Análisis del libro:"Finanzas Públicas" –
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Análisis del libro:"Finanzas
Públicas"
- Introducción
- Finanzas
públicas - Sistema nacional
de planeación - Sistema
presupuestal colombiano - Presupuesto de
rentas y recursos de capital - Presupuesto de
gastos o ley de apropiaciones - Gasto
público - Preparación,
presentación, aprobación, ejecución y control
del presupuesto - Presupuesto
municipal - Inflación y
deflación - Políticas
- Política
monetaria - Política
fiscal
Introducción
La palabra Finanzas llega de la voz griega, finos, la
cual pasa al latín, finís, que significa fin, en un
principio se aplicó este término como fin de los
negocios jurídicos, al pago con que ellos terminan, luego
surge finanzas lo cual implicaba otros elementos esenciales para
que se produjera tal fin, estos estaban constituidos por los
recursos o ingresos.
La ciencia de las Finanzas Públicas atiende todo lo
relacionado con la forma de satisfacer las necesidades que
demande la comunidad de personas que integran un Estado, se
inclinan a cubrir las exigencias del colectivo, donde predomina
el interés general.
Las Finanzas Públicas regirán las necesidades
que se originen frente a las relaciones de Estado con los
individuos o las del Estado frente a sus propias
necesidades.
Elementos que la Integran
Las Necesidades Públicas
Servicios Públicos
Gasto Público
Recursos Públicos
Renta Nacional
Entre otros que serán desarrollados en el
texto.
FINANZAS
PÚBLICAS
1.1 Elementos Introductorios de Las Finanzas
Públicas
En un principio la palabra finanza se traducía como
fin de un negocio jurídico como traducción del
término en latín luego surge finanzas.
La ciencia de las Finanzas Públicas involucra todo
lo que implique satisfacer las necesidades de la comunidad de
personas que integran un estado, se inclinan a cubrir las
exigencias del colectivo, donde predomina el interés
general.
Las Finanzas Públicas regirán las necesidades
que se originen frente a las relaciones de Estado con los
individuos o las del Estado frente a sus propias
necesidades.
1.2 Actividad Financiera del Estado
La actividad financiera del Estado da inicio cuando
éste se apropia de las riquezas o bienes producidos por las
demás economías, y las convierte en ingresos para
atender los gastos de satisfacción de las necesidades
públicas. Termina cuando el ingreso público se ha
convertido en servicio público o medio de satisfacer la
necesidad.
1.3 Elementos que la Integran
• Las Necesidades Públicas:
Nacen de la colectividad y se satisfacen mediante la
actuación del Estado el cual garantiza las principales
necesidades que se originen dentro de una colectividad,
necesidades éstas que solamente podrán ser satisfechas
por el Estado.
• Servicios Públicos:
Son las actividades que el Estado realiza en procura de
la satisfacción de las necesidades públicas.
• Gasto Público:
Son las inversiones de riquezas que las entidades
públicas hacen para la producción de los servicios
necesarios para la satisfacción delas necesidades
públicas, y para enfrentar a otras exigencias de la vida
pública, que son llamadas propiamente servicios.
• Recursos Públicos:
Son los medios mediante los cuales se logran sufragar
los gastos públicos y constituyen todos los ingresos
financieros a la tesorería del Estado, cualquiera sea su
naturaleza económica o jurídica.
• Renta Nacional:
Es la sumatoria en términos monetarios de los
bienes y servicios producidos, distribuidos y vendidos en un
país durante un tiempo determinado, es decir dentro de un
ejercicio fiscal.
1.4 Las Funciones de las Finanzas en el Proceso del
Desarrollo
Las Finanzas tienen como función contribuir al
desarrollo económico de un país, el Estado debe velar
que exista una distribución equitativa de las riquezas,
incentivar a los inversionistas y a la producción, crear un
clima desconfianza política, establecer una estabilidad
legal, disminuir la tasa de inflación entre otras, ya que
estas variables generan empleo e incentivan el crecimiento del
aparato productivo.
1.5 Sector Público
Empresas e instituciones que dependen del Estado en una
economía nacional. La actividad económica del sector
público abarca todas aquellas actividades que el Estado
(administración local y central) y sus empresas (por
ejemplo, las empresas privadas nacionalizadas) posee o
controla.
El papel y el volumen del sector público dependen
en gran medida de lo que en cada momento se considera que
constituye el interés público; ello requiere definir
con antelación el ámbito de ese interés general.
Lo normales que el sector público constituya un elevado
porcentaje de la economía de un país e influya sobre la
actividad económica global.
2) SISTEMA NACIONAL DE
PLANEACION
PLAN NACIONAL DE DESARROLLO
2.1 Misión
El Departamento Nacional de Planeación es un
departamento administrativo y es uno de los organismos
principales de la administración pública. Depende
directamente de la Presidencia de la República y pertenece a
la Rama Ejecutiva del poder público.
Su misión es diseñar, hacer viable y controlar
las políticas de desarrollo económico, social y
ambiental del país, en coordinación con los ministerios
y los entes territoriales.
2.3 Origen
Da comienzo a partir de 1936 cuando se da inicio a la
planificación de Colombia y se implantan cambios
estructurales e institucionales como los Consejos nacionales de
economía y de política económica y social, como
organismos asesores.
Posteriormente, en 1958, se creó el Consejo
Nacional de Política Económica y Planeación,
así como el Departamento Administrativo de Planeación y
Servicios Técnicos, entidades que tuvieron funciones de
estudio y recomendación de la política
económica.
En 1968 estas entidades y consejos antes mencionados
sufren su primera modificación uniéndose todas en
Consejo Nacional de Política Económica y Social
–CONPES– y en el Departamento Nacional de
Planeación –DNP–,
respectivamente.
3) SISTEMA PRESUPUESTAL
COLOMBIANO
Presupuesto Nacional
Esta conformado por los siguientes apartados
Principios Presupuéstales
Presupuesto de rentas y recursos de capital
Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones
Preminencia De La Ley Que Adopta El Plan De
Inversiones
3.1 EL SISTEMA PRESUPUESTAL
Esta constituido por un plan financiero, por un plan
operativo anual de inversiones y por el presupuesto anual de la
Nación.
El propósito de la innovación: se trata de
armonizar el proceso presupuestal con el marco más amplio de
los programas macroeconómicos del Gobierno, y asegurar
así la compatibilidad de la Política Fiscal con la
Política Monetaria, cambiaria y crediticia. Pero resulta que
en la práctica el Gobierno ya venia elaborando el plan
Financiero. Desde el programa de ajuste de 1985 las autoridades
económicas habían preparando de hecho tal
programa.
Esto trae consigo la limitación del presupuesto ya
que de ahora en adelante: Primero habrá que comentarlo con
"los consejos regionales de Planificación "después el
Ministerio de Hacienda y el Departamento de Planeación
prepararán el plan financiero que deberá contar con
previo concepto del Consejo Superior de Política Fiscal y
luego deberá ser aprobado por el CONPES; posteriormente el
Departamento de Planeación elaborará el Plan Operativo
Anual de Inversión de los Consejos Regionales de
Planificación, el cual deberá ser aprobado también
por el CONPES. Solo después de estos tramites, se
deberá ser cumplido taxativamente, podrá elaborarse el
proyecto definitivo de presupuesto por el Ministerio de Hacienda
para ser presentado en el Congreso en los primeros 10 días
de la legislatura ordinaria.
Por lo tanto se llega a pensar que se a originado un
alto riesgo jurídico para el presupuesto con todos estos
trámites: el haber protocolizado a nivel legal un proceso
que se venia cumpliendo informalmente crea el peligro que en
adelante cualquier omisión en que se incurra en dichos
trámites generará la posibilidad de quesea demanda la
ley de presupuesto por ello.
3.2 CONSEJO SUPERIOR DE LA POLÍTICA
FISCAL
Con el fin de coordinar el sistema presupuestal y de
hacer un seguimiento permanente de la política fiscal la ley
orgánica del presupuesto crea el CONFIS.
En efecto, se pudo constatar que a pesar de que el
Ministerio de Hacienda, Planeación y otras entidades se
ocupaban de temas presupuéstales y de finanzas
públicas, ninguna de ellas lo realizaba de manera
sistemática, tal como lo hacia la Junta Monetaria para los
asuntos relacionados con el crédito y la moneda.
Puesto que hoy en día son de tanta trascendencia en
la economía los asuntos relacionados con las finanzas
públicas, se consideró que una entidad con buen nivel
técnico debería hacer un análisis permanente de
los asuntos fiscales, y en determinadas circunstancias,
debía sustituirse allí el primer trámite de
algunos procedimientos presupuéstales.
3.3 PRINCIPIOS PRESUPUESTALES
Es el compendio de la sabiduría convencional
presupuestal, cuya aplicación en la práctica es apenas
parcial.
De acuerdo con lo indicado en el artículo 4º
de la Ley 179 de 1994 (que es una de las tres leyes que en la
actualidad conforman el estatuto orgánico del presupuesto,
junto con la Ley 38 de 1989 y la 225 de 1995) Los principios del
sistema presupuestal son:
A. PRINCIPIO DE UNIDAD PRESUPUESTAL
Es aquel según el cual los ingresos y los gastos de
todos los servicios dependientes de una misma colectividad
pública, principalmente del Estado, deben estar agrupados en
un mismo documento y ser presentados simultáneamente para el
voto de autoridad presupuestal. Son varias ventajas que se
predican del cumplimiento del principio de la unidad
presupuestal. En primer lugar, permite que tanto legisladores
como opinión pública tenga una idea del conjunto de lo
que es la política fiscal para un año determinado. El
control político del presupuesto para que sea eficaz,
requiere que se conozca, en su totalidad. Si el presupuesta se
presenta de forma fraccionada no quedará claro, por ejemplo
cual es la magnitud del déficit en que se va a incurrir a lo
largo del año, como se va financiar ese déficit, cuales
son las grandes prioridades del gasto público, etc. Así
como cualquier fenómeno social o económico es
difícil de juzgar como tino si no se le conoce a cabalidad,
así también es difícil evaluar la política
fiscal si el presupuesto no cumple con el principio de
unidad.
A través de tales principios ha tratado de
alcanzarse:
• Un control efectivo sobre el volumen del gasto
público, con el ideal de su reducción al
mínimo.
• Un control del parlamento sobre el Ejecutivo, en
materia financiera, con el ideal de elevarlo al
máximo.
• Una depurada representación contable de los
procesos de ingresos y de gastos públicos.
3.4 PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE
CAPITAL
El Presupuesto General de la Nación lo conforman
dos grandes conceptos: el de los ingresos o rentas, y el de los
gastos o apropiaciones.
En primer lugar tenemos las rentas; según el
articulo 1º de la Ley 225 de1995 (art. II Docto. III de
1996) el presupuesto de rentas lo conforman los siguientes
conceptos:
a. Los ingresos corrientes de la nación
b. Las contribuciones parafiscales cuando sean
administradas por un órgano que haga parte del
presupuesto.
c. Los fondos especiales
d. Los recursos de capital
e. Los ingresos de los establecimientos públicos
del orden nacional.
INGRESOS CORRIENTES
Los llamados "ingresos corrientes" se clasifican en
ingresos tributarios y no tributarios. Los primeros se su
clasifican en impuestos directos e indirectos.
Los segundos es decir, los no tributarios, se su
clasifican en tasa, multas, rentas contractuales y transferencias
del sector descentralizador de la nación.
Los ingresos ordinarios que son aquellos corrientes, son
aquellos que no están afectos a la financiación de un
gasto específico; y hay ingresos corrientes ocasionales, que
son la excepción, y que como su nombre lo sugiere son
aquellos que ingresan de manera esporádica.
CONTRIBUCIONES PARAFISCALES
Son contribuciones parafiscales los gravámenes
establecidos con carácter obligatorio por la ley, que
afectan aun determinado y único grupo social o
económico y se utiliza para beneficio del propio
sector.
Las contribuciones parafiscales administradas por los
órganos que formen parte del Presupuesto General de la
Nación se incorporará al presupuesto solamente para
registrar la estimación de su cuantía y en
capítulo separado de las rentas fiscales y su recaudo
será efectuado por los órganos encargados de su
administración.
Las contribuciones parafiscales se crean para alimentar
y nutrir una entidad específica; por ejemplo, el seguro
social.
3.5 PRESUPUESTOS DE GASTOS O LEY DE
APROPIACIONES
De acuerdo con el artículo 23 de la Ley 38 de 1989,
el presupuesto de gastos se discrimina en tres grandes
rubros:
a. Gastos de funcionamiento
b. Servicio de la deuda
c. Gastos de inversión
Las apropiaciones deben referirse en cada organismo o
entidad de la administración a su objeto y funciones, y se
ejecutará estrictamente conforme al fin para el cual fueron
programadas", el citado articulo 23dispone que el presupuesto
especifique las diversas ramas de la administración
pública, y dentro de estas el organismo o entidad al cual
sele autoriza el gasto.
3.6 PREEMINENCIA DE LA LEY QUE ADOPTA EL PLAN DE
INVERSIONES
La ley del plan, en cuanto a los gastos públicos
que define, no requiere de leyes posteriores que decreten dichos
gastos antes de incorporarlos como apropiaciones a la
correspondiente ley de presupuesto anual.
El Congreso, sin embargo, podrá aumentar o
disminuir las partidas en el plan cuatrienal de inversiones al
momento de discutir el presupuesto anual, observando por supuesto
los procedimientos que se señalan en la ley orgánica
del presupuesto.
4) PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE
CAPITAL
FONDOS ESPECIALES
RECURSOS DE CAPITAL
INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS
PÚBLICOS
4.1 FONDOS ESPECIALES
El artículo 3° del Estatuto Orgánico del
Presupuesto (Dcto. ni de 1996) indica que los fondos especiales
son "los ingresos definidos en la ley para la prestación de
un servicio público específico así como los
pertenecientes a fondos sin personería jurídica creados
por el legislador".
4.2 RECURSOS DE CAPITAL
Según la enumeración que contiene el
artículo 31 del Decreto 111 de 1996los llamados, "recursos
de capital" son los siguientes.
1. LOS RECURSOS DEL BALANCE DEL TESORO
La ejecución anual del presupuesto arroja un
superávit o un déficit, al concluir cada ejercicio. Ese
resultado, positivo o negativo, proveniente del año
anterior, se denomina balance del tesoro, e ingresa como recurso
de capital al presupuesto del año siguiente. Si es un
déficit deberá incluirse "forzosamente la partida
necesaria para saldarlo". Si se trata de un superávit,
éste se contabiliza como un recurso de capital idóneo
para financiar apropiaciones del año siguiente.
2. LOS RECURSOS DE CRÉDITO INTERNO Y
EXTERNO
Debe anotarse que los recursos han de tener vencimientos
mayores a un año para que contra ellos puedan abrirse
apropiaciones. Si un recurso de crédito tiene un plazo menor
de un año se considera un recurso de tesorería, y no es
apto para financiar nuevo gasto público. Esta es una antigua
norma de prudencia hacendística: si el gasto presupuestal se
pudiera financiar contra ingresos crediticios que deben
cancelarse dentro del mismo año, es evidente que se
estarían sembrando las semillas del déficit
crónico, pues al cancelar la operación crediticia la
apropiación que originalmente respaldó se vería
desprovista de fuente sana de financiamiento.
3. LOS RENDIMIENTOS DE OPERACIONES
FINANCIERAS
Cuando, a diferencia de las operaciones de crédito,
el fisco actúa no como deudor sino como acreedor, los
rendimientos que obtenga (intereses, etc.)Se consideran como
recursos de capital.
4. EL MAYOR VALOR EN PESOS ORIGINADO POR LAS DIFERENCIAS
DECAMBIO
En los desembolsos en moneda extranjera, o por la
colocación de títulos del Gobierno Nacional en el Banco
de la República. Por razones asociadas a la devaluación
del peso sucede que entre el momento en que el Gobierno reintegra
un empréstito externo y el momento en que efectivamente lo
convierte a pesos, al retirarlo del Banco de la República,
es decir al monetizarlo, la diferencia en la tasa de cambio
éntrelas dos fechas le genera una cantidad adicional de
pesos que se consideran, para efectos presupuéstales, como
un recurso de capital. Fenómeno similar presenta cuando el
Gobierno invierte recursos propios en algún documento o
título de crédito del Banco de la República: los
rendimientos que esta inversión genera se consideran
también recursos de capital.
5. LAS DONACIONES
El artículo 31 del Decreto 111 de 1996 dispone lo
siguiente: "Los recursos Principio del documento de asistencia o
cooperación internacional de carácter no reembolsable
hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto General de
la Nación y se incorporarán al mismo como donaciones de
capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación
de su recaudo expedido por el órgano receptor. Su
ejecución se realizará de conformidad con lo estipulado
en los convenios o acuerdos internacionales que los originen y
estarán sometidos ala vigilancia de la Contraloría
General de la República."El Ministerio de Hacienda y
Crédito Público informará de estas operaciones a
las Comisiones Económicas del Congreso".
6. EL EXCEDENTE FINANCIERO DE LOS ESTABLECIMIENTOS
PÚBLICOS
De los establecimientos públicos del orden
nacional, y de las empresas comerciales o industriales del Estado
y de las sociedades de economía mixta con el régimen de
aquellas, sin perjuicio de la autonomía que la
Constitución y las leyes le otorgan. Los llamados
"excedentes financieros", tanto de los establecimientos
públicos como de las empresas industriales y comerciales del
Estado del orden nacional no societarias, son de la nación,
razón por la cual aparecen clasificados como recursos de
capital del presupuesto nacional.
7. LAS UTILIDADES DEL BANCO DE LA
REPÚBLICA
Descontadas las reservas de estabilización
cambiaría y monetaria
4.3 INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS
PÚBLICOS
En el presupuesto de rentas y recursos de capital deben
figurar no solamente los ingresos del Gobierno Central, sino
también los de los establecimientos públicos,
distinguiendo en éstos sus rentas propias de las
transferencias y aportes que reciban del Gobierno Central, con el
fin de evitar dobles contabilizaciones en el presupuesto. A
partir del último Estatuto Orgánico, los
establecimientos públicos de carácter nacional hacen
parte integral del Presupuesto General de la Nación. De esta
manera se hadado un paso adicional hacia el cumplimiento del
principio de la universalidad presupuestal.
5) PRESUPUESTO DE GASTOS O LEY DE
APROPIACIONES
EL GASTO PÚBLICO SOCIAL
LOS DIVERSOS TIPOS DE APROPIACIONES
5.1 EL GASTO PÚBLICO SOCIAL
Los estudios de modernos de finanzas públicas
coinciden en afirmar que el gasto público debe orientarse
prioritariamente hacia el gasto social, es decir, hacia la
atención de las necesidades básicas de las personas
más desprotegidas dentro de la sociedad. Esta norma, junto
con las otras que hemos citado, marca una nueva orientación
dentro del derecho constitucional colombiano, a saber: que en
materia de gasto público la Constitución, por primera
vez, hace juicios de valor, pues considera unos tipos de gastos
más importantes que otros, y en el caso del gasto
público social lo considera prioritario. La orientación
y las prioridades del gasto público habían sido dejadas
hasta ahora al cuidado del presupuesto anual, del Plan de
Desarrollo, y de la orientación del Gobierno
turno.
5.2 LOS DIVERSOS TIPOS DE
APROPIACIONES
"En el presupuesto de gastos sólo se podrá
incluir apropiaciones que correspondan:"1° A créditos
judicialmente reconocidos;
"2° A gastos decretados conforme a la
ley;
"3° Las destinadas a dar cumplimiento a los Planes
y Programas de
Desarrollo Económico y Social y a las de las obras
públicas de que tratan los artículos 339 y 341 de la
Constitución Política, que fueren aprobadas por el
Congreso Nacional; y"4° A las leyes que organizan la Rama
Judicial, la Rama Legislativa, la Fiscalía General de la
Nación, la Procuraduría General de la Nación, la
Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de la
República, la Registraría Nacional del Estado Civil,
que incluye el Consejo Nacional Electoral, los Ministerios, los
Departamentos Administrativos, los Establecimientos Públicos
y la Policía Nacional que constituyen título para
incluir en el presupuesto partidas para gastos de funcionamiento,
inversión y servicio de la deuda
pública".
6) GASTO PÚBLICO
Conceptos sobre gasto público
Gasto Público
Egreso no recuperable, con o sin contraprestación,
para fines corrientes o de capital, efectuados por una persona de
derecho público.
Gasto Público Corriente
Egresos en remuneraciones, prestaciones sociales,
servicios y bienes de consumo que contribuyen al normal
funcionamiento y cometidos de las administraciones
públicas.
Gasto Público de Capital
Egresos para la adquisición de activos fijos e
intangibles, incluyendo tierras y edificios, con excepción
de aquellos destinados a fines militares. Estos gastos
representan un incremento directo del patrimonio
público.
Gasto de inversión
(Concepto utilizado en el Plan de Inversiones). Se
considera como inversión real todo gasto para la
producción, adquisición, reposición o
ampliación de activos cuya vida útil exceda el
ejercicio anual, destinados a la elaboración de bienes y
prestación de servicios.
Deuda Pública
Es el saldo de las obligaciones de la
Administración Pública con residentes y no residentes,
que se originan por la obtención de préstamos o la
emisión de valores públicos.
Deuda pública Externa
Es el saldo de las obligaciones asumidas por la
Administración Pública con no residentes. Incluye
deudas con Gobiernos Extranjeros, Organismos Multinacionales,
Instituciones Financieras extranjeras y el circulante de valores
públicos en moneda extranjera emitidos por el Gobierno, con
excepción de la tenencia de los mismos por Bancos de
Depósito.
Gasto Privado
Gasto total que realizan los agentes económicos
privados en bienes de consumo y en bienes de capital, por unidad
de tiempo.
QUE ES UN GASTO DE INVERSION
Es aquel que agrupa todos aquellos que en cumplimiento
de programas de desarrollo económico se hagan con el fin de
adquirir bienes de capital o de adicionar y mejorar los ya
existentes.
Inversión Directa: cuando es ejecutada por los
organismos centrales del estado
Inversión indirecta: Cuando es ejecutada por otras
entidades que pueden ser nacionales o extranjeras.
QUE ES EL GASTO PÚBLICO SOCIAL
Es aquel cuyo objetivo es la solución de las
necesidades básicas e insatisfechas de la comunidad como
son, educación, saneamiento ambiental, vivienda, salud, y
todas aquellas que propugnen para la calidad de vida de la
comunidad.
7) PREPARACIÓN, PRESENTACIÓN,
APROBACIÓN, EJECUCIÓN Y CONTROL DEL
PRESUPUESTO
PREPARACIÓN DEL PRESUPUESTO
CÁLCULO DE LOS INGRESOS
¿QUIÉN PREPARA EL PRESUPUESTO?
PRESENTACIÓN DEL PRESUPUESTO
LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO
EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO
EL CONTROL PRESUPUESTAL
DÉFICIT
7.1 PREPARACIÓN DEL PRESUPUESTO
Corresponde al Gobierno, según el artículo 346
de la Carta, preparar anualmente el proyecto de presupuesto de
rentas y apropiaciones que habrá de ser presentado al
Congreso. Dice, en efecto, el artículo47 del Decreto 111 de
1996: "Corresponde al Gobierno preparar anualmente el Proyecto de
Presupuesto General de la Nación con base en los
anteproyectos que le presenten los órganos que conforman
este Presupuesto. El Gobierno tendrá en cuenta la
disponibilidad de recursos y los principios presupuéstales
para la determinación de los gastos que se pretendan incluir
en el proyecto de Presupuesto". Vale la pena hacer notar que la
Ley Orgánica del Presupuesto le señala al Gobierno dos
pautas para determinar los gastos que pueden incluirse en el
presupuesto: la disponibilidad de recursos de una parte y los
principios presupuéstales de otra.
7.2 CÁLCULO DE LOS INGRESOS
La primera tarea que debe emprender quien prepara un
proyecto de presupuesto es estimar el monto de los ingresos que
se habrán de recaudar en el año siguiente.
Recuérdese que el presupuesto se prepara en el primer
semestre del año anterior a aquel en que tendrá
aplicación. Es ésta, en consecuencia, una labor
delicada y difícil. Delicada, pues si se sobrestimarlos
ingresos potenciales, y con base en ello se sobredimensionan las
apropiaciones correspondientes, inexorablemente al final del
ejercicio va a liquidarse un cuantioso déficit.
Siempre se han señalado metodología más o
menos precisas a las cuales debe acogerse obligatoriamente el
gobierno al aforar las rentas presupuéstales. Algunas de
estas metodologías son las siguientes:
A. MÉTODO AUTOMÁTICO
Consiste simplemente en promediar el rendimiento de cada
una de las rentas durante los tres años anteriores, y tal
debe ser el estimativo a incorporar en el proyecto de
presupuesto. Este es un método que ya hoy no se aplica, pero
que tuvo alguna aplicación en épocas de gran
estabilidad económica y de baja o inexistente
inflación.
B. MÉTODO DEL AÑO PENÚLTIMO
"Es este dice Cruz Santos un sistema de origen
francés, y se basa en los productos de cada renglón de
ingresos durante el año inmediatamente anterior a la
preparación del proyecto. Además, el Gobierno puede
aumentar o rebajar los cómputos de cada renglón, en un
determinado porcentaje, de acuerdo con las perspectivas
económicas del país".
C. MÉTODO DEL RECAUDO
Es el que acoge el estatuto orgánico actual. La
guía que se le impone al Gobierno no es la de los promedios
de los recaudos de cada renta en el año años
anteriores, sino el comportamiento efectivo que vayan mostrando
los recaudos de la respectiva renta en el período más
reciente. Como en su oportunidad anotamos, éste es un rasgo
de presupuestario de caja, proposición al presupuestario de
competencia (o estimación de las rentas con base en
reconocimientos) que comienza a exhibir la legislación sobre
la materia.
El artículo 35 del Decreto 111 de 1996 dice en
efecto: "El cómputo de las rentas que deban incluirse en el
proyecto de Presupuesto General de la Nación, tendrá
como base el recaudo de cada renglón rentístico de
acuerdo con la metodología que establezca el Ministerio de
Hacienda y Crédito Público, sin tomar en
consideración los costos de su recaudo".
7.3 ¿QUIÉN PREPARA EL
PRESUPUESTO?
Como se recordará, la nueva legislación no
sólo regula el proceso presupuestal propiamente dicho, sino
una figura más amplia, a saber, el sistema presupuestal. En
consecuencia, la ley orgánica no sólo dispone
quién y cómo se prepara el proyecto de presupuesto,
sino también quién prepara el plan financiero. Este es
tarea del Ministerio de Hacienda en coordinación con el
Departamento Nacional de Planeación; y será aprobado
por el CONPES, previo concepto del Consejo Superior de
Política Fiscal.
7.4 PRESENTACIÓN DEL PRESUPUESTO
Siguiendo el mandato del artículo 346 de la
Constitución, el Gobierno debe presentar el proyecto de
presupuesto a consideración del Congreso dentro de los
primeros diez días de las sesiones ordinarias de las
cámaras, que se inician el 20 de julio de cada año.
Junto con el proyecto de Presupuesto General de la Nación,
el presidente de la República enviará un mensaje
describiendo el contexto macroeconómico dentro del cual se
enmarca el correspondiente presupuesto.
7.5LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO
El artículo 67 del Decreto 111 de 1996 dispone que
el Gobierno Nacional dictara el decreto de liquidación del
presupuesto dentro de las siguientes pautas:
1° Tomará como base el proyecto de presupuesto
presentado por el Gobierno a la consideración del
Congreso.
2° Insertará todas las modificaciones que se
le hayan hecho en el Congreso.
3° Este decreto se acompañará con un
anexo que tendrá el detalle del gasto para el año
fiscal respectivo.
El Consejo de Estado ha sentado una clara jurisprudencia
en el sentido de que el decreto de liquidación del
presupuesto es un decreto de tipo mecánico, en el que no le
es dable al Gobierno crear ninguna disposición de
carácter sustantivo.
"El decreto sobre liquidación del presupuesto es el
procedimiento de una publicación de dicho acto
parlamentario, para darle una presentación comprensible para
el público y útil para los funcionarios ordenadores. La
liquidación del presupuesto no es un acto creativo de
ninguna disposición legal.
7.5 EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO
La ejecución del presupuesto es un proceso
complejo, que incorpora diversas fases del proceso presupuestal,
dentro de las cuales podemos mencionar las siguientes.
A. EL PROGRAMA DE CAJA
Se trata de un programa presentado a nivel mensual, que
comprende la totalidad de los ingresos y gastos autorizados por
la ley de presupuesto alas diversas entidades. Lo elaboran el
Ministerio de Hacienda y el Departamento Nacional de
Planeación con base en proyectos que envían las
diversas entidades. Es aprobado por el Consejo Superior de la
Política Fiscal.
7.6 EL CONTROL PRESUPUESTAL
De acuerdo con la clasificación que presenta la ley
orgánica del presupuesto, el control presupuestal tiene tres
facetas:
1. Control político,
2. Control financiero y económico,
3. Control fiscal.
A. CONTROL POLÍTICO
Este control, como es obvio, lo ejerce el Congreso
Nacional en desarrollo delas funciones que en materia
presupuestal le encomiendan la Carta Política y las leyes.
En rigor, el control político del Congreso comienza desde
cuando recibe el proyecto de presupuesto en los diez primeros
días de cada legislatura y se extiende hasta cuando la
Cámara de Representantes aprueba el fenecimiento definitivo
de la cuenta general del presupuesto y del tesoro de cada
año.
B. CONTROL FINANCIERO Y ECONÓMICO
Este control lo ejerce la Dirección General del
Presupuesto, al paso que el Departamento Nacional de
Planeación debe adelantar "la evaluación de resultados
conforme a las orientaciones que señale el Presidente de la
República, sin perjuicio de las actividades de control
numérico legal que le corresponde ejercer a la
Contraloría General de la República".
La Dirección de Presupuesto y Planeación
Nacional integrarán equipos conjuntos de funcionarios para
calificar los resultados alcanzados, medir la productividad y
eficacia de la gestión presupuestal.
C. CONTROL FISCAL
El control fiscal -dice el artículo 267 de la
Constitución-, es una función pública que
ejercerá la Contraloría General de la República,
la cual vigila la gestión fiscal de la administración y
de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la
nación. Los pormenores de lo que debe entenderse por control
fiscal, y sobre la manera como éste se ejerce, han quedado
recogidos en la Ley 42 de 1993.
I. PRINCIPIOS DEL CONTROL FISCAL
De conformidad con el artículo 8° de la Ley 42
de 1993 la gestión fiscal del Estado se fundamenta en los
siguientes principios:
1° La eficiencia; 2° La economía; 3°
La eficacia; 4° La equidad; 5° La valoración de
los costos ambientales.
7.7 CONCEPTO GENERAL DE DÉFICIT
El concepto usual de déficit fiscal es el de
aquella situación en la cual los ingresos corrientes del
fisco son inferiores a los gastos.
A. DÉFICIT PRESUPUESTAL
Es este un concepto de déficit asociado con la
metodología llamada de causación que se utiliza en la
contabilidad presupuestal colombiana. "La contabilidad
presupuestal, en Colombia, generalmente registra los ingresos y
los gastos por medio de un sistema similar al que emplean las
grandes empresas privadas, medianas y grandes; es decir, registra
un ingreso cuando el Gobierno adquiere y reconoce en forma clara
y precisa el derecho exigirlo, aun cuando no lo haya recibido
todavía; y supone que se ha hecho un gasto cuando la
obligación es clara y precisa de gastarlo, aunque no se haya
hecho aún el desembolso correspondiente. Este sistema se
llama, a menudo, de causación. De la comparación entre
los reconocimientos del ingreso y los acuerdos de gastos surge el
denominado" déficit presupuestal". El sistema de
causación se contrapone al de caja; en esté, similar al
que emplean en su contabilidad las empresas más simples,
sólo se registran ingresos cuando se recibe dinero, y
sólo contabilizan gastos cuando se pagan
efectivamente".
8) PRESUPUESTO MUNICIPAL
La constitución de 1991 estuvo marcada en todos sus
debates por un claro espíritu descentra lista en materia
fiscal. Desde un comienzo de las deliberaciones se hizo claridad
en que quería ir lejos en cuanto a transferencias de
recursos hacia las entidades descentralizadas
territorialmente.
En el país se ha venido viviendo en los
últimos años un proceso que en cierta manera concluye
con la reforma de 1991, pero que hunde sus raíces en leyes
profundamente des centralistas desde el punto de vista fiscal,
como la Ley 12 de 1985, que ordeno incrementar las transferencias
del IVA a los municipios hasta alcanzar un 50%.
En todos los países, sean ellos federalistas o no,
uno de los debates centrales en materia de Finanzas
Públicas, es precisamente ¿Cuál debe ser el nivel
de transferencias de recursos y de responsabilidades en la
ejecución del gasto público que se transfiere del
centro hacia las entidades territoriales?
La Constitución de 1991 reordeno completamente el
tema en torno a tres instituciones a saber:
1. El situado fiscal.
2. La participación de los municipios en los
ingresos corrientes de la nación y
3. La participación de los municipios y
departamentos en las regalías provenientes de la
explotación de los recursos naturales no
renovables
9) INFLACIÓN Y DEFLACION
En Economía, término utilizado para describir
un aumento o una disminución del valor del dinero, en
relación a la cantidad de bienes y servicios que se pueden
comprar con ese dinero. La inflación es la continua y
persistente subida del nivel general de precios y se mide
mediante un índice del coste de diversos bienes y servicios.
Los aumentos reiterados de los precios erosionan el poder
adquisitivo del dinero y de los demás activos financieros
que tienen valores fijos, creando así serías
distorsiones económicas e incertidumbre. La inflación
es un fenómeno que se produce cuando las presiones
económicas actuales y la anticipación de los
acontecimientos futuros hacen que la demanda de bienes y
servicios sea superior a la oferta disponible de dichos bienes y
servicios a los precios actuales, o cuando la oferta disponible
está limitada por una escasa productividad o por
restricciones del mercado. Estos aumentos persistentes de los
precios estaban, históricamente, vinculados a las guerras,
hambrunas, inestabilidades políticas y a otros hechos
concretos.
La deflación implica una caída continuada del
nivel general de precios, como ocurrió durante la Gran
Depresión de la década de 1930; suele venir
acompañada por una prolongada disminución del nivel de
actividad económica y elevadas tasas de desempleo. Sin
embargo, las caídas generalizadas de los precios no son
fenómenos corrientes, siendo la inflación la principal
variable macroeconómica que afecta, actualmente, tanto a la
planificación privada como a la planificación
pública de la economía.
Tipos de inflación
Cuando la subida de los precios sigue una tendencia
gradual y lenta, con una media anual de unos pocos puntos
porcentuales, no se considera que esta inflación sea una
seria amenaza para el progreso económico y social. Puede
incluso llegar a estimular la actividad económica: la
sensación de quela renta personal está creciendo por
encima de la productividad puede estimular el consumo; la
inversión en la compra de viviendas puede aumentar, al
anticiparse la apreciación futura de los precios; la
inversión delas empresas de negocios en fábricas y
maquinaria puede crecer, puesto que los precios aumentan por
encima de los costes, y los individuos, las empresas y los
gobiernos que piden prestado descubren que pagarán los
préstamos con dinero que tendrá un menor poder
adquisitivo, por lo que tendrán un mayor incentivo para
pedir dinero prestado. Más preocupante resulta el
crecimiento de la inflación que implica mayores subidas de
precios, con medias anuales entre el 10 y el 30% en algunos
países industrializados, e incluso del cien por cien en
algunos países en vías de desarrollo. La inflación
crónica tiende a perpetuarse, aumentando aún más a
medida que las distorsiones económicas y las expectativas
pesimistas se van acumulando. Para hacer frente a esta
inflación crónica se frenan las actividades normales de
la economía: los consumidores compran bienes y servicios
para evitar los precios futuros; la especulación sobre la
propiedad aumenta; las empresas se centran en inversiones a corto
plazo; los incentivos para ahorrar, adquirir pólizas de
seguros, planes de pensiones, abonos a largo plazo son menores
puesto que la inflación erosiona su rentabilidad futura; los
gobiernos aumentan sus gastos corrientes anticipándose a
menores ingresos en el futuro; los países que dependen de
sus exportaciones pierden ventajas competitivas en el comercio
internacional, lo que les obliga a emprender medidas
proteccionistas y controles de la unidad monetaria
arbitrarios.
Causas
La inflación de demanda es aquel fenómeno que
ocurre cuando la demanda excede a la oferta, forzando el aumento
de los precios y de los salarios, así como el coste de los
materiales, los costes de funcionamiento y los financieros. La
inflación de costes se produce cuando los precios aumentan
para poder hacer frente a los costes totales manteniendo los
márgenes de beneficios. Se puede generar una espiral
inflacionista cuando las instituciones y los grupos de
presión reaccionan ante cada nueva subida de precios. Se
producirá una deflación cuando se consiga revertir la
espiral inflacionista.
Para poder explicar por qué cambian los
determinantes de la oferta y demanda los economistas han llegado
a establecer hasta tres tipos de teorías: del lado de la
demanda, la teoría cuantitativa del dinero y el nivel
agregado de los ingresos; y las variables de productividad y
costes del lado de la oferta. Los defensores del monetarismo
piensan que los cambios en el nivel de precios reflejan las
fluctuaciones de la cantidad de dinero disponible, cantidad que
se suele definir como la cantidad de dinero en efectivo en
circulación más los depósitos bancarios. Defienden
que, para mantener el nivel de precios estable, la oferta de
dinero tiene que aumentara una tasa constante y coherente con la
capacidad productiva real de la economía. Los detractores de
esta teoría afirman que las variaciones en la oferta de
dinero son una respuesta y no la causa de las variaciones en el
nivel de precios.
Efectos
Los efectos de la inflación y la deflación son
varios y cambian a lo largo del tiempo. Normalmente, la
deflación es debida a una caída en la producción
ya un aumento del desempleo. Los menores precios debidos a la
deflación pueden llegar a aumentar el consumo, la
inversión y el comercio exterior, pero sólo si se
corrigen las causas fundamentales que provocaron el inicio de la
deflación.
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