Glosario de términos económicos –
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Glosario de términos
económicos
ACCION. Título de propiedad de
carácter negociable representativo de una parte
alícuota del patrimonio de una sociedad o empresa. Otorga
a sus titulares derechos que pueden ser ejercicios colectivamente
y/o individualmente.
ACCION DE GOCE. Es la que se entrega a un socio
para compensar aportes de servicio.
ACCION INACTIVA. Aquella que no ha registrado
cotización oficial en ninguna bolsa de valores del
país durante los últimos treinta (30) días
calendario.
ACCION NOMINATIVA. Acción que identifica
el nombre de su propietario. Su transferencia debe ser registrada
en un libro especial en la empresa emisora denominado LIBRO DE
REGISTRO DE ACCIONES. Actualmente, de acuerdo con las normas del
Pacto Andino, las acciones en Colombia sólo son de esta
clase.
ACCION ORDINARIA. Acción que tiene la
característica de conceder a su titular ciertos derechos
de participación en la sociedad emisora entre los cuales
está el de percibir dividendos, y el voto en la
Asamblea.
ACCION PREFERENCIAL. Acción que da a su
poseedor prioridad en el pago de dividendos y/o en caso de
disolución de la empresa, el reembolso del capital. Tiene
prerrogativas de carácter económico que pueden ser
acumulativas, según los estatutos. No da derecho a voto en
las Asambleas de los accionistas, excepto cuando se
específica este derecho a cuando ocurren eventos
especiales como la no declaración de dividendos
preferenciales.
ACCIÓN PRIVILEGIADA. Esta clase de
acciones otorga a su titular, además de los derechos
consagrados para las acciones ordinarias, los siguientes
privilegios:
a- Un derecho preferencial para su
reembolso en caso de liquidación hasta concurrencia de su
valor nominal.
b- Un derecho a que de las utilidades se
les destine, en primer término, una cuota determinable o
no. La acumulación no podrá extenderse a un
período superior a 5 años.
c- Cualquier otra prerrogativa de
carácter exclusivamente económico.
En ningún caso podrán otorgarse
privilegios que consistan en voto múltiple, o que priven
de sus derechos de modo permanente a los propietarios de acciones
comunes.
ACCIONISTA. Es aquella persona propietaria de
acciones y poseedor del título que las representa, quien
además se encuentra debidamente inscrito en el libro de
registro de accionistas de la respectiva sociedad
emisora.
ACEPTACION BANCARIA O FINANCIERA. Son letras de
cambio giradas por un comprador de mercancías o bienes
muebles a favor del vendedor de los mismos. Estas letras se
convierten en aceptaciones bancarias o financieras cuando el
girador de la letra, comprador o importador, solicita al banco,
corporación financiera, corporación de ahorro y
vivienda o compañía de financiamiento comercial que
acepte la responsabilidad principal por el pago oportuno de la
misma. El plazo máximo de estos papeles es de 360
días.
ACTIVO. Representa los bienes y derechos de la
empresa. Dentro del concepto de bienes están el efectivo,
los inventarios, los activos fijos, etc. Dentro del concepto de
derechos se pueden clasificar las cuentas por cobrar, las
inversiones en papel del mercado, las valorizaciones,
etc.
ACTIVO FINANCIERO. Cualquier título de
contenido patrimonial, crediticio o representativo de
mercancías.
ACTIVOS DE RENTA FIJA. Títulos que
permiten conocer la rentabilidad de la inversión antes del
momento de la redención, ya que este monto no depende del
desempeño de la entidad emisora. Ejemplo:
bonos.
ACTIVOS DE RENTA VARIABLE. Títulos valores
que por sus características solo permiten conocer la
rentabilidad de la inversión en el momento de su
redención, dependiendo del desempeño de la entidad
emisora entre otras. Ejemplo: Acciones.
ACTIVOS FIJOS. Activos tangibles o intangibles
que se presume son de naturaleza permanente porque son necesarios
para las actividades normales de una compañía y no
serán vendidos o desechados en el corto plazo, ni por
razones comerciales.
ADMINISTRADOR DE LA EMISION. Intermediario
financiero que se responsabiliza de los procesos relacionados con
la emisión, colocación y redención de las
emisiones de títulos valores.
ADMINISTRADOR DE TITULARIZACIONES. Es la entidad
encargada de la administración, custodia y
conservación de los activos o bienes objeto de la
titularización, así como del recaudo y
transferencia al agente de manejo de los flujos provenientes de
dichos activos o bienes. Puede actuar como administrador de una
titularización el originador de la misma, el agente de
manejo o una persona diferente. Sin embargo, la actuación
del administrador no exonera al agente de manejo de su
responsabilidad en la realización diligente de los actos
necesarios para la consecución de la finalidad perseguida
en el proceso de titularización.
ADR. American Depositary Receipts- Certificados
negociables que se cotizan en uno o más mercados
accionarios, diferentes del mercado de origen de la
emisión y constituyen la propiedad de un número
determinado de acciones. Fueron creados por Morgan Bank en 1927
con el fin de incentivar la colocación de títulos
extranjeros en Estados Unidos. Cuando la negociación se va
a realizar en dicho país se constituyen American
Depositary Receips ADR, y cuando se pretende su
transacción fuera de los Estados Unidos, se establecen
programas de Global Depositary Receipts -GDR.
ADUANA. Servicio gubernamental responsable de la
valuación y cobranza de los derechos e impuestos por
importaciones y exportaciones, y de la aplicación de otras
leyes y reglamentos que se aplican a la importación,
tránsito y exportación de
artículos.
AGENTE DE MANEJO. En los procesos de
titularización, es el vocero del patrimonio
autónomo. Se encarga de recaudar los recursos provenientes
de la emisión y se relaciona con los inversionistas en
virtud de tal vocería, de acuerdo con los derechos
incorporados en los títulos. El agente de manejo debe
velar por el manejo seguro y eficiente de los recursos que
ingresen al patrimonio. En Colombia se encuentran facultados para
actuar como agentes de manejo en procesos de
titularización las sociedades fiduciarias y las
demás entidades financieras autorizadas para celebrar
contratos de fiducia. También las sociedades comisionistas
de bolsa pueden ser agentes de manejo a través de fondos
de valores administrados por ellas.
AHORRO. Parte del ingreso (nacional, familiar o
personal) que no se destina a la compra de bienes de consumo. El
ahorro se obtiene restándole a los ingresos totales el
gasto total en consumo. De esta forma, Ahorro = Ingresos –
Gastos. El ahorro privado lo llevan a cabo las unidades
familiares y las empresas, mientras que el ahorro público
lo realiza el gobierno.
AHORRO FINANCIERO. Conjunto de activos rentables
emitidos, tanto por el sistema financiero como por el Gobierno,
que han sido acumulados a través del tiempo. El ahorro
financiero se calcula como M3 + Bonos.
AHORRO MACROECONOMICO. Es la diferencia entre el
ingreso y el consumo.
AHORRO PRIVADO. Es la diferencia entre los
ingresos y el consumo de las unidades familiares y de las
empresas.
AHORRO PUBLICO. Es la diferencia entre los
ingresos y gastos del gobierno.
AJUSTES INTEGRALES POR INFLACIÓN. Es el
reconocimiento en los estados financieros del efecto de la
inflación. El ajuste se aplica sobre las partidas no
monetarias, utilizando para ello el PAAG, que es el porcentaje
equivalente a la variación del Indice de Precios al
Consumidor para ingresos medios, establecido por el
DANE.
AMORTIZACION: Reducciones graduales de la deuda a
través de pagos periódicos sobre el capital
prestado. Recuperación de los fondos invertidos en un
activo de una empresa.
ANALISIS FINANCIERO. Es un conjunto de
principios, técnicos y procedimientos que se utilizan para
transformar la información reflejada en los estados
financieros, en información procesada, utilizable para la
toma de decisiones económicas, tales como nuevas
inversiones, fusiones de empresas, concesión de
crédito, etc.
ANALISIS FUNDAMENTAL O ESTRUCTURAL. Enfoque de
análisis del mercado accionario, en el que se estudian
todos los factores relevantes que pueden influir sobre el
comportamiento futuro de las utilidades y dividendos de las
empresas y, por tanto, del precio de sus acciones. Bajo esta
teoría el factor determinante es el "valor de la empresa"
y el precio de la acción siempre se ajustará a
dicho valor.
ANALISIS HORIZONTAL. El análisis
horizontal se ocupa de los cambios en las cuentas individuales de
un período a otro y, por lo tanto, requiere de dos o
más estados financieros de la misma clase, representados
para períodos diferentes. Es un análisis
dinámico, porque se ocupa del cambio o movimiento de cada
cuenta de un período a otro.
ANALISIS TECNICO. Enfoque de análisis del
mercado accionario, en el que se estudian todos los factores
relacionados con la oferta y demanda real de las acciones.
Mediante la utilización de gráficos de acciones
(chartismo) y de diferentes indicadores del mercado accionario,
se trata de medir el "pulso del mercado" y predecir los
movimientos futuros de su precio. Al contrario del
análisis fundamental, esta teoría toma como factor
determinante el precio que el mercado esté dispuesto a
pagar por una acción y por lo tanto determinará el
valor de la misma. El análisis se debe centrar en los
cambios "extraordinarios" o más significativos, en cuya
determinación es fundamental tener en cuenta tanto las
variaciones absolutas como las relativas.
ANALISIS VERTICAL. Consiste en tomar un solo
estado financiero y relacionar cada una de sus partes con un
total determinado dentro del mismo estado, el cual se denomina
cifra base.
Es un análisis estético pues estudia la
situación financiera en un momento determinado, sin
considerar los cambios ocurridos a través del tiempo. El
aspecto más importante del análisis vertical es la
interpretación de los porcentajes. Las cifras absolutas
nos muestran la importancia de cada rubro en la
composición del respectivo estado financiero y su
significado en la estructura de la empresa. Por el contrario el
porcentaje que cada cuenta presenta sobre una cifra base nos dice
mucho de su importancia como tal, de las políticas de la
empresa, del tipo de empresa, de la estructura financiera, de los
márgenes de rentabilidad, etc.
ARANCEL. Impuesto o derecho que se cobra a los
bienes de importación. Generalmente, el término
"derecho arancelario" indica la clasificación exacta de la
mercancía, y por ende, la tasa que debe pagar una
mercancía por entrar o salir de un país. Por su
parte, la palabra "arancel" es utilizada para denotar la lista de
mercancías con sus respectivos derechos aduanales, que
serán pagados al gobierno por parte de los importadores de
los productos.
AUMENTO DE CAPITAL. Incorporación al
capital de la empresa de reservas y/o nuevos recursos, efectuado
normalmente mediante derechos de suscripción para los
accionistas. Requiere de la aprobación de la Asamblea de
Accionistas o del Directorio en caso de capital
autorizado.
AVAL. Figura mediante la cual una entidad se
compromete a responder por determinadas obligaciones adquiridas
por otra entidad, en caso de que esta, como principal obligada,
las incumpla. Para el caso de las emisiones en el mercado de
valores el aval lo debe otorgar un establecimiento de
crédito vigilado por la Superintendencia
Bancaria.
BALANCE. Demostrativo contable de la
situación económico – financiera de una empresa, en
un período de tiempo determinado.
BALANZA CAMBIARIA. Instrumento de
descripción a corto plazo del sector externo. Se puede
definir como el registro de las transacciones del Banco de la
República con los activos de reservas internacionales, y
otros pasivos y activos externos de corto y mediano plazo. Puesto
que estos valores constituyen la disponibilidad de liquidez en
moneda extranjera del banco central, puede decirse también
que la balanza cambiaria es la contabilidad de caja en moneda
extranjera de dichas institución.
BALANZA DE PAGOS. Cuenta del sector externo del
sistema de Cuentas Nacionales, expresada en dólares, donde
se registran las transacciones económicas de un
país con el exterior. Entre estas se encuentran las
transacciones de compra y venta de mercancías, los
movimientos de capital y las transferencias. Además,
sintetiza los cambios en la posición financiera de los
residentes de un país frente a los no residentes. La
Balanza de Pagos está compuesta por la Cuenta Corriente,
por la Cuenta de Capitales, el movimiento en las Reservas
Internacionales y un renglón donde se anotan los errores y
omisiones.
BALANZA DE SERVICIOS. Registro sistemático
de la entrada y salida de divisas de un país por concepto
de prestación de servicios de los residentes del
país a los extranjeros, y de estos a los nacionales. La
Balanza de Servicios hace parte de la Cuenta Corriente, y en ella
se incluyen como servicios los ingresos netos precedentes del
exterior (embarques, viajes, dividendos e intereses provenientes
de inversiones directas o de cartera entre otros).
BANCA DE INVERSION. Actividad desarrollada por un
intermediario del mercado financiero que puede incluir el
diagnóstico de empresas, la organización de
potenciales compradores, la asesoría de inversionistas en
la creación de nuevas empresas e inclusive la
consecución de recursos para tales operaciones.
BANCO COMERCIAL. Institución que se dedica
al negocio de recibir dinero en depósito y darlo a su vez
en préstamo, sea en forma de mutuo, de descuento de
documentos o de cualquier otra forma. Se consideran además
todas las operaciones que natural y legalmente constituyen el
giro bancario.
BANCO DE LA REPÚBLICA (BR). Autoridad
monetaria, cambiaria y crediticia del país. En Colombia,
el BR ejecuta sus funciones a través de la Junta
Directiva, a quien le corresponde formular de manera
autónoma e independiente, la política en dichas
materias, ciñéndose a los lineamientos establecidos
por la Constitución y por la Ley de la Banca Central
expedida por el Congreso de la República. Entre las
funciones del BR está la de emitir de manera exclusiva e
indelagable billetes y monedas, controlar y manejar la cantidad
de dinero y oferta monetaria que circula en la economía,
es el depositario y administrador de las reservas
internacionales, es el banquero de bancos al recibir de las
entidades financieras depósitos y recursos en
administración y al otorgar crédito en situaciones
coyunturales de baja liquidez. El BR debe garantizar la
confiabilidad de los mercados financieros y en el mercado de
cambio de moneda extranjera por local.
BANCO HIPOTECARIO. Estas instituciones se
diferencian de los comerciales por que exigen propiedad
raíz como garantía de los créditos que
otorgan.
BANDA CAMBIARIA. Desde 1994 y hasta septiembre de
1999 Colombia definió un régimen de banda cambiaria
que representa un esquema intermedio entre un régimen de
tasa de cambio fija y uno de flotación libre. La banda
cambiaria está definida por los límites dentro de
los cuales puede fluctuar la tasa de cambio. La estructura de la
banda se define de la siguiente manera:
Tasa Máxima (Tasa techo). Es el nivel
máximo de la tasa que el Banco Central está
dispuesto a permitir en el mercado interbancario de
dólares. Cuando el mercado lleve la tasa a este nivel, el
Banco venderá cuantos dólares sean necesarios para
mantener la tasa de cambio en ese valor. Esta tasa varía
todos los días, dependiendo de la pendiente de la Banda
Cambiaria.
Tasa Mínima (Tasa Piso). Es el nivel
mínimo de la tasa que el Banco Central está
dispuesto a permitir en el mercado interbancario de
dólares. Cuando la tasa llega a este nivel, el Banco
compra dólares para que el tipo de cambio se mantenga en
ese valor. Esta tasa varía todos los días,
dependiendo de la pendiente de la Banda Cambiaria.
Pendiente de la banda cambiaria: Es el porcentaje anual
de devaluación que se aplica a la tasa piso y a la tasa
techo.
Amplitud de la banda cambiaria: Es la distancia que
existe entre la tasa piso y la tasa techo. Está definida
como un porcentaje (+-10% en la actualidad), medido desde un
punto medio.
BASE MONETARIA. Conocida también como
dinero de alto poder expansivo; es el efectivo más las
reservas que mantienen los bancos en el Banco Central. Este
agregado monetario también se puede interpretar como el
conjunto de obligaciones monetarias adquiridas por el Banco
Central con el público en general y el sistema
financiero.
BENEFICIARIO. Persona a la cual se transfiere un
activo financiero o a favor de quien se emite un título o
un contrato de seguro.
BENEFICIARIO PRIMARIO. Es quien adquiere un nuevo
título valor ante la entidad emisora, ya sea a
través del mercado de valores o de su delegatario para
este efecto.
BENEFICIARIO SECUNDARIO. Es el inversionista que
adquiere, generalmente es una bolsa, un título-valor que
había sido colocado con anterioridad por la entidad
emisora y que ha sido recolocado por su beneficiario primario, u
otro secundario, posiblemente por requerimientos anticipados por
liquidez.
BENEFICIARIO REAL. Se entiende por beneficiario
real cualquier persona o grupo de personas que, directa o
indirectamente, por sí misma o a través de
interpuesta persona, por virtud de contrato, convenio o de
cualquier otra manera, tenga respecto de una acción de una
sociedad, o pueda llegar a tener, por ser propietario de bonos
obligatoriamente convertibles en acciones, capacidad decisoria;
esto es, la facultad o el poder de votar en la elección de
directivas o representantes o, de dirigir, orientar y controlar
dicho voto, así como la facultad o el poder de enajenar y
ordenar la enajenación o gravamen de la
acción.
Conforman un mismo beneficiario real los cónyuges
o compañeros permanentes y los parientes dentro del
segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad y
único civil, salvo que se demuestre que actúan con
intereses económicos independientes, circunstancia que
podrá ser declarada mediante la gravedad de juramento ante
la Superintendencia de Valores con fines exclusivamente
probatorios.
Igualmente, constituyen un mismo beneficiario real las
sociedades matrices y sus subordinadas.
BIEN DURADERO. Bien que no se consume
inmediatamente y que dura un largo tiempo prestando,
sucesivamente y muchas veces, el servicio para el que fue creado.
Bien no duradero. Aquel que se consume inmediatamente o en corto
plazo. Se emplea una o varias veces y su duración depende
del uso y del material de que esté fabricado. BIENES DE
CAPITAL. Son aquellos bienes que se utilizan para la
producción de otros, y no satisfacen las necesidades del
consumidor final. Entre estos bienes se encuentran la maquinaria
y equipo.
BIENES DE CONSUMO. Bienes destinados a satisfacer
las necesidades del consumidor final doméstico y que
están en condición de usarse o consumirse sin
ninguna elaboración comercial adicional.
BIENES INTERMEDIOS. Corresponden a bienes de
capital, y se denominan así por el hecho, de servir a los
consumidores de forma indirecta en la satisfacción de sus
necesidades, ya que representan etapas intermedias en los
procesos productivos. También conocidos como materias
primas o insumos.
BIENES NO TRANSABLES. Bienes cuyo consumo
sólo se puede hacer dentro de la economía en que se
producen, no pueden importarse ni exportarse. Esto se debe a que
estos productos tienen costos de transporte muy altos o existe en
la economía un alto grado de proteccionismo.
BIENES TRANSABLES. Aquellos bienes que se pueden
consumir dentro de la economía que los produce, y se
pueden exportar e importar. Generalmente, tienen bajos costos de
transporte y pocos aranceles y cuotas de importación que
puedan bloquear el libre flujo de bienes a través de las
fronteras nacionales.
BOLSA DE VALORES. Establecimiento privado
autorizado por el Gobierno Nacional donde se reúnen los
miembros que conforman la Bolsa con el fin de realizar las
operaciones de compra – venta de títulos valores, por
cuenta de sus clientes, especialmente. Sitio público donde
se realizan las reuniones de la Bolsa o se efectúan las
operaciones de la misma. La idea moderna de "sitio", puede
asociarse con "lugar virtual" donde se encuentra la oferta y la
demanda de valores.
BONOS. Son títulos que representan una
parte de un crédito constituido a cargo de una entidad
emisora. Su plazo mínimo es de un año; en retorno
de su inversión recibirá una tasa de interés
que fija el emisor de acuerdo con las condiciones de mercado, al
momento de realizar la colocación de los títulos.
Por sus características estos títulos son
considerados de renta fija. Además de los bonos
ordinarios, existen en el mercado bonos de prenda y bonos de
garantía general y específica y bonos convertibles
en acciones.
BONOS CONVERTIBLES EN ACCIONES (BOCAS). Esta
clase de títulos confieren las prerrogativas propias de
los bonos ordinarios y adicionalmente dan a sus propietarios el
derecho o la opción de convertirlos total o parcialmente
en acciones de la respectiva sociedad emisora. BONOS DE GARANTIA
GENERAL: Aquellos que son emitidos por las corporaciones
financieras.
BONOS DE GARANTIA GENERAL. Aquellos que son
emitidos por las corporaciones financieras.
BONOS ORDINARIOS. Son aquellos que confieren a
sus tenedores los mismos derechos, de acuerdo con el respectivo
contrato de emisión y están garantizados con todos
los bienes de la entidad emisora, sean presentes o
futuros.
BONOS DE PRENDA. Título valor expedido por
un almacén general de depósito, que incorpora un
crédito prendario sobre las mercaderías amparadas
por el certificado de depósito y confiere, por sí
mismo, los derechos y los privilegios de la prenda.
BROKERS. Es aquella persona o entidad, que
actúa como intermediario entre un comprador y un vendedor
en transacciones de valores, cobrando una comisión . El
Broker actúa como agente es decir no toma ninguna
posición propia ni siquiera con duración temporal,
si no que se limita a unir dos posiciones(compra-venta) al precio
que resulte satisfactorio para las dos partes.
CALIDAD CREDITICIA. Grado de cumplimiento que el
emisor tiene respecto de las obligaciones contraídas con
la emisión objeto de la calificación.
CALIFICACIÓN DE RIESGO DE CORTO PLAZO.
Análisis que tiene como objetivo el evaluar en el corto
plazo, la capacidad de un establecimiento especializado en una
actividad comercial o industrial definida (venta de alimentos,
vestuario, vehículos, etc.) para servir adecuadamente sus
créditos.
CALIFICACION DE VALORES. Es una opinión
profesional que produce una agencia calificadora de riesgos,
sobre la capacidad de un emisor para pagar el capital y los
intereses de sus obligaciones en forma oportuna. Para llegar a
esa opinión, las calificadoras desarrollan estudios,
análisis y evaluaciones de los emisores. La
calificación de valores es el resultado de la necesidad de
dotar a los inversionistas de nuevas herramientas para la toma de
sus decisiones.
CÁMARA DE COMPENSACIÓN Y
LIQUIDACIÓN. Las bolsas de valores cuentan con una
Cámara de compensación y liquidación, la
cual se encarga de registrar, liquidar y compensar las
operaciones de contado o a plazo efectuadas en las bolsas por los
comisionistas. Las funciones de liquidar las operaciones de
contado o a plazo, de recibir y entregar los valores y dineros
correspondientes a las operaciones realizadas y de adelantar los
trámites necesarios para atender el traspaso de los
títulos nominativos negociados, son una eficiente
herramienta con la cual cuentan las bolsas para el seguro
cumplimiento de las operaciones.
CAPITAL. Es la suma de todos los recursos, bienes
y valores movilizados para la constitución y puesta en
marcha de una empresa. Es su razón económica.
Cantidad invertida en una empresa por los propietarios, socios o
accionistas.
CAPITAL AUTORIZADO: Capital de una empresa que fue
aprobado por la Asamblea General y registrado oficialmente como
meta futura de la sociedad.
CAPITAL A CORTO PLAZO. Operaciones con activos y
pasivos financieros, cuyos términos de vencimiento son
inferiores a un año. El capital a corto plazo del sector
privado comprende el endeudamiento comercial externo directo y
los movimientos de las cuentas corrientes en el extranjero de las
empresas nacionales. Y en el sector público se incluyen,
entre otros, los movimientos de compensación y los cambios
en la posición financiera de algunas entidades
descentralizadas.
CAPITAL A LARGO PLAZO. Comprende las operaciones
con activos y pasivos financieros cuyo vencimiento original es
superior a un año, desagregadas en inversión
directa, inversión de cartera y otros
capitales.
CAPITAL NETO DE TRABAJO. Esto no es propiamente
un indicador sino más bien una forma de apreciar de manera
cuantitativa (en pesos) los resultados de la razón
corriente. Dicho de otro modo, este cálculo expresa en
términos de valor lo que la razón corriente
presenta como una relación.
CAPITAL PAGADO. Es la parte del capital suscrito
que los accionistas de la empresa han pagado completamente, y por
consiguiente ha entrado en las arcas de la empresa.
CAPITAL SUSCRITO. Es la parte del capital social
autorizado por los suscriptores de acciones se han obligado a
pagar en un tiempo determinado.
CAPITALIZACION. Reinversión o
reaplicación de los resultados, utilidades o reservas, al
patrimonio de la empresa. Ampliación del capital pagado
mediante nuevas emisiones de acciones.
CAPITALIZACION BURSATIL. Es el valor dado a una
empresa en Bolsa. Se calcula multiplicando la cotización
por el número de acciones que componen el capital de dicha
empresa. La capitalización de los valores cotizados en la
bolsa es la que se obtiene sumando todas las cotizaciones de
dichos valores en un momento dado. Este incide se emplea para
comparar mercados bursátiles.
CANTIDAD TRANSADA. Número de unidades del
respectivo título o papel negociados en un determinado
período.
CAPTACIÓN DE RECURSOS. Proceso a
través del cual un intermediario financiero recibe
recursos por parte de individuos, a cambio de la
adquisición de deudas u obligaciones.
CARTERA. Posesión de títulos por un
individuo o por una institución. La cartera puede incluir
bonos, acciones, certificados de depósitos bancarios, oro,
entre otros.
CARRUSEL: Es un convenio entre varias entidades
para comprar y vender, durante períodos de tiempo
sucesivos y por valores de transacción fijados de
antemano, un título de renta fija. En términos
financieros, consiste en una secuencia de operaciones de compra y
venta de un título a futuro los precios establecidos para
compara y vender el título determinan la rentabilidad de
la operación en cada uno de los períodos de
tenencia del título, denominado tramos.
CÉDULAS HIPOTECARIAS. Título con un
valor nominal pagadero en el futuro en una fecha determinada, que
rinde una tasa de interés periódica y es vendido
por quien lo emite. En Colombia el Banco Central Hipotecario es
el encargado de la emisión de las cédulas, y lo
hace con un descuento sobre su valor nominal. Adicionalmente,
estos títulos son sorteados, y en cada sorteo salen
beneficiadas con una amortización una serie de
cédulas.
Colocación de recursos. Proceso en el que se
utilizan los recursos que fueron adquiridos durante el proceso de
captación, para extender créditos a algún
otro agente.
CERTIFICADO DE DEPÓSITO A TÉRMINO.
Es el certificado que se recibe por depósitos de sumas de
dinero. Los plazos pueden ser de 30 días en adelante
siendo los más comunes los de
30, 60, 90, 180 y 360 días. Pueden emitirlos los
bancos comerciales, corporaciones de ahorro y vivienda,
corporaciones financieras y compañías de
financiamiento comercial. La tasa de interés por su
depósito está determinada por el monto, el plazo y
las condiciones existentes en el mercado al momento de su
constitución. Son nominativos y no se pueden redimir antes
de su vencimiento.
COEFICIENTE EXPORTADOR. Proporción de la
producción que se exporta. El indicador se calcula como el
valor de las exportaciones sobre la producción.
COEFICIENTE IMPORTADOR. También conocido
como Indice de Penetración de Importaciones, es la
proporción del consumo doméstico que se importa.
Este indicador se calcula como el valor de las importaciones
sobre la suma de la producción doméstica más
importaciones menos exportaciones.
COLOCADOR. Es la entidad que, facultada por su
objeto social, puede actuar como suscriptor profesional o
underwriter de una emisión.
COLOCACION PRIMARIA. Es la oferta de nuevos
títulos por parte de una entidad para captar recursos con
el fin de desarrollar su objeto social. En este caso existe una
relación directa entre la entidad emisora y el adquiriente
o primer beneficiario del valor.
COMISION. Retribución que da un
inversionista a un comisionista por ejecutar una orden de compra
o venta de los valores negociables en Bolsa, por asesorarlo en la
misma o por administrar los valores del cliente, según sea
la solicitud del mismo.
COMISIONISTA DE BOLSA. Es la persona legalmente
autorizada para realizar las transacciones de compra y venta de
valores que se realizan en la rueda de la Bolsa. Debe estar
inscrito en el Registro Nacional de Intermediarios.
COMMODITIES. Bienes primarios que se transan
internacionalmente. Por ejemplo: granos, metales, productos
energéticos (petróleo, carbón, etc.) y
suaves (café, algodón, etc.).
COMPAÑÍAS DE FINANCIAMIENTO
COMERCIAL. Son aquellas instituciones que tienen por
función principal captar recursos mediante
depósitos a término, con el objeto primordial de
realizar operaciones activas de crédito para facilitar la
comercialización de bienes y servicios (Art.92,L45/90).
Estas compañías están vigiladas por la
Superintendencia Bancaria y necesitan para su constitución
un capital mínimo de mil quinientos millones de
pesos.
COMPENSACION. Se entenderá por
compensación el mecanismo de determinar contablemente los
importes y volúmenes a intercambiar de dinero y valores
entre las contrapartes de una operación.
CONCENTRACION DEL ENDEUDAMIENTO EN EL CORTO
PLAZO. Este indicador establece qué porcentaje del
total con terceros tiene vencimiento corriente, es decir, a menos
de un año.
CONSUMO. Acto final del proceso económico,
que consiste en la utilización personal y directa de los
bienes y servicios productivos para satisfacer necesidades
humanas. El consumo puede ser tangible (consumo de bienes) o
intangible (consumo de servicios). Además, se puede
clasificar de acuerdo a quien realice el acto en privado y
pública. El consumo privado es el realizado por las
familias y las empresas, y el público es hecho por el
gobierno.
CORPORACIONES DE AHORRO Y VIVIENDA.
Institución financiera que tiene como función
promover el ahorro privado y llevarlo hacia la industria de la
construcción a través de créditos
hipotecarios. La captación de los recursos se hace a
través de las cuentas de ahorro, de los depósitos
ordinarios y de los certificados de depósito a
término.
CORPORACIONES FINANCIERAS. Según la
definición legal (ley 45/90) son aquellas instituciones
financieras que tienen por función principal la
captación de recursos a término, a través de
depósitos o de instrumentos de deuda a plazo, con el fin
de realizar operaciones activas de crédito y efectuar
inversiones, con el objeto primordial de fomentar o promover la
creación, reorganización, fusión,
transformación y expansión de empresas.
COST INSURANCE FREIGHT (CIF). Abreviatura usada
en algunos contratos internacionales de venta, cuando el precio
de la misma incluye "costos, seguros y fletes" de los
artículos vendidos. Esto significa que el vendedor costea
todos los gastos relacionados con el envío de la
mercancía desde su punto de exportación hasta
cualquier punto de importación. En Colombia, las
importaciones se calculan a precios CIF.
COTIZACION: Precio registrado en una Bolsa cuando
se realiza una negociación de valores.
CUENTA CORRIENTE. Cuenta perteneciente a la
Balanza de Pagos, donde se registran sistemáticamente la
entrada y salida de divisas de un país con el exterior,
por concepto de compra y venta de mercancías y servicios.
Además, en ella se consignan las utilidades obtenidas de
operaciones extranjeras, intereses y pagos de transferencia. La
Cuenta Corriente está conformada por la Balanza Comercial,
la Balanza de Servicios y las Transferencias.
CUENTA DE CAPITALES. Cuenta de la Balanza de
Pagos usada como contrapartida de la Cuenta Corriente. Incluye el
flujo monetario que entra y sale del país para
inversión, subsidios y préstamos internacionales
(públicos y privados). Cuando hay entrada de divisas la
cuenta de capitales es superavitaria. Por el contrario, si el
país presta o invierte en el extranjero esta cuenta
será deficitaria.
DCV. (DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES DEL
BANCO DE LA REPÚBLICA): Puede administrar títulos
valores que emita, garantice o administre el Banco de la
República y los títulos valores que constituyan
inversiones forzosas o sustitutivas de encaje cargo de sociedades
sometidas al control de la Superintendencia Bancaria, distintos
de acciones.
DECEVAL. El Depósito Centralizado de
Valores de Colombia Deceval S.A", es una entidad que recibe en
depósito los títulos inscritos en el Registro
Nacional de Valores e Intermediarios, para mediante un sistema
computarizado de alta seguridad administrarlos eliminando el
riesgo de su manejo físico en transferencias, registros,
pagos de intereses, etc. Este es un mecanismo común en
todos los países desarrollados y en la mayoría de
los Latinoamericanos (como Méjico, Chile, Argentina,
Venezuela, Brasil, Perú y Panamá). En el
depósito se inmovilizan los títulos en bodegas de
alta seguridad permitiendo su manejo desmaterializado, a
través de registros electrónicos, (transferencias,
redenciones, etc.).
DECRETO. Disposición emanada de la Rama
Ejecutiva del Poder Público, con el objeto de desarrollar
y cumplir con los deberes y obligaciones asignadas a esta y,
especialmente para la ejecución y aplicación de la
ley.
DEFLACION. Fenómeno que acompaña a
las épocas de crisis. Se caracteriza por la
política económica encaminada a establecer precios
en forma reducida, restringir el crédito, disminuir la
circulación fiduciaria y reforzar las reservas. Este
régimen de severidad se impone luego del derroche obligado
(guerra y calamidades), o inconsciente (mala
administración) de los caudales públicos y de los
atentados consiguientes contra la moneda nacional. La
deflación suele preceder al restablecimiento de la
normalidad económica y financiera.
DEFLACTOR. Elemento numérico que permite
convertir a precios constantes una serie que se encuentra
inicialmente a precios corrientes. Es común utilizar para
este efecto los índices de precios o el cociente entre la
serie inicial a precios corrientes y la serie a precios
constantes.
DÉFICIT FISCAL. Es el exceso de los
egresos sobre los ingresos, ya sea, del sector público
consolidado, del gobierno central o del sector público no
financiero.
DEMANDA. Conjunto de mercancías y
servicios que los consumidores están dispuestos a adquirir
en el mercado, en un tiempo determinado y a un precio dado. El
análisis de la demanda parte del supuesto de que todos los
factores se mantiene constantes, excepto el precio, y que a
medida que cambia el precio, la cantidad demandada por el
consumidor también varía.
DEMOCRATIZACION DEL CAPITAL. Es el proceso por el
cual la propiedad de una empresa cerrada se transfiere, total o
parcialmente a un gran número de personas diferentes al
del grupo controlador de las acciones de la sociedad.
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE
ESTADÍSTICA (DANE). Organismo técnico encargado
de recopilar, analizar y publicar la Información
Estadística Nacional de la República de
Colombia.
DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN (DNP).
Departamento administrativo y, al igual que los ministerios, es
uno de los organismos principales de la administración
pública. Depende directamente de la Presidencia de la
República y pertenece a la Rama Ejecutiva del poder
público. El Departamento Nacional de Planeación
tiene como objetivos fundamentales la preparación, el
seguimiento de la ejecución y la evaluación de
resultados, de las políticas, planes generales, programas
y proyectos del sector público. El DNP debe realizar de
forma permanente el seguimiento de la economía nacional e
internacional y proponer los planes y programas para el
desarrollo económico, social y ambiental del país,
y con el Consejo Nacional de Política Económica y
Social –CONPES- constituyen el conducto por medio del cual
el Presidente de la República ejerce su función de
máximo orientador de la planeación
nacional.
DEPÓSITOS A LA VISTA. Entrega de dinero,
títulos o valores a una institución bancaria con el
objeto de que se guarden y se regresen mediante la
presentación de un documento "a la vista" que ampare
dichos bienes. Un ejemplo de depósito a la vista es la
cuenta de cheques, en la que el depositante puede girar cheques y
retirar fondos sin notificación por adelantado.
DEPÓSITO CENTRALIZADO DE VALORES. Es una
entidad especializada que recibe títulos valores, para
administrarlos mediante un sistema computarizado de alta
seguridad. Su objetivo es eliminar el riesgo que para los
tenedores representa el manejo de títulos físicos,
agilizando las transacciones en el mercado secundario y
facilitando el cobro de rendimientos de capital e intereses. En
Colombia están autorizados para operar dos
depósitos centralizados de valores: El DECEVAL (privado) y
el DCV (del Banco de la República).
DEPÓSITOS EN CUENTA CORRIENTE. Son
aquellos depósitos en una cuenta bancaria, en la cual
pueden hacerse depósitos o de la cual pueden hacerse
retiros en cualquier momento y tantas veces como se desee. Se
utiliza el término corriente porque ésta es una
cuenta a través de la cual el dinero circula o corre
constante y libremente.
DEPRECIACIÓN. En términos
cambiarios es la disminución del valor o precio de un
bien, debido al aumento de la tasa de cambio bajo un
régimen cambiario flexible. En términos contables,
la depreciación es una reducción del activo fijo,
sea en cantidad, calidad, valor o precio, debida al uso, a la
obsolescencia o sólo por el paso del tiempo. La
depreciación se mide anualmente, y depende de los factores
ya mencionados, así como del precio de compra y la
duración estimada del activo.
DERECHO DE SUSCRIPCION: Derecho que tiene un
accionista dE suscribir nuevas acciones de una sociedad
anónima a un precio de suscripción determinado,
cuando el aumento de capital es mediante emisión de
acciones.
DERIVADOS: Son contratos referenciados a un
activo o a una variable económica para ser liquidado en
una fecha futura, y en función de las cuales se manejan
los riesgos de un portafolio de inversión son valores cuyo
precio depende del valor de una o más variables, haciendo
posible aislar o concentrar un riesgo existente y transferido al
mercado.
DESCUENTO: Diferencia, en menos, entre el valor
nominal de un título y el valor comercial del mismo.
Cuando los títulos son emitidos a descuento, esta
diferencia es la retribución
DEUDA EXTERNA. Créditos externos
recibidos, tanto por el sector público como el sector
privado para financiamiento de proyectos internos. Generalmente,
la deuda externa se paga fuera del país y en moneda
extranjera. La deuda externa se conoce como inversión
extranjera indirecta o de cartera, ya que el capital extranjero
ingresa al país as través de extensiones de
créditos.
DEUDA INTERNA. Es el total de los créditos
aprobados, tanto al sector público como al privado, que se
generan dentro de un país. A diferencia de la deuda
externa, la interna se paga en el país y en la moneda
nacional.
DEUDA PÚBLICA. Nivel de préstamos
adquiridos por el gobierno cuando sus ingresos y sus gastos
difieren. De otra forma, el nivel de deuda pública es
igual al nivel de deuda pública anterior más el
monto de intereses que tiene que pagar por la deuda ya existente,
más la diferencia entre los ingresos y los gastos del
gobierno. O sea, más los impuestos menos el gasto y la
inversión. Este es un mecanismo que permite financiar los
déficit fiscales, ya sea a través de intermediarios
financieros del país o extranjeros.
DEVALUACION. Concepto de la teoría
monetaria que expresa la disminución del valor de la
moneda con relación al oro. Como consecuencia de esta
disminución del valor de la moneda de un país, las
monedas extranjeras quedan revalorizadas con respecto al
país que ha devaluado.
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