Demanda De Interdiccion Por Incapacidad Mental Relativa
JUEZ DE FAMILIA DE POPAYÁN (O de R.)
E. S. D.
Asunto: Proceso de inhabilitación judicial por discapacidad mental relativa que promueve ZOILA AYALA DE CORDOBA. Presunta interdicta: ANA LUCIA CORDOBA AYALA
CONSTANZA CECILIA AMAYA GONZÁLEZ, abogada en ejercicio, identificada como aparece al pie de mi firma, en calidad de apoderada judicial de la señora ZOILA AYALA DE CORDOBA, mayor y vecina de Popayán quien me ha conferido poder para que en su nombre y representación adelante proceso VERBAL para obtener la inhabilitación judicial por discapacidad mental relativa de su hija ANA LUCIA CORDOBA AYALA, mayor y de esta vecindad, identificada con C. C. No 34.543.587 a quien se le ha diagnosticado “retraso …ver más…
C. No 34.543.587 de Popayán.
2°) Como consecuencia de lo anterior, INHABILÍTESE a la interdicta aludida para administrar sus bienes y celebrar negocios jurídicos.
3º) Desígnese como CURADORA o CONSEJERA principal de la interdicta ANA LUCIA CÓRDOBA AYALA a su ascendiente, la señora ZOILA AYALA DE CÓRDOBA, identificada con C. C. No 25.251.932 de Popayán (C.)
4º) Designar como CURADORA o CONSEJERA sustituta, de la interdicta ANA LUCIA CÓRDOBA AYALA en caso de ausencia definitiva o temporal de la principal, a su hermana, la señora MARTHA ISABEL CORDOBA MORENO identificada con C. C. No 34.563.567 de Popayán.
5º) Disponer la realización de las diligencias y formalidades pertinentes que deberán realizar los Guardadores designados en la forma establecida en el artículo 85 y ss de la Ley 1306 de 2009.
6º) Declárese que la señorita ANA LUCIA CÓRDOBA AYALA, conservará su libertad personal y se mirará como capaz para todos los actos jurídicos distintos de aquellos sobre los cuales recae la inhabilidad.
7º) Ordenar la inscripción de la sentencia de primera y segunda instancia, en el libro de varios (Ley 962 de 2005) y en el registro civil de nacimiento del interdicto (Decreto 2158 de 1970). Para el efecto, se remitirá el