Análsis sentencia c 401-05 adopción convenios internacionales
4384 palabras
18 páginas
ANÁLISIS SENTENCIA C-401-05Los Convenios de la OIT ratificados, son normas de obligatoria aplicación en Colombia Análisis de la sentencia C-401/05 y de sus implicaciones en la cultura jurídico-laboral colombiana Por: Carlos Ernesto Molina M., especialista en Derecho Laboral y Gestión Humana Organizacional
A. El contexto histórico y jurídico de la expresión “los convenios”, dentro del artículo 19 del CST
El artículo 19 del CST, dice: “Normas de aplicación supletoria. Cuando no haya norma exactamente aplicable al caso controvertido, se aplican las que regulen casos o materias semejantes, los principios que se deriven de este código, la jurisprudencia, la costumbre o el uso, la doctrina, los convenios y …ver más…
Por tanto, esos convenios y tratados ratificados (y añadimos nosotros, promulgados), constituyen normas directamente aplicables en Colombia al caso controvertido, y no simples normas de aplicación supletoria, como quería el artículo 19 CST.
B. Los principales aspectos de la ratio decidendi y del obiter dictum de la sentencia C-401/05
Al examinar las motivaciones de la sentencia así como su dispositivo, deben resaltarse las siguientes puntualizaciones de la Corte, que, por tener unidad de sentido, constituyen cosa juzgada, tanto implícita (ratio decidendi), como explícita, en materia constitucional, y por tanto son elementos de obligatoria observancia para jueces y otros operadores jurídicos2:
1. Todos los convenios de la OIT ratificados por Colombia hacen parte del ordenamiento jurídico interno y son, por tanto, normas de obligatorio cumplimiento.
1 Por ejemplo, la sentencia del Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda, Expediente 2891, Octubre 21 de 1980, CP Aydée Anzola Linares, que, basándose en el artículo 1° de la Ley 7ª de 1944, expresa: “no existe precepto alguno constitucional ni legal que exija, fuera de la ley aprobatoria de los convenios internacionales, otra que los desarrolle, para que puedan regir dentro de nuestro derecho interno”.
2 Sobre la fuerza vinculante de la ratio decidendi en las sentencias de la Corte