Corrientes Filosoficas Del Derecho
1.-INTRODUCCIÓN…………………………………………………………………...3
2.-IUSNATURALISMO………………………………………………………………..4
2.1.-Tesis……………………………………………………………………………….6
2.2.-Antecedentes históricos…………………………………………………………6
2.2.1.-Iusnaturalismo clásico………………………………………………………...6
2.2.2.-Iusnaturalismo racionalista……………………………………………………8
2.3.-Representantes del iusnaturalismo…………………………………………….9
3.-IUSFORMALISMO………………………………………………………………..10
4.-IUSREALISMO…………………………………………………………………….11
5.-IUSMARXISMO……………………………………………………………………13
6.-CONCLUSIÓN…………………………………………………………………….14
7.-GLOSARIO………………………………………………………………………...15
8.-BIBLIOGRAFIA…………………………………..………………………………..16
1.-“INTRODUCCIÓN”
La filosofía del Derecho es una rama de la filosofía y ética que …ver más…
Según dicha visión monolítica hay acciones malas simplemente porque no son naturales, entendiéndose por no natural lo que viola los principios del funcionamiento biológico humano. Por ejemplo, sin vida biológica no hay ser humano, por tanto cualquier interferencia al curso libre de la vida biológica humana -matar a alguien con electroencefalograma plano, abortar- sería malo se mire como se mire.
Otro ejemplo parecido es sobre la conducta sexual: aunque la conducta sexual pueda dar placer no sería para el placer, sino una forma de llevar a la procreación humana que, según esta posición, sería el objetivo de la conducta sexual. Por tanto, el sexo solo podría ejercerse para la procreación. Pero esta forma de entender el Derecho natural hace depender la conducta ética del aspecto biológico cuando, en sus orígenes, la teoría del Derecho natural subrayaba la racionalidad humana por encima de la biología.
Desde el punto de vista de la filosofía del derecho, el iusnaturalismo (a veces se escribe "jusnaturalismo") mantiene que la legitimidad de las leyes del derecho positivo, esto es, el conjunto de leyes efectivamente vigentes en un Estado, depende del Derecho natural. Desde este punto de vista, el que una ley haya sido promulgada por la autoridad competente cumpliendo los requisitos formales exigibles no es suficiente para que sea legítima. La posición contraria es el positivismo jurídico o iuspositivismo.
Una consecuencia que habitualmente se extrae de la posición