Propiedad intelectual en el proceso de gestión de proyectos de ciencia e innovación (página 2)
Al mismo tiempo, es importante señalar que en todo el proceso de desarrollo de los proyectos no se incluyen acciones consustanciales relacionadas con la propiedad intelectual, que deben estar presentes desde la propia concepción del proyecto hasta su culminación, de manera que garantice la existencia de una adecuada correspondencia con las normas y regulaciones vigentes establecidas.
Por otra parte, como resultado de los procedimientos y métodos que fueron empleados, se detectó que los principales factores que inciden en la no inclusión de la propiedad intelectual en el proceso de gestión de los PTCI están asociados fundamentalmente al desconocimiento de la materia por parte de especialistas, investigadores y comunidad científica en general. Esta falta de cultura se denota no solo en el orden conceptual y estructural, sino también en el conocimiento de las normativas y regulaciones establecidas por los documentos rectores relacionados con la propiedad intelectual en Cuba. Otros dos elementos que atentan contra la implementación de acciones adecuadas encaminadas a la protección de los resultados de proyectos de I+D e Innovación Tecnológica, es la insuficiente cantidad de especialistas preparados para ejecutar y evaluar esta temática y la carencia de políticas territoriales y documentos relativos al tema capaces de orientar al personal vinculado a estos procesos en Pinar del Río.
Del análisis anterior, se precisa la modificación de las metodologías para la elaboración de PTCI establecidas en el Manual de Procedimientos para la Gestión de Programas y Proyectos de Prioridad Nacional, en cuanto al tratamiento de la propiedad intelectual, ya que la concepción vigente no considera como un elemento importante la acertada función de protección legal de resultados científicos, innovativos y tecnológicos. Por lo que se impone, el diseño de una herramienta Metodológica que permita establecer las bases para una evaluación objetiva en términos de la propiedad intelectual de aquellos resultados de la gestión de PTCI que sean susceptibles de protección legal.
A continuación se exponen los elementos principales en los que se sustenta la metodología diseñada. En el Anexo. No.1.1 se expone la fundamentación y descripción de dicha Metodología.
Propuesta metodológica para la inclusión de la propiedad intelectual en el proceso de gestión de proyectos de ciencia e innovación. Herramienta de Evaluación
FUNDAMENTOS.
La metodología está basada en normativas establecidas por el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, regulados en la Resolución No. 21/2002 que establece el Sistema Nacional de Propiedad Industrial, Resolución No. 85/2003 Reglamento sobre el Sistema de Programas y Proyectos de Ciencia e Innovación Tecnológica, Manual de Procedimientos para la Gestión de Programas y Proyectos y los supuestos comprendidos en el Manual del Exportador, este confeccionado por la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial.
La utilidad de la metodología es lograr que todos los actores sociales involucrados en el proceso de gestión de proyectos territoriales cuenten con una herramienta de trabajo que le permita lograr un mayor impacto en sus resultados.
Las conductas, acciones, medidas, y conocimientos que, explicita o implícitamente, se desarrollan en la misma y que deben complementarse con la necesaria capacitación en las materias específicas comprendidas, constituyen un medio y no un fin, que debe contribuir a la toma de decisiones acertadas en las diferentes etapas de los procesos de gestión de los proyectos territoriales.
Principales beneficios asociados a la metodología.
Diseño de nuevas conductas, modos de planificar y decidir, de manera que se correspondan, integren y armonicen coherentemente en un Sistema Interno de la Propiedad Intelectual.
Obtención de una herramienta analítica, para la planificación y toma de decisiones, así como para el desarrollo de estrategias tecnológicas y comerciales adecuadas.
Lo establecido en la metodología proporcionarán entre otros aspectos;
1. No duplicidad de la labor de investigación.
2. Tener idea de los progresos a realizar y de las actividades tecnológicas de los competidores
3. .Podrán identificarse generadores de tecnologías y de esta forma establecer mejores relaciones comerciales.
4. Evaluación del grado de factibilidad de protección legal de un nuevo resultado.
5. Posibilidad de predecir el futuro en materia de desarrollo industrial.
Protección de los resultados científicos, tecnológicos e innovativos de la provincia de Pinar del Río.
Efectos económicos y tecnológicos para las organizaciones e instituciones.
El objetivo inmediato de la metodología será asegurar la inclusión de los aspectos de la propiedad intelectual en la contratación y ejecución de los Proyectos Territoriales de Ciencia e Innovación.
La metodología abarca una serie de actividades en materia de propiedad Intelectual que son de interés para todos los actores sociales implicados en el SP y P, permitirá a la comunidad científica involucrada seleccionar y aplicar progresivamente las actividades que correspondan con sus necesidades. En la guía se han incluido conceptos y definiciones que se consideran necesarios para la comprensión de la misma y propiciar que los conocimientos e interpretaciones contenidos o derivados de ellas sean compartidos y aplicados por igual por todas las partes que deben hacer uso de ellas.
Al mismo tiempo, la metodología constituye una estrategia a seguir para integrar las actividades de la propiedad intelectual a los indicadores ya establecidos en la ficha de trabajo del evaluador de proyectos.
La ejecución eficiente de esta metodología requerirá de un personal calificado y experimentado, así como la consulta de bibliografía adicional. La aplicación de este material conducirá a reflexiones en este sentido.
ALCANCE
Por su particular propósito la metodología se aplicará durante todo el ciclo de vida del proceso de gestión de los Proyectos de Ciencia e Innovación.
FINALIDAD DE LA METODOLOGÍA.
La finalidad de esta metodología es asesorar y ofrecer una fuente práctica de información a la comunidad creadora y científica en general, relativo a la propiedad intelectual en los procesos de gestión de proyectos, y esencialmente proporcionar que las empresas, instituciones de investigación y organismos, aseguren la ejecución de un conjunto de acciones en materia de propiedad intelectual relacionadas con la adquisición, conservación y defensa de los derechos de propiedad intelectual que tienen su salida en el proceso de gestión de proyectos de ciencia e innovación en el marco de las actividades de investigación – desarrollo e innovación. En la misma se establecen 30 acciones que permiten determinar el alcance y estado de tan importante actividad.
ACCIONES DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL A REALIZAR EN EL PROCESO DE GESTIÓN DE PROYECTOS DE CIENCIA E INNOVACIÓN TECNOLOGICA.
1. Investigar el estado del arte (antes, durante y al término de las investigaciones y durante la etapa de interfase).
2. ? Investigar las alternativas tecnológicas, el período de tiempo promedio de los cambios tecnológicos y sus tendencias de desarrollo.
3. Investigar el grado de actualidad de la tecnología y sus oportunidades competitivas.
4. Investigar y estudiar el entorno.
5. Investigar las tendencias de desarrollo de la investigación.
6. Investigar grado de actualidad del tema de investigación.
7. Investigar las oportunidades competitivas.
8. Investigar el marco jurídico aplicable.
9. Realizar búsquedas de antecedentes del tema de investigación.
10. Investigar las empresas o instituciones líderes en el sector.
11. Realizar estudios prospectivos.
12. Investigar las estrategias de protección de las instituciones y empresas.
13. Investigar los derechos de Propiedad Intelectual, registrados y vigentes para evitar infracciones.
14. Investigar si se debe dar curso a la investigación o procede la adquisición de una tecnología.
15. Investigar si la investigación resulta suficiente respecto al acervo de nuevos conocimientos.
16. Incorporar el presupuesto para los gastos de tramitación y protección legal de los derechos de propiedad intelectual y para el pago de las tarifas de los servicios que se requieran durante toda la investigación.
17. Determinar si el resultado obtenido satisface los requisitos exigidos para su protección así como establecer los medios posibles y procedimientos necesarios para la protección de la información no divulgada con valor tecnológico y comercial.
18. Determinar cobertura técnica que deberá ser reivindicada. (Patentes o modelos industriales).
19. Evaluar la conveniencia de proteger en Cuba y en el extranjero.
20. Elaborar los documentos que conforman las solicitudes de protección legal.
21. Determinar la presentación del producto y del signo distintivo que debe amparar ese producto en el mercado.
22. Capacitar al personal.
23. Evaluar la posibilidad de otras formas de protección atendiendo a las diferentes modalidades de la propiedad intelectual.
24. Incorporar en las transacciones de transferencias de tecnologías e inversiones las disposiciones contractuales adecuadas y oportunas de la propiedad intelectual.
25. Incorporar en los acuerdos que formalicen asociaciones para la colaboración económica y científico-técnica las disposiciones necesarias en materia de propiedad intelectual para respaldar los derechos individuales y conjuntos de las partes asociadas a la colaboración.
26. Contratar los servicios de vigilancia tecnológica. (antes, durante y al término de la investigación).
27. Realizar la valoración económica de los activos intangibles generados en la investigación.
28. Concesión de licencias.
29. Establecer alianzas estratégicas para la distribución y comercialización en otros territorios.
30. Analizar la posibilidad de establecer producciones cooperadas.
En el Anexo No.1.2 se muestra la herramienta Metodológica a través de una plantilla de Microsoft Excel para el diagnóstico del estado de inclusión de la Propiedad Intelectual al evaluar los PTCI mediante la asignación de los niveles de evaluación a las 30 acciones definidas en la Metodología, lo cual permitirá al experto establecer un criterio de evaluación más preciso y objetivo.
Esta herramienta constituye un medio que facilitará a cada uno de los expertos que participan en el proceso de gestión de los PTCT, la realización de valoraciones en cuanto a la eficiencia y eficacia del desempeño de la acciones de propiedad intelectual en el quehacer de la actividad científico técnica agenciada por los PTCI.
Se basa en el establecimiento de tres criterios fundamentales los cuales por su incidencia en esta esfera de actividad permiten agrupar a las acciones definidas en la metodología propuesta (Anexo No.1.1) de manera que exista correspondencia entre la ficha del evaluador vigente y el método que se pretende introducir.
Los tres criterios fundamentales son:
1. Consulta de la Información Científico – Técnica (Agrupa las acciones correspondientes del 1 al 15).
2. Protección del resultado obtenido (Agrupa las acciones del 16 al 23 establecidas en la metodología a implementar).
3. Introducción del resultado (Agrupa las acciones relacionas del 24 al 30 de la metodología propuesta).
Las 30 acciones pueden tomar dos valores, cero cuando no se realizan, y uno cuando si se realizan (0 ó 1). Las mismas agrupadas en su suma forman tres valores que su suma total pueden ser 15, 8, 7 respectivamente, esto permite evaluar el porciento de cumplimiento de cada criterio de agrupación, tomado en cuenta el valor porcentual del criterio, y se evalúan a su vez de la siguiente forma:
1. Evaluación del criterio 1 a) mayor o igual a 80 Excelente. b) mayor o igual a 60 Bien. c) mayor o igual a 40 Aceptable. d) mayor o igual que 20 Cuestionable. e) menor o igual que 20 MAL.
2. Evaluación del criterio 2 a) mayor o igual a 75 Excelente. b) mayor o igual a 50 Bien. c) mayor o igual a 37 Aceptable. d) mayor o igual que 25 Cuestionable. e) menor o igual que 25 MAL.
3. Evaluación del criterio 3 a) mayor o igual a 75 Excelente. b) mayor o igual a 50 Bien. c) mayor o igual a 37 Aceptable. d) mayor o igual que 25 Cuestionable. e) menor o igual que 25 MAL.
Para llegar a la Evaluación Final de Proyecto en materia de Propiedad Intelectual se realiza a través de la combinación de los mismos:
C: Combinaciones existentes.
P: Cantidad de posibles respuestas en la evaluación del criterio n.
Por tanto obtenemos: C = 53 obteniendo un total de 125 combinaciones.
Cada una de estas combinaciones posee una evaluación final que de forma similar puede ser Excelente, Bien, Aceptable, Cuestionable o Mal La evaluación se realiza automatizadamente después de haber agrupado las combinaciones con criterios condicionales en la hoja de Excel, de forma tal que se obtenga el resultado razonablemente esperado.
La herramienta por si misma emite una evaluación final y se pueden evaluar las acciones que se dejaron de ejecutar, reflejándolas en las recomendaciones que se pueden derivar.
Anexo
Anexo. No.1.1
METODOLOGÍA PARA LA INCLUSIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL EN EL PROCESO DE GESTIÓN DE PROYECTO DE CIENCIA E INNOVACIÓN.
PROLOGO
Los derechos de Propiedad Intelectual, sustentado sobre la base de sistemas nacionales e internacionales han sido concebidos desde la óptica de los diferentes países, como un instrumento de política tecnológica que, acorde con su situación sociopolítica y nivel de desarrollo, proporcione los medios y oportunidades para promover y encauzar el progreso tecnológico y como mecanismo comercial que contribuya a la explotación adecuada de sus creaciones tecnológicas.
Por otra parte la investigación y el desarrollo constituyen una actividad costosa que comporta riesgos. Por ello, se requiere una cuidadosa planificación de los programas y proyectos de investigación, desarrollo e innovación, que posibiliten disminuir costos y riesgos con respecto a los objetivos deseados, esta planificación implica una determinación de los temas de investigación y desarrollo que deberán encarase, de la previsión de la protección y utilización de los resultados y de los medios técnicos y recursos disponibles para su ejecución.
La planificación y el desarrollo de las etapas de las actividades científico técnicas y de la innovación presupone la utilización de la amplia gama de actividades de la propiedad intelectual de manera que se corresponda integre y armonice de forma coherente con la infraestructura para la investigación, el desarrollo, la producción, los servicios y el comercio. Por ello la metodología para la inclusión de la Propiedad Intelectual en el proceso de gestión de proyecto de ciencia e innovación constituye una herramienta referativa a tener en cuenta en la proyección y dirección estratégica del quehacer en investigación-desarrollo.
Ello permitirá orientar al potenciar creador hacia resultados que realmente compitan y tengan mercado, promover el desarrollo comercial de las empresas, generar progreso económico y lograr que los procesos de innovación de la empresa e instituciones y sus resultados científicos, tecnológicos, productivos y comerciales puedan ser debidamente protegidos
ANTECEDENTES
En la actualidad viene ocurriendo un proceso de transformación de las formas de dirección de la economía y la sociedad, en cuyo contexto resulta esencial identificar los instrumentos y vías para asegurar la conducción del rumbo general de los acontecimientos, con vistas a preservar nuestro proyecto social y satisfacer los intereses estratégicos de desarrollo de la economía cubana.
Los Sistemas Nacionales de Ciencia e Innovación Tecnológica y de la Propiedad Industrial constituyen un factor esencial para el desarrollo económico y tecnológico de nuestro país, cada uno presupone infraestructuras jurídicas y administrativas adecuadas en correspondencia con su ámbito de acción y actores sociales. Para un mayor beneficio del país, estos aspectos deber ser utilizado por las organizaciones internacionales que efectúan invenciones y suministran tecnologías extranjeras, pero fundamentalmente por las organizaciones nacionales cuyas actividades fortalecen la economía y la infraestructura tecnológica nacional. Estas organizaciones carecen muchas veces de experiencia en este respecto y no siempre aprovechan la protección y los incentivos que les ofrecen sus sistemas, propiciado por la carencia de indicadores y normativas que regulen estas actividades. De ahí la importancia de la utilización de la Metodología de la Propiedad Intelectual diseñada, a fin de aprovechar los beneficios que ella ofrece y contribuir de ese modo al desarrollo sostenible del país
ALCANCE
Por su particular propósito la metodología se aplicará durante todo el ciclo de vida del proceso de gestión de los Proyectos de Ciencia e Innovación.
FINALIDAD DE LA METODOLOGÍA.
La finalidad de esta metodología es asesorar y ofrecer una fuente práctica de información a la comunidad creadora y científica en general, relativo a la propiedad intelectual en los procesos de gestión de proyectos, y esencialmente proporcionar que las empresas, instituciones de investigación y organismos, aseguren la ejecución de un conjunto de acciones en materia de propiedad intelectual relacionadas con la adquisición, conservación y defensa de los derechos de propiedad intelectual que tienen su salida en el proceso de gestión de proyectos de ciencia e innovación en el marco de las actividades de investigación – desarrollo e innovación. En la misma se establecen 30 acciones que permiten determinar el alcance y estado de tan importante actividad.
FUNDAMENTOS.
La metodología está basada en normativas establecidas por el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, regulados en la Resolución No. 21/2002 que establece el Sistema Nacional de Propiedad Industrial, Resolución No. 85/2003 Reglamento sobre el Sistema de Programas y Proyectos de Ciencia e Innovación Tecnológica, Manual de Procedimientos para la Gestión de Programas y Proyectos y los supuestos comprendidos en el Manual del Exportador, este confeccionado por la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial.
La utilidad de la metodología es lograr que todos los actores sociales involucrados en el proceso de gestión de proyectos territoriales cuenten con una herramienta de trabajo que le permita lograr un mayor impacto en sus resultados.
Las conductas, acciones, medidas, y conocimientos que, explicita o implícitamente, se desarrollan en la misma y que deben complementarse con la necesaria capacitación en las materias específicas comprendidas, constituyen un medio y no un fin, que debe contribuir a la toma de decisiones acertadas en las diferentes etapas de los procesos de gestión de los proyectos territoriales.
Principales beneficios asociados a la metodología.
Diseño de nuevas conductas, modos de planificar y decidir, de manera que se correspondan, integren y armonicen coherentemente en un Sistema Interno de la Propiedad Intelectual.
Obtención de una herramienta analítica, para la planificación y toma de decisiones, así como para el desarrollo de estrategias tecnológicas y comerciales adecuadas.
Lo establecido en la metodología proporcionarán entre otros aspectos;
1. No duplicidad de la labor de investigación.
2. Tener idea de los progresos a realizar y de las actividades tecnológicas de los competidores
3. .Podrán identificarse generadores de tecnologías y de esta forma establecer mejores relaciones comerciales.
4. Evaluación del grado de factibilidad de protección legal de un nuevo resultado.
5. Posibilidad de predecir el futuro en materia de desarrollo industrial.
Protección de los resultados científicos, tecnológicos e innovativos de la provincia de Pinar del Río.
Efectos económicos y tecnológicos para las organizaciones e instituciones.
El objetivo inmediato de la metodología será asegurar la inclusión de los aspectos de la propiedad intelectual en la contratación y ejecución de los Proyectos Territoriales de Ciencia e Innovación.
La metodología abarca una serie de actividades en materia de propiedad Intelectual que son de interés para todos los actores sociales implicados en el SP y P, permitirá a la comunidad científica involucrada seleccionar y aplicar progresivamente las actividades que correspondan con sus necesidades. En la guía se han incluido conceptos y definiciones que se consideran necesarios para la comprensión de la misma y propiciar que los conocimientos e interpretaciones contenidos o derivados de ellas sean compartidos y aplicados por igual por todas las partes que deben hacer uso de ellas.
Al mismo tiempo, la metodología constituye una estrategia a seguir para integrar las actividades de la propiedad intelectual a los indicadores ya establecidos en la ficha de trabajo del evaluador de proyectos. (Anexo No.1.3).
La ejecución eficiente de esta metodología requerirá de un personal calificado y experimentado, así como la consulta de bibliografía adicional. La aplicación de este material conducirá a reflexiones en este sentido.
Glosario de términos y definiciones
PROPIEDAD INTELECTUAL Se entenderá los derechos relativos a las obras literarias, artísticas, científicas, educacionales, a las invenciones en todos los campos de la actividad humana, a los descubrimientos científicos, los dibujos y modelos industriales, las marcas de fábrica, de comercio y de los servicios, así como a los nombres y denominaciones comerciales y a la protección contra la competencia desleal.
SISTEMA DE PROGRAMAS Y PROYECTOS TERRITORIAL Se organiza a partir de las prioridades del territorio en el orden de la ciencia y la tecnología, aprobadas por el Consejo de la Administración Provincial y a propuesta de la Delegación CITMA. Esta integrado por proyectos de investigación desarrollo y de innovación tecnológica.
PROGRAMA: Conjunto integrado de actividades diversas de ciencia, tecnología e innovación, organizadas con el objetivo de resolver los problemas identificados en las prioridades y lograr resultados específicos en un período determinado mediante la ejecución de proyectos, la creación de espacios de discusión, el trabajo en redes, la formación de recursos humanos..
PROYECTO: Célula básica para la organización, ejecución, financiamiento y control de actividades vinculadas con la investigación científica, el desarrollo tecnológico, la innovación tecnológica, la prestación de servicios científicos y tecnológicos de alto nivel de especialización, las producciones especializadas, la formación de recursos humanos, la gerencia y otras, que materializan objetivos y resultados propios o de los programas en que están insertados.
Nota: Los proyectos se clasifican en proyectos de I+D y proyectos de innovación. Se ejecutan para resolver problemas identificados en sus áreas de acción.
PROYECTO DE DESARROLLO: Proyecto encaminado a la obtención de nuevos productos, servicios, procesos o sistemas, o a la mejora sustancial de los ya existentes a partir de un conocimiento adquirido mediante investigaciones o experiencias prácticas. Persigue beneficios prácticos.
PROYECTO DE INNOVACIÓN: Proyecto dirigido a mejorar un producto, un servicio, un proceso, un sistema u otro resultado obtenido en la fase de desarrollo, con el objetivo de introducirlo en el mercado o en una aplicación social o medio ambiental.
PROYECTO DE INVESTIGACIÓN APLICADA: Proyecto dirigido a adquirir nuevos conocimientos orientados a un objetivo práctico bien definido o a la profundización de los conocimientos existentes derivados de la investigación y/o de la experiencia práctica.
PROYECTO DE INVESTIGACIÓN BÁSICA: Proyecto dirigido a adquirir nuevos conocimientos sobre los fundamentos de fenómenos y hechos observables en la naturaleza, la sociedad y el pensamiento. Tiene carácter estratégico para el desarrollo científico y pudiera tenerlo también para la economía, la sociedad y el medio ambiente.
TECNOLOGÍA: El conjunto de conocimientos, procedimientos, datos, informaciones, planos, esquemas, flujo de la cadena de producción, materias primas y características, ingredientes, correlación porcentual, normas, equipos, dispositivos, maquinarias, entre otros elementos, constitutivos de un paquete de elementos que posibilita la fabricación del producto exportable en forma repetitiva y reproducible.
INNOVACIÓN: Un nuevo producto o procedimiento o la modificación de un producto o de un procedimiento existente dirigido a resolver una necesidad no satisfecha, o satisfecha en forma incompleta o que crea una nueva necesidad o que constituye una alternativa respecto a las existentes.
INVENCIÓN: Es la solución técnica de un problema en cualquier campo de la industria, entendido este término en su más amplia acepción
PATENTE: Forma de proteger la invención. Documento expedido por una oficina del Estado en el que se crea una situación jurídica por la que se conceden derechos exclusivos al titular.
MODELO INDUSTRIAL: Todo producto industrial o artesanal, o sus partes, cuya forma, configuración, textura, material, o sus combinaciones, le otorgue una apariencia especial de tipo ornamental o estético, que lo diferencie de sus semejantes y pueda servir de prototipo para su producción industrial o artesanal.
DIBUJO INDUSTRIAL: Todo elemento o combinación de elementos planos, de carácter estético u ornamental ya sea, de forma, de colores, de diseños, de textura, con o sin relieve, o sus combinaciones, que incorporado a un producto industrial o artesanal le otorgue una apariencia especial que lo distinga de sus semejantes y pueda servir de prototipo para su producción industrial o artesanal.
OBJETOS SUSCEPTIBLES DE PROTECCIÓN COMO INVENCIONES: Los productos, las sustancias, los métodos, los equipos y los procedimientos, así como la nueva utilización de productos, sustancias, métodos, equipos y procedimientos ya conocidos. Las variedades vegetales y las razas animales. Los métodos de profilaxis, diagnóstico y curación de enfermedades de personas, animales y plantas .Las cepas de microorganismos.
OBJETOS SUSCEPTIBLES DE PROTECCIÓN COMO MODELOS DE UTILIDAD; Normalmente los productos, o sus partes, que tienen una configuración, estructura, o constitución de la que resulta una mejoría funcional. Por ejemplo, un utensilio, un instrumento, un aparato, un dispositivo o una parte del mismo.
CARACTERÍSTICAS DISTINTIVAS ESENCIALES: Son aquellas particularidades (rasgos) de la solución técnica que respecto a un problema, nuevo o conocido, permiten su diferenciación de las soluciones comprendidas en el estado de la técnica respecto al problema en cuestión.
ESTADO DE LA TÉCNICA: Se entiende por estado de la técnica todo lo que esté o haya sido puesto a disposición del público, en cualquier lugar del mundo, mediante una divulgación oral o escrita o mediante su uso o por cualquier otro medio, antes de la fecha de prioridad de la solicitud o del objeto de invención que se investiga.
NOVEDAD: Es uno de los requisitos, internacionalmente adoptados, que debe satisfacer una solución técnica para ser susceptible de protección como invención o como Modelo de Utilidad. Una solución técnica es nueva si en la fecha de prioridad reconocida no está comprendida en el estado de la técnica.
ACTIVIDAD INVENTIVA: Una solución técnica satisface este requisito si sus características distintivas esenciales no se derivan de manera evidente del estado de la técnica, teniendo en cuenta el criterio de un experto en la materia a que se refiera la solución.
APLICABILIDAD INDUSTRIAL: Generalmente se considera que una solución técnica es susceptible de ser aplicada en la industria si puede ser fabricada o usada en la industria, entendiéndose ésta en un sentido amplio y de modo que sus resultados sean reproducibles y repetitivos.
SECRETO EMPRESARIAL: También denominado como "información no divulgada" está conformada por todo cuerpo de informaciones que sea secreto, en el sentido de que no sea, como cuerpo o en la configuración y reunión precisas de sus componentes, generalmente conocida ni fácilmente accesible para personas introducidas en los círculos en que normalmente se utiliza el tipo de información en cuestión.
MARCA: Cualquier signo o combinación de éstos que permita distinguir al producto que ampara de aquellos productos semejantes producidos por otras empresas y que pueden o no coexistir en el mercado.
DERECHO DE AUTOR: Es un instrumento jurídico a través del cual se respetan y protegen los derechos de los creadores sobre sus obras. Se refiere a las obras científicas, artísticas, literarias y educacionales de carácter original que se hayan hecho o puedan hacerse de conocimiento público por cualquier medio lícito.
OBJETOS SUSCEPTIBLES DE PROTECCIÓN MEDIANTE EL DERECHO DE AUTOR: Las obras escritas y orales, musicales, con letra o sin ella, coreografías, pantomimas, dibujos, pinturas, arquitecturas, esculturas, grabados, litografías , escenografías, fotográficas, artesanía, mapas, planos, croquis, traducciones, versiones, arreglos musicales, antologías, enciclopedias, colecciones científicas, diccionarios, revistas, publicaciones periódicas, software, multimedia, compilación de bailes, cuentos, fábulas, proverbios y otras manifestaciones del folklore nacional.
ACCIONES DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL A REALIZAR EN EL PROCESO DE GESTIÓN DE PROYECTOS DE CIENCIA E INNOVACIÓN TECNOLOGICA.
1. Investigar el estado del arte (antes, durante y al término de las investigaciones y durante la etapa de interfase).
2. ? Investigar las alternativas tecnológicas, el periodo de tiempo promedio de los cambios tecnológicos y sus tendencias de desarrollo.
3. Investigar el grado de actualidad de la tecnología y sus oportunidades competitivas.
4. Investigar y estudiar el entorno.
5. Investigar las tendencias de desarrollo de la investigación.
6. Investigar grado de actualidad del tema de investigación.
7. Investigar las oportunidades competitivas.
8. Investigar el marco jurídico aplicable.
9. Realizar búsquedas de antecedentes del tema de investigación.
10. Investigar las empresas o instituciones líderes en el sector.
11. Realizar estudios prospectivos.
12. Investigar las estrategias de protección de las instituciones y empresas.
13. Investigar los derechos de Propiedad Intelectual, registrados o vigentes para evitar infracciones.
14. Investigar si se debe dar curso a la investigación o procede la adquisición de una tecnología.
15. Investigar si la investigación resulta suficiente respecto al acervo de nuevos conocimientos.
16. Incorporar el presupuesto para los gastos de tramitación y protección legal de los derechos de propiedad intelectual y para el pago de las tarifas de los servicios que se requieran urante toda la investigación.
17. Determinar si el resultado obtenido satisface los requisitos exigidos para su protección así como establecer los medios posibles y procedimientos necesarios para la protección de la información no divulgada con valor tecnológico y comercial.
18. Determinar cobertura técnica que deberá ser reivindicada. (Patentes o modelos industriales).
19. Evaluar la conveniencia de proteger en Cuba y en el extranjero.
20. Elaborar los documentos que conforman las solicitudes de protección legal.
21. Determinar la presentación del producto y del signo distintivo que debe amparar ese producto en el mercado.
22. Capacitar al personal.
23. Evaluar la posibilidad de otras formas de protección atendiendo a las diferentes modalidades de la propiedad intelectual.
24. Incorporar en las transacciones de transferencias de tecnologías e inversiones las disposiciones contractuales adecuadas y oportunas de la propiedad intelectual.
25. Incorporar en los acuerdos que formalicen asociaciones para la colaboración económica y científico-técnica las disposiciones necesarias en materia de propiedad intelectual para respaldar los derechos individuales y conjuntos de las partes asociadas a la colaboración.
26. Contratar los servicios de vigilancia tecnológica. (antes, durante y al término de la investigación).
27. Realizar la valoración económica de los activos intangibles generados en la investigación.
28. Concesión de licencias.
29. Establecer alianzas estratégicas para la distribución y comercialización en otros territorios.
30. Analizar la posibilidad de establecer producciones cooperadas.
Anexo. No. 1.2
Herramienta de Evaluación relacionada con la Propiedad Intelectual (Plantilla de Excel)
Anexo. No. 1.2.1
Herramienta de Evaluación relacionada con la Propiedad Intelectual.
FICHA DE TRABAJO DEL EVALUADOR (CON EL CRITERIO DE PROPIEDAD INTELECTUAL INCORPORADO).
Fecha de envío al evaluador: _______________________________________
Fecha de entrega a la UCT: _________________________________________
Título del proyecto: _______________________________________________
CRITERIO DE EVALUACIÓN
1. Valoración del impacto científico del proyecto (novedad científica o tecnología o estado actual de la temática, actualidad de la bibliografía, valoración de los objetivos e interés científico y/o tecnológico en relación con el Programa Científico Técnico correspondiente).
E B A C M
Nota: E Excelente, B Bueno, A Aceptable, C Cuestionable, M Malo.
2. Valoración de la calidad del diseño del proyecto. (Incluye su metodología).
E B A C M
3. Valoración de la planificación del proyecto.
E B A C M
4. Valoración de la idoneidad científica, profesional y gerencial del investigador principal.
E B A C M
5. Valoración de la solvencia científica y profesional del equipo del investigador.
E B A C M
6. Cantidad de instituciones participantes en el proyecto y calidad de su infraestructura y servicios.
E B A C M
7. Satisfacción de los requerimientos del cliente.
E B A C M
8. Ventajas del producto, proceso o servicio que se desarrolla con la obtención de los resultados del proyecto.
E B A C M
9. Atractividad del mercado al que se puede acceder con el proyecto.
E B A C M
10. Análisis del nivel de competencia existente.
E B A C M
11. Requerimientos para la introducción en el mercado.
E B A C M
12. Valoración de los medios materiales disponibles y solicitados para la realización del proyecto.
E B A C M
13. Valoración sobre el volumen y estructura del presupuesto solicitado para la I & D en el proyecto.
E B A C M
14. Valoración sobre el volumen y estructura del presupuesto solicitado para la introducción de los resultados del proyecto.
E B A C M
15. Valoración del impacto económico financiero de la alternativa propuesta.
E B A C M
16. Valoración del impacto social del proyecto (condiciones de vida de los beneficiarios, cambios en la economía nacional).
E B A C M
17. Valoración o ambiental de los resultados del proyecto. (Cambios que se producirán en el entorno, positivos o negativos, y las medidas que se proponen).
E B A C M
18. Valoración del impacto en el territorio donde se introduce el resultado.
E B A C M
19. Valoración de las
actividades relacionadas con la propiedad intelectual utilizadas en la concepción
del proyecto.
E B A C M
Clasificación final del proyecto en función de los criterios de valoración del 1-19
____EXELENTE: Proyecto excepcional.
____BIEN: Proyecto bien calificado en todos sus términos.
____ACEPTABLE: Proyecto suficientemente bueno, aunque existen ciertas reservas.
____CUESTIONABLE: Proyecto solamente financiable en circunstancias excepcionales.
____MALO: Proyecto claramente no financiable
(En caso que el proyecto sea clasificado como CUESTIONABLE o MALO es imprescindible que el Evaluador explique las razones de la misma en los recuadros más adecuados o en el informe final. Puede marcarse más de una opción de las causas de rechazo o añadir otras).
Proyecto clasificado como CUESTIONABLE o MALO por:
____Falta de idoneidad del investigador.
____Falta de solvencia del equipo investigador.
____Manifiesta actitud en los datos presentados.
____Objetivos excesivos o incongruentes.
____Notable insuficiencia en la elaboración del proyecto.
____Falta de base científica en la propuesta.
____Imposibilidad de alcanzar resultados de cierta significación.
____Presupuesto desmesurado.
____Otras causas.
Valoración final.
Independientemente de la clasificación final del proyecto, se recomienda que el Evaluador emita todas aquellas sugerencias que permitan mejorar la calidad del mismo, así como los momentos críticos en los que usted considere que deba realizar una evaluación de la ejecución.
Bibliografía
| Agra, Manuel .Las normas sustantivas del A-ADPIC (TRIPS) sobre los derechos de propiedad intelectual. En Actas de Derecho Industrial y Derecho de Autor. Madrid: 1996. [s.n.] — p. 109-162. | ||||||||||
| Álvarez, William. La Propiedad Intelectuales la I+D. Su organización, reflexiones y retos actuales. II Congreso Internacional de la Propiedad Industrial. La Habana. Cuba. 2006. | ||||||||||
| Biblioteca de Consulta Microsoft, Encarta, 2006. | ||||||||||
| Decreto Ley número 203, De Marcas y Otros Signos Distintivos, de 24 de diciembre de 1999. Deroga lo relativo a marcas y otros signos distintivos en el Decreto Ley número 68, regulando las relaciones jurídicas recíprocas que se establecen en la esfera de la solicitud, tramitación, gestión administrativa, concesión, administración y observancia de los derechos de propiedad industrial sobre las marcas y otros signos distintivos. | ||||||||||
| Decreto Ley número 68, De Invenciones, Descubrimientos Científicos, Modelos industriales, Marcas y Denominaciones de Origen, de 14 de mayo de 1983.Adecua la legislación a las nuevas condiciones de la economía socialista, se introduce la figura del Certificado de Autor, así como las cuestiones relativas a los descubrimientos científicos y a la transferencia de tecnología, entre otros. | ||||||||||
| Decreto-Ley No. 14/1977 Derecho de Autor. Sobre la protección por Derecho de Autor a las obras científicas, artísticas, literarias y educacionales de carácter original. Publicado en Gaceta Oficial Ordinaria No 9 de 30 de diciembre de 1977. | ||||||||||
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Autor:
Ms.C Maytee Martínez Domínguez
Lic. Haidelyn Difurniao Grau?/b>
?ntro de Información y Gestión Tecnológica, Pinar del Río, Cuba
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