Contratos En Materia Agraria
Lo primero que se tiene que hacer para abordar el tema de los contratos en materia agraria es partir de lo más básico ¿qué es un contrato?, para ello vamos a tener que retomar parte de nuestro curso civil, donde el artículo 1793 del Código Civil del Distrito Federal nos dice que los convenios que producen o transfieren las obligaciones y derechos toman el nombre de contratos; conforme a esto podemos decir que un contrato es el acuerdo de voluntades de dos o más personas para crear (producir) o transferir derechos y obligaciones.
La definición de contrato se puede aplicar a la materia agraria, dando por consiguiente que un contrato agrario, es aquél acuerdo de voluntades entre dos o más personas para …ver más…
Esta garantía sólo podrán otorgarla en favor de instituciones de crédito o de aquellas personas con las que tengan relaciones de asociación o comerciales.
De acuerdo con esto se deduce que es un contrato de garantía, el cual tiene por objeto trasmitir el usufructo de las tierras de uso común y de las tierras parceladas, únicamente pueden llevarlo acabo el núcleo ejidal o el ejidatario, en favor de instituciones de crédito o de aquellas persona con las que tengan relaciones de asociación o comerciales.
Un requisito esencial de este contrato es que se debe hacer ante un fedatario público (ejemplo un notario) y además registrarlo en el Registro Agrario Nacional.
Una vez configurado el incumplimiento de la obligación garantizada, podrá hacer efectiva tal garantía el acreedor, mediante una resolución judicial del Tribunal Agrario, que sólo será por el plazo determinado por las partes en el contrato, que a su vencimiento regresara el usufructo al núcleo ejidal o el ejidatario.
Contratos de arrendamiento, asociación, aparcería o medianería
Los contratos relativos a arrendamiento, asociación, aparcería o medianería vienen contemplados en el artículo 79 de la Ley Agraria, en donde se le permite realizar este tipo de contratos a los ejidatarios en sus respectivas parcelas, pudiéndolos llevar acabo ante otros ejidatarios o terceros, concediéndoles ya sea el uso o