ITALO MERELLO HISTORIA DEL DERECHO 1. Cuando nos referimos a la historia como suceder, porque no podemos referirnos a ella sino desde la aparición del hombre. Porque está constituida por las cosas hechas por el hombre en el tiempo, se reflexiona sobre la temporalidad de los hechos acontecidos, siendo exclusivamente de los seres humanos, ya que solo el hombre está capacitado para reflexionar acerca del tiempo y de su paso. 2. Todo lo pasado puede ser considerado como objeto de la historiografía
INTRODUCCION En el tema de derecho mercantil considerado la rama del derecho privado, la evolución del derecho mercantil ha sido más frecuente a la del derecho civil, debido a que prácticas comerciales varían mucho más que aquellas del derecho civil. Para poder entender el tema, tenemos que tener un criterio un poco mas amplio, un error en derecho mercantil podría afectar considerablemente al comercio de una determinada región. En el tema a tratar se observaran puntos, muy importantes
FUENTES DEL DERECHO PROCESAL CIVIL Las fuentes del derecho procesal son “las disposiciones que pueden citarse válidamente en el proceso para fundar un acto de procedimiento”. Dado el carácter instrumental y público del derecho procesal, cuyas reglas han sido elaboradas con el objetivo de tutelas intereses de los particulares, caso de que estos recurran al Estado mediante los órganos de este, priman las fuentes formales, que dan la calidad de derecho positivo a sus disposiciones, sobre las fuentes
UNIDAD I. NATURALEZA DE LA HISTORIA DEL DERECHO 1. Definición de la Historia del Derecho La Historia del Derecho es la disciplina histórico-jurídica que analiza el conjunto de hechos y procesos históricos relacionados con el conjunto de normas jurídicas, así como los usos sociales "fuertes", es decir, que tuvieran relación con el Derecho. 2. Análisis de la naturaleza de la disciplina La naturaleza es una disciplina de la comprensión de las verdades intelectuales. Our dealing with sensible
Derecho Administrativo OPINIONES SOBRE EL CONCEPTO DE DERECHO ADMINISTRATIVO En tomo al concepto de Derecho Administrativo, estudiosos de la materia han presentado muy diversas opiniones por lo que la fijación de un concepto de Derecho Administrativo universalmente válido, constituye hasta la actualidad un problema, en virtud esto del campo de aplicación que al Derecho Administrativo se le reconoce y por el diverso concepto que se tiene de los sujetos de las relaciones que debe regir
DESARROLLO DEL TEMARIO MARCO TEÓRICO FUENTES DEL DERECHO COLOMBIANO: La palabra fuente proviene del latín fons, en su sentido general significa “principio, origen o fundamento de algo”. Es decir la frase fuentes de derecho hace alusión a los acontecimientos pasados de la voluntad humana, de los cuales se origina o fundamenta el derecho. Según el profesor Augusto Gonzales Ramírez , la palabra fuente, en su acepción más amplia, significa “principio de una cosa”, “aquello de que fluye
histórico - jurídico Conjunto de medios que utiliza el historiador del Derecho para conocer y exponer los distintos sistemas jurídicos * Método de investigación: medios de conocimiento que podemos señalar como las fuentes y los procedimientos deductivos. Fuentes de creación del derecho, son normas y principios que en determinado momento histórico alcanzan normas jurídicas vigentes dotadas de carácter coactivo, en cambio las fuentes de conocimiento son fenómenos que se aprecian físicamente y dan
DERECHO: son normas fabricadas por el hombre para regir la relaciones sociales de una comunidad en un tiempo y lugar determinado. DERECHO ROMANO: son el conjunto de instituciones jurídicas que rigieron a sociedad romana y a los pueblos dominados por roma desde su nacimiento en 753 a.C. hasta la muerte de Justiniano en 565 d.C. CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO ROMANO SEGÚN CUQ: la divide en tres partes: * Derecho Antiguo: comienza desde el nacimiento de Roma hasta el Siglo VII. Es formalista, Estricto
GRUPO: 2RM9 MATERIA: DERECHO TRABAJO: LEYES DEL DERECHO MERCANTIL JUEVES 4 DE AGOSTO DEL 2011 LEYES DEL DERECHO MERCANTIL Al DM podemos localizarlo en las llamadas fuentes del Derecho en general de acuerdo con la doctrina tradicional comprenden las formales, reales e históricas. Los actos de comercio se regirán por las disposiciones contenidas en Cco. y por los usos del comercio observados generalmente en cada plaza, y a falta de ambas reglas, por las del Derecho Común. Podemos señalar
por la cual éstos se encontraban obligados a ceñirse al sentido literal de la ley. Consiste este Método, dice Claude Du Pasquier, en deducir de las palabras mismas, de su lugar en la frase y de la sintaxis, de la misma puntuación, el sentido exacto del artículo de que se trata. Alberto Trabucchi escribe que la Interpretación literal se realiza de conformidad con el uso de las palabras y con la conexión de éstas entre sí. El referido autor critica este método de