Comentario De Los Articulos 191-194 De La Constitucion Politica Del Peru
DE LA ESTRUCTURA DEL ESTADO
CAPITULO XIV
DE LA DESCENTRALIZACION
Artículo 191°.- Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones. La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador, el Presidente como órgano ejecutivo, y el Consejo de Coordinación Regional integrado por los alcaldes provinciales y por representantes de la sociedad civil, como órgano consultivo y de coordinación con las municipalidades, con las funciones y atribuciones que les señala la ley. El Consejo Regional tendrá un mínimo de siete (7) miembros …ver más…
El establecimiento del gobierno regional, de un mínimo y de un máximo de representantes, así como la inclusión de un criterio de representacion provincial, distorsiona el nivel de representacion en varios departamentos, afectando el criterio por el cual el numero de representantes debe tener una relación directa con la población electoral de la circunscripción intermedia; esta forma de representacion se ha sustentado en la necesidad de que las provincias como tales estén, a través de representantes, en el consejo regional y lleven de allí los intereses provinciales. Sin embrago ello podría generar la ausencia de un interés común del consejo regional por la región.
Artículo 192°.- Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Son competentes para: 1. Aprobar su organización interna y su presupuesto 2. Formular y aprobar el plan de desarrollo regional concertado con las municipalidades y la sociedad civil. 3. Administrar sus bienes y rentas. 4. Regular y otorgar las autorizaciones, licencias y derechos sobre los servicios de su responsabilidad. 5. Promover el desarrollo socioeconómico