Casas ecologicas
El legislador debe mantenerse lo más alejado posible de la lucha de teorías, no sólo para dar oportunidad a las doctrinas que se hayan en debate, sino también para dar paso a los nuevos pensamientos que se elaboran y que no han surgido todavía. Aun cuando la comisión redactora y formada en su totalidad por Juristas Queretanos, merece todo el crédito, se quiso que este Código fuera sometido a la consideración de todos aquellos que tuvieran ideas que aportar y para el efecto a más de una profunda información del contenido de este Código, se formaron foros públicos de opinión que no podían estar mejor enmarcados que en el Aula Forense de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Querétaro. Es derecho obligación del Estado, que ejerce y cumple, entre otras formas con la promulgación de disposiciones de tipo penal no solo la protección de los intereses individuales y colectivos, sino crear mayores y mejores condiciones para la vida en comunidad y los medios que propicien la consecución de los fines lícitos de cada uno de sus gobernados.
Si bien en el Estado es el único titular de, juspuniendi éste, es un régimen de derecho no es ilimitado o despótico, sino que el mismo orden normativo lo regula y restringe, siendo el dintel del derecho a punir, los derechos fundamentales del hombre. Se procura en este Código, que todo él, y