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El control fiscal a la gestión de los contratos estatales (página 41)



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Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Juan Alberto
Polo Figueroa, Radicación 5355 del 27 de mayo de
1999.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Juan Alberto
Polo Figueroa, Radicación 5560 del 8 de octubre de
1999.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Libardo
Rodríguez Rodríguez, Radicación 5403 del 18
de marzo de 1999.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Ernesto Rafael
Ariza Muñoz, Radicación 5543 del 3 de junio de
1999.

Consejo de Estado de Colombia, Sala Plena de lo
Contencioso Administrativo, C.P.: Dr. Delio Gómez Leyva,
Radicación. S-025 del 6 de septiembre de 1999.

Consejo de Estado de Colombia, Sala Plena de lo
Contencioso Administrativo, C.P.: Dr. Nicolás
Pájaro Peñaranda, Radicación. S-459 del 24
de mayo de 1999.

Consejo de Estado de Colombia, Sala Plena de lo
Contencioso Administrativo, C.P.: Dr. Libardo Rodríguez
Rodríguez, Radicación S-844 del 16 de marzo de
1999.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Manuel Santiago
Urueta Ayola, Radicación 5054 del 31 de agosto del
2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga
Inés Navarrete Barrero, Radicación 5363 del 13 de
abril de 2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga
Inés Navarrete Barrero, Radicación 5373 del 6 de
abril de 2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga
Inés Navarrete Barrero, Radicación 5590 del 20 de
enero de 2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga
Inés Navarrete Barrero, Radicación 5694 del 17 de
febrero de 2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga
Inés Navarrete Barrero, Radicación 5764 del 5 de
octubre de 2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Juan Alberto
Polo Figueroa, Radicación 5962 del 19 de mayo de
2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga
Inés Navarrete Barrero, Radicación 6042 del 17 de
agosto de 2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga
Inés Navarrete Barrero, Radicación 6178 del 28 de
septiembre de 2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Juan Alberto
Polo Figueroa, Radicación 6179 del 17 de agosto de
2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala Plena de lo
Contencioso Administrativo, C.P.: Dr. Darío
Quiñones Pinilla, Radicación. AI-057 del 27 de
junio de 2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala Plena de lo
Contencioso Administrativo, C.P.: Dr. Carlos Arturo Orjuela
Góngora, Radicación. S-399 del 18 de septiembre de
2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala Plena de lo
Contencioso Administrativo, C.P.: Dr. Mario Alario Méndez,
Radicación S-725 del 2 de octubre de 2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de Consulta y
Servicio Civil C.P.: Dr. Cesar Hoyos Salazar, Radicación
1346 del 17 de mayo de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga
Inés Navarrete Barrero, Radicación 6840 del 4 de
octubre de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala Plena de lo
Contencioso Administrativo, C.P.: Dr. Ricardo Hoyos Duque,
Radicación 11001-03-15-000-2001-0069-01(AC) del 5 de junio
de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga
Inés Navarrete Barrero, Radicación 5604 del 21 de
junio de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga
Inés Navarrete Barrero, Radicación 6242 del 16 de
noviembre de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Manuel Santiago
Urueta Rojas, Radicación 6391 del 29 de noviembre de
2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga
Inés Navarrete Barrero, Radicación 7242 del 13 de
diciembre de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Gabriel Eduardo
Mendoza Martelo, Radicación 6547 del 16 de noviembre de
2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Manuel Santiago
Urueta Ayola, Radicación 6696 del 1 de noviembre de
2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Manuel Santiago
Urueta Ayola, Radicación 6617 del 27 de septiembre de
2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga
Inés Navarrete Barrero, Radicación 6918 del 13 de
septiembre de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga
Inés Navarrete Barrero, Radicación 3531 del 16 de
febrero de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Manuel Santiago
Urueta Ayola, Radicación 5794 del 4 de mayo de
2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Manuel Santiago
Urueta Ayola, Radicación 5916 del 1 de febrero de
2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Gabriel Eduardo
Mendoza Martelo, Radicación 6384 del 17 de mayo de
2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Gabriel Eduardo
Mendoza Martelo, Radicación 6508 del 7 de junio de
2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala Plena de lo
Contencioso Administrativo, C.P.: Dr. Reinaldo Chavarro
Buriticá, Radicación. AC-10966 y AC-11274
(Acumulados) del 7 de junio de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala Plena de lo
Contencioso Administrativo, C.P.: Dr. Reinaldo Chavarro
Buriticá, Radicación. AC-11861 del 11 de septiembre
de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala Plena de lo
Contencioso Administrativo, C.P.: Dr. Alejandro
Ordóñez Maldonado, Radicación. AC-12340 del
20 de febrero de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera C.P.: Dr. Camilo
Arciniegas Andrade, Radicación 6620 del 26 de julio de
2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera C.P.: Dr. Manuel Santiago
Urueta Ayola, Radicación 6587 del 16 de noviembre de
2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera C.P.: Dr. Camilo
Arciniegas Andrade, Radicación 7029 del 5 de julio de
2002.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera C.P.: Dr. Manuel Santiago
Urueta Ayola, Radicación 7211 del 18 de abril de
2001.

Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Tercera, Sentencia del 18 de abril
de 1989, Expediente 5426, CP Dr. Carlos Betancurt
Jaramillo.

Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil
Concepto No.1438 del 13 de septiembre 2002, CP Dr. César
Hoyos Salazar.

Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo
– Sección Primera, Sentencia del 9 de diciembre de
2004, CP Dr. Rafael Ostau de Lafont Planeta.

Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Tercera, Sentencia del 2 de
febrero de 1996, Expediente: 8385, CP Dr. Jesús
María Carrillo Ballesteros.

Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Tercera, 19 de mayo de 1994,
Expediente: 8726, CP Dr. Daniel Suárez
Hernández.

Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil,
Concepto del 23 de noviembre de 2005, Radicación No.1694,
CP Dr. Gustavo Aponte Santos,

Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil,
Concepto del 3 de diciembre de 1993. CP Dr. Jaime Betancourt
Cuartas.

Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil del
Consejo de Estado, Concepto del 28 de julio de 1994, CP Dr.
Roberto Suárez Franco; Referencia: Radicación
No.624.

Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Tercera, Sentencia del 15 de
octubre de 1999, Expediente 10929, MP Dr. Ricardo Hoyos
Duque.

Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil,
Concepto del 26 de agosto de 1998, Radicación No.1121, CP
Dr. César Hoyos Salazar.

Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Tercera, Sentencia del 28 de
septiembre de 2006, Radicación No.15307, CP Dr. Ramiro
Saavedra Becerra.

Consejo de Estado Sala de lo Contencioso Administrativo,
Sección Tercera, Sentencia del 29 de enero de 2004,
Expediente 10779, CP Dr. Alier Eduardo Hernández
Enríquez.

Consejo de Estado de Colombia, Sala Plena de lo
Contencioso Administrativo, C.P.: Dr. Germán Ayala
Mantilla, Radicación 1101-03-15-000-2001-0148-01(PI) del
22 de enero de 2002.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga
Inés Navarrete Barrero, Radicación 7208, 7464 y
7705 del 27 de marzo de 2003.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Primera C.P.: Dr. Ramiro Saavedra
Becerra, Radicación 19929 del 20 de noviembre de
2003.

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

Corte Suprema de Justicia, Sentencia del 27 de
septiembre de 1974, MP Dr. Luís Sarmiento
Buitrago.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Penal, Sentencia del 3 de septiembre de 2001, Expediente: 16837,
MP Dr. Jorge Aníbal Gómez Gallego.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Penal, Sentencia del 25 de octubre de 2000, Expediente: 15273, MP
Dr. Nilson Pinilla Pinilla.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Penal, Sentencia del 18 de abril de 2002, Expediente 12658 de 18
de abril de 2002.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Penal, Sentencia del 20 de agosto de 1998, Expediente: 10295, MP
Dr. Fernando E. Arboleda Ripio.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Penal, Sentencia del 15 de abril de 2004, Expediente 18454, MP
Dr. Alfredo Gómez Quintero.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Penal, Sentencia del 26 de noviembre de 2003, Expediente: 20420,
MP Dr. Álvaro Orlando Pérez
Pinzón.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Penal, Sentencia del 29 de enero de 2004, Expediente: 17574, MP
Dr. Mauro Solarte Portilla.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Penal, Sentencia del 23 de septiembre de 2003, Expediente:7089,
MP Dr. Edgar Lombana Trujillo,.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Penal, Sentencia del 25 de febrero de 2004, Expediente: 20526, MP
Dra. Marina Pulido de Barón.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Penal, Sentencia del 9 de febrero de 2005, Expediente: 21547, MP
Dra. Marina Pulido de Barón.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Penal, Sentencia del 16 de febrero de 2005, Expediente: 15212, MP
Drs. Herman Galán Castellanos y Alfredo Gómez
Quintero.

Corte Suprema de Justicia – Sala de
Casación Civil-, Expediente No.4512 de 17/05/95, MP Dr.
Pedro Lafont Pianetta.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Civil, Expediente No.3972 de 19/10/94, MP Dr. Carlos Esteban
Jaramillo Schloss.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Penal, Sentencia del 4 de octubre de 1993, Expediente 5005
(Casación) MP Dr. Jorge Enrique Valencia M.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Penal, Sentencia del 15 de diciembre de 2000, Expediente 12613,
MP Dr. Jorge Aníbal Gómez G.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Penal, Sentencia del 28 de enero de 1999, Expediente 11192, MP
Dr. Edgar Lombana T.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Penal, Sentencia del 16 de noviembre de 1993, Expediente 8007
(Casación) MP Dr. Guillermo Duque Ruíz.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Penal, Sentencia del 10 de noviembre de 1993, Expediente 8087
(Casación) MP Dr. Edgar Saavedra Rojas.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Penal, Sentencia del 12 de febrero de 1998, Expediente 10204, MP
Dr. Ricardo Calvete Rangel.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Penal, Sentencia del 0 de noviembre de 2004, Expediente 21726, MP
Dra. Marina Pulido de Barón.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Penal, Sentencia del 18 de junio de 2002, Expediente 19464, MP
Dr. Edgar Lombana Trujillo.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Civil, Sentencia del 26 de febrero de 1998, Expediente 4702, MP
Dr. Jorge Antonio Castillo Rugeles.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Penal, Sentencia del 1 de marzo de 1995, Expediente 8608, MP Dr.
Juan Manuel Torres Fresneda.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Civil, Sentencia del 10 de septiembre de 1998, Expediente 5023,
MP Dr. Nicolás Becharas Simancas.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
y Agraria, Sentencia del 16 de mayo de 2003, Expediente 7576, MP
Dr. Manuel Ardila Velásquez.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Civil, Sentencia del 12 de septiembre de 1996; Expediente 4792,
MP Dr. Nicolás Bechara Simancas.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
y Agraria, Sentencia del 31 de julio de 2000, Expediente 6068, MP
Dr. Silvio Fernando Trejos Bueno.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Penal, Sentencia del 12 de marzo de 1997, Expediente 9393, MP Dr.
Jorge E. Córdoba Poveda.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
y Agraria, Sentencia del 11 de abril de 2003, Expediente 7270, MP
Dr. Carlos Ignacio Jaramillo Jaramillo.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
y Agraria, Sentencia del 13 de septiembre de 2006, Expediente
88001-31-03-002-2002-00271-01, M.P. Dr. Jaime Alberto Arrubla
Paucar.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Penal, Sentencia del 12 de agosto de 2009, Expediente 32003, M.P.
Dr. José Leonidas Bustos Martínez.

DOCUMENTOS CONPES.

CONPES 3166 del 23 de Mayo de 2002, Sistema
Integrado de Transporte Masivo de Pasajeros para Santiago de Cali
–Seguimiento
-, Ministerio de Hacienda y Crédito
Público, Ministerio de Transporte, DNP: DIE –GINF,
Bogotá D.C.

CONPES 3167 del 23 de mayo de 2002, Política
para Mejorar el Servicio de Transporte Público Urbano de
Pasajeros,
Ministerio de Hacienda y Crédito
Público, Ministerio de Transporte, DNP: DIE –GINF,
Bogotá D.C.

CONPES 3185 del 31 de Julio de 2002, Propuesta para
Mejorar la Movilidad entre Bogotá y Soacha:
Extensión de la Troncal Norte – Quito – Sur
del Sistema de TransMilenio
, Ministerio de Hacienda y
Crédito Público, Ministerio de Transporte, DNP: DIE
–GINF, Bogotá D.C.

CONPES 3196 del 31 de julio de 2002, Régimen
Jurídico del Consejo Nacional de Política
Económica y Social CONPES y Compilación de los
Documentos Período 1998 – 2002,
DNP,
Bogotá D.C.

CONPES 3220 del 21 de abril de 2003, Sistema
Integrado de Servicio Público Urbano de Transporte Masivo
de Pasajeros del Área Metropolitana del Centro
Occidente,
DNP: DIE- GEINF, Ministerio de Transporte,
Ministerio de Hacienda y Crédito Público,
Bogotá, D.C.

CONPES 3249 del 20 de octubre de 2003,
POLÍTICA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA PARA UN
ESTADO GERENCIAL,
Proyecto de Contratación Estatal
BIRF – DNP, Bogotá D.C.

CONPES 3259 del 15 de Diciembre de 2003, Sistema
Integrado de Servicio Público Urbano de Transporte Masivo
de Pasajeros del Distrito de Cartagena –TransCaribe,

DNP: DIE- GEINF, Ministerio de Transporte, Ministerio de Hacienda
y Crédito Público, Bogotá, D.C.

CONPES 3260 del 15 de diciembre de 2003.
POLÍTICA NACIONAL DE TRANSPORTE URBANO Y MASIVO,
DNP: DIE- GEINF, Ministerio de Transporte, Ministerio de Hacienda
y Crédito Público, Bogotá, D.C.

CONPES No.3272 del 23 de febrero de 2004, Programa
Estratégico Integral de Rehabilitación y
Mantenimiento Vial,
Ministerio de Hacienda y Crédito
Público, Ministerio de Transporte, DNP: DIE –GINF,
Bogotá D.C.

CONPES No.3273 del 1 de marzo de 2004,
Autorización a la nación para contratar
operaciones de Crédito Externo con la Banca Multilateral
hasta por US$600 millones, con el fin de financiar los aportes de
la Nación a los Sistemas Integrados de Transporte Masivo
–SITM- y otras apropiaciones presupuestales prioritarias de
la Nación para 2004,
Ministerio de Hacienda y
Crédito Público, Ministerio de Transporte, DNP: DIE
–GINF, Bogotá D.C.

CONPES 3305 expedido el 24 de agosto de 2004 dentro del
Marco de la Política de Gestión de Desarrollo
Urbano,
Ministerio de Hacienda y Crédito
Público, Ministerio de Transporte, DNP: DIE –GINF,
Bogotá D.C.

CONPES No.3311 del 20 de septiembre de 2004,
Modificación al CONPES 3272 del 23 de febrero de 2004:
Criterios para la Priorización de Proyectos del Programa
de Infraestructura Vial y Desarrollo Regional,
Ministerio de
Hacienda y Crédito Público, Ministerio de
Transporte, DNP: DIE –GINF, Bogotá D.C.

CONPES No.3368 del 1 de agosto de 2005,
Política Nacional de Transporte Urbano y Masivo
– Seguimiento-.
Ministerio de Hacienda y
Crédito Público, Ministerio de Transporte, DNP: DIE
–GINF, Bogotá D.C.

CONPES No.3439 del 14 de agosto de 2006,
"Institucionalidad y Principios Rectores de Política
para la Competitividad y la Productividad",
Alta
Consejería para la Competitividad y la Productividad,
Ministerio de Comercio, Industria y Comercio, Bogotá D.C.,
2006.

CONPES No.3465 del 10 de abril de 2007, Concepto
favorable a la Nación para contratar empréstitos
externos con Bancos u Organismos Multilaterales, Banca Comercial
u Otras Fuentes Alternativas de Fondeo hasta por un valor de
US$1.440 millones o su equivalente en otras monedas, para
financiar parcialmente los aportes de la Nación a los
Sistemas Integrados de Transporte Masivo –SITM-,

Ministerio de Hacienda y Crédito Público,
Ministerio de Transporte, DNP: DIE –GINF, Bogotá
D.C.

CONPES No.3535 del 18 de julio de 2008 mediante el cual
se expidió el Concepto Previo Favorable para la
Prórroga o Adición de los Contratos de
Concesión Vial y Férrea
, Ministerio de
Transporte –INCO, Ministerio de Hacienda y Crédito
Público, DNP, Bogotá D.C.

CONPES 3107 de 2001, Política de Manejo de
Riesgo Contractual del Estado para Procesos de
Participación Privada en Infraestructura
, DNP: DIE
–GEINF, Ministerio de Hacienda Público,
Bogotá D.C.

CONPES 3133 de 2001, Modificaciones a la
Política de Manejo de Riesgo Contractual del Estado para
Procesos de Participación Privada en Infraestructura
Establecida en el Documento CONPES 3107 de 2001,
DNP: DIE
–GEINF, Ministerio de Hacienda Público,
Bogotá D.C.

CONPES 3167 de 2002, Política para Mejorar el
Servicio de Transporte Público Urbano de Pasajeros,

Ministerio de Transporte DNP: DIE – GEINF, Bogotá
D.C.

CONPES No.3562 del 30 de diciembre de 2008, mediante el
cual se expide el Concepto Previo Favorable para la
Prórroga o Adición de seis contratos de
concesión vial en Colombia (Girardot – Ibagué
– Cajamarca; Desarrollo Vial del Oriente de
Medellín; Zipaquirá – Palenque; Rumichaca
– Pasto – Chachagüï; Bogotá –
Villavicencio y Córdoba – Sucre),
Ministerio de
Hacienda y Crédito Público, Ministerio de
Transporte, DNP: DIE –GINF, Bogotá D.C.

LEYES

Colombia

Ley 153 de 1887; Ley 23 de 1973; Ley 20 de 1974; Ley 56
de 1981; Ley 9 de 1989; Ley 86 de 1989; Ley 2 de 1991; Ley 3 de
1991; Leyes 23 de 1991; Ley 42 de 1993; Ley 70 de 1993; Ley 80 de
1993; Ley 99 de 1993; Ley 105 de 993; Ley 142 de 1993; Ley 134 de
1994; Ley 281 de 1996; Ley 336 de 1996; Ley 134 de 1994; Ley 152
de 1994; Ley 160 de 1994; Ley 190 de 1995; 310 de 1996; 336 de
1996; Ley 388 de 1997; Ley 400 de 1997; Ley 446 de 1998; Ley 448
de 1998; Ley 472 de 1998; Ley 489 de 1998; Ley 508 de 1999; Ley
610 de de 2000; 640 de 2001; Ley 678 de 2001; 684 de 2001; Ley
734 de 2002; Ley 769 de 2002; Ley 787 de 2002; Ley 812 de 2003;
Ley 819 de 2003; Ley 850 de 2003; Ley 881 de 2004; Ley 962 de
2005; Ley 1150 de 2007; Ley 1151 de 2007; Ley 1154 de 2007; Ley
1169 de 2007; Ley 1169 de 2008; Ley 1228 de 2008; Ley 1260 de
2008; Ley 1285 de 2009.

CÓDIGOS DE COLOMBIA.

Código Contencioso Administrativo; Código
Civil; Código de Procedimiento Civil; Código de
Comercio; Código Penal; Código de Procedimiento
Penal; Código de Petróleos; Código de
Minas.

DECRETOS NACIONALES.

Decreto 2811 de 1974; Decreto 1608 de 1978; Decreto 1715
de 1978; Decreto 2388 del 29 de 1979; Decretos 704 de 1986;
Decreto 305 de 1988; Decreto 1974 de 1989; Decreto Ley 111 de
1996; Decreto 1222 de 1986; Decreto 1333 de 1986; Decreto 2681 de
1993; Decreto 679 de 1994; Decreto 1477 de 1995; Decreto 2150 de
1995; Decreto 1052 de 1998; Decreto 1554 de 1998; Decreto 1547 de
2000; Decreto 2809 de 2000; Decreto 327 de 2002; Decreto 941 de
2002; Decreto 2550 de 2002; Decreto 4688 de 2005; Decreto 4841 de
2008; Decreto 101 de 2000; Decreto 29 de 2002; Decreto 2053 de
2003; Decreto 150 de 1999; Decreto 507 de 1999; Decreto 932 de
2002; Decreto 1337 de 2002; Decreto 975 de 2004; Decreto 1788 de
2004; Decreto 973 de 2005; Decreto 3600 de 2007; Decreto 4065 de
2008; Decreto 3460 del de 2008; Decreto 93 de 2000; Decreto 1713
de 2002; Decreto4688 de 2005; Decreto 3600 de 2007; Decreto 4669
de 2005; Decreto 1151 de 2008; Decreto 1420 de 1998; Decreto 1713
de 2002; Decreto 4688 de 2005; Decreto 3600 de 2007; Decreto 2304
de 1989; Decreto 1420 de 1998; Decreto 1599 de 1998; Decretos
1052 de 1998; Decreto 1547 de 2000; Decreto 1599 de
1998.

DEDICATORIA

La vida conforme al Espíritu de
Dios.

"…El fruto del Espíritu es amor,
alegría, paz, paciencia, afabilidad, bondad,
fidelidad".

Epístola del Apóstol San Pablo a los
Gálatas, Cap. 5, Ver. 22.

A mis padres, Francisco y Juana: A ellos les debo mi
ser, me enseñaron los principios y valores fundamentales
de la humanidad, el amor, la solidaridad, el respeto y la fe en
Dios.

A mis hermanos Jorge Luis, Nora Elena, Ana
María; Celideth, Gloria Inés y Leyna Margarita a
quienes amo. A ellos el mensaje de nuestros
padres.

A Carmen Janeth mi esposa, a mis hijos Natalia y Juan
David; reina, princesa y príncipe de mi vida. Los Amo, son
ustedes la motivación para continuar.

A mi sobrina Vanesa, retoñito de virtudes. Mi
otra hija.

A los noveles juristas, doctores Fredy José
Agámez Berrío, Hernán Rocha Chacón; y
a los Ingenieros Civiles Cesar Augusto Blanco Bermejo y Zully
Stella Blanco de la Rosa, quienes contribuyeron con sus aportes,
de manera importante a la realización de esta
obra.

AGRADECIMIENTOS

A Monseñor HÉCTOR JARAMILLO DUQUE
1924-1990 (q.e.p.d), Obispo de la Diócesis de Sincelejo,
quién me ministró el sacramento de la
confirmación en la Parroquia de San Onofre, Sucre, y me
dejó como herencia la extraordinaria devoción a
María Auxiliadora, el Rosario a la Virgen como
única arma poderosa contra la guerra, y el mensaje de la
Epístola de San Pablo a los Gálatas, Cap 5, Ver.
22, la vida conforme al Espíritu de Dios, y los frutos y
dones del Espíritu. Primera Corintios, Cap. 12, Ver. 1 a
11.

A mis compañeros de la Contraloría
General de la República, quienes me enseñaron la
pasión por el control fiscal. Fue allí donde
ejercí por primera vez la función pública, y
donde aprendí que el servicio público exige
vocación, sacrificio y entrega.

A mis compañeros de la Contraloría
Distrital de Bogotá; en donde juntos avanzamos en la
construcción y desarrollo de la teoría del control
en la infraestructura del transporte.

A Dios, a quien le ofrezco todos mis éxitos,
fracasos, alegrías y tristezas; pues en la tierra quienes
con facilidad se declaran autores de tus éxitos, con
urgencia se declaran lejanos a tus fracasos, desgracias y
tristezas.

A todos aquellos que fortalecieron en mi la esperanza
y la promesa del Señor, de que seguirá construyendo
con la roca que desechan los arquitectos.

 

Oración de Abandono en el
Señor

Padre,

en tus manos me
pongo.

Haz de mi lo que
quieras.

Por todo lo que hagas de
mí,

te doy gracias.

Estoy dispuesto a todo, lo acepto
todo,

con tal de que tu voluntad se
haga en mi

y en todas tus
criaturas.

No deseo nada mas Dios
mío.

Pongo mi alma entre tus
manos,

te la doy, Dios
mío,

con todo el ardor de mi
corazón

porque te amo,

y es para mi una necesidad de
amor

el darme, el
entregarme

entre tus manos sin
medida,

con infinita
confianza,

por que Tú eres mi padre.
Amén.

Presbítero IGNACIO
LARRAÑAGA ORBEGOZO

Secerdote Capuchino, Loyola-
España.

Orden Capuchina
Franciscana.

 

 

Autor:

Inocencio Meléndez
Julio

 

Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41
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