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Sistema de crédito público (página 2)



Partes: 1, 2

  • Opción A (perdón de deuda parcial). Un
    tercio del servicio de la deuda es cancelado y el resto
    reestructurado a tasas de mercado a través de 14
    años con 8 años de gracia.

  • Opción B (Extensión de vencimientos).
    No hay otras concesiones que un período de reintegro
    de 25 años con 14 años de gracia.

Opción C (Tasas concesionales de interés).
Los períodos de vencimiento y de gracia son como los de la
opción A, pero interés moratorio está
reducido por debajo de las tasas de mercado en 3.5 puntos, o por
un medio, cualquiera que sea menor.

En enero de 1992 surge una nueva iniciativa llamada
"Términos de Trinidad", sin cambios específicos en
el enfoque actual de elegibilidad según los
"Términos de Toronto" y siempre tratando con los
países sobre base de caso por caso. Los términos de
Toronto son variados con las siguientes modalidades.

  • El stock total de deuda elegible para el Club de
    París debería ser reestructurado de una sola
    vez.

  • El alivio de deuda otorgado debería
    duplicarse a dos tercios.

  • El interés debería ser capitalizado,
    sin que se requiera hacer pagos durante los primeros cinco
    años.

  • Los períodos de reintegro en dicho paquete
    deberían ser extendidos a veinticinco
    años.

Sigue siendo esencial, que los países elegibles
hayan adoptado un programa de ajuste con el FMI, y que hayan
cumplido con sus obligaciones bajo anteriores
convenios.

La minuta acordada deberá incluir
cláusulas con relación a:

  • a) El convenio marco y acuerdos bilaterales. El
    convenio marco que se acuerda con los acreedores se formaliza
    en una minuta, pero para que entre en vigor debe ser
    incorporado en convenios bilaterales separados negociados con
    cada acreedor principalmente en lo que se refiere a tasas de
    interés y montos de deuda.

Aun en los casos en que se tenga un registro confiable
de la deuda, la determinación de la cantidad a ser
consolidada es difícil ya que existen créditos de
los suplidores extranjeros a los residentes del país
deudor que han sido garantizados por agencias de créditos
de exportación en los países acreedores.

  • b) Categorías de deuda que se incluyen,
    son renegociadas en estas reuniones pueden ser muy amplias en
    su cobertura. De parte del acreedor, la deuda puede incluir
    todos los créditos otorgados por gobiernos o agencias
    gubernamentales (créditos de exportación,
    asistencia oficial de desarrollo), así como
    préstamos del sector privado (siempre y cuando, desde
    luego, esta deuda esté cubierta por la garantía
    del gobierno en el país acreedor). La
    readecuación de la deuda es muy frecuentemente
    restringida a mediano y largo plazo.

Los porcentajes de la ayuda potencial, a la cual los
acreedores están preparados a convenir, tienden a ser el
mínimo calculado como necesario para llenar la brecha
financiera identificada por el FMI.

  • c) Propósito de la readecuación
    en el Club de París. La meta principal de la
    readecuación es permitir al país deudor
    regresar a los arreglos normales de financiamiento
    internacional. Los acreedores consideran este resultado como
    muy probable si el país deudor tiene un programa
    apoyado por el FMI. En consecuencia, están
    primordialmente dispuestos a otorgar ayuda de deuda en los
    vencimientos corrientes durante períodos de
    consolidación no más largos que el
    período cubierto por un convenio con el Fondo en los
    tramos superiores del crédito.

Finalmente, deben firmarse los acuerdos bilaterales
sobre la base de la minuta acordada, en los cuales se reescalona
la deuda y se establecen las tasas de interés, el
intervalo entre las dos instancia suele ser de siete
meses.

Avales

El aval es una forma peculiar de garantía por la
cual el Estado se obliga accesoriamente para el cumplimiento de
una obligación crediticia contraída por una entidad
pública, privada o mixta.

La legislación universal ha creado la figura del
aval, con características y condiciones propias, mayores
seguridades y medios más expeditivos que los ofrecidos por
el contrato de fianza. Por medio de un aval se garantiza a su
vencimiento la obligación de un tercero.

El contrato de una fianza y el aval garantizan una
obligación contraída por un tercero; en el aval la
obligación es de carácter objetivo, pues, garantiza
el pago de la deuda y no a la persona del deudor como en el caso
de la fianza.

Algunos autores consideran que el otorgamiento de avales
no constituye un empréstito porque el Estado sólo
otorga una garantía para el supuesto caso de que el sujeto
avalado incumpla con su obligación derivada del contrato
de préstamo. Otros tampoco lo consideran un gasto, por
cuanto, estaría sujeto a una eventualidad o contingencia
sujeta al cumplimiento del avalado; por ello, el Estado cuando
avala, toma sobre sí el riesgo de la deuda
original.

A pesar de las muchas interpretaciones que sobre este
punto han definido los países es importante que existan
normas claras y procedimientos específicos para la
autorización y otorgamiento de avales, el seguimiento y
registro tanto de los desembolsos como del servicio y el recupero
en casos de incumplimiento de los deudores directos.

Administración de la deuda
pública

Uno de los propósitos básicos del sistema
de crédito público consiste en administrar
adecuadamente la deuda contraída, los desembolsos
recibidos, la atención en tiempo y forma de los servicios
de la misma y su interoperación con el Sistema Integrado
Modelo de Administración Financiera – SIMAFAL II,
del cual es uno de sus componentes.

La gestión y administración del
crédito público se sustenta en un adecuado registro
de las operaciones, cuyo contenido está caracterizado por
los datos detallados sobre cada uno de los contratos firmados y
en negociación, sus desembolsos y el servicio
correspondiente.

Este sistema está concebido no sólo a los
efectos de registrar contablemente el pasivo del Estado sino
fundamentalmente se constituye en una poderosa herramienta de
gestión de la deuda pública, porque se utiliza
para:

  • La formulación del presupuesto mediante la
    definición de las proyecciones de vencimientos y las
    necesidades financieras del servicio en el periodo que se
    formula.

  • La elaboración de proyecciones de diversos
    escenarios macroeconómicos, según las
    necesidades y el tipo de análisis a
    realizar

El registro de estas operaciones que se relaciona
directamente con el Sistema Integrado Modelo de
Administración Financiera – SIMAFAL II en tres
etapas:

  • Cuando se contrata un préstamo o se emiten
    títulos o se autorizan avales

  • Cuando se producen los desembolsos de los
    préstamos contratados o la colocación de los
    títulos

  • Cuando se efectúa el servicio de la deuda o
    el rescate de los títulos.

Cada una de estas etapas ejecuta el presupuesto de
recursos o de gastos, según corresponda y genera asientos
de partida doble en la contabilidad general.

Dicha información se asemeja al mayor auxiliar de
la cuenta "deuda pública" del pasivo de la contabilidad
general, es el kardex o fichero de acreedores, ordenado
cronológicamente por tipo de deuda, acreedor, tasa de
interés, de corto, mediano o largo plazo, interna o
externa, etc.

Clasificación de la deuda
pública

La confiabilidad de la información que procese y
remita el registro de la deuda pública va a ser
función directa de los datos que se ingresen al sistema,
con el propósito de garantizar información del
universo de las operaciones de crédito público es
necesario clasificar la deuda pública desde distintos
puntos de vista, como ser:

a) Por la procedencia de los recursos se clasifica
en:

Deuda interna, cuando los recursos provienen de
acreedores domiciliados en el país.

Deuda externa, cuando los recursos provienen de
acreedores no domiciliados en el país.

  • b) Por el tipo de instrumento de deuda
    pública se clasifica en:

Deuda por préstamos, sobre la base de contratos
legalmente autorizados entre uno o más deudores y
acreedores debidamente identificados.

Deuda por títulos valor, sobre la base de
títulos valor, emitidos por el deudor. Los acreedores no
necesariamente son identificables en forma individual, porque
generalmente estos títulos se colocan en el mercado
secundario y pueden ser negociables.

c) Por el grado de obligación con el
acreedor:

Deuda directa, cuando el Estado es el deudor
directo.

Deuda avalada, en la que si bien hay un deudor
específico que puede ser una entidad pública o
privada o mixta, el Estado es garante y se convierte en deudor
cuando se produce incumplimiento del deudor directo.

Procedimientos de Registro de la Deuda
Pública

Los procedimientos que se utilizarán para el
registro de la deuda deberán contemplar la
asignación de funciones y niveles de responsabilidad
perfectamente delimitadas entre las unidades de crédito
público, presupuestos, tesorería y contabilidad, ya
que estos sistemas se interrelacionan con las operaciones de
deuda pública.

A continuación se presentan algunos
procedimientos tipo para su adecuación a las
características propias de cada país, tales
como:

Procedimiento de registro de préstamos
contratados o emisión de títulos

Las unidades de administración y registro de la
deuda pública recibirán los contratos de
préstamos autorizados o las disposiciones legales
relacionadas a la emisión de títulos,
deberán registrar en el sistema los siguientes
datos:

  • Los convenios de préstamos o de
    donación o los documentos legales de emisión de
    títulos.

  • Las características de cada
    instrumento

  • Las informaciones singulares de los participantes de
    los contratos (prestamista, prestatario, garante,
    beneficiario, etc.)

  • Transacciones corrientes e
    históricas

  • Las monedas de cada convenio

  • Las tasas de interés variable

  • Los tipos de cambio diarios

  • La estructura programática del
    presupuesto

  • Información sobre los tramos de los convenios
    (cada tramo representa una unidad financiera de base
    independiente y tiene su propia divisa, sus propios
    desembolsos futuros, intereses, calendario de reembolso del
    principal)

Con estos datos el sistema, después de validar su
corrección, otorgará en forma automática, un
código único identificatorio a cada préstamo
o documento de emisión de títulos.

Algunos países registran en este momento la
operación con cuentas de orden en la Contabilidad General,
en ese caso, el sistema deberá generar
automáticamente el asiento de partida doble que
corresponda.

Es necesario aclarar que la información
relacionada a cada instrumento queda guardada en el archivo de
crédito público para uso de dicha oficina; en
cambio, el asiento de partida doble pertenece a la Contabilidad;
por lo tanto, se guardará en el archivo o tabla
informática denominada Libro Diario y en el Libro
Mayor.

Cada uno de los préstamos o título
será identificado con el código único que le
haya otorgado el Sistema de Administración de la Deuda y
el organismo responsable del uso de los fondos o de su registro
será identificado mediante tablas que
relacionen:

  • Código del préstamo o
    título

  • Programa, componente o categoría de
    inversión

  • Tipo de Desembolso o colocación

  • Organismo/unidad ejecutor

  • Imputación de Recursos

  • Imputación de Gastos

  • Moneda

  • Importe

Esta tabla se actualizará cada vez que se de el
alta a un nuevo préstamo o título, y se
utilizará en los casos que se reciba un desembolso o se
coloque un título.

Procedimiento de registro de desembolsos de
préstamos o colocación de
títulos

El presupuesto anual deberá incluir en el
cálculo de recursos, los desembolsos de préstamos
contratados y la colocación de títulos que se
espera realizar en el año.

Los desembolsos se realizan en efectivo, en especie o
mediante cargos directos.

El procedimiento para los desembolsos en efectivo
tendrá dos modalidades, dependiendo donde se inicia la
operación

  • Cuando la información necesaria para el
    registro se origina en Crédito Público, se
    registrará automática y simultáneamente
    en el Sistema de Administración de la deuda y en el
    Sistema Integrado de Administración Financiera. En el
    Sistema de Administración de la Deuda de acuerdo a las
    características propias e individuales de cada tipo de
    deuda y en el Sistema Integrado de Administración
    Financiera presupuestaria y contablemente siguiendo los
    procedimientos propios del registro de recursos y de
    gastos.

  • Cuando la información se origina en el Tesoro
    Nacional genera igualmente en forma automática y
    simultánea el registro que corresponda a recursos en
    el Sistema Integrado de Administración Financiera por
    el importe efectivamente recibido y, en el Sistema de
    Administración de la Deuda por el importe comunicado
    en la notificación de pago del organismo acreedor, la
    diferencia entre los dos importes corresponde a los gastos
    por comisiones bancarias, por dicho importe elaborará
    un registro de regularización de de recursos y de
    gastos.

En ambas modalidades utilizará la tabla de
relación indicada en el punto anterior y registrará
lo siguiente:

En el Sistema de Administración de la
Deuda:

  • Código del Préstamo o
    Título

  • Notificación de Pago

  • Tipo de desembolso

  • Tipo de colocación

  • Moneda original

  • Tipo de cambio

  • Importe

En el Sistema Integrado de Administración
Financiera

  • Ejecución Presupuestaria de Recursos por el
    importe bruto del desembolso.

  • Ejecución presupuestaria de gastos por el
    importe que corresponda a gastos y comisiones
    bancarias.

  • Asientos de partida doble en la
    Contabilidad.

  • Si Ingresa por el Tesoro, genera un crédito
    en el Libro Banco de la cuenta bancaria donde fue depositado
    el dinero.

El procedimiento para desembolsos en especie indica que
el mismo se efectuará en bienes, para lo cual
seguirá los mismos pasos como si se iniciara la
operación en la Oficina de Crédito Público,
con la diferencia de que además del registro de recursos,
generará simultáneamente el registro de gastos por
los bienes recibidos simulando una compra. No existirá
movimiento de fondos real.

El procedimiento denominado cargos directos, significa
que en lugar de transferirse los fondos a la cuenta bancaria del
Tesoro Nacional o de la Unidad Ejecutora, se enviará
directamente a la cuenta de un proveedor contratado por el
proyecto para cumplir con determinadas actividades, ya sea de
adquisición de bienes o prestación de servicios. En
estos casos, el procedimiento registra de manera similar al
anterior los recursos y genera el pago de las ordenes de pago
existentes para ese proveedor y que estuvieran informadas con ese
objetivo.

Procedimiento de registro del servicio de la deuda o
recate de títulos

El presupuesto anual deberá incluir la
asignación del crédito presupuestario para cada
imputación de gastos que corresponda al Servicio de la
Deuda.

La Unidad de Administración del Crédito
Público solicitará a Presupuestos la
asignación de las cuotas trimestrales de compromiso y,
periódicamente, las cuotas mensuales de pago. Dicha
solicitud se fundamentará en las proyecciones que realicen
del servicio de la deuda y del rescate de títulos, tomando
en cuenta las variaciones de los tipos de cambio de las monedas
originales de los instrumentos. Esta información se
obtendrá directamente del Sistema de Administración
de la Deuda.

De igual manera, actualizará la tabla de
beneficiarios y de cuentas corrientes bancarias del Sistema
Integrado de Administración Financiera.

Al principio del año, el Sistema de
Administración de la Deuda elaborará el registro
del compromiso por el total de los vencimientos del servicio de
cada uno de los préstamos y del rescate de los
títulos, en caso de sufrir modificaciones en el transcurso
del ejercicio, realizará nuevos registros de compromiso o
correcciones a los originales o desafectaciones. Este registro
producirá la ejecución presupuestaria de gastos en
la etapa del compromiso en el Sistema Integrado de
Administración Financiera.

De acuerdo a los vencimientos, el Sistema de
Administración de la Deuda generará las respectivas
ordenes de pago, el beneficiario será el organismo
acreedor que deberá contar con el alta correspondiente en
la Tabla de Beneficiarios. La confección de este registro
deberá estar sujeta a los instructivos o manuales de
ejecución de gastos que emitan las respectivas
Contadurías Generales en cada país. Como norma
general, una orden de pago para su registro necesitará
contar con el registro de compromiso previo y, por consiguiente,
con saldo disponible de crédito presupuestario en la
imputación de gasto que corresponda a cada uno de los
préstamos que se vence.

Además, a cada orden de pago se adjuntará
una Nota, que es el medio de pago que utilizará la
Tesorería Nacional para instruir al intermediario
financiero o Banco Central, la transferencia de los fondos a la
cuenta del organismo acreedor.

La información indicada se genera en el Sistema
de Administración de la Deuda, pero se registra en el
Sistema Integrado de Administración Financiera en el
Sistema de Contabilidad; en este último, la orden de pago
produce el registro de la ejecución presupuestaria de
gastos en la etapa del devengado, y genera el asiento de partida
doble que le corresponde en la contabilidad general.

La Tesorería Nacional elaborará su
programa de pagos diario basándose en la fecha de
vencimiento de la deuda exigible registrada en el sistema. Para
el caso del servicio de la deuda pública
considerará las ordenes de pago con anticipación a
su vencimiento, debido a la necesidad de contar con el tiempo que
demande la compra de monedas y los procedimientos de
transferencia de fondos.

Una vez seleccionadas estas ordenes de pago, el Sistema
Integrado de Administración Financiera, en el sistema de
Tesorería, solicitará completar datos en la Nota
adjunta a la orden de pago; estos datos se refieren a la cuenta
corriente bancaria de donde se debitará el pago y las
comisiones y gastos bancarios que demande la
operación.

La emisión de la Nota genera el registro de la
ejecución presupuestaria en la etapa del pagado, los
asientos de partida doble en la contabilidad general, el
débito en el Libro Banco de la cuenta corriente bancaria
respectiva y la comunicación o marca en el Sistema de
Administración de la Deuda de la operación
efectuada.

El pago puede realizarse en forma total o parcial. Es
total, si el importe de la Nota es igual al importe total de la
orden de pago. Es parcial, si el importe de la Nota es inferior
al importe total de la orden de pago, nunca será superior.
Una orden de pago podrá relacionar una o varias notas para
el mismo código de préstamo y beneficiario y la
sumatoria de las notas será igual al importe total de la
orden de pago.

Cuando el Banco Central o el intermediario financiero
responsable de la transferencia de fondos efectiviza la
operación emite un documento conocido internacionalmente
con el nombre de "SWIFT", en el cual se detallan los
cálculos y registros realizados para la conversión
de monedas y la transferencia de fondos.

La Oficina de Crédito Público
recibirá del Banco Central o del intermediario financiero
el SWIFT.

Si el SWIFT es enviado electrónicamente, sin
necesidad de cargar datos, el Sistema de Administración de
la Deuda validaría la información y
comparará los importes totales debitados por el Banco,
estos importes pueden ser superiores o inferiores al importe de
cada Nota; en ese caso, elaborará los registros de
regularización que correspondan para incrementar o
disminuir el gasto; además, generaría un nuevo
registro por los gastos y comisiones bancarias de la
operación de transferencia.

Si el SWIFT es enviado en papel, será necesario
cargar manualmente los datos, el sistema igualmente,
operará de la forma descripta en el punto
anterior.

Las diferencias de importes entre la Nota y el SWFIT se
presentan porque, desde el momento que se genera la orden de pago
hasta que se instruye el pago, pasan algunos días y pueden
variar los tipos de cambio de las monedas en las cuales debe
efectuarse la operación. Además, los gastos y
comisiones bancarias se conocen en el momento de realizarse la
transferencia de fondos.

En el caso del rescate de títulos el
procedimiento presentará algunas variaciones; por ejemplo,
el beneficiario de la orden de pago no será el tenedor del
título, sino que se efectuará la operación
mediante intermediarios financieros como la Caja de Valores u
otros.

En resumen, es necesario recalcar que la
aplicación real de la integración nos demuestra que
no es necesaria ninguna conciliación de datos entre los
sistemas, porque no es posible tener diferencias como
ocurría en el pasado. Por ejemplo: en la colocación
de títulos, la Tesorería Nacional registraba por el
valor efectivo y Crédito Público por el valor
nominal, hoy se registra el valor nominal, el valor efectivo, las
diferencias de cotización o de cambio y las comisiones
bancarias o de intermediarios financieros que producen este tipo
de operaciones.

El Sistema de Administración de la Deuda
mostrará la información detallada por cada
código único de préstamo o título y
el Sistema Integrado de Administración Financiera en forma
agregada por cuenta o subcuenta contable o recurso o egreso
presupuestario y las sumatorias finales serán siempre las
mismas.

Sistema de Gestión y Análisis de la
Deuda – SIGADE

En este punto explicaremos brevemente el Sistema de
Gestión y Análisis de la Deuda – SIGADE-,
desarrollado por la UNCTAD, debido a que muchos países lo
están utilizando con buenos resultados, como es el caso
Argentino que inclusive ha desarrollado el módulo de
interoperación con su Sistema Integrado de
Información Financiera.

El Sistema de Gestión y Análisis de la
Deuda – SIGADE – es un sistema computarizado que
está concebido para ser utilizado por los ministerios de
hacienda, economía o finanzas y los bancos centrales en la
gestión de la deuda pública.

Se trata de un instrumento destinado
específicamente a apoyar las funciones relativas a la
gestión operacional de la deuda, es decir la
administración cotidiana, de conformidad con una
dirección y organización ejecutivas, de las
funciones de gestión de la deuda propiamente dichas, El
punto de partida lo constituye el contrato de préstamo
firmado entre el acreedor y un deudor que produce obligaciones
directas o indirectas para el gobierno.

El Sigade también es un instrumento de apoyo a la
gestión ejecutiva de la deuda, la cual puede concebirse
como el establecimiento, a los niveles más elevados del
gobierno, de las reglas del juego respecto al endeudamiento
público en el contexto macroeconómico de las
finanzas públicas.

El Sigade permite la gestión de la deuda a corto
plazo, mediano y largo plazo, que sea pública, garantizada
por Estado, reasignada o privada. Todos los tipos de
préstamos pueden registrarse en el Sigade, inclusive los
que pertenecen a sistemas de canastas de divisas o de unidades de
cuenta, como los del Banco Mundial, del Banco Asiático de
Desarrollo, del Banco Africano de Desarrollo o del Banco
Interamericano de Desarrollo

En la actualidad, este sistema, está funcionando
en Rumania, Paraguay, Bolivia, Indonesia, Egipto, Costa Rica,
Filipinas, etc. en español, inglés y
francés.

El Sigade permite registrar todos los datos
básicos relacionados con:

  • Los acuerdos de préstamos o
    donaciones

  • Los proyectos financiados por préstamos o
    donaciones

  • Los acuerdos generales (minutas del Club de
    París, etc.)

  • Las operaciones de reescalonamiento

  • Participantes a los diferentes acuerdos

  • Tasas de interés variable

  • Tipos de cambio diarios

  • Las líneas presupuestarias

Además, el sistema permite registrar y
controlar:

Las enmiendas a los contratos de
préstamo,

Las participaciones de los acreedores en un
préstamo sindicado.

El SIGADE cuenta con funciones que permiten el registro
de los desembolsos y permitirá también generar
automáticamente formularios de solicitud de desembolsos
para el Banco Mundial y otras principales instituciones
acreedoras.

Permite el cálculo y la generación
automática de las Tablas de Amortización, muestra
para cada tramo de los préstamos, la información
relativa a los vencimientos, reembolsos, pagos, atrasos, quitas,
intereses en mora, controla la canasta de divisas, elabora
ajustes de vencimientos debido a las variaciones de los tipos de
cambio. Basándose en dicha información registra el
Servicio de la Deuda.

El SIGADE produce gran variedad de salidas de
información, como ser:

SOBRE PRÉSTAMOS POR:

  • Tipo de Acreedor

  • Acreedor

  • País u Organismo Acreedor

  • Tipo de Deuda

  • Tipo de Moneda

  • Organismo Deudor

  • Proyecciones del Servicio

  • Vencimientos

SOBRE TITULOS POR:

  • Emitidos

  • Colocados

  • Tipo de Deuda

  • Tipo de Tasa

  • Proyecciones del Rescate

  • Vencimientos

SOBRE AVALES POR:

  • Otorgados

  • Seguimiento

Organización del sistema de
crédito público

El SIMAFAL II plantea que cada sistema integrante de la
administración financiera debe operar con su propio
núcleo gobernante independiente, pero interrelacionado con
los demás sistemas componentes

En este sentido, es importante que esta
característica se concrete orgánicamente en el caso
del crédito público En la mayoría de los
países de América Latina se ha adoptado diversas
formas de estructurar la oficina de crédito
público. Un modelo básico adaptable a cualquier
realidad consiste en la siguiente organización del
sistema:

  • Un órgano rector que centralice la
    función normativa y sea responsable de la
    conducción del Sistema de Crédito
    Público.

  • Las Unidades Ejecutoras de Préstamos,
    responsables del cumplimiento de los programas y proyectos de
    inversión financiados con endeudamiento
    público.

  • Igualmente deben estar claramente identificadas las
    entidades vinculadas al proceso de endeudamiento. Entre ellas
    se puede mencionar a:

  • Los agentes financieros del Estado.

  • El Banco Central emisor.

  • Los organismos y las Unidades Ejecutoras de los
    préstamos para inversiones con recursos de
    endeudamiento.

  • Los organismos acreedores.

  • Otro elemento importante de la organización
    del sistema es la elaboración de un cuerpo coherente
    de normas y procedimientos técnicos para el
    funcionamiento de las oficinas de crédito
    público en los Ministerios de economía,
    finanzas o hacienda y las unidades en los bancos centrales
    que realizan estas funciones, compatibilizado con la
    normativa de los demás componentes del sistema de
    administración financiera

Relación del sistema de crédito
público con los demás sistemas de
administración financiera y control

En los anteriores capítulos se ha señalado
de manera general, la íntima relación que existe o
más bien dicho debe existir entre los componentes del
Sistema Integrado de Administración Financiera Central
(Sistemas de Presupuestos, Tesorería, Crédito
Público y Contabilidad); todos estos elementos tienen su
importancia relativa dentro de la operación integrada del
sistema. Cada uno de los sistemas desarrolla su actividad a base
de insumos que se procesan y generan flujos de información
que llegan a las instancias superiores, para el análisis
previo a la toma de decisiones.

Interrelación con Presupuesto

En la etapa de negociación, la unidad de
endeudamiento debe prever que el componente en moneda local que
requiere el proyecto como contraparte esté considerado en
el presupuesto. Se asegurará de este requerimiento
solicitando a la Oficina de Presupuesto que este monto sea
garantizado con el fin de lograr que la ejecución del
proyecto no sufra retrasos por insuficiencia de moneda
local.

El Sistema de Crédito Público
deberá enviar información para la
formulación del presupuesto y recibir la asignación
de crédito presupuestario suficiente para hacer frente al
servicio de la deuda correspondiente a cada
año.

Hemos dicho que Crédito Público debe
llevar el seguimiento financiero del proyecto porque es quien
centraliza la información de los desembolsos, pero
también se requiere del seguimiento físico de los
mismos. Para efectuar este tipo de seguimiento, la unidad de
Presupuesto cuenta con el personal calificado, ya que para
autorizar los desembolsos de fondos internos se asegura que las
obras se realicen conforme a lo planeado mediante la
evaluación. Lógico es, que si el Sistema de
Presupuesto tiene la capacidad instalada y la información,
Crédito Público también puede observar la
misma información y relacionarla con los desembolsos que
tienen un componente interno y externo.

Interrelación con
Tesorería

En la etapa del servicio de la deuda, la
canalización de los recursos presupuestarios autorizados
para el pago debe efectuarse a través del sistema de
Tesorería, pero la gestión y generación de
información pertinente proviene de la unidad de
crédito público, por tanto, necesariamente existe
interoperación entre estos dos componentes.

Del mismo modo, cuando se autoriza emisiones de
Títulos de Tesorería interviene tanto la unidad que
administra la deuda como la Tesorería que es titular
formal en los valores emitidos.

Interrelación con Contabilidad
General

Todo país, así como cualquier empresa
tiene la necesidad de conocer cuales son sus bienes, derechos y
obligaciones, en otras palabras cual es su situación
financiera. Siendo la unidad de Crédito Público
productora de información relacionada con el
crédito público interno y externo es necesario
determinar con qué nivel de detalle deberá
registrarse la información en la Contabilidad General con
el fin de incorporar los datos a la información contable
que generará los Estados Financieros de la
Nación.

Interrelación con el Sistema de
Control

Como ya se ha expuesto a lo largo de este documento, el
control interno como elemento propio de la gestión debe
estar presente en los procesos del endeudamiento y su
administración debiendo elaborarse procedimientos y normas
que permitan a los ejecutivos de la deuda: conocer, verificar,
autorizar y coordinar los aspectos de la administración de
la deuda dentro de la estructura de competencias y niveles de
autoridad establecidos.

La auditoria interna también deberá estar
presente como elemento retroalimentador de la gestión
gerencial del endeudamiento y como elemento de análisis e
información básica sobre el cumplimiento y
aplicación de los controles internos.

El sistema de endeudamiento en su interrelación
con la auditoría externa deberá proporcionar
información adecuada y oportuna sobre el desarrollo de la
gestión del financiamiento. Por su parte, la
auditoría externa, luego de efectuar los análisis y
verificaciones propias de su función, deberá dar a
conocer sus resultados y recomendar alternativas orientadas a
superar desviaciones y mejorar la gestión.

Sistema de
crédito público en Venezuela

El Crédito Público en Venezuela se rige
por las disposiciones de esta Ley Orgánica y su
Reglamento, y por las leyes especiales, decretos, resoluciones y
convenios relativos a cada operación.

Entidad del estado encargado del credito
publico

Oficina Nacional de Crédito
Público

Visión

Una organización de alta competencia profesional
dotada con tecnología de punta y reconocida como el
líder del Gobierno en la Gerencia de Deuda.

Esto significa: ser una Oficina con personal
técnicamente calificado y con una cultura de gerencia de
riesgo, con procesos diseñados con las mejores
prácticas, con sistemas de información integrados y
con suficiente flexibilidad y autonomía que permite
agilidad en los procesos de negociación, análisis,
emisión, relación con los inversionistas, agencias
calificadoras e instituciones financieras que permitan garantizar
el acceso continuo, oportuno a los mercados financieros
nacionales e internacionales, con la mejor valoración de
riesgo país.

Misión

Garantizar el acceso continuo a los mercados financieros
para satisfacer las necesidades de recursos de la
República al menor costo posible, dentro de
parámetros de riesgo definidos y cumpliendo con las
políticas de endeudamiento que garanticen la
sostenibilidad fiscal y los principios de transparencia en el
manejo de la deuda.

Organización del gabinete económico
(oficina Nacional de crédito
público)

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    Tesoro

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    Presupuesto (Onapre)

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    Humanos

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  •  Oficina de Estadísticas
    de las Finanzas Públicas

  •  Oficina de Seguridad y
    Protección Integral

  •  Oficina de Comunicaciones y
    Relaciones Públicas

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    Jurídica

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    Interna

  •  Programa de
    Modernización de la Administración Financiera
    del Estado (Promafe)

  •  Servicio Autónomo Fondo
    de Prestaciones

  •  Comisión para la
    Enajenación de Bienes del Sector Público
    (Cenbisp)

  •  Escuela Nacional de
    Administración y Hacienda Pública –
    IUT

  •  Servicio Nacional Integrado de
    Administración Tributaria (Seniat)

  •  Superintendencia de Bancos
    (Sudeban)

  •  Comisión Administradora
    de Divisas (Cadivi)

  •  Fondo de Garantías de
    Depósitos y Protección Bancaria
    (Fogade)

  •  Banco Industrial de Venezuela
    (BIV)

  •  Comisión Nacional de
    Valores (CNV)

  •  Superintendencia de
    Seguros

  •  Superintendencia de Cajas de
    Ahorro

  •  Superintendencia Nacional de
    Actividades Hípicas

  •  Banco de Fomento Regional los
    Andes (Banfoandes)

  •  Sociedad Nacional de
    Garantías Recíprocas para Mediana y
    Pequeña Industria (Sogampi)

  •  Junta de la Zona Libre,
    Cultural, Científica y Tecnológica del Estado
    Mérida (Zolccyt)

  •  Corporación para la
    Zona Libre para el Fomento de la Inversión Tur. de la
    Península de Paraguana

  •  Almacenadora Caracas y sus
    Filiales

  •  Banco de Desarrollo Economico
    (Bandes)

  •  Banco de Comercio Exterior
    (Bancoex)

  •  Fondo Nacional de
    Garantías Recíprocas para la Pequeña y
    Mediana Empresa (Fonpyme)

 

 

Autor:

Gómez Carla

Muñoz Melisa

Enviado por:

Iván José Turmero
Astros

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UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL
POLITECNICA

"ANTONIO JOSE DE SUCRE"

VICE-RECTORADO PUERTO ORDAZ

DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA
INDUSTRIAL

SISTEMAS DE
INFORMACIÓN

Puerto Ordaz, 05 de Marzo de
2008

Partes: 1, 2
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