Exoneraciones y elusiones tributarias – su incidencia en la caja fiscal y el desarrollo nacional (página 2)
Como reminiscencia de aquellas primeras posiciones que
concebían el Derecho Financiero como parte del Derecho
Administrativo, entendido éste como el Derecho de las
Administraciones Públicas, se considera la relación
tributario como una relación de poder, ligada, por tanto,
al Estado-Policía. Destaca la supremacía del Estado
sobre el súbdito; el Soberano dotado de potestad de
imperium no conoce límites jurídicos a sus
mandatos. Con ello las normas tributarias, lejos de ser
verdaderas normas jurídicas, son meros mandatos
disciplinarios de naturaleza semejante a las normas de
policía. De ahí puede fácilmente colegirse
la imposibilidad de entender el tributo como una relación
jurídica, pues ello supone reconocer derechos subjetivos
que son incompatibles con una posición de sujeción.
Estamos ante una relación de poder.
Teoría de la relación
jurídico-obligacional con la instauración del
Estado de Derecho, el tributo como relación de poder
carece de sentido. El sometimiento del Estado al imperio de
la ley afectará también al poder tributario.
Como reacción a la consideración de éste
como una posición de sujeción del
súbdito al soberano, aparece como una relación
jurídica obligacional similar a la que pueda surgir
entre dos sujetos de Derecho Privado. De esta forma, y en
base a esa obligación, el acreedor (la Hacienda
Pública), tiene la facultad de exigir de otra, el
deudor, una determinada prestación. La peculiaridad de
esta relación obligacional es que el contenido y la
medida de la prestación debida son fijadas
exclusivamente por la ley. Esta construcción tiene su
origen en las obras de HENSEL, NAWIASKY o
BLUMENSTEIN[18]por parte de la doctrina
alemana y de GIANINI, BERLIRI, 0 PUGLIESE en la
italiana.Teoría de la relación
jurídico-tributaria de contenido complejo. Esa
construcción cerrada era insuficiente para dar cabida
a todas aquellas relaciones con la Administración
tributario que no podían incardinarse en el concepto
propio de obligación. Surge así la
relación jurídica tributaria de contenido
complejo, cuyo núcleo esencial está constituido
por la obligación tributaria, a la que se le unen
otras obligaciones accesorias, deberes o derechos distintos
de aquélla.
Es GIANNINI quien elabora el concepto de relación
jurídica a la que califica de compleja. Por su parte,
BERLIRI pone de manifiesto el error de argumentación que
la supervaloración de la obligación tributario
supone, de manera que al colocar (ésta) en el
centro de todo el Derecho Tributario, relega a un plano
lejano, casi en el horizonte, todas las otras relaciones
jurídicas diversa de aquella". Es evidente, que esta
construcción erige como paradigma del tributo al hecho
imponible, lo que supone no sólo negar la autonomía
del resto de relaciones diferentes de la obligación
tributaria, sino también identificar ésta con
obligación pecuniaria. Se asiste, por tanto, a su culto,
por cuanto en torno a él se hace girar toda la
construcción del Derecho Tributario material. El hecho
imponible es aquél presupuesto de hecho que la norma
prevé y a cuya realización se une el nacimiento de
la obligación tributario; su función esencial se
centra en constituirse como efecto generador del tributo, o
más concretamente, de la obligación
tributaria.
Deficiencias de las anteriores construcciones.
Pertenecientes las anteriores teorías a lo que se ha
dado en llamar «perspectiva estática del
fenómeno tributario», que centran el tributo en
torno a un elemento fijo determinado por ley, les son
achacables, siguiendo al profesor RODRÍGUEZ
BEREIJO,[19] los siguientes
defectos:
La excesiva indeterminación y vaguedad del
concepto mismo de relación jurídica tributario
y de su contenido.Al centrar el estudio de la dogmática
tributario en el debito de imposta u obligación
tributaria principal, se deja en la sombra toda una serie de
situaciones jurídicas subjetivas activas y pasivas
distintas procedente de la obligación de contenido
patrimonial. Y, por consiguiente, se soslaya el estudio de
las potestades de la Administración en la
aplicación de los tributos.Por las razones antes apuntadas, el dogma de la
relación jurídica tributaria compleja no
permite construir una dogmática unitaria del
fenómeno tributario, en cuanto no sirve para explicar
todo el conjunto de poderes, deberes, obligaciones,
situaciones de sujeción que se producen como
consecuencia del ejercicio del poder de
imposición.Consecuencia de todo ello fue un cierto abandono de
los problemas administrativos o «formales» de las
relaciones tributarios, lo que condujo a la
elaboración de una dogmática de las
instituciones tributarios hecha casi exclusivamente desde
aspectos sustantivos o materiales de la obligación
tributario; que llevó a la «glorificación
del hecho imponible» como núcleo del derecho
tributario, en frase de Jarach.La visión intersubjetiva del fenómeno
tributario lleva a la construcción del concepto de
relación jurídica tributario y de la
obligación tributario sobre la base de los esquemas
del Derecho Civil, aunque configurándola como una
obligación de Derecho
Público».
El procedimiento de
imposición
Consecuencia de la insuficiencia de la tesis de la
relación jurídica obligacional de contenido
complejo para explicar la variadísima constelación
de deberes, derechos y obligaciones que pueden vincular al ente
impositor y al ciudadano, se asiste -en palabras de
RODRÍGUEZ BEREIJO– «a un desplazamiento del
énfasis de una perspectiva estática a un enfoque
dinámico del fenómeno tributario, abandonando
Progresivamente el concepto de relación obligacional de
Derecho Civil, en la que se incluían todo el conjunto de
relaciones, de la más diversa naturaleza y contenido, que
se establecen entre el Estado o ente público impositor y
los sujetos pasivos en orden a la aplicación de los
tributos». Desde esta nueva perspectiva se amplia el campo
de acción de los sujetos que se relacionan con la Hacienda
Pública, analizando las situaciones en que se encuentran
esos mismos sujetos a lo largo de diversos momentos, en las
diversas fases, por las que puede pasar la dinámica
impositiva. Ya no interesa la concepción del tributo
basado en los rígidos moldes de la obligación
crediticia generada por la realización del hecho
imponible, ni centrar su estudio en el proceso de
formación y extinción.
BASES CONSTITUCIONALES
En la Constitución de 1980 se contienen algunas
normas referentes a la tributación en Chile. Las
más importantes tienen que ver con las garantías
constitucionales:
Los tributos deben repartirse de igual manera entre
las personas, en proporción a las rentas o en la
progresión y forma que determine la ley (art. 19
nº 20).La ley no puede establecer tributos manifiestamente
desproporcionados o injustos (art. 19 nº 20).Los tributos que se recauden ingresan al patrimonio
de la Nación, sin ser destinados a un fin
específico, salvo que se trate de la defensa nacional
o del desarrollo regional o local (art. 19 nº
20).Los impuestos sólo pueden fijarse por ley de
iniciativa exclusiva del Presidente de la República
(art. 62 nº 1, en relación al 60 nº
14).
Es decir, la Constitución de 1980 ordena que los
impuestos deban ser equitativos, y que su aplicación deber
efectuarse conforme a la ley (y por tanto, no se pueden aplicar
arbitrariamente).
CONCEPTUALIZACIONES RELACIONADAS CON EL
DÉFICIT FISCAL Y SUBDESARROLLO NACIONAL
El Déficit
Fiscal[20]
El Déficit Fiscal es la diferencia que aparece
cuando los gastos presupuestados por el Gobierno Central resultan
mayores a los ingresos. Lo anterior se puede presentar por tres
razones: política fiscal expansiva (es decir, gasto
expansivo), descensos en las tasas impositivas y, por
último, una interacción de ambos. El Déficit
por sí mismo no resulta un problema de gravedad dentro de
una economía, siempre y cuando se tomen las medidas
necesarias para su control
Las implicaciones de los déficit públicos
para las economías dependen de cuál es el destino
del gasto realizado en exceso sobre los ingresos o de las
implicaciones de la administración tributaria adoptada. Si
el gasto se realiza en educación, salud, mejoras en la
infraestructura, ayudas sociales e incentivos tecnológicos
a empresas y, en conjunto, se adopta una administración
tributaria que promueva el desarrollo empresarial, es muy
probable que si el Déficit no se corrige en el mediano y
largo plazo, tenderá a disminuir al mismo tiempo que
proporcionará bienestar a los agentes económicos
bienestar.
El Déficit comienza a presentarse como un
problema cuando los gastos que se realizan no afectan al sector
real de la economía y, por lo tanto, no estimulan su
crecimiento, es decir, no inciden sobre el multiplicador del
gasto y, de esta manera, no generan crecimiento. Por otro lado,
la recaudación tributaria resulta un detonante del
Déficit cuando se observa dentro de un contexto altamente
burocratizado (gran cantidad de impuestos con
tramitologías complicadas) y de índole regresivo
(no gravando sectores económicos
dinámicos).
El concepto de déficit describe la
situación en la cual los gastos realizados por el Estado
en un determinado periodo de tiempo, normalmente un año,
superan a sus ingresos.
Cuando se habla de déficit se está
haciendo referencia al déficit del conjunto de las
administraciones públicas de un país, así
como por ejemplo si nos referimos al caso español; dentro
del déficit público se encontraría una parte
originada por el Estado, otra por las Comunidades
Autónomas y otra por los Ayuntamientos, siendo el
déficit público la suma de todas
ellas.[21]
Medida del déficit.
La medida cuantitativa del déficit presupuestario
se hace a través de la Contabilidad nacional que da la
medida más exacta de éste. El criterio que sigue la
Contabilidad Nacional es un criterio de obligaciones contraidas,
independiente de los pagos y cobros efectuados.
Para medir su importancia en una economía se
recurre al ratio que representa el déficit sobre el
Producto Interior Bruto que da una idea de la importancia y la
trascendencia de éste.
El nacimiento del déficit en los años
setenta.
La existencia de déficits de los presupuestos
públicos en los países ha sido un hecho que se
empezó a generalizar en los años siguientes a la
Crisis del petróleo de 1973. Como origen del aumento y la
persistencia del déficit público se distinguen
cuatro hechos principales:
Inmediatamente después de la crisis del
petróleo, las economías experimentaron una
fuerte desaceleración de la actividad, como
consecuencia se produjo una menor recaudación fiscal y
a la vez un aumento de los gastos sociales ligados al
desempleo. Este fenómeno conocido como el efecto de
los estabilizadores automáticos incrementó la
cuantía de los déficits.La persistencia de los déficits de
presupuesto públicos en las economías ha
provocado un aumento del endeudamiento público que ha
incrementado los tipos de interés. Todo esto ha
desembocado en que el componente de gastos de intereses por
esta deuda ha experimentado un gran aumento, contribuyendo a
su vez por si mismo a un mayor déficit.La incidencia de la inflación sobre el gasto
público. Esta influencia viene motivada por el hecho
de que los gastos públicos se adaptan con mayor
rapidez a la inflación que los ingresos.Aunque cuantitativamente menos importante,
también ha tenido un papel trascendente las
políticas fiscales discrecionales que se llevaron a
cabo sobre todo en los años setenta para luchar contra
la paralización de la actividad económica. A
partir de 1980 se cambió la estrategia optando por
políticas restrictivas desde el punto de vista
presupuestario.
JUSTIFICACIÓN
La presente investigación se justifica por que,
las exoneraciones y elusiones tributarias generan déficit
fiscal, fuerzan el incremento de la deuda externa, retrazan el
desarrollo nacional, benefician sólo a un reducido grupo
de contribuyentes y finalmente desestabilizan el presupuesto
público.
IMPORTANCIA
La presente investigación se considera importante
por que contribuirá al incremento de la recaudación
tributaria y como consecuencia al aumento en el total de ingresos
fiscales evitando el abuso en la emisión de papeles de
deuda, la reducción del déficit fiscal y el
fortalecimiento del desarrollo nacional.
Asimismo, esta investigación contribuirá a
la reducción gradual de las exoneraciones y elusiones
tributarias, con la finalidad de:
A traer inversión extranjera, potenciar al
país con nueva tecnología, generar empleo, fomentar
el desarrollo de determinadas industrias consideradas
estratégicas por el Estado, perfeccionar la
competitividad, diversificar la estructura económica, la
cual puede ser especialmente importante en países
más expuestos a la volatilidad de los precios de los
commodities; Entrenar y desarrollar el capital humano, Fomentar
el desarrollo de áreas geográficas deprimidas o que
presentan desventajas de infraestructura o atención del
Estado.
OBJETIVOS.
OBJETIVO GENERAL.
Determinar de que manera las exoneraciones y Elusiones
Tributarias inciden negativamente en la caja Fiscal y el
Desarrollo nacional.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS.
Establecer de que manera las
exoneraciones Tributarias disminuyen los ingresos a la Caja
Fiscal.Determinar de que manera las Elusiones
Tributarias generan Déficit Fiscal y sólo
favorecen a un grupo reducido de Contribuyentes.Determinar si la disminución gradual de las
exoneraciones y elusiones tributarias incrementará el
número de contribuyentes.Establecer de que manera las Exoneraciones y
Elusiones Tributarias inconstitucionales han generado mayor
pobreza el País.
Metodología
HIPÓTESIS DE LA
INVESTIGACIÓN.
Hipótesis General.
Las exoneraciones y Elusiones Tributarias inciden
negativamente en la caja Fiscal y el Desarrollo
nacional.
Hipótesis
Específicas.
Las exoneraciones Tributarias disminuyen los
ingresos a la Caja Fiscal.Las Elusiones Tributarias generan Déficit
Fiscal y solo favorecen a un grupo reducido de
Contribuyentes.La disminución gradual de las exoneraciones y
elusiones tributarias incrementará el número de
contribuyentes.Las Exoneraciones y Elusiones Tributarias
inconstitucionales han generado mayor pobreza el
País.
VARIABLES E INDICADORES DE LA
INVESTIGACIÓN.
Variable Independiente.
X. Las Exoneraciones y Elusiones
Tributarias
INDICADORES
X1. Recaudación Tributaria
X2. Tasas tributarias
X3. Caja Fiscal
Variable Dependiente.
Y. Déficit Fiscal y Subdesarrollo
Nacional
INDICADORES
Y1. Recaudación
Y2. Producto Bruto Interno
Y3. Índice de pobreza
Y4. Crisis social
TIPO Y NIVEL DE LA
INVESTIGACIÓN.
Tipo.
Este trabajo de investigación es del tipo
descriptivo y explicativo, por cuanto todos los aspectos son
teorizados, aunque sus alcances serán prácticos en
la medida que sean aplicados por el Estado
Peruano.
Nivel.
La investigación es del nivel descriptivo
explicativo, por cuanto se describirá todos los aspectos
de las exoneraciones y elusiones tributarias para poder aplicarlo
como herramienta para la buena administración de los
recursos de la caja fiscal.
MÉTODO Y DISEÑO DE LA
INVESTIGACIÓN.
Método.
En esta investigación se ha utilizado los
siguientes métodos:
Descriptivo.- Por cuanto se describirá
los alcances de las normas tributarias que establecen las
exoneraciones y elusiones para algunos
contribuyentes.Deductivo.- Será utilizado par deducir
los principios constitucionales que rigen la normatividad
tributaria del estado Peruano.Inductivo.- Para inferir la
información de la muestra en las unidades de
análisis de la investigación y de esa forma
facilitar la contrastación de la hipótesis y
demostración de los objetivos.Método Analítico.- Será
utilizado para el análisis de la información y
los indicadores tributarios en relación con su
incidencia en la caja fiscal.
Diseño.
La relación existente entre las variables, los
problemas planteados y el marco teórico diseñados,
inducen a que el presente trabajo sea descriptivo y por
Objetivos, tal como se muestra a continuación:
Donde:
OG = Objetivo General.
OE = Objetivo Específico.
CP = Conclusión Parcial.
CF = Conclusión Final.
HG = Hipótesis General.
POBLACIÓN Y MUESTRA.
Población.
Estará conformado por:
07 Miembros de la Comisión de Asuntos
Económicos y Tributarios del Congreso de la
República.
30 Funcionarios de la Superintendencia de
Administración Tributaria SUNAT
10 Funcionarios del Ministro de Economía y
Finanzas
50 Contadores Públicos Especialistas en
Tributación
50 Directivos de Gremios Empresariales
70 Decanos de las Facultades de Ciencias Contables de
las Universidades del Perú.
Muestra.
La muestra que se considerará será del
tipo no probabilística. En este tipo de muestras las
personas seleccionadas no tendrán las mismas oportunidades
de participar; por cuanto la muestra será direccionada por
el investigador, por el carácter Técnico que tiene
el tema de investigación.
En este caso la muestra será del siguiente
tamaño:
03 Miembros de la Comisión de Educación
del Congreso
05 Funcionarios de la Superintendencia de
Administración Tributaria SUNAT
05 Funcionarios del Ministro de Economía y
Finanzas
10 Contadores Públicos Especialistas en
Tributación
10 Directivos de Gremios Empresariales
10 Decanos de las Facultades de Ciencias Contables de
las Universidades del Perú.
TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE RECOLECC. DE
DATOS.
Técnicas.
Las técnicas que se utilizarán en la
investigación son las siguientes:
Entrevistas.- Esta técnica se
aplicará a las Congresistas, Funcionarios de la SUNAT,
Funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas,
Directivos de Gremios Empresariales y Contadores
Públicos Especialistas en tributación, a fin de
obtener información sobre todos los aspectos
relacionados con la investigación.Encuestas.
Análisis documental.
Instrumentos.
Los instrumentos que se utilizarán en la
investigación, están relacionados con las
técnicas antes mencionadas, del siguiente modo:
TÉCNICA | INSTRUMENTO |
ENTREVISTA | GUÍA DE ENTREVISTA |
ENCUESTA | CUESTIONARIO |
ANÁLISIS DOCUMENTAL | GUÍA DE DOCUMENTAL |
Se aplicarán las siguientes técnicas de
procesamiento de datos:
Ordenamiento y clasificación de las normas
tributariasOrdenamiento de los cuadros de
exoneracionesOrdenamiento de los cuadros de elusiones
Proceso computarizado en Word
TÍTULO : "EXONERACIONES Y ELUSIONES
TRIBUTARIAS – SU INCIDENCIA EN LA CAJA FISCAL Y EL
DESARROLLO NACIONAL. PERIODO 2011-2015".
CAPÍTULO I
PLANTEAMIENTO METODOLÓGICO
DESCRIPCIÓN DE LA REALIDAD
PROBLEMÁTICA.DELIMITACIONES DE LA
INVESTIGACIÓN.FORMULACIÓN DE PROBLEMAS EN LA
INVESTIGACIÓN.OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN.
HIPÓTESIS DE LA
INVESTIGACIÓN.VARIABLES E INDICADORES.
TIPO Y NIVEL DE INVESTIGACIÓN.
MÉTODO Y DISEÑO DE LA
INVESTIGACIÓN.POBLACIÓN Y MUESTRA.
TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE RECOLECC. DE
DATOS.JUSTIFICACIÓN E IMPORTANCIA DE LA
INVESTIGACIÓN.
CAPÍTULO II
MARCO TEÓRICO
ANTECEDENTES RELACIONADOS CON LA
INVESTIGACIÓN.RESEÑA HISTÓRICA.
BASE LEGAL.
MARCO CONCEPTUAL.
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS.
CAPÍTULO III
PRESENTACIÓN, ANÁLISIS E
INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS
SITUACIÓN ANALÍTICA SOBRE LAS
EXONERACIONES Y ELUSIONES TRIBUTARIASSITUACIÓN ANALÍTICA SOBRE
DÉFICIT FISCAL Y SUBDESARROLLO NACIONAL.INTERPRETACIÓN DE LOS RESULTADOS
OBTENIDOS.CONTRASTACIÓN Y VERIFICACIÓN DE LA
HIPÓTESIS.
CAPÍTULO IV
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
CONCLUSIONES.
Conclusión General.
Conclusiones Parciales.
RECOMENDACIONES.
BIBLIOGRAFÍA
ENTREVISTAS
1. Constitución Política del
Perú. 1993-Régimen Económico
Tributario.2. GIULIANI FONROUGE, C. M., Derecho
Financiero, De Palma, 1969.3. Gonzáles – Páramo, J.M.,
2002 – Provisión eficiente de inversión
pública financiera con impuestos
distorsinantes.4. GRADE, 2000 – Análisis de
distorsiones en comercio exterior y mercado laboral :
aplicación del Impuesto General a las Ventas e
Impuesto selectivo al consumo – Informe final
presentado al programa de apoyo a la transparencia y Reforma
en los sectores Fiscal, Social y Justicia.5. Hector B. Villegas. Los tributos como una
prestación pecuniaria6. HENSEL, NAWIASKY o BLUMENSTEIN. La
peculiariadad en una obligación tributaria.7. HINES, James – 1999, Lessons from
Behavioural Responses to international Taxatión;
National Tax Journal. Vol. 528. INDECOPI, 2000, Efectos de la Ley de la
amazonía en la Comercialización mayorista de
Combustibles en la selva; documento de trabajo N°
003-2000.9. Instituto Cuanto, 2000, Perú en
Números 2001, Escuela nacional de Niveles de Vida
2000.10. Morris, Felipe (2000), "La reforma del
sistema financiero", en "La Reforma Incompleta", Universidad
del Pacífico-IPE, 2000.11. OECD (1998), "Indirect tax treatment
of financial services and instruments". – (1996), "Tax
Expenditures: Recent Experiences". – (1995), "Taxation and
Foreign Direct Investment. The Experience of Economies in
Transition".12. PÉREZ ROYO, Fernando. Derecho
Financiero y Tributario. Parte General. Editorial Civitas.
Décima Edición. Madrid.
España.13. Pérez de Ayala Y González
García – 2001, Sujetos Tributarios.14. Ruiz Vilchez de Alonso, Liliana
(2001), "Aplicación de impuestos en el sector
financiero", Consultoria contratada por el Ministerio de
Economía y Finanzas.15. RODRIGUEZ BEREIJO, 2004. Exoneraciones
Tributarias y Caja Fiscal.16. Shah, Anwar ed. (1995), "Fiscal Incentives
for Investment and Innovation". Oxford University Press,
World Bank.17. Shome, Parthasarathi (1999), "Taxation in
Latin America: Structural Trends and Impact of
Administration"- IMF Working Paper.18. SUNAT (2007), "Marco Macroeconómico
Multianual: Gastos Tributarios 2001-2003".19. S. Surrey, 1967, Gasto
Tributario20. Intendencia Nacional de Estudios
Tributarios y Planeamiento. (2001), "Perú: Gastos
Tributarios 2000". Intendencia Nacional de Estudios
Tributarios y Planeamiento.21. Willis y Hardwick (1978), Gastos y
excepciones tributarias
LINKS EN INTERNET:
22. www.sunat.gob.pe
28. http://www.monografias.com/
29. http://es.wikipedia.org/
ENTREVISTA.
ENTREVISTA PARA MIEMBROS DE LA COMISIÓN DE
ASUNTOS ECONÓMICOS TRIBUTARIOS DEL CONGRESO DE LA
REPÚBLICA.
1. ¿Cree usted que las exoneraciones
y Elusiones Tributarias inciden negativamente en la caja
Fiscal y el Desarrollo nacional?
Respuesta:
……………………………………………………….
2. ¿Cree usted que las exoneraciones
Tributarias disminuyen los ingresos a la Caja
Fiscal?
Respuesta:
……………………………………………………….
3. ¿Cree usted que las Elusiones
Tributarias generan Déficit Fiscal y solo favorecen a
un grupo reducido de Contribuyentes?
Respuesta:
………………………………………………..
4. ¿Cree usted que la
disminución gradual de las exoneraciones y elusiones
tributarias incrementará el número de
contribuyentes?
Respuesta:
…………………………………………………
5. ¿Cree usted que las Exoneraciones
y Elusiones Tributarias inconstitucionales han generado mayor
pobreza el País?
Respuesta:
………………………………………………..
ENTREVISTA.
ENTREVISTA PARA FUNCIONARIOS DE LA SUPERINTENDENCIA
DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA – SUNAT
¿Cree usted que las exoneraciones y
Elusiones Tributarias inciden negativamente en la caja Fiscal
y el Desarrollo nacional?
Respuesta:
………………………………………………….
¿Cree usted que las exoneraciones
Tributarias disminuyen los ingresos a la Caja
Fiscal?
Respuesta:
………………………………………………
¿Cree usted que las Elusiones Tributarias
generan Déficit Fiscal y solo favorecen a un grupo
reducido de Contribuyentes?
Respuesta:
……………………………………………….
¿Cree usted que la disminución
gradual de las exoneraciones y elusiones tributarias
incrementará el número de
contribuyentes?
Respuesta:
………………………………………………….
¿Cree usted que las Exoneraciones y
Elusiones Tributarias inconstitucionales han generado mayor
pobreza el País?
Respuesta:
………………………………………………
ENTREVISTA.
ENTREVISTA PARA FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS.
¿Cree usted que las exoneraciones y
Elusiones Tributarias inciden negativamente en la caja Fiscal
y el Desarrollo nacional?
Respuesta:
………………………………………………..
¿Cree usted que las exoneraciones
Tributarias disminuyen los ingresos a la Caja
Fiscal?
Respuesta:
……………………………………………………
¿Cree usted que las Elusiones Tributarias
generan Déficit Fiscal y sólo favorecen a un
grupo reducido de Contribuyentes?
Respuesta:
………………………………………………….
¿Cree usted que la disminución
gradual de las exoneraciones y elusiones tributarias
incrementará el número de
contribuyentes?
Respuesta:
…………………………………………..
¿Cree usted que las Exoneraciones y
Elusiones Tributarias inconstitucionales han generado mayor
pobreza el País?
Respuesta:
……………………………………………………
ENTREVISTA.
ENTREVISTA PARA CONTADORES PÚBLICOS
ESPECIALISTAS EN TRIBUTACIÓN.
¿Cree usted que las exoneraciones y
Elusiones Tributarias inciden negativamente en la caja Fiscal
y el Desarrollo nacional?
Respuesta:
………………………………………………………..
¿Cree usted que las exoneraciones
Tributarias disminuyen los ingresos a la Caja
Fiscal?
Respuesta:
………………………………………………….
¿Cree usted que las Elusiones Tributarias
generan Déficit Fiscal y solo favorecen a un grupo
reducido de Contribuyentes?
Respuesta:
……………………………………………………
¿Cree usted que la disminución
gradual de las exoneraciones y elusiones tributarias
incrementará el número de
contribuyentes?
Respuesta:
……………………………………………………..
¿Cree usted que las Exoneraciones y
Elusiones Tributarias inconstitucionales han generado mayor
pobreza el País?
Respuesta:
…………………………………………………………
Autor:
DR. CPCC. Domingo Hernández
Celis
Coautora:
Esmeralda Azucena Rojas Hurtado
Equipo investigador:
Ana Aplonia Vallejos Soto
Julia Paola Hernandez-Celis Vallejos
Lourdes Kharina Hernandez Vallejos
Andrea del Rocio Hernandez Vallejos
[1] www.sunat.gob.pe, SUNAT Virtual.
[2] Shah y Toye (1978), Beneficios
tributarios.
[3] www.aempresarial.com/
[4] www.caballerobustamante.com.pe
[5] www.congresodelarepublica.gob.pe
[6] Shah y Toye (1978). Beneficios
Tributarios.
[7] www.congresodelarepublica.gob.pe
[8] Constitución Política del
Perú. 1993-Régimen Económico
Tributario.
[9] S. Surrey, 1967, Gasto Tributario
[10] Willis y Hardwick (1978), Gastos y
excepciones tributarias
[11] La OECD (1984) Gastos y excepciones
tributarias
[12] Sunat (2001), Informe final
[13] Giuliani Fonrouge. Los tributos y las
prestaciones pecuniarias.
[14] Fernando Pérez Royo. Los tributos
como una prestación pecuniaria.
[15] Hector B. Villegas. Los tributos como
una prestación pecuniaria
[16] www.bustamantecaballero.com.pe
[17] Pérez de Ayala Y González
García – 2001, Sujetos Tributarios.
[18] HENSEL, NAWIASKY o BLUMENSTEIN. La
peculiariadad en una obligación tributaria.
[19] RODRIGUEZ BEREIJO, 2004. Exoneraciones
Tributarias y Caja Fiscal.
[20] /
[21] http://es.wikipedia.org/
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