4. Ejercer en nombre del Estado la
acción penal en los casos en que para intentarla o
proseguirla no fuere necesaria instancia de parte, salvo las
excepciones establecidas en la ley.
5. Intentar las acciones a que hubiere lugar
para hacer efectiva la responsabilidad civil, laboral,
militar, penal, administrativa o disciplinaria en que
hubieren incurrido los funcionarios o funcionarias del sector
público, con motivo del ejercicio de sus
funciones.
6. Las demás que establezcan esta
Constitución y la ley.
Estas atribuciones no menoscaban el ejercicio de los
derechos y acciones que corresponden a los o las particulares o a
otros funcionarios o funcionarias de acuerdo con esta
Constitución y la ley.
Análisis del artículo
285:
La Fiscalía General de la República, que
se encarga de dirigir al Ministerio Público,
cumplirá con las siguientes funciones:
1. Asegurarse sean respetados los derechos y
garantías constitucionales y los tratados, convenios y
acuerdos internacionales en los procesos
judiciales.2. Certificar que la administración de
justicia y el juicio previo se lleven a cabo con el debido
proceso3. Decretar y regir la investigación
penal aquellos actos que violen la Constitución o la
ley.4. Ejecutar la acción penal en nombre
del Estado.5. Juzgar las acciones que fuesen cometidas por
los funcionarios del sector público por causa del
ejercicio de sus funciones.6. Las demás funciones que establezcan
la Constitución y la ley.
Requisitos para ser Fiscal General de
la República:
Copia textual del artículo
284:
Artículo 284. El Ministerio Público
estará bajo la dirección y responsabilidad del
Fiscal o la Fiscal General de la República, quien
ejercerá sus atribuciones directamente con el auxilio de
los funcionarios o funcionarias que determine la ley.
Para ser Fiscal General de la República se
requieren las mismas condiciones de elegibilidad de los
magistrados o magistradas del Tribunal Supremo de Justicia. El
Fiscal o la Fiscal General de la República será
designado o designada para un período de siete
años.
Análisis del artículo
284:
El Fiscal General de la República debe poseer las
mismas condiciones de los magistrados, que son las
siguientes:
1. Ser venezolano de nacimiento y sin otra
nacionalidad.2. Ser reconocido como un ciudadano
honorable3. Debe cumplir con alguna de las siguientes
condiciones:
Tener una reconocida competencia como jurista, con
buena reputación, haber sido abogado por quince
años y tener titulo universitario de postgrado en
materia jurídica.Haber sido profesor universitario titular en ciencia
jurídica durante al menos quince
años.Haber sido juez superior en la especialidad
correspondiente a la Sala para la cual se postula, con un
mínimo de quince años en la carrera judicial y
reconocido prestigio en el desempeño de sus
funciones.
4. Cualesquiera que establezca la
ley.
Contraloría General de la
República:
Funciones de la Contraloría
General de la República:
Copia textual del artículo
289:
Artículo 289. Son atribuciones de la
Contraloría General de la República:
1. Ejercer el control, la vigilancia y
fiscalización de los ingresos, gastos y bienes
públicos, así como las operaciones relativas a
los mismos, sin perjuicio de las facultades que se atribuyan
a otros órganos en el caso de los Estados y
Municipios, de conformidad con la ley.2. Controlar la deuda pública, sin
perjuicio de las facultades que se atribuyan a otros
órganos en el caso de los Estados y Municipios, de
conformidad con la ley.3. Inspeccionar y fiscalizar los
órganos, entidades y personas jurídicas del
sector público sometidos a su control; practicar
fiscalizaciones, disponer el inicio de investigaciones sobre
irregularidades contra el patrimonio público,
así como dictar las medidas, imponer los reparos y
aplicar las sanciones administrativas a que haya lugar de
conformidad con la ley.4. Instar al Fiscal o a la Fiscal de la
República a que ejerzan las acciones judiciales a que
hubiere lugar con motivo de las infracciones y delitos
cometidos contra el patrimonio público y de los cuales
tenga conocimiento en el ejercicio de sus
atribuciones.5. Ejercer el control de gestión y
evaluar el cumplimiento y resultado de las decisiones y
políticas públicas de los órganos,
entidades y personas jurídicas del sector
público sujetos a su control, relacionadas con sus
ingresos, gastos y bienes.6. Las demás que establezcan esta
Constitución y la ley.
Análisis del artículo
289:
Las funciones de la Contraloría General de la
República son las siguientes:
1. Controlar, vigilar y fiscalizar los
ingresos, gastos y bienes públicos, así como
las acciones que los afecten.2. Dominar a la deuda pública respetando
las acciones atribuidas a los Estados y
Municipios.3. Auditar a los órganos, entidades y
personas jurídicas del sector público que
estén bajo su supervisión e imponer el debido
castigo.4. Solicitar al Fiscal de la República
que ejecute acciones judiciales en contra de las infracciones
y delitos cometidos contra el patrimonio
público.5. Vigilar la gestión, el cumplimiento y
los resultados de las decisiones políticas
públicas de las personas jurídicas del sector
público que estén bajo su
supervisión.6. Las demás funciones que establezcan
la Constitución y la ley.
Requisitos para ser Contralor General
de la República:
Copia textual del artículo
288:
Artículo 288. La Contraloría General de la
República estará bajo la dirección y
responsabilidad del Contralor o Contralora General de la
República, quien debe ser venezolano o venezolana por
nacimiento y sin otra nacionalidad, mayor de treinta años
y con probada aptitud y experiencia para el ejercicio del
cargo.
El Contralor o Contralora General de la República
será designado o designada para un período de siete
años.
Análisis del artículo
288:
Los requisitos para se Contralor General de la
República son los siguientes:
Ser venezolano de nacimiento y no poseer otra
nacionalidad.Ser mayor de treinta (30) años.
Tener la capacidad y la experiencia para ejercer el
cargo, y poder probarlo.
Defensoría del
Pueblo:
Funciones de la Defensoría del
Pueblo:
Copia textual del artículo
281:
Artículo 281. Son atribuciones del Defensor o
Defensora del Pueblo:
1. Velar por el efectivo respeto y
garantía de los derechos humanos consagrados en esta
Constitución y en los tratados, convenios y acuerdos
internacionales sobre derechos humanos ratificados por la
República, investigando de oficio o a instancia de
parte las denuncias que lleguen a su conocimiento.2. Velar por el correcto funcionamiento de los
servicios públicos, amparar y proteger los derechos e
intereses legítimos, colectivos o difusos de las
personas, contra las arbitrariedades, desviaciones de poder y
errores cometidos en la prestación de los mismos,
interponiendo cuando fuere procedente las acciones necesarias
para exigir al Estado el resarcimiento a las personas de los
daños y perjuicios que les sean ocasionados con motivo
del funcionamiento de los servicios
públicos.3. Interponer las acciones de
inconstitucionalidad, amparo, hábeas corpus,
hábeas data y las demás acciones o recursos
necesarios para ejercer las atribuciones señaladas en
los numerales anteriores, cuando fuere procedente de
conformidad con la ley.4. Instar al Fiscal o a la Fiscal General de la
República para que intente las acciones o recursos a
que hubiere lugar contra los funcionarios públicos o
funcionarias públicas, responsables de la
violación o menoscabo de los derechos
humanos.5. Solicitar al Consejo Moral Republicano que
adopte las medidas a que hubiere lugar respecto de los
funcionarios públicos o funcionarias públicas
responsables por la violación o menoscabo de los
derechos humanos.6. Solicitar ante el órgano competente
la aplicación de los correctivos y las sanciones a que
hubiere lugar por la violación de los derechos del
público consumidor y usuario, de conformidad con la
ley.7. Presentar ante los órganos
legislativos municipales, estadales o nacionales, proyectos
de ley u otras iniciativas para la protección
progresiva de los derechos humanos.8. Velar por los derechos de los pueblos
indígenas y ejercer las acciones necesarias para su
garantía y efectiva protección.9. Visitar e inspeccionar las dependencias y
establecimientos de los órganos del Estado, a fin de
garantizar la protección de los derechos
humanos.10. Formular ante los órganos
correspondientes las recomendaciones y observaciones
necesarias para la eficaz protección de los derechos
humanos, en virtud de lo cual desarrollará mecanismos
de comunicación permanente con órganos
públicos o privados, nacionales e internacionales, de
protección y defensa de los derechos
humanos.11. Promover y ejecutar políticas para
la difusión y efectiva protección de los
derechos humanos.12. Las demás que establezcan esta
Constitución y la ley.
Análisis del artículo
281:
Las funciones de la Defensoría del Pueblo, que es
dirigida por el Defensor del Pueblo, son las
siguientes:
1. Buscar que se respeten los derechos humanos
decretados en la Constitución y los aceptados por la
República e investigar los casos que lleguen a su
conocimiento.2. Vigilar que los servicios públicos
funciones de forma correcta. Amparar y proteger los derechos
de las personas que hayan recibido tratos injustos por parte
de los servicios públicos (principalmente;
Policía, CICPC, Procesos de juicio, detenciones entre
otros) y exigir el resarcimiento de daños y
perjuicios.3. Valerse de inconstitucionalidad, amparo,
hábeas corpus, hábeas data y las demás
acciones o recursos necesarios para cumplir con sus dos
funciones anteriores.4. Acusar a los funcionarios que violen o
menoscaben los derechos humanos ante el Fiscal General de la
República.5. Exigir al Consejo Moral la ejecución
de los castigos debidos a los funcionarios que violasen o
menoscaben a los derechos humanos.6. Velar por el respeto a los derechos del
consumidor y usuario, acusando la violación de los
mismos ante el órgano correspondiente.7. Presentar proyectos de ley e iniciativas
referentes a la protección de los derechos
humanos.8. Vigilar también el cumplimiento de
los derechos humanos de los indígenas.9. Dirigirse e investigar a los organismos
públicos con el objeto de velar por la
protección de los derechos humanos.10. Hacer recomendaciones y observaciones ante
los órganos correspondiente para la protección
de los derechos humanos.11. Hacer del conocimiento público los
derechos humanos y aplicar los mismos.12. Las demás que establezcan la
Constitución y la ley.
En pocas palabras, el Defensor del Pueblo se encarga de
defender a los ciudadanos de actos injustos por parte de las
autoridades
Requisitos para ser Defensor del
Pueblo:
Copia textual del artículo
280:
Artículo 280. La Defensoría del Pueblo
tiene a su cargo la promoción, defensa y vigilancia de los
derechos y garantías establecidos en esta
Constitución y los tratados internacionales sobre derechos
humanos, además de los intereses legítimos,
colectivos o difusos, de los ciudadanos y ciudadanas.
La Defensoría del Pueblo actuará bajo la
dirección y responsabilidad del Defensor o Defensora del
Pueblo, quien será designado o designada por un
único período de siete años.
Para ser Defensor o Defensora del Pueblo se requiere ser
venezolano o venezolana por nacimiento y sin otra nacionalidad,
mayor de treinta años, con manifiesta y demostrada
competencia en materia de derechos humanos y cumplir con las
exigencias de honorabilidad, ética y moral que establezca
la ley. Las faltas absolutas o temporales del Defensor o
Defensora del Pueblo serán cubiertas de acuerdo con lo
dispuesto en la ley.
Análisis del artículo
280:
El Defensor del pueblo debe cubrir con los siguientes
requisitos:
Ser venezolano de nacimiento y no tener otra
nacionalidad.Ser mayor de treinta años.
Tener las aptitudes requeridas en derechos
humanos.Cumplir con la honorabilidad, ética y moral
establecida en la ley.
Conclusión
Ya analizamos los cinco Poderes Públicos de la
República y sus interrelaciones relativas a sus funciones
establecidas en la Constitución. También pudimos
ver sus distintas funciones para como parte fundamental de la
nación. Y examinamos los distintos requisitos que son
necesarios para ser Presidente, Vicepresidente, Diputado,
Magistrado, Rector, Fiscal General, Contralor General o Defensor
del Pueblo.
Dicha información nos servirá para
entender mejor los acontecimientos políticos que tengan
lugar en nuestra nación y para defender nuestros derechos
humanos.
Autor:
Carla Santaella
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio de Educación
Superior
Instituto Universitario Experimental de
Tecnología
"Andrés Eloy Blanco"
Barquisimeto Edo. Lara
Página anterior | Volver al principio del trabajo | Página siguiente |