Contestacion De Demanda Hipotecaria Con Reconvencion
C. JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
MARIA DEL CARMEN SONIA RESENDIZ FUENTES, por mi propio derecho, señalando como domicilio para el efecto de oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos en las calles de Ignacio Maya No. 8, Altos 01, colonia Chipitlán de esta ciudad Capital, nombrando como mi Abogado Patrono al C. Lic. José Luis Mang Palacios con cédula profesional No. 874208 registrada ante ese H. Juzgado, y autorizando para imponerse de los autos y recibir toda clase de notificaciones y documentos a los CC. Lics. José Luis Mang García y Nelson Fuentes Juárez, ante usted, …ver más…
Las disposiciones de este Decreto no serán aplicables a los créditos contratados con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del mismo, ni aun tratándose de novación o reestructuración de créditos...”. (Ver Anexo No. 01). Ciertamente, la inclusión de este nuevo artículo no hace mas que confirmar que conforme a las disposiciones legales mencionadas, los créditos contratados, convenidos, reestructurados, etc., anteriores a la reforma del Código de Comercio del 13 de junio del 2003, no admiten las acciones y vías civiles para su trámite, por ser actos puramente mercantiles y comerciales, lo que sucede en la especie. Asimismo, al decir la ley tajantemente que, cuando haya un conflicto de derechos, en que uno sea de naturaleza mercantil y otro de naturaleza civil, la controversia será regida indiscutiblemente por las leyes