Freud ¿Forense?
(1)
La constante escucha en el consultorio, en
los mass media, por parte de colegas, de frases, comentarios, en
relación a la, en definitiva, "adaptación" del
sujeto humano a la realidad material, hicieron, hacen, que me
pregunte sobre los objetivos de nuestra tarea, a través de
un circuito que atravesó diversos textos, momentos y
autores y que culminé, por hoy y cuándo no, en
Freud y en una ilación de textos que me permito
presentarles ahora ya que por, otra vez, un camino indirecto,
considero que podremos extraer para nuestra práctica
algunas consecuencias en este relevamiento de algunos textos
freudianos que cruzan lo psi y lo jurídico.
Voy a centrarme en los más
específicos ya que hay muchos más en que propone
teorías del castigo, de la ley, de la regulación
social, por ejemplo en Tótem y Tabú, El Malestar en
la Cultura, etc.
El primer texto en que hace referencia a
este cruce es uno donde el mismo título nos sorprende, la
traducción de Ballesteros dice: "El Psicoanálisis y
el Diagnóstico de los Hechos en los Procedimientos
Judiciales" ¿Diagnóstico de los Hechos? Hay un
desplazamiento de una palabra como diagnóstico a cierta
creencia en la posibilidad de diagnosticar hechos. Cómo se
diagnostican los hechos? ¿Se puede desde el
psicoanálisis?
Recuerdo que en una pericia
psicológica, un colega arguyó que no se
podía saber nada de ciertos "hechos" porque no se los
había registrado, ya que habían sucedido con
anterioridad a la situación de pericia. ¿De eso se
trataría, de un registro de "los hechos"?
Llama la atención, de todas maneras
que Freud titule así un escrito suyo de 1906, exactamente
una conferencia de junio de ese año, luego publicada. La
Conferencia fue pronunciada a partir del pedido de un profesor de
jurisprudencia en la Universidad de Viena.
Ya en 1906 Sigmund estaba en "otra cosa"
que el materialismo de su época, lo que no quiere decir
que estuviera en algún tipo de idealismo, en
absoluto.
Vayamos a la traducción de
Etcheverry, dice: "La Indagatoria Forense y el
Psicoanálisis" bien, esto es distinto. Indagatoria forense
también es un término que se las trae pero
aquí el conector "y" en realidad separa más que
une, por lo cual me gusta más.
Indagatoria es un término que
entraña muchas significaciones que intersectan el
psicoanálisis y lo forense; sin adentrarnos en eso, leemos
que se nos advierte en la Edición Amorrortu, que Ludovico
Rosenthal cuando traduce este texto para la Editorial Americana,
y que viera la luz en 1944/45, traduce como "El
Psicoanálisis y la Instrucción Forense", sin saber
exactamente el significado de Tatbestandsdiagnostik me parece muy
adecuado y prudente esta propuesta, por un lado el
psicoanálisis y por otro, compartiendo parcialmente sus
campos, la instrucción forense.
(1) Este trabajo fue presentado en las
3ras. Jornadas por el Día del Psicólogo,
organizadas por el Colegio Profesional de Psicólogos de la
Provincia del Chubut. Trelew 16 de octubre de 2.009. Se pretende
que no pierda el carácter casi coloquial para el que fue
escrito.
Instrucción alude a algo más
que la indagatoria, es más amplia, compromete a acciones,
tareas que incluyen lo verbal pero también aluden a la
investigación, al ir, ahora sí, al lugar de "los
hechos".
Buscando traducciones, vía Internet,
encontramos:
Tatbestands = típico
de…
Tatbestands = estado de las
cosas
La traducción literal, web mediante,
remite a una especie de diagnóstico de lo típico,
del estado de cosas.
Debemos tener en cuenta también que
al ser una conferencia para público muy específico,
tal vez uno no se preocupa por ser entendible más que por
ese universo y da por sobrentendidas un montón de
cosas.
También encontramos que:
Según este diccionario podemos
pensar en el diagnóstico de la tipicidad, el
diagnóstico del delito, la instrucción del
diagnóstico, es decir algo relacionado a un
diagnóstico de un proceso que nos dará o
permitirá allegarnos a cierto resultado en la
instrucción. Recuerden que en Derecho una conducta tiene
que estar tipificada como delito para que sea punible.
Vayamos ahora al texto, que brindará
parte del con-texto en que se inserta el
título.
Dice Freud, que se trata de:" un nuevo
método de investigación, que habría de
forzar al acusado mismo a probar, por medio de signos objetivos,
su culpabilidad o su inocencia."
Esta frase ya nos produce un importante
escozor en diversas regiones corporales. Recordamos que era una
época en que había que sostener al
psicoanálisis pero ¿a qué precio?
"habría de forzar al acusado mismo" Freud
está proponiendo una técnica que no es que no
sólo no considera al sujeto de deseo, ni siquiera le da un
lugar de responsabilidad al sujeto conciente, al yo si así
lo quieren. El procesado como objeto de nuestra
técnica.
Ubica este examen como útil para:
"el juez de instrucción, que quisiera saber si un
cierto hecho o un conjunto de hechos que él conoce es
conocido también por el acusado como autor del
mismo."
En ese época se estaba empezando a
utilizar en la instrucción-causas los experimentos de
asociación de palabras de Jung a los fines de,
metódicamente, presentar "palabras-estímulo de
complejo" a los inculpados y, a través de las respuestas
tratar de llegar a la famosa autoinculpación. De acuerdo
al tiempo y a la calidad de respuesta se podría dilucidar
si la palabra, elegida por el experimentador-fiscal, provocaba
algún signo específico en el sujeto.
Se considera, Freud lo plantea, cuatro
elementos para relevar:
1. el tiempo de respuesta; que Freud lo
anuda con la resistencia que el analista encuentra en el proceso
terapéutico.
2. contenido inhabitual; asociado a los
equívocos en análisis.
3. la contaminación; al proponerle
otra palabra-estímulo, el sujeto continúa ligado a
la palabra anterior. Continúa pendiente del complejo que
activó el estímulo. Freud lo encuentra en la
asociación de palabras en la sesión.
4. la alteración en la
reproducción; Freud propone que cuando se trabaja un
sueño en análisis, si proponemos al sujeto la
reiteración del relato del sueño, vamos a encontrar
diferencias. En esas diferencias están los puntos de mayor
resistencia.
Sigue Freud "Cuando todos estos signos
o varios de ellos coinciden es prueba de que el complejo que nos
es conocido existe, como elemento psíquico perturbador, en
el sujeto de experiencia. Tal perturbación la explicamos
suponiendo que el complejo existente en el sujeto está
cargado de afecto, siendo así susceptible de sustraer
atención a la tarea de reaccionar, y vemos, por tanto, en
ella una «autodelación psíquica»."
Y poco más adelante: "éste procedimiento que ha
de llevar al acusado a la autodelación
objetiva"
Freud continúa, entusiasmado,
diciendo que encuentra "una analogía entre el
delincuente y el histérico. En ambos se trata de un
secreto, de algo recóndito. Más, para no incurrir
en paradoja, haré también resaltar a
continuación la diferencia. En el delincuente se trata de
un secreto que el sujeto sabe y oculta; en el histérico,
de un secreto que él mismo no sabe, un secreto que a
él mismo se le oculta. ¿Cómo es posible tal
cosa? Pues bien: investigaciones muy laboriosas nos han mostrado
que estas enfermedades tienen por fundamento el hecho de que
tales personas han conseguido reprimir ciertos recuerdos y
representaciones poderosamente cargadas de afecto, así
como los deseos en ellos basados, y de tal modo, que no
desempeñan ya papel ninguno en su pensamiento, no emergen
en su conciencia y permanecen así secretos para el sujeto
mismo. Pero de este material psíquico reprimido, de estos
«complejos», proceden los síntomas
somáticos y psíquicos que atormentan a los
enfermos, a la manera de remordimientos de conciencia.
Así, pues, la diferencia entre el delincuente y el
histérico es fundamental en este punto
concreto."
Interesante que hable del displacer del
síntoma como un remordimiento de conciencia, por supuesto
en 1.906 nada había aún del super yo, pero
sí de los ideales que se oponían a la
satisfacción deseada.
En este punto parecería que el
delincuente no experimenta remordimientos de conciencia, ya que
su represión es conciente y voluntaria. Entonces:
¡los remordimientos de conciencia no son experimentados por
delincuentes ¡
Retengamos este punto, regresaremos al
mismo en el segundo texto.
Continuamos con el autor que traza una
analogía tan potente que parece poder borrar las
diferencias entre uno y otro lugar: "Ahora bien: la labor del
terapeuta es la misma que la del juez instructor: tenemos que
descubrir lo psíquico oculto y hemos inventado con este
fin una serie de artes «detectivescas», algunas de
las cuales tendrán que copiarnos ahora los señores
juristas." Psicoanálisis como instrumento de
poder-saber.
Poco después vuelve a marcar las
diferencias: "en vuestras investigaciones sólo se
trata de que logréis una convicción objetiva,
mientras que el tratamiento exige que el mismo enfermo llegue
personalmente a igual convicción. Pero hemos de esperar
hasta ver qué dificultades o alteraciones suscita en
vuestro procedimiento la falta de la colaboración del
investigado".
Más adelante: "Quisiera hacer
resaltar también que vuestro experimento puede sufrir una
intromisión que en el psicoanálisis es cosa natural
y corriente. Podéis ser inducidos a error en vuestra
investigación por un neurótico que reaccione como
si fuera culpable, aunque sea inocente, porque un sentimiento de
culpabilidad preexistente en él y en acecho constante de
una ocasión propicia se apodere de la acusación de
que se trate. No tengáis este caso por una
invención ociosa. Pensad en la nursery, en el cual se
puede observar frecuentemente. Sucede, en efecto, que un
niño al cual se reprocha una falta niega resueltamente la
culpa, pero al mismo tiempo llora como un pecador convicto.
Opinaréis, quizá, que el niño miente al
asegurar su inocencia, pero el caso puede ser muy otro. El
niño no ha cometido la falta que le atribuís; pero
sí, en cambio, otra que vosotros ignoráis y de la
que no le inculpáis. Niega, pues, su culpabilidad -en
cuanto a la una-; pero, al mismo tiempo, delata su sentimiento de
culpabilidad por la otra. El neurótico adulto se conduce
en este punto -y en muchos otros- enteramente como un
niño. De estos hombres hay muchos, y es aún
discutible que vuestra técnica consiga descubrir en tales
autoacusadores a los verdaderamente culpables. Y, por
último, sabéis muy bien que las normas del
procedimiento judicial os prohíben toda actuación
que pueda sorprender al acusado. Este habrá, pues, de
conocer previamente lo importante que es para él no
delatarse en el experimento, y nada nos permite afirmar que una
vez fija la atención del sujeto en el complejo, sus
reacciones hayan de ser las mismas que cuando su atención
está apartada de él, ni sabemos tampoco hasta
qué punto puede influir, en personas distintas, el
propósito de ocultación sobre su manera de
reaccionar. "
Finaliza proponiendo la utilización
experimental del método con procesados reales durante un
buen número de años pero a condición de que
no influyan en el proceso mismo. Posteriormente dar a conocer los
resultados y así sí evaluar la pertinencia del
método.
Toda la crítica foucaultiana a los
psi le cabe a Freud en estos lamentables párrafos. Pero
bueno, es fácil decirlo hoy, situándonos en ese
momento histórico, el esfuerzo de establecer el
psicoanálisis, el introducirlo en ámbitos
¿"serios/científicos"?, el amor con Jung, empujan a
Freud a plantear las cosas de esta manera aunque no es muy
ingenuo, dice: cuidado con los que se sienten culpables a priori,
acá las cosas no van a andar bien. Estos siempre se van a
autodelatar.
Pero es llamativo que Sigmund propugne
la objetivación de la solución de compromiso
que evidenciaría la existencia de un complejo.
Strachey observa que en cuatro
oportunidades Freud habla cercanamente de lo judicial. En el
texto citado, luego en "Diversos Tipos de Carácter
Dilucidados por el Trabajo Psicoanalítico" de
1.916.
En este texto toma nota de tres tipos de
carácter, los que fracasan al triunfar, las excepciones y
los delincuentes por sentimiento de culpa, o por conciencia de
culpa (según Etcheverry).
Aquí ahonda lo ya dicho en el final
de la conferencia del "06, hay en algunos sujetos, niños
incluso, una necesidad de castigo que debe ser satisfecha porque
calma. La conciencia de culpa preexiste a la falta, la crea
podríamos decir.
También señala que hay
sujetos a los que esta génesis no se aplica, porque o bien
no han desarrollado conciencia moral o bien se creen justificados
en su lucha contra la sociedad.
Realmente es impresionante la visión
y claridad de Freud, adelanta que la conciencia moral se debe
desarrollar, no está dada de por sí y,
además, hay sujetos que se consideran justificados,
aquí entran posiblemente los anarquistas de antaño,
los fundamentalistas de hoy, en su lucha contra la
sociedad.
El tema del desarrollo de la conciencia
moral es apasionante, entra en franca colisión de una
lectura lacaniana donde la culpa para todos y cada sujeto
está dada apriorísticamente, por una razón
de estructura.
Winnicott es el autor que trazará
está génesis de la culpa, años más
tarde. Desde otra perspectiva, por supuesto.
Marcando una clara señal a lo
jurídico Sigmund dice, que con respecto a los otros,
"para los cuales en verdad se han hecho los códigos
punitivos" podemos buscar aquí un nuevo fundamento
psicológico de la punición. ¿La
punición necesita esto? Tal vez no, tal vez sí en
el sentido que sería funcional a quienes detentan y
ejercen las medidas punitivas.
El tercer texto es un texto que se
habría perdido, según Strachey, y, finalmente, el
cuarto es el otro al que vamos a acercarnos: "La
Peritación Forense en el Proceso Halsmann", de 1.930 y
publicado en el ´31. Titulado: " El dictamen de la Facultad
en el proceso Halsmann" en la traducción de
Etcheverry.
No sólo han pasado 24 años
entre la primera conferencia y esta opinión sobre el
dictamen o peritación, han pasado Más Allá
del Principio del Placer, El Yo y el Ello, los textos sobre
metapsicología, (como se les llama).
Resumamos, versión Strachey que
pasó con Halsmann. Un joven es acusado de parricidio, se
lo encuentra culpable, en segunda instancia se ratifica la
sentencia. De todas maneras luego es absuelto. Un profesor de la
Universidad de Viena impulsa una campaña para que "se
reviera la decisión primitiva del tribunal" pues se
había "echado una mancha inmerecida sobre el
carácter del joven" en este acto pide a Freud sus
opiniones al respecto.
Llamemos la atención sobre que,
cuando Freud se focaliza en el caso dice: "Si se hubiera
demostrado objetivamente que Philipp HaIsmann asesinó a su
padre", es decir, se lo condenó en dos instancias
pero no se pudo demostrar objetivamente (recordemos la
palabra) el asesinato. Dice, si se hubiera demostrado se
podría usar el Complejo de Edipo, si no carece de sentido,
no tiene sentido en virtud de su universalidad. A partir del
Edipo todos somos culpables.
Freud ya no se preocupa por encontrar un
método que le sirva de muleta a la justicia para que el
sujeto se autoinculpe.
Además y, como antes dije,
encontramos sujetos que se esfuerzan en ser castigados aunque
objetivamente no hayan cometido delito alguno o, también,
los hay que cometen delito para ser castigados
objetivamente (si, la palabrita). Este castigo es un
intento de pago por culpa edípica, intento que no resuelve
la cuestión, otro intento fallido, otra transacción
entre deseo incestuoso y ley vivida como externa, como
frustrante.
El pálido criminal de Nietzsche que
Freud retoma y persigue más allá de la
fisiología del filósofo alemán es el mejor
ejemplo.
El comentario freudiano es bien breve pero
alcanza para observar que ha salido de la búsqueda de la
producción de la autodelación psíquica, del
método general, igual para todos. De ser instrumento,
herramienta objetiva del forense.
Aquí produce otro estatuto para
Halsmann sujeto.
Además ya no propone lo que si
proponía en 1906, si el sujeto tarda en dar su respuesta
será por algo decía, ahora Freud aparece con una
distancia respecto a la demanda que se le plantea al
psicoanálisis desde un lugar de búsqueda de la
verdad material.
Se encuentra en una posición muy
distinta a ciertas escuelas psicológicas, dice claramente
"Cuanto la instrucción ha revelado en la familia
Halsmann con respecto a los conflictos y desavenencias entre
padre e hijo no basta en modo alguno para fundamentar la
presunción de una mala relación paterna en el
hijo" (el subrayado es mío)
Si el Edipo es universal todos somos
culpables y si hay delincuentes por sentimiento de culpabilidad,
entonces hay "delincuentes psíquicos", sin que hayan
transgredido alguna ley penal, que tardarán en dar, ante
una palabra estímulo que despierte una respuesta de
complejo, la respuesta en el tiempo "esperable".
Entonces la "prueba psíquica" no
funciona, habrá que buscar por otro lado, Freud
desdeña ocuparse de eso, otros no lo
harán.
Otros seguirán con los tests, los
screenings, las observaciones de la "psiquis criminal" "criminal
minds" ¿vieron esa serie: Criminal Minds? Los
policías saben de memoria que haría un criminal en
cada caso de acuerdo a un listado de patterns, sólo se
trata de tener ciertos datos y encasillar al criminal, se van
tamizando las conductas, investigando el contexto del "caso", un
poco de última tecnología de criminalística
y daremos con el criminal. A veces, para que el caso quede "bien
cerrado" el criminal se autoinculpa, eso sí, sin apelar al
método jungiano.
Aquí la psiquiatría como
higiene social también ocupa gustosa ese lugar como la
más adecuada disciplina especializada en el relevamiento
de los pequeños detalles del sujeto, esos que nos
permitirán detectar al monstruo antes que cometa su
crimen. ¿La seguiremos en ese camino?
Bibliografía
– www.dix.osola.com/index.es.php
–
www.diccionario.reverso.net/espanol-aleman
–
www.es.bab.la/diccionario/espanol-aleman
– Freud, Sigmund. "La Indagatoria Forense y
el Psicoanálisis". Obras Completas. Tomo IX.
Traducción de José Luis Etcheverry. Amorrortu
Editores. Bs. As.1993
– Freud, Sigmund. "El Psicoanálisis
y el Diagnóstico de los Hechos en los Procedimientos
Judiciales" Obras Completas. Tomo II. Traducción de Luis
Lopez-Ballesteros. Editorial Biblioteca Nueva.
Madrid.1981
– Freud, Sigmund."Varios Tipos de
Carácter Descubiertos en la Labor Analítica" Obras
Completas. Tomo III. Traducción de Luis Lopez-Ballesteros.
Editorial Biblioteca Nueva. Madrid.1981
– Freud, Sigmund. "Algunos Tipos de
Carácter Dilucidados por el Trabajo
Psicoanalítico". Obras Completas. Tomo XIV.
Traducción de José Luis Etcheverry. Amorrortu
Editores. Bs. As.1986
– Freud, Sigmund. "La Peritación
Forense en el Proceso Halsmann" Obras Completas. Tomo III.
Traducción de Luis Lopez-Ballesteros. Editorial Biblioteca
Nueva. Madrid.1981
– Freud, Sigmund "El dictamen de la
Facultad en el proceso Halsmann" Obras Completas. Tomo XXI.
Traducción de José Luis Etcheverry. Amorrortu
Editores. Bs. As.
Autor:
Nelson Cafardo
Octubre 2.009