ANALISIS JURISPRUDENCIAL DE LA SENTENCIA RADICADA BAJO EL N

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ANALISIS JURISPRUDENCIAL DE LA SENTENCIA RADICADA BAJO EL N°22842
FECHA: SEPTIEMBRE 30 DEL 2004.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SALA DE CASACION LABORAL
MAGISTRADO PONENTE: GUSTAVO JOSE GNECCO MENDOZA
RECURRENTE: COMPAÑÍA NACIONAL DE CHOCOLATES S.A., CONTRA LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE IBAGUE DEL 10 DE SEPTIEMBRE DEL 2003, DENTRO DEL PROCESO ORDINARIO LABORAL PROMOVIDO POR ANA ISABEL DUARTE CASTELLANO Y LUZ MERCY BARRIOS VARON, CONTRA LA RECURRENTE.
HECHOS RELEVANTES:
Los demandantes, alegan que fueron despedidos bajo coacción por parte del representante legal de la compañía por lo cual piden se les restablezca sus contratos laborales y en consecuencia el pago de todos sus derechos laborales, dejados de percibir.
Ana Duarte, además
…ver más…

Alega la recurrente que el Tribunal cae en error en la apreciación de las pruebas como el acta que firmaron las demandante, las cartas de renuncia, por lo cual se consideran errores de hecho manifiestos.
Ni las cartas de renuncia ni el acta de octubre del 98, demuestran que la compañía haya aplicado actos de fuerza que vicien el consentimiento, en cuanto a su voluntad de renunciar.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE:
De rompe, la corte anota que el Tribunal cometió error en lña valoración de las pruebas allegadas.
Dice la Corte que las pruebas documentales no revelan la existencia de coacción por parte de la compañía, tal como lo alega la recurrente.
De la misma manera, las declaraciones de las trabajadoras de la recurrente, no se pueden mirar como invalidas por el hecha de que ellas estuvieran vinculadas a la misma compañía y ahora presentaran demandas por iguales situaciones que las de las demandantes, ya que sus declaraciones no se pueden considerar sospechosas por ser personas presenciales de los hechos, pues si estuvieron en el lugar de los hechos su versión, puede ser fundamental en la verdad.
Considera la Corte que en cuanto al recurso que se refiere a la no aplicación del artículo 8 del decreto 2351 de 1965, no puede el recurrente alegarlo ya que este no es la norma que en primera instancia se ha aplicado porque uno de los requerimientos que

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