
La primera de ellas es la que tiene que ver con la variabilidad histórica aplicada a todos los derechos. Si los derechos humanos son derechos históricos, y por tanto son valores constituidos en una comunidad histórica concreta; es decir, derechos relativos a cada contexto social, habría que preguntarse si dicha variabilidad es