Ensayo sobre preludio de hernando tellez
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contenido en una botella de mosto.--Condena solidaria del fabricante, del dueño del establecimiento y de su aseguradora. La víctima, menor de edad, pidió en un bar un vaso de mosto, y tras ingerir el líquido que le fue servido --que en realidad era altamente cáustico o alcalino, del tipo de los detergentes--, sufrió lesiones en labios, lengua, boca y esófago, a resultas de las cuales, y después de un penoso tratamiento, quedó con secuelas consistentes en quemadura cáustica de esófago, estenosis y perforación esofágicas y reflujo gastro-esofágico. No probada la diligencia exigible a los titulares del establecimiento, asegurados de la recurrente, tampoco pueden considerarse vulnerados los preceptos que se citan --arts. 1902 y 1903 CC y 27 …ver más…
Bonifacio Fraile Sánchez, en nombre y representación de la compañía mercantil Central de Seguros, S.A. (hoy Cahispa, S.A.), contra la sentencia dictada con fecha 2 Abr. 1996 por la Secc. 5.ª de la AP Vizcaya en el recurso de apelación núm. 666/1994 dimanante de los autos de juicio declarativo de menor cuantía núm. 365/1992 del JPI núm. 2 de Baracaldo, sobre indemnización de daños y perjuicios. Han sido partes recurridas D. José Antonio I. C., representado por la Procuradora D.ª Teresa Pérez Acosta, y la compañía mercantil Zumos Ubis, S.A., representada por el Procurador D. Francisco Javier Rodríguez Tadey.
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Ha sido Ponente el Magistrado Sr. Marín Castán.
Fundamentos de Derecho
Primero: El presente recurso de casación dimana de un juicio de menor cuantía promovido por el padre de un menor que el 18 Nov. 1988, tras pedir en un bar un vaso de mosto, serle servido e ingerir el líquido, que en realidad era altamente cáustico o alcalino, del tipo de los detergentes, sufrió lesiones en labios, lengua, boca y esófago a resultas de las cuales, y después de un penoso tratamiento, el menor quedó con secuelas consistentes en quemadura cáustica de esófago, estenosis y perforación esofágicas y reflujo gastro-esofágico.
La demanda se dirigió contra la entidad embotelladora de la bebida, los titulares del bar y la aseguradora de estos últimos, y la sentencia de primera instancia condenó solamente a la primera. Recurrida en