Comentario De La Ley 14250
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Comentario de la Ley 14250Convenciones Colectivas de Trabajo – Comisiones paritarias
Convención colectiva de trabajo es la que se celebre entre unos o varios patronos o asociaciones patronales, por una parte, y uno o varios sindicatos o federaciones sindicales de trabajadores, por la otra, para fijar las condiciones que regirán los contratos de trabajo durante su vigencia.
La ley de convenciones colectivas de trabajo tiene el fin de regular la actividad de las asociaciones profesionales de empleadores, empleador o grupo de empleadores, asociaciones profesionales de trabajadores con personalidad gremial y asociaciones profesionales de trabajadores del Estado. Cuando se disuelve o deje de existir una asociación de empleadores …ver más…
Las mismas regirán a partir del día siguiente al de publicación. Dichas normas serán de cumplimiento obligatorio y no podrán ser modificadas por los contratos individuales de trabajo, en perjuicio de los trabajadores.
Cuando vence el término de vigencia de una convención colectiva de trabajo: las condiciones de trabajo que en ella están establecidas se mantendrán hasta que entre en vigencia una nueva convención y en tanto en la convención colectiva vencida no esté acordado lo contrario. Esto es para que los trabajadores no pierdan los derechos que una convención colectiva de trabajo los otorgue cuando ésta se venza, quedando desprotegidos legalmente hasta que se celebre una nueva convención. Si no tienen estos derechos el empleador puede cometer abusos con los empleados como omitir pagos o no otorgar beneficios perjudicando al trabador.
Las disposiciones de las convenciones colectivas de trabajo tienen que ajustarse a las normas de las instituciones del derecho de trabajo, salvo cuando las cláusulas de las convenciones sean más favorables para los trabajadores y no afecten disposiciones dictadas a favor del interés general.
La convención colectiva podrá contener cláusulas que acuerden beneficios especiales en función de la afiliación a la Asociación profesional de trabajadores que la suscribió.
El Ministerio de Trabajo y seguridad Social, a pedido de cualquiera de las partes podrá extender la obligatoriedad de una