DERECHO DEL TRANSPORTE CALLEJA

12657 palabras 51 páginas
DERECHO DE LA NAVEGACION/ TRANSPORTE

CATEDRA: DR. CALLEJA

LEER ANTES DE COMENZAR A ESTUDIAR
Autores utilizados según la temática:
-Libro de Luis Montiel (para desarrollar transporte acuático)
-Libro de Amadeo Soler Aleu (para desarrollar transporte terrestre)
-Libro de Federico Videla Escalada (para desarrollar transporte aéreo)
Comentarios y recomendaciones para el estudiante:
1) Como ya aclaré en la portada del apunte, no incluyo la parte general (primer parcial) debido a que se desarrolla en el libro del titular de cátedra y no presenta complicaciones en cuanto a comprensión. Pero me tomé el trabajo de recopilar la información de la gran diversidad de fuentes bibliográficas exigida por la cátedra, entre ellas las ya mencionadas
…ver más…

Oneroso: La prestación de una de las partes se realiza en miras de una contraprestación en dinero de la otra parte.
Conmutativo: Las prestaciones se encuentran claramente establecidas en el contrato, no son inciertas.
No formal: No está sujeto a formalidades necesarias para su conformación, sin perjuicio de que existen elementos ad probationem, al mero efecto de la prueba.
De tracto sucesivo: Las prestaciones recíprocas de cada parte no se agotan en un instante. Es decir, las partes quedan vinculadas y recíprocamente obligadas la una hacia la otra desde el nacimiento del contrato y mientras el transporte dure, hasta su extinción.
Principal o accesorio: El contrato de transporte accesorio se da en los supuestos de transporte de equipaje, que es accesorio del contrato de transporte de pasajeros.
Comercial: La celebración de un contrato de transporte a través de una empresa destinada a realizarlos, así como los actos llevados a cabo para su ejecución son considerados actos de comercio, según el Código de Comercio.
Típico: Se encuentra tipificado en el ordenamiento jurídico, excepto el transporte ferroviario y el transporte por ductos.
Nominado: Son nominados de conformidad a lo dispuesto en el art. 1143 del Código Civil, dado que la ley le otorga un nombre jurídico o denominación específica que lo identifica.
EL RECEPTUM
En Roma, el receptum era quien

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