Contato de espectaculo publico
Es aquel que se celebra entre el organizador del espectáculo y el público asistente, por medio del cual, el primero se compromete a exhibir un espectáculo, proveyendo a los espectadores (público) un lugar y comodidades necesarias para poder presenciarlo a cambio de un precio en dinero.
Se destaca la figura del empresario organizador quien en forma profesional ejerce la actividad económica cuya finalidad es la de brindar y exhibir al público un espectáculo.
Se trata un contrato bilateral, consensual, oneroso y no formal. Tratándose un contrato de formación masiva, se concluye bajo la forma de adhesión, mediante la entrega al espectador de un ticket o entrada. Es además un contrato atípico, por cuanto carece …ver más…
Por lo tanto, al espectador damnificado le basta con acreditar que el daño sufrido lo ha sido a causa del desarrollo del espectáculo, cuyo factor de atribución es la actividad en sí misma. Desde ya debe existir una relación causal adecuada entre la actividad del espectáculo y el daño, en tal sentido, no será responsable si el fallecimiento del asistente se produce, por ejemplo, como consecuencia de un paro cardíaco.
A su vez, el empresario, para liberarse de responsabilidad deberá probar:
1. La culpa de la víctima, causa exclusiva de un hecho proveniente del propio obrar del damnificado
2. Caso fortuito o fuerza mayor externo, ajenos al riesgo del espectáculo, será el caso del daño producido a un espectador provocado por un disparo de bala proveniente de un edificio vecino, debidamente probado.
ACCIONES DEL DAMNIFICADO ESPECTADOR
La víctima puede accionar contra los organizadores del evento y contra el autor material del hecho. También del damnificado puede accionar contra el dueño de las instalaciones donde el espectáculo público es desarrollado, por el daño causado por las cosas de su propiedad o los que estén bajo su