Discurso sobre el maltrato de los animales
1.1 Concepto.
El derecho penal es la parte del derecho compuesta por el conjunto de normas dotadas de sanción retributiva.
Las normas jurídicas procuran, una reposición real de las cosas al estado anterior o una reposición simbólica que asume la forma de una reparación.
Se lo define también como una de las ramas del derecho de las relaciones externas de los individuos entre sí o con el Estado. Regula la potestad estatal de castigar.
No se limita a consecuencias esencialmente represivas, sino también consecuencias exclusivamente preventivas. Ya no predomina el “monismo” sino el “binarismo”.
Art. 34 inc. 1, primer párrafo C.P : No son punibles:
1º. El que no haya podido en el momento del hecho, ya sea …ver más…
(Artículo sustituido por art. 1° de la Ley N°24.453 B.O. 7/3/1995)
1.3.2 Exterioridad.
El derecho penal los hechos que castiga no son la pura negación teórica de un valor jurídico; son hecho afirmados en el mundo exterior, bienes jurídicos o intereses jurídicos.
Donde no hay acción, exteriorización, alteración real o potencial del mundo externo, no hay represión.
Art 19 CN : Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe .
1.3.3 Judicialidad.
Según nuestro derecho positivo, los órganos encargados de reconocer y resolver en las casusas por responsabilidad penal son los tribunales judiciales. El Poder Judicial debe ser independiente de los poderes Ejecutivo y Legislativo (según art. 1, 5 y 123 CN).
La realización judicial de la ley penal no es libre, sino que exige un “juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso”
1.3.4 Sancionatorio.
Si bien el derecho penal está sometido al principio de la unidad del sistema jurídico positivo, goza de autonomía para configurar y castigar delitos sin necesidad de la existencia de especiales regulaciones prohibitivas de los otros sectores del derecho.
La consideración de