Ataques A Las Vias De Comunicacion
CONCEPTO
Se llaman caminos públicos las vías de tránsito habitualmente destinadas al uso público, sea quien fuere el propietario, y cualquiera que sea el medio de locomoción que se permita poblaciones. (Art. 165 CPF)
VÍAS DE COMUNICACIÓN. QUEDAN COMPRENDIDAS EN ESE CONCEPTO LAS QUE SE ENCUENTRAN DENTRO Y FUERA DE LOS CENTROS DE POBLACIÓN (CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE JALISCO). Una interpretación lógica y gramatical de los artículos 125 y 127 del Código Penal para el Estado de Jalisco conduce a concluir que se incurre en el delito de ataque a las vías de comunicación, cuando ilegalmente se destruye, deteriora, obstaculiza o impide el funcionamiento de las vías de comunicación, entendiendo por …ver más…
Al que inundare en todo o en parte, un camino público o echare sobre él las aguas de modo que causen daño;
- VI. Al que dolosamente o con fines de lucro, interrumpa o interfiera las comunicaciones, alámbricas, inalámbricas o de fibra óptica, sean telegráficas, telefónicas o satelitales, por medio de las cuales se transfieran señales de audio, de video o de datos;
- VII. Al que destruya en todo o en parte, o paralice por otro medio de los especificados en las fracciones anteriores, una máquina empleada en un camino de hierro, o una embarcación, o destruya o deteriore un puente, un dique, una calzada o camino, o una vía;
- VIII. Al que con objeto de perjudicar o dificultar las comunicaciones, modifique o altere el mecanismo de un vehículo haciendo que pierda potencia, velocidad o seguridad, y
- IX. Al que difunda o transmita información falsa que en cualquier forma perjudique o pueda perjudicar la seguridad de una aeronave, de un buque o de otro tipo de vehículo de servicio público federal.
PENALIDAD
- 1 a 5 años de prisión y de cien a diez mil días multa (Art. 167).
CONDUCTAS
- Al que, para la ejecución de los hechos de que hablan los artículos anteriores, se valga de explosivos.
PENALIDAD
- 15 a 20 años de prisión (Art. 168)
CONDUCTAS
- I. Descifre o decodifique señales de telecomunicaciones distintas a las de satélite portadoras de programas.
- II. Transmita la propiedad, uso o goce