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Comparativo de la reforma laboral 2012 (México) (página 10)



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Obligatoriedad del trabajador de
asistir puntualmente a la capacitación, cumplir con
los programas y presentar las evaluaciones que le sean
requeridas.

Regulación obrero patronal, la
que crea comisiones mixtas de capacitación,
adiestramiento y productividad, objetivo mayor competencia
laboral y productiva.

Se crea la intervención de la
autoridad laboral, en las comisiones mixtas.

Nueva disposición para el
patrón tal y como se señala.

Con ello se pretende que el
patrón tenga mayor actividad y
participación.

Control y registro para las empresas
y personas que prestan capacitación.

Mayores formalidades para las
empresas o personas que prestan sus servicios de
capacitación.

Aquí encontramos el cambio en
atención a la productividad uno de las innovaciones
de esta reforma de Ley.

Aquí se incorpora la figura de
unidad de negocios, por parte de la autoridad laboral, en
pro de la productividad, de las empresas en general,
mediante programas tomando como base la experiencia de
otras empresas dentro de las ramas o
circunstancias.

Encontramos en esta propuesta de
reforma de artículo, la creación del
Comité Nacional de Productividad, con sus
facultades, que su naturaleza cera elevar la productividad
y la competitividad impulsar la capacitación y
adiestramiento para obtener mayores competencias y mejorar
los mecanismos para obtener mayores salarios vinculando las
calificaciones y grados de competencia, generar el
catálogo nacional de ocupaciones, utilizar la
tecnología y mecanismos y función de mejores
práctica.

Aquí habla de una
Comisión Nacional de Productividad, y considero que
hay un error ya que en el artículo153-k refiere la
creación del Comité Nacional de
Productividad.

Encontramos que se habla de la
creación de subcomités sectoriales por rama
estatal y regional.

Derogado

Derogado

Seguimos con unos de los cambios de
mayor importancia he impacto. La productividad como eje
troncal de esta reforma laboral.

Derogado

Modalidad de conservar a
disposición de la Autoridad, planes y programas de
capacitación y adiestramiento.

Seguimos con las competencias en base
a constancias o en su caso las habilidades acreditadas en
examen de suficiencia.

Formalidad de las constancias de
competencia.

Continuamos con las competencias como
tendencia de esta reforma laboral.

Incorporación de pago
intereses a los trabajadores que se le paguen salarios
caídos en su caso.

Nuevamente se incorpora la figura de
la productividad.

Nueva disposición para los
casos de contingencia sanitaria.

Disposiciones que Benefician a las
mujeres en estado de gravidez, y en los casos de problemas
al nacer de los hijos por discapacidad o requieran
atención médica se correrá hasta 8
semanas posteriores al parto, según se acredite con
las constancias.

Protección a los menores para
evitar ser explotados.

Se refuerza el cuidado a los menores
trabajadores.

Mayor protección a los menores
en cuanto a lugares que no corran riesgo en su salud fisca
y mental.

Nueva disposición, que
pretende dar protección a los menores de 14
años que trabajan como artistas,
deportistas.

Clasificación de trabajos
peligrosos o insalubres para los menores de 14 a 16
años.

Este artículo especifica las
funciones que debe desarrollar el trabajador de
campo.

Aquí se general los controles
y condiciones de la modalidad por temporada o eventuales y
el patrón se obliga a remitir al IMSS, para efecto
de conciliar la antigüedad del trabajador, así
como de entregar la constancia de los días laborados
y su finiquito.

Formalidad de la
contratación.

Surge la obligación del
patrón de dar agua potable, servicios sanitarios
durante el trabajo, y medicina y material de
curación o antídotos, así mismo
proporcionar Casa habitación, transporte del trabajo
a la casa y viceversa, también guarderías a
los hijos de estos, dignifica las condiciones de los
trabajadores del campo, y en caso de hablar otro idioma un
traductor.

Limitación a los trabajadores,
para criar a sus animales cuando perjudiquen cultivos o
cualquier otra actividad dentro de las instalaciones del
centro de trabajo.

Actualización del
artículo, en el caso de la subordinación se
concreta la relación laboral con quien lo contrata,
para el caso de acredita la relación
laboral.

Aquí surge la modalidad de
trabajar (vía internet) desde tu casa con los
beneficios de la Ley.

Se pretende regular el horario del
trabajador domestico que si bien este trabaja más de
las ocho horas por ley.

En base a los usos y costumbre se
está regulando el horario de fin de semana para
descanso del personal doméstico, lo que genera un
avance para ellos.

Dignifica la labor del trabajador
doméstico considerándose en una mejor
habitación, y suficiente alimento sano.

Disposición nueva, que
considera mayores y mejores condiciones para los
trabajadores del sector minero en el
País.

Disposición nueva, que
considera mayores y mejores condiciones para los
trabajadores del sector minero en el
País.

Disposición nueva, que
considera mayores y mejores condiciones para los
trabajadores del sector minero en el
País.

Disposición nueva, que
considera mayores y mejores condiciones para los
trabajadores del sector minero en el
País.

Disposición nueva, que
considera mayores y mejores condiciones para los
trabajadores del sector minero en el
País.

Actualización del
artículo sobre la disposición de la Ley
General de Salud.

Aquí solo se excluye a las
juntas de conciliación ya que desaparecen en esta
reforma laboral.

Regulación para la
creación y control de sindicatos.

Precisiones de la formalidad para el
registro de sindicatos.

Esta modificación trae consigo
el transparentar la integración de su directiva,
así como el manejo y acceso a la información
de sus cuentas a las minorías.

Actualización del
artículo con los medios de
información

Derogado, la libertad de
asociación impresa en esta reforma, ya no obliga a
pertenecer a un sindicato exclusivo, que la tendencia es
sanear esos sindicatos anquilosados

Adecuación al artículo
para los casos de contingencia sanitaria.

Para los casos de contingencia
sanitaria el patrón está obligado a pagar una
indemnización sujeta a un día de salario
mínimos por cada día que dure la
suspensión, ajustándose a las circunstancias,
tal y como se indica.

Se excluyen los casos de contingencia
sanitaria.

Se actualiza el artículo para
los casos de contingencia sanitaria.

Se actualiza y precisa el
artículo.

Se actualiza la
disposición.

Nueva disposición dentro del
título noveno, riesgo de trabajo.

Se ajusta el ordenamiento.

Se actualiza la
disposición.

Se aumenta el monto en caso de muerte
del trabajador.

Actualización al ordenamiento
generando la figura de inspector del trabajo.

Se inserta una vía más
de comunicación que sería el correo
electrónico como medio de notificación o
aviso a la autoridad laboral.

Se reforma este artículo
actualizando, adicionando una rama más a la
comisión consultiva nacional de seguridad y (salud)
en el trabajo, donde le da participación a las
secretarias de salud, de gobernación y de medio
ambiente y recursos naturales.

Se fortalecen las comisiones
consultivas de seguridad (y salud) estatales,
buscando las mejores condiciones para los trabajadores,
así mismo se les da participación a las
secretarias de gobernación y de medio ambiente y
recursos naturales.

Se actualiza este artículo,
integrando los rubros de la salud y el medio ambiente de
trabajo.

Se actualiza este ordenamiento en su
parte de aplicación normativa a los
patrones.

Nuevo ordenamiento.

Cambios de fondo en lo que respecta a
la modalidad de contingencias sanitarias.

La intención es reforzar y
orientar las acciones y esfuerzos de las autoridades
estatales, en auxilio de las federales en materia
laboral.

Nueva disposición.

Se actualizara cada tres años
la tabla de enfermedades del trabajo.

No existe cambio en este
ordenamiento.

Se actualiza este
artículo.

Desaparece legalmente el Instituto
del Trabajo.

Reconoce el servicio civil de carrera
para los trabajadores de las juntas federales y locales de
conciliación y arbitraje.

Actualización del
ordenamiento, así mismo se consideran las
concesiones federales, en razón de la competencia y
aplicación de esta Ley.

Se actualiza el artículo y se
ajusta el consejo consultivo estatal del servicio
nacional de empleo.

Otro de los puntos de este proyecto
de reforma es llegar a la conciliación por ello se
conmina al patrón a asistir ante la PROFEDET. Y
tratar de conciliar para evitar pasivos laborales
inciertos.

Se pretenden actualizar estos
requisitos.

Este cambio pretende darle mayor
formalidad a los procuradores auxiliares.

Se observa la prohibición de
asesorar a terceros en apegó disposiciones de la ley
federal de responsabilidades administrativas

Se pretende con este cambio, la
reactivación de la producción a través
de la generación de competencias
laborales.

Se actualiza el titulo por el
servicio nacional de empleo.

Este cambio puede generar mayor
participación en la función del servicio
nacional de empleo, buscando las mejoras laborales y el
punto base es la competitividad del mercado
laboral.

Se le da presencia y
participación al consejo consultivo del servicio
nacional de empleo.

Se le da presencia y
participación en los estados de la república,
al consejo consultivo del servicio nacional de
empleo.

Se ajustan y actualizan los deberes
de los inspectores del trabajo,

Se actualizan los requisitos para ser
inspector del trabajo.

Se actualizan los requisitos para ser
presidente de la comisión.

Se actualizan los requisitos para
representante asesor de la comisión.

Se actualizan los requisitos para ser
representante de los trabajadores ante la
comisión.

Se actualizan los requisitos para ser
director, asesor técnico y asesore técnico
auxiliar de la comisión.

Este artículo es un tanto
delicado por el manejo que le quieren dar al derogarlo y
desaparecer a las juntas federales de conciliación
permanentes.

De igual forma se confirma la
eliminación de las juntas federales de
conciliación permanente.

Se eliminan las juntas federales de
conciliación permanente.

Se elimina la participación en
las juntas.

Se eliminan las juntas federales de
conciliación.

Se elimina este
artículo.

Se elimina esta figura.

Se eliminan este
ordenamiento.

Se elimina este
artículo.

Se elimina este
artículo.

Se eliminan este
artículo.

Se pretende eliminar este
ordenamiento.

Se deroga este
artículo.

Solo precisa el campo de
aplicación.

Se fortalece con la posibilidad de
dotar de mayor personal a la junta, y se formaliza el
servicio profesional de carrera y de evaluación del
desempeño de los presidentes de las juntas
especiales.

Artículo nuevo, faculta al
secretario general de acuerdo a fungir como secretario de
pleno.

Se hace referencia al reglamento
interior en el que se establecerán las competencias
y responsabilidades correspondientes a cada
miembro.

Se actualiza este
ordenamiento.

Se actualiza este artículo y
se centraliza su ejercicio mas no su
aplicación.

Se actualiza el precepto
legal

Se actualiza y se formaliza el hecho
de contar con cedula profesional de abogado o licenciado en
derecho, y demás formalidades.

En este artículo se pretende
formalizar la creación de los reglamentos del
servicio profesional de carrera y el de evaluación
del desempeño de los presidentes de las juntas
especiales.

Se actualiza el
ordenamiento.

Se actualiza y se elimina el actuar
como Juntas de Conciliación y Arbitraje.

Se actualiza con nuevas facultades y
los esquemas del servicio profesional de carrera y el de
evaluación del desempeño a titulares de las
juntas especiales.

Se actualiza y se ajusta con las
nuevas modalidades de la evaluación que se
refiere.

Se ajusta a las nuevas modalidades de
control de archivo, y se le dota formalmente de dar fe de
las actuaciones en el ámbito de su
competencia.

Se actualiza a los cambios que se
proponen.

Se actualiza en razón al
capítulo XIII

Juntas locales de conciliación
y arbitraje.

Los salarios de estos, se dejan
sujetos a las disposiciones anuales.

Se fortalece la plantilla de las
juntas de conciliación y arbitraje.

Se busca profesionalizar la
función de actuario, al exigir la cedula de abogado
o licenciado en derecho, así como acreditar
conocimientos en derecho del trabajo.

Se busca profesionalizar la
función de secretario, al exigir la cedula de
abogado o licenciado en derecho, así como acreditar
conocimientos en derecho del trabajo.

Artículo nuevo que busca
fortalecer la figura de la conciliación.

La tendencia a la
conciliación.

Artículo nuevo, formaliza la
figura de los funcionarios conciliadores.

Artículo nuevo, este fortalece
la conciliación en todo momento del proceso del
juicio laboral.

Obliga a tener cedula profesional de
abogado o licenciado en derecho a los auxiliares, y
demás requisitos que se pronuncian.

Se pretende tener certeza sobre las
capacidades profesionales de los aquí mencionados en
la materia que se trata.

Se busca el profesionalismo de los
mencionados.

Se actualizarán los salarios
anualmente, sujetos al presupuesto en el ejercicio
correspondiente.

Prohibiciones para los funcionarios
de las juntas.

Adecuación de nombramiento
para secretarios generales y auxiliares.

Se insertan las figuras de
secretarios generales y funcionarios conciliadores a efecto
de ser sujetos de sanción.

Artículo nuevo donde se le
consideran las faltas que pueden incurrir los funcionarios
conciliadores.

Nuevas falta en que pueden incurrir
los auxiliares, en el desarrollo de sus
funciones.

Se actualiza el artículo
citando el nuevo proceso de evaluación del
desempeño.

Se insertan nuevas figuras que se
pueden considerar para ser destituidos y son los
funcionarios conciliadores, secretarios generales,
secretarios auxiliares, así mismo se inserta la
falta de asistencia reiterada por 3 días
consecutivos.

Se actualizan los supuestos en caso
de falta por parte de funcionarios conciliadores o los
secretarios generales y secretarios auxiliares.

Se precisa quien dispondrá del
personal en caso de destitución del
cargo.

Se ajustó simplificando las
juntas, dándole el mismo sentido.

Se adecua este ordenamiento con la
desaparición de las juntas de conciliación
permanentes.

Se le da mayor presencia a la
conciliación.

Se actualiza en una palabra si
cambiar el sentido.

Se actualiza el artículo en
los casos de la defensa de los terceros perjudicados que no
se tomaba como parte en el juicio.

Se aclara la figura de tercero
interesado o perjudicado por un juicio donde le da la
formalidad para intervenir dentro de los tiempos
aquí fijados.

Se equiparan los beneficios para los
menores trabajadores, en caso de fallecimiento de estos, a
efecto de que sean llamados sus beneficiarios como terceros
interesados en un juicio.

Este es un buen cambio ya que es
exigible la cedula de abogado o la carta de
pasante.

Aquí queda abierta la
posibilidad de ser representado por cualquier persona, pero
se contrapone al artículo anterior tomando en cuenta
que exige ser abogado, licenciado en derecho o
pasante.

Se precisa eliminan las juntas
federales de conciliación.

Se eliminan las juntas de
conciliación.

Se eliminan las juntas de
conciliación.

Se actualiza el artículo ya
que desde el año de 1995, la SCJN se
transformó y modifico su estructura.

Se actualiza el
artículo.

Se actualiza la autoridad laboral al
utilizar las herramientas tecnológicas.

Obliga a la autoridad laboral a
presentar la denuncia cuando exista extravió de
expedientes o actuaciones.

Se aumentan el costo de las multas
hasta 100 días de salario mínimo en el
distrito federal.

Se aumentan el costo de las multas
hasta 100 días de salario mínimo en el
distrito federal.

Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21
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