BREVE DESCRIPCIÓN DEL LENGUAJE JURÍDICO
Joaquín Garrigues Díaz-Cañabate Los juristas
vivimos de las palabras dichas o escritas. Somos vendedores de
palabras. A diferencia de otras profesiones, resolvemos el
problema con las palabras de la ley o con las palabras que nos
sirven para interpretar la ley… Al escribir o al hablar no
buscamos la belleza literaria. No aspiramos a ser oradores ni
escritores brillantes. Nos contentamos con ser hablantes que
piensan, escriben y hablan con sencillez, como
juristas…”
TECNICISMOS Conjunto de voces técnicas empleadas en el
lenguaje de un arte, de una ciencia, de un oficio, etc. El
lenguaje jurídico contiene una serie de vocablos propios
(por ser exclusivos de este lenguaje o porque en el contexto
jurídico adquieren significados particulares), muchos de
los cuales provienen del latín…
alevosía, estupro, pena, apelar, eximente, penal,
código, fallo, procesal, cómplice, hurto,
reclusión, confinar, infracción, reglamento,
considerandos, injuria, resultandos, decreto, jurisconsulto,
sanción, delincuente, jurisdicción, sancionar,
delito, jurisprudencia, secuestro, desacato, jurista, sentencia,
difamación, orden, tribunal..
CARGADO DE FÓRMULAS FIJAS El lenguaje jurídico es
arcaico y conservador y una de las manifestaciones de este
carácter es la abundancia de fórmulas
fraseológicas o léxicas. Lo negativo: que reviste
al lenguaje de un estilo monótono. Lo positivo: pueden
buscarse con rapidez las partes más importantes por su
estructura fija.
escrito de apelación, las partes, se señaló
la vista, nulidad de las actuaciones, resoluciones judiciales,
motivo de indefensión, sentencia firme, imposición
de costas, ejecución acordada, pronunciamos, mandamos y
firmamos, etc.
LÉXICO Y CONTSRUCCIONES ARCAIZANTES La mayoría de
los escritos se redactan en tercera persona. El subjuntivo y las
formas pasivas destacan sobre el indicativo y el estilo directo.
Abunda el subjuntivo futuro (hubiere, cometiere), una forma que
no se emplea ni siquiera en el lenguaje literario.
DIFICULTADES DEL LENGUAJE JURÍDICO Y ADMINISTRATIVO Por su
naturaleza conservadora, es un lenguaje cada vez más
distante. Sucesiones largas de oraciones (subordinadas, incisos,
etc.) crean ambigüedad, discordancias, oraciones sin
terminar, dificultad de la lectura…
¿Qué es una oración subordinada?
Oración simple (o proposición): palabra o conjunto
de palabras con que se expresa un sentido gramatical completo. Se
compone, al menos, por un verbo (“¡Vete!”,
“Visto para sentencia”). Juan desayuna frijoles
Es una oración que depende de la proposición
principal. Por tanto, si depende de ella, no puede aparecer por
si misma (no tiene independencia). Juan desayuna frijoles cuando
se levanta temprano
¿Qué es un inciso? Expresión que se
intercala en otra con autonomía gramatical para explicar
algo relacionado con ésta. Juan, por temporadas, desayuna
frijoles Juan, si se levanta temprano, desayuna frijoles
Un discípulo pregunta a su maestro: “Maestro,
¿puedo fumar mientras hago mis oraciones? “Por
supuesto que no; no puedes desviar la atención de tus
rezos.”
Otro discípulo, más aventajado, se acercó
días después al maestro para preguntarle:
“Maestro, ¿puedo orar mientras fumo?” El
maestro, con cara de aprobación le contesto, “Por
supuesto”. Volver
TEXTOS Cada tipo de texto presenta sus propias
características, incluso de formato de papel, a las que es
imprescindible ajustarse. Por ello es habitual encontrar
formularios ya preparados. Ejemplos: Una ley se divide en
títulos; estos, en capítulos y los capítulos
en artículos, cada uno de los cuales puede tener
párrafos numerados. Una instancia se compone de cuatro
partes bien diferenciadas por marcas formales: datos del
solicitante, exposición del caso, solicitud y despedida.
Una sentencia judicial consta de una introducción (con los
datos del juez y las partes), los antecedentes del hecho, los
fundamentos y el fallo.
Los textos jurídicos y los administrativos recurren
habitualmente a los modos de discurso argumentativo y expositivo.
El uso de uno u otro dependerá de cada tipo de texto.
Así, en una sentencia judicial es habitual la
argumentación; mientras que en una ley domina la
exposición.
En su desarrollo, surgen procedimientos discursivos comunes a
estos dos tipos de elocución: definiciones, descripciones,
ejemplificaciones…
En cuanto a la organización del contenido, pueden adoptar
el modelo inductivo, con el planteamiento general al final
(instancia, sentencia judicial) o deductivo (leyes).
Los textos jurídicos y administrativos
deberían… Evitar los términos
equívocos en aras de la claridad Resultar claros en la
exposición de los hechos y argumentos Utilizar frases
breves y sencillamente ordenadas
El ascendiente que heredase de su descendiente bienes que este
hubiese adquirido por título lucrativo de otro
ascendiente, o de un hermano, se halla obligado a reservar los
que hubiere adquirido por ministerio de la ley a favor de los
parientes que estén dentro del tercer grado y pertenezcan
a la línea de donde los bienes proceden.