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Historia de la policía peruana en el siglo XX



Partes: 1, 2, 3, 4

  1. Introducción
  2. Antecedentes de la Policía en el siglo XIX
  3. La Policía peruana en el siglo XX
  4. Policía Nacional del Perú, nueva imagen
  5. Conclusiones
  6. Bibliografía

La formulación del presente trabajo de investigación tiene como finalidad informar al lector integrante de la policía nacional del Perú o público en general, el estudio de los hechos más relevantes producidos en la policía peruana acorde con los cambios sustanciales que presenta cada etapa de la historia peruana comprendido entre los siglos XIX – XX, periodos que de manera importante han marcado el comportamiento de la sociedad de nuestro país y de la policía peruana como institución tutelar del Estado.

Así mismo busca identificar y comprender, si las causas de las reorganizaciones policiales obedecieron a factores institucionales, políticos, sociales y/o económicos, y si estos cambios en su estructura, favorecieron su accionar en el cumplimiento de su misión en beneficio de la sociedad.

A lo largo del proceso de investigación, y pese a las limitaciones para la obtención de información, relacionada a la investigación histórica de la Policía Nacional del Perú, se han recurrido a diversas fuentes que de alguna manera sustentan el trabajo de investigación realizado. Así mismo se ha recurrido a diferentes fuentes de observación documental, orales, entre otras, que con el transcurrir del proceso investigatorio nos han ido clarificando de forma eficaz los aspectos más relevantes producidos en la historia de la policía peruana en el siglo XX. En la narración de los hechos se emplea un lenguaje sencillo directo y con diverso material gráfico que nos permite situarnos en los acontecimientos policiales más resaltantes.

En el desarrollo del primer capitulo denominado antecedentes de la policía en el siglo XIX, se explica la conformación de los primeros cuerpos policiales en el territorio peruano, abarcando la época Incaica y su posterior organización con la conquista de los españoles, a la postre se indica la conformación de los cuerpos policiales en el periodo republicano que en sus inicios formaban parte de las fuerzas armadas, así como la participación de la policía en conflictos externos como es el caso del problema en la Confederación- Perú – Boliviana y la Guerra del Pacífico.

La segunda parte denominada la policía en el siglo XX, se inicia en el año de 1919, con el periodo gubernamental del Presidente Augusto B. Leguía a quien se le considera como el gestor u organizador de la tres ex instituciones policiales (Guardia Republicana, Guardia Civil, y Policía de Investigaciones del Perú), y la creación de la Primera Escuela de Policía a cargo de la Benemérita Guardia Civil de España, asimismo la creación de la Sanidad de Gobierno y Policía, detallando además la creación de diferentes unidades policiales que fueron creándose con la finalidad de brindar mejor servicio a la sociedad.

También en este capitulo se hace mención de las actividades delincuenciales conocidas como el bandolerismo en los primeros años de la república, seguido por las capturas de sujetos más avezados tanto en la capital como en el norte peruano.

El tercer capitulo denominado Policía Nacional del Perú, una nueva imagen, se inicia en el año 1969, con el Gobierno Revolucionario de las Fuerzas Armadas a cargo del Presidente de la República General EP Juan Velasco Alvarado, considerado de mucha importancia por la promulgación de leyes orgánicas que delimitaban funciones policiales en las tres ex instituciones tutelares creando problemas internos, como deficiencias en el cumplimiento de su función a favor de la sociedad que culminó en el año de 1985 con la asunción al gobierno del Presidente Dr. Alan García Pérez, quien en el 28 de Julio de 1985, en su discurso inaugural realizado en el Congreso de Republica, señaló la situación de las fuerzas policiales en cuyo seno se habían infiltrado elementos negativos, presentando un Proyecto de Ley que da origen a la creación de las Fuerzas Policiales y posteriormente a la Policía Nacional del Perú. Etapa que no sólo presenta cambios en las estructura estatales locales sino también mundiales. Así mismo se resalta el sacrificio y valor de los héroes y mártires policiales que en el cumplimiento del deber ofrendaron sus vidas en cumplimiento de la misión.

De igual forma, se resaltan hechos importantes en la vida policial, y sin lugar a dudas se destacan las capturas de Abimael Guzmán Reinoso líder del Partido Comunista del Perú – Sendero Luminoso, y Víctor Polay Campos del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru, quienes fueron los que dirigieron diversas acciones terroristas que causaron zozobra en todo el territorio nacional con las secuelas que perduran hasta la actualidad.

Con el anhelo y la confianza de que el contenido de este trabajo de investigación, contribuya al estudio y análisis detallado de futuras exploraciones que acrecienten los conocimientos sobre la Historia de la Policía Nacional del Perú, en beneficio del personal policial y público en general.

Finalmente, agradezco a Dios por permitirme continuar con mis estudios, a la Lic. Carmen Negreiros Vera, por su valioso apoyo moral y académico, por sus observaciones y correcciones, que han contribuido a la realización de la presente investigación.

CAPÍTULO I

1. Hombre, Sociedad y Policía.

El ser humano para el logro de sus fines y poder satisfacer las necesidades de su existencia se relaciona con los demás individuos, estableciéndose de esta manera un conjunto de comunicaciones de diverso tipo. Así, al agruparse de manera natural o pactada se establece una unidad distinta en cada uno de sus individuos, con el fin de cumplir mediante la mutua cooperación, con todos o alguno de los fines de la vida, que para lograrse requieren de cierta normatividad entre sus integrantes y así puedan vivir de forma pacífica y segura.

Para que estas relaciones puedan desarrollarse de esa manera óptima, resulta necesario que existan normas y sobre todo quien haga cumplir estas normas: "La Policía", cuya función específica es hacer cumplir las leyes de un Estado. Se rige de normas de distinta naturaleza para regular la actividad humana, por un lado están las normas de carácter social, que establecen un determinado comportamiento para ser aceptado recíprocamente, y de otro lado se dan, las reglas impuestas bajo coerción por una autoridad. Pero, como la policía es una creación humana, no es una creación perfecta, estos no pueden imaginar, ni prever, todos los posibles actos y circunstancias de la conducta humana.

Como consecuencia de todo lo dicho, creo que es posible afirmar que la función policial resulta ser la herramienta más adecuada para resolver los conflictos que pudieran suscitarse en el desarrollo de las actividades sociales. Humberto Ugolotti (1963, p.103), sostuvo que: "La policía como función policial es el corolario del instinto de conservación. No basta al hombre satisfacer las necesidades materiales de la vida; es necesario también para conservarse, ejercitar actividades protectoras que lo preserven del peligro y atentados. En este sentido la función policial aparece como una actividad del hombre, en la infancia de la humanidad".[1]

Mientras tanto Luís A. Malpartida Mansilla (1998, p.12) la describe como: "La organización de funcionarios y agentes a quienes les compete la obligación de velar por la observancia de las leyes y de vigilar el mantenimiento del orden, seguridad y tranquilidad pública".[2]

2. Antecedentes policiales.

Teniendo como referencia los hechos históricos que han marcado la vida de los peruanos, y en especial por el estudio de la actividad policial en nuestro país, como en las diversas ciencias sociales, la actividad policial nació de la interacción del hombre y sus semejantes.

En América del Sur, esta actividad se desarrolla de manera más notoria desde la época incaica ya que el Inca Pachacútec, para mantener el desarrollo social del imperio, así como la armonía de sus súbditos, contaba con la participación plena y activa de los Tucuyrrycus (que todo lo ven y todo lo oyen), que tenían a cargo la supervigilancia del orden público y el cumplimiento de las leyes del Inca (Ver Figura 01).

Producida la conquista del imperio incaico, e iniciada la administración de territorios americanos por los españoles, fueron los cabildos quienes sintetizaron las funciones de los poderes públicos modernos, éstos fueron el centro de todas las actividades sociales y el motor de todos los iniciales esfuerzos en la actividad creadora de un orden nuevo. Sus múltiples y variadas atribuciones y facultades que abarcaban desde el gobierno de la ciudad y sus distritos, hasta la administración de justicia y organización de los cuerpos militares en el territorio de su jurisdicción, hicieron de los cabildos la fuente y el centro del movimiento político y administrativo de aquel entonces. La función policial aparece como una actividad comunal.

Figura 01.

Según refiere Humberto Ugolotti (1963, pp. 117-118), "Las ordenanzas de policía emanaban de los cabildos: son ellos los que nombran e invisten de autoridad a los funcionarios que con el nombre de alguaciles fueron los encargados de vigilar el orden público, velar por la prevención de los delitos y aprehensión de los delincuentes en ciudades y campos"[3]

Con los diferentes datos obtenidos sobre la policía en este periodo de tiempo donde la organización, control y funcionamiento de las autoridades policiales de la época virreinal se encontraban a cargo de autoridades civiles, en este caso los cabildos (Ver Figura 02), pero la mayor autoridad de estas organizaciones la tenían los virreyes ya que conforme se fueron sucediendo los gobiernos se les establecieron términos como "veedores" (versión española de los Tucuyricus), "guardia de alabanderos" ; quienes en diferentes turnos cumplían la misión encomendada por las autoridades locales y que igualmente no se realizaban de manera eficiente porque en la ciudad capital muchos criollos no aceptaban responsabilidades por diversos motivos como el pago de sus haberes, que en un determinado momento se tuvo que recurrir a los ingresos de la lotería pública que se realizaba en aquellos años. Jhon FISCHER, (1981, p. 204) lo describe de la siguiente manera:

La élite criolla estaba ansiosa por acertar privilegios y puestos de honor, pero menos dispuesta a asumir responsabilidades, sin embargo Escobedo preservó y bajo su constante presión se logró una mejora considerable. Después de recibir la aprobación real para el establecimiento de los alcaldes de barrio, procedió a preparar un nuevo reglamento para la policía de Lima, estableciendo alguaciles pagados con los ingresos de la lotería pública, para ayudar a los alcaldes. Más aún en un intento radical de dar una dirección central decidió nombrar a uno de los más distinguidos alcaldes de barrio José María Egaña, al nuevo cargo de teniente de policía con los honores de un regidor y un salario de 3.000 pesos al año.[4]

Posteriormente en los gobiernos de Don Gabriel de Avilés 1801-1806, se estableció un servicio de celadores nocturnos a serenos, efectuándose el primer ensayo en el barrio de Montserrat. Finalmente y en el periodo de Don José Fernando Alonso de Abascal 1806 – 1816, correspondió el aumento y el cuerpo de serenos generalizando su servicio a toda la ciudad y dictando un nuevo reglamento.

2.1. Horizontes policiales.

El Estatuto Provisorio del 08 de octubre de 1821, elaborado posterior a la proclamación de la independencia, en cuyo artículo cuatro de la sección segunda establece que se crearán reglamentos para el mejor servicio y organización de las fuerzas navales y terrestres, comprendiendo en ellos la milicia del Estado y en su artículo tres de la sección quinta señala que los presidentes (que en los departamentos serán ejecutores de las órdenes del gobierno), son los jueces de policía que velarán por la observancia de la moral pública y todo lo que tenga relación con el adelantamiento de los pueblos.[5]

Como podemos notar, en este estatuto provisorio, practicante se delimitaba la función de la policía a cargo de los jueces de policía, sin embargo sólo era "provisorio", siendo necesario tener un respaldo jurídico mucho mayor para su aplicación, es por ello que en la primera Constitución Política de 1823, en su Sección Tercera, De los Medios de Conservar el Gobierno, Capitulo II, artículo 165 correspondiente a la Fuerza Armada señala, que constituyen la fuerza armada de tierra: el Ejército de Línea, la Milicia Cívica y Guardia de Policía, así mismo en su articulo 171 y 179 aclara que el objeto de la Guardia de Policía es proteger la seguridad privada, purgando los caminos de malhechores, y persiguiendo a los delincuentes con sujeción a las ordenes de la autoridad respectiva; Habría colegios o escuelas militares. Todo militar no debía ser, sino un ciudadano armado en defensa de la República.[6]

Es claro que después de la declaratoria de independencia realizada por el libertador don José de San Martín el 28 de Julio de 1821, la calma no estaba asegurada, por un lado los enfrentamientos entre las fuerzas libertadoras y las realistas continuaban, y por el otro, los problemas internos propios de un nuevo Estado con nuevas estructuras gubernamentales generaban una actitud de desconcierto, es por ello que la actividad policial en estos primeros años de vida republicana, no tiene destacada relevancia, ya sea por la falta de organización, delimitación funcional o simplemente por que en esos momentos las fuerzas armadas tenían el control territorial contrarrestando las fuerzas realistas que aún se encontraban en nuestro territorio.

La participación de ejército en las diferentes batallas por la consolidación de la independencia de la patria era indudable, sin embargo la policía que ya se encontraba reconocida por la Constitución de 1823, no logró notoriedad en las acciones bélicas o militares realizadas en las batallas de Junín o Ayacucho, ya sea por falta de organización, recursos o naturalmente, porque la independencia total de nuestro territorio era más importante. Esto se puede corroborar en la lectura de la moderna Constitución Vitalicia realizada en el mes de diciembre 1826, para ello sólo se consideró al ejército y la armada, señalándoseles un día especial para que formadas las tropas, se publicara y leyese la moderna Constitución, presentando el juramento el jefe, los oficiales, los soldados y marinos frente a las banderas.

Figura 02.

2.2. Proyecto reglamentario para la policía de la ciudad de Bolívar y reglamentación provisional de 1826.

Consolidada la independencia nacional, el General Simón Bolívar por Decreto del 07 de Enero de 1825, creó La Guardia Nacional, así mismo, se crearon las Asambleas Regionales de la Guardia Nacional; posteriormente la Constitución Vitalicia, trasformó la Guardia Nacional en Guardia de Policía, con la finalidad de conservar el orden público en cada una de las regiones y pueblos, constituyéndose en la reserva del ejército, en virtud de que las autoridades políticas pedían que se les dote de aquellas tropas de línea para desempeñar funciones propias de la policía, adquiriendo organización y fisonomía netamente militar, siendo parte de las Fuerzas Armadas.

El 20 de Diciembre de 1826 se aprobó y ordenó su cumplimiento al "Proyecto reglamentario de policía para la ciudad de Bolívar" que en realidad era la ciudad de Trujillo, que se cambio de nombre por mandato del Congreso, restituyéndose el 13 de Julio de 1827.

El 20 de de Enero de 1827 se creo el primer reglamento provisional de policía rubricado por el Presidente del Quinto Consejo de Gobierno de la república Mariscal Don Andrés de Santa Cruz Calahumana, que es sustituido en el Gobierno por el General Orbegoso, quien decreta del 03 de Julio de 1834 el afianzamiento de la Guardia Nacional.

Como se puede advertir, la transitoriedad de las instituciones del nuevo Estado debido en algunos casos a intereses particulares como el sueño de Bolívar en crear la Confederación de los Andes; otros como la invasión del ejército nacional en Bolivia, a la que siguió la guerra con Colombia, y el derrumbe de la Confederación Perú – Boliviana, no hace más que demostrar que los intereses en este primer periodo republicano eran mayores a las actividades delincuenciales o de orden interno de la época. Teniendo en cuenta que la carrera militar representa en aquel entonces un papel preponderante que permitía ambiciones muy honorables como las de ser Presidente de la República, o pertenecer al Consejo de Estado, Ministro, parlamentario, prefecto, entre otros.

Desde los primeros 20 años de iniciada la república los intentos por organizar institucional y políticamente al Estado no habían sido del todo satisfactorias, la primera de ellas auspiciada por San Martín, con un sistema Monárquico que fracasó mucho antes de concretarse, la segunda con la formulación de la Constitución de 1823 y que se constituyó en la partida de nacimiento de la policía en el Perú, no teniendo grandes, ni significativas repercusiones como institución; continuando con la tercera Constitución que para muchos fue el trasplante de la Constitución escrita para la República de Bolivia, que fue nuevamente depuesta por la de 1828 elaborada por el Congreso Constituyente de 1827, la quinta surgió en la Convención Nacional 1833-1834 de la que surgió la constitución de 1834, y la sexta que estuvo integrada por las asamblea de Sicuani y de Huara.

2.3. Edición del moderno reglamento de policía y moralidad para Lima.

Ya en el gobierno del Gral. Mariscal Don Agustín Gamarra, donde la independencia, la unidad y la forma de gobierno eran "inalterables", se creó un nuevo reglamento de policía y moralidad para Lima, cuyo contenido en sus cuatro primeros apartados lo describe el historiador Jorge Basadre (1951, Tomo I pp. 567-568).

I. De los empleados del ramo de policía. Del Intendente; del cuerpo de serenos y vigilantes; del comandante; de los tenientes; de los cabos; de los serenos y vigilantes; de los tenientes en los distritos del campo; del tesorero. II. De la demarcación territorial y del empadronamiento. III. De la seguridad pública. De los pasaportes; de los desertores, reos y prófugos; de la inspección de cárceles y lugares de seguridad pública, de las armas prohibidas; de los vagabundos y mendigos; de la venta de pólvora; de los incendios e inundaciones; de las cosas robadas y perdidas. IV De la moral y del orden público. De los abusos contra la religión; la moral y la decencia pública; de los requisitos para mudar alojamiento; de las boticas, cafés, posadas y casas de concurrencia pública; del alumbrado público; de la seguridad y comodidad del tránsito por las calles; de las plazas y lugares de abasto públicos; de los pesos y medidas; de las diversiones públicas; del ornato; de la población, funerales, lutos y toque de campanas…[7]

Como podemos apreciar este reglamento describe las funciones que debería realizar el policía de aquella época, donde debía desplegar sus actividades de orden público y seguridad, además se incluían funciones, referidas a la salubridad, ornato y aseo público, así mismo controlaba los fondos de policía y la función diaria de los serenos en el cuidado de las calles que empezaba desde el atardecer, y se realizaba anunciando a partir de las diez de la noche en vos alta la hora e indicando si el tiempo estaba tranquilo o lluvioso. Para el mejor cumplimiento de la función de los serenos existía la prohibición de bailes y reuniones en tiendas, callejones o calles después de esta hora.

Las disposiciones del presente reglamento eran puestas en práctica por la población e inclusive nadie tenía autorización para salir de la ciudad sin pasaporte. Por otro lado, en lo relacionado al aspecto religioso las sanciones también fueron ejemplares ya que cuando se realizaban sus fiestas religiosas las actividades se paralizan por completo y su incumplimiento hacia merecedor a sanciones ejemplares. Los impresos que por inmorales e irreligiosos o contrarios al orden fueren prohibidos por las leyes o por el gobierno y sin embargo se publicasen, debían ser embargados por la policía.

Diferentes funciones de este reglamento en la actualidad pertenecen a los Gobiernos Regionales o Municipales, Ministerio de Salud, Defensa Civil, Migraciones, Beneficencias Públicas, Compañías de Bomberos, Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, entre otros. Este moderno reglamento aplicado en el gobierno del Mariscal Don Agustín Gamarra, constaba de 279 artículos y 80 adicionales, aumentando y mejorando los servicios de la policía que como hemos notados tenia un campo de acción que abarcaba diferentes aspectos que en la actualidad se encuentran a cargo de otras instituciones.

Ya con un amplio número de funciones que realizar y siendo necesaria la participación de una mayor cantidad de integrantes para mantener el orden, se creó en 1853 el escuadrón de celadores para la ciudad de Lima.

2.4. Primer gobierno del Presidente Ramón Castilla.

En el Primer gobierno del General Don Ramón Castilla, se dispone una nueva organización de la Guardia Nacional distribuyéndose reglamentos en diferentes lugares de la nación, siendo aprobados los reglamentos para la ciudad de Arequipa el 25 de abril del 1845; en Huaraz, el 05 de Enero de 1846; en Cuzco, 10 de Enero de 1846; el de Chachapoyas, el 31 de Enero de 1846; el de Puno, el 28 de Enero de 1847; el de Trujillo, el 30 de Enero de 1847; el de Cerro de Pasco, el 19 de Marzo de 1847; el del Callao, el 21 de Junio de 1847; el de Tacna, el 09 de Febrero de 1849 y el de Ayacucho en 1849;[8] no sólo estos reglamentos formaron parte de la moderna reglamentación dictada por el General Ramón Castilla, ya que en 1845 además del reglamento para la ciudad de Arequipa, también se publica la ordenanza que a continuación se describe:

El 10 de Noviembre de 1845, Castilla expidió un decreto de 07 artículos, ordenando la organización inmediata de la Guardia Nacional en todos los departamentos de la república y el funcionamiento de las asambleas llamadas a elegir a los jefes y oficiales; se creó en las provincias las subinspecciones a cargo de los prefectos y subprefectos, de quienes dependerían dichas fuerzas a fin de establecer las atribuciones de la inspección general, para informar sus operaciones y evitar todo entorpecimiento.[9]

De esta forma es como el presidente Ramón Castilla, por la necesidad de controlar y ampliar los servicios de las fuerzas del orden, emite diversos reglamentos que amplía la función policial dándole mayor campo de acción en beneficio de las localidades con mayor número de pobladores y que tenía representación del Estado ya sea por intermedio de los prefectos o subprefectos que de él dependía como presidente de la nación, estos tendrían a cargo la organización y el control directo de las actividades policiales es sus respectivas jurisdicciones.

2.5. Diversidad de comandos y cuerpos policiales.

En el gobierno del General Don Rufino Echenique 1851-1854, los problemas internos continuaron siendo la atención del presidente, el rechazo por parte de la población por la supuesta adulteración de montos y elaboración de vales falsos provocaron el rechazó popular por el cual se reiniciaron los levantamientos en busca de su destitución, que provocan una posible guerra civil motivando al general Rufino Echenique a emitir un nuevo cambio en la estructura policial. Es por ello que el 14 de abril de 1852, por la diversidad de comandos y cuerpos policiales, se crea la Gendarmería, similar a la francesa sobre la base del personal de ejército; fusionó en un solo cuerpo a todos los que ejercían funciones de policía como: vigilar permanentemente en las poblaciones el cumplimiento de las leyes, la conservación del orden público y la seguridad de la vida, la propiedad y el honor, siendo instruidos, educados y orientados lográndose establecer piquetes gendarmes a cargo de oficiales del ejército.[10]

Las primeras disposiciones sobre gendarmería armada, fueron promulgadas en 1853, estableciéndose piquetes de gendarmes a cargo de oficiales del ejército, que pasaron a formar los cuadros de estas unidades entrando en funciones 8 compañías de infantería y un regimiento de caballería con 4 escuadrones.

2.6. Nuevos criterios técnicos y selectivos.

Con un grupo de efectivos policiales más numeroso, con mayores funciones que cumplir, debido al aumento poblacional en las ciudades, y el mayor flujo comercial realizado por las explotaciones guaneras permitió el ingresos de capitales extranjeros, que como era de esperar, las actividades delincuenciales habían entrado también en aumento; en las partes habitadas de la costa como Lima, Chorrillos, Ancón, Cañete, Callao, Trujillo, existía incursiones realizadas en su mayoría por esclavos cimarrones o fugitivos, negros libres, zambos o mulatos y ocasionalmente blancos a quienes se les denominaba "MONTONEROS", que aparte de participar en diferentes fechorías, en el desarrollo de guerras civiles se identificaban con una facción, participando como vigías, exploradores, mensajeros, o como fuerzas de hostigamiento, hacían necesaria la utilización de nuevas estrategias para enfrentar de manera adecuada los problemas policiales de esa época.

2.7. Segundo gobierno del Presidente Ramón Castilla y los cambios policiales.

El interés de los gobiernos por la institución policial se ve en aumento, la participación de los mismos, va dejando huella en cada una de sus intervenciones ya que no sólo participaba activamente en el cuidado del orden interno, si no que formaba parte de la defensa del Estado, como de la integridad física de la persona del mismísimo presidente de la república, es por este motivo que nuevamente el presidente Ramón Castilla (Ver Figura 03), reorganiza esta Institución de la siguiente manera:

El 09 de agosto del 1855, en un decreto cuya parte considerativa dice: que hallándose la república en estado de paz y reducido el ejército permanente, debe reorganizarse la Guardia Nacional en todas las provincias, para que contribuyan por su parte a mantener el orden público y las instituciones; consideración, que declaró a la Guardia Nacional institución de tiempo de paz, destinada a conservar el orden público, en esta reorganización, Castilla sentó sólidos requisitos de ingreso. Las guardias nacionales estarán organizadas en la proporción que determine la ley, pero en ninguna provincia dejará de haber por lo menos un cuerpo de milicias dándole fuerza necesaria para defender la soberanía nacional, la integridad de su territorio, declarando que no estaban exceptuados de formar parte de la guardia nacional ni aún el propio presidente de la república, los miembros del congreso, ni los altos funcionario del Estado excluyendo solamente a los religiosos, a los menores de 18 años y a los mayores de 60 años, a los enfermos y los miembros del ejército y de la marina.[11]

Esta ley estableció tres secciones diferentes cuya conformaciones se encontraba dividida en tres partes: La primera con hombres entre 18 y 35 años, que constituían la Guardia Nacional Móvil, destinada a prestar servicio dentro de los límites de la provincia a la que pertenecían, excepto en los casos de guerra nacional o sedición y sólo por un periodo máximo de 06 meses; la segunda sección formada por los mayores de 35 años y menores de 50, constituían la Guardia Nacional permanente, destinada al servicio dentro de los límites del departamento, hasta por tres meses: y la tercera sección la formarían los mayores de 50 años hasta los 60 años constituyendo la Guardia Nacional sedentaria destina al servir por defecto de las anteriores sólo dentro de los límites de su localidad. El armamento y equipo eran provistos por el Estado y las unidades podían tener banda de músicos sufragados por su peculio. La Guardia Nacional constituiría pequeñas unidades de infantería caballería y artillería, sus jefes y oficiales desde la clase de coronel eran elegidos por asambleas de la Guardia Nacional, siguiendo las reglas de la ley de elecciones de la nación.

Es sorprendente el modo como el presidente de la República General don Ramón Castilla, se adelantó en 66 años a la organización que el presidente Don Augusto B. Leguía introdujo en 1921 con la venida de la misión española de la guardia civil, la cual sentó las bases de la organización actual y en algunos aspectos aquella legislación llegó a superarla. Cierto que antes de un año, una nueva disposición del 07 de Abril de 1856 modificó algunos de los principales fundamentos del trascendental decreto que comentamos, pero ello nó quito el valor al propósito de Castilla de dar al Perú una sólida y prestigiosa organización policial establecida en su segundo gobierno del año 1855.

Figura 03

2.8. Gobiernos en crisis y la Guardia Nacional en el gobierno del primer Presidente civil, Don Manuel Pardo Lavalle.

Luego de meses de negociaciones entre el gobierno peruano y español, que culminó con la firma del tratado Vivanco-Pareja, que fue fuertemente rechazado por la población, puso fin al gobierno de Antonio Pezet, encargándole la presidencia provisoria a Pedro Diez Canseco, quien pese a convocar a elecciones, fue objeto de golpe de Estado que llevó al poder a Mariano Ignacio Prado, quedando sin efecto el tratado Vivanco-Pareja, enfrentándose a la armada española en los combates de Abtao y 2 de Mayo, que culminó con el retiro de las tropas extranjeras. Estos enfrentamientos dejaron numerosos daños y más de 2000 muertos, iniciándose posteriormente las elecciones de donde resultó elegido como presidente Don Mariano Ignacio Prado encontrando una severa crisis económica, con un déficit presupuestal incontrolable, iniciándose una serie de sublevaciones que permitieron el 07 de Agosto de 1861 reorganizar la gendarmería y conformar los batallones uno y dos. En este contexto político asume el poder José Balta, que nada o poco pudo hacer ya que el mayor problema en el país se encontraba en las dificultades fiscales; el Estado peruano tenía cuantiosas deudas con gobiernos extranjeros y con los consignatarios del guano, originando una serie de sublevaciones y movimientos obreros.

En 1872 se inicia una nueva fase de la historia peruana, el apoyo del electorado y una mayoría parlamentaria encumbraron a la presidencia a don Manuel Pardo Lavalle, con lo que inauguraba el primer gobierno de un civil en el Perú, que se presentó con su propia organización e ideología, reorganizando la institución policial el 31 de Diciembre de 1873. Esta quedó dividida en la siguiente forma: guardia urbana, compuesta por los vecinos, policía de seguridad, policía preventiva y guardia civil. De los anteriores cuerpos fue conservada únicamente la gendarmería. Un reglamento de contabilidad dio las normas para la inversión de fondos de policía.[12]

El presidente Pardo, buscaba con esta nueva organización que las fuerzas del orden instruyan a la población para la defensa del orden público con una administración compartida entre los institutos armados y la ciudadanía, buscando hacer de la guardia nacional un organismo con vida, sólido, inquebrantable y honorable, con una remuneración igual al disfrutado por las fuerzas armadas quedando sujeto a las ordenanzas de éste. Cabe indicar que igualmente las fuerzas armadas habían sufrido una serie de reformas quedando reducido ha menos de tres mil hombres, que como es lógico estas reformas, habrían buscado más la estabilidad política del presidente Manuel Pardo Lavalle en el sillón presidencial en vista de ser el primer gobernante civil y no militar.

2.9. Nuevo reglamento de moralidad pública y policía correccional para Lima y su corta duración.

Como se ha indicado anteriormente, el reglamento de policía y moralidad para Lima y su provincia expedido en 1839 rigió hasta 1877, con enmiendas hechas de acuerdo con la evolución de los usos y costumbres y desarrollo urbano, cuando se pretendió aplicarlo en 1893, las fuerzas policiales ya tenían influencias con los gobiernos de turno y en algunos casos se utilizaban como medio para lograr propósitos o en su defecto para disolver los mismos, como los ocurridos en el Congreso de 1893, que aprobó un proyecto sobre registrovico que trató de evitar la intervención oficial en las elecciones y creo una junta suprema central con facultades revisoras. Así pues Valcárcel, cuya candidatura a la Presidencia de la República ya se insinuaba iba a formar parte de esa junta como Presidente de la Cámara de Diputados, el ejecutivo observó la Ley; pero el Congreso la Promulgó el 24 de Octubre de 1893. A pocos días antes de esta promulgación, se extendió la resolución legislativa del 14 de Octubre que declaró ilegal e insubsistente el reglamento de policía y moralidad pública y policía correccional, con el que a mediados de ese mismo año de 1893, había pretendido el gobierno combatir a los "eventuales" de oposición.[13]

2.10. Participación policial en la guerra de la confederación Perú -Boliviana y Guerra del Pacifico.

La fuerza policial integrada por esa época, la guardia nacional, la guardia cívica, los serenos, la gendarmería, cumplían una doble misión: el orden local en tiempo de paz y acción militar en la guerra; intervino en diferentes conflictos internos y externos como fuerza de choque, que permitió la defensa del territorio patrio en estos procesos bélicos; su actuación se realizó de manera evidente conforme se detalla a continuación:

2.10.1 Campaña en la Confederación Perú – Boliviana.

Al final de la guerra contra la confederación Perú – Bolivia, la segunda expedición restauradora que desembarca en Ancón derrota a los confederados, produciéndose la batalla de la Portada de Guía, el 21 de Agosto de 1838, entre las llamadas fuerzas restauradoras que estaban a cargo del General chileno Bulnes y las tropas de la confederación al mando del General Orbegoso entre las cuales estuvo la presencia y se batió ubicado en el Puente de Piedra y en las azoteas de los alrededores un batallón de serenos de 200 hombres.[14]

2.10.2 Campaña del Pacífico.

La más grata participación en la campaña de Tarapacá, la constituye la presencia de la tercera división del ejército del sur, a órdenes del Coronel A. Bezada, quien al morir en un accidente dejó al mando nada menos que al héroe de Arica. Pues bien, estas tropas estaban constituidas por un batallón de la Guardia Nacional y de una columna de gendarmes con un total de 560 hombres, vale decir las fuerzas policiales en su totalidad. Estas tropas tomaron parte en la acción de Pisagua, el 02 de noviembre de 1879, 240 guardias nacionales y una columna de gendarmes del puerto.

En Tarapacá, el 27 de Noviembre de 1879, la tercera división, siempre a órdenes de Coronel Francisco Bolognesi, había recibido la orden de tomar con su división las alturas opuestas a las que ocupaba el enemigo al empezar la lucha. Trabó lucha con tropas que avanzaban y se posesionaron de casas, tapias, y matorrales. Cuando se prendió fuego a unas habitaciones, salieron los enemigos de sus trincheras en fuga. Fue allí cuando el soldado Mariano de los Santos, oriundo de Urcos, arrancó con sus manos la bandera de la 2da de Línea. Pertenecía Mariano Santos a la primera compañía de Guardias de Arequipa.[15]

En la batalla de Alto Alianza los guardias civiles de Tacna estuvieron en la línea de batalla en el segundo escalón a la derecha; los gendarmes en el sector tres a la derecha junto con las demás tropas de caballería al mando del coronel Gonzáles y los guardias nacionales de Arequipa, formando la quinta división al mando del coronel Herrera, ocuparon la reservas en el centro del dispositivo. La acción de todas estas tropas fue valerosa y dejaron numerosas bajas.

Cuenta Basadre que en la campaña de Lima, los defensores de la patria fueron armados con rifles rémington donde se encontraba la guardia chalaca, la guardia civil y la columna de camareros, formando el tercer cuerpo del ejército a órdenes del Coronel Pastor Dávila, hubo una unidad de policía llamada "columna volante", integrada por cinco columnas de la guardia civil, que en la batalla de San Juan, el 13 de enero ocupó el centro del dispositivo; otra columna de la guardia civil a órdenes del comisario Negrón, fue adelantada con la misión de defender el cuello formado por los cerros Papa y Mina o Volcán. Otras dos columnas de la guardia civil permanecieron al lado de las tropas del ejército en el cerro Monterrico Chico a órdenes del coronel Velarde.

Un dato de suma importancia y que nuevamente pone en evidencia la necesidad de contar con un contingente policial en pleno desarrollo de la guerra del pacífico ya que sin medir consecuencias el presidente Francisco García Calderón, quien a pesar de encontrarnos invadidos por las fuerzas chilenas, no titubeó en expedir un decreto que buscaba organizar a la policía dotándolos de armas, según se describe a continuación Jorge Basadre:

El 25 de Junio de 1881, el presidente Francisco García Calderón dicto un decreto sobre organización de la guardia urbana en Lima. Ella debía formarse con los vecinos notables interesados en la conservación del orden público. Entre otras prescripciones este decreto ordenó que la guardia se compusiera de cinco legiones y que cada una de éstas, dividida en cuatro compañías, y dotada de dos jefes y su oficialidad, tuviese bajo su custodia uno de los cuarteles de la ciudad. Al mismo tiempo anunció que oportunamente dispondría la guardia urbana de armamento y municiones. Lynch, jefe de la ocupación chilena, estimó que el decreto olvidaba la verdadera situación de la capital peruana entregada a la dominación de los vencedores bajo el imperio de la Ley marcial y dirigió una carta privada a Gracia Calderón pidiéndole explicaciones y exigiendo la suspensión de este decreto.[16]

2.11. Desocupación de Chile y posterior incremento de las fuerzas policiales.

Los caudillos militares, a pesar de haber sido vencidos en la guerra del pacífico, fueron los únicos con la fuerza suficiente para tomar los mandos del país ejercer el poder y tomar las riendas del Estado, uno de ellos fue Miguel Iglesias, siendo el primero en gobernar el país. A pesar de no contar con el apoyo de la sociedad peruana, su gobierno inició la reconstrucción del país, entre ellas la reorganización policial. En 1884 después de la desocupación del ejército chileno, incrementó las fuerzas policiales y creó el escuadrón de caballeros para la policía rural.[17]

Inicios de la Policía en la ciudad de Piura

Las organizaciones de los cuerpos policiales a nivel nacional, tenía mayor importancia en las ciudades con más cantidad de habitantes, en Piura, esta empezó a formarse después de la Guerra con Chile en el año de 1884.

El cuidado personal o la necesidad de mantener a buen recaudo los bienes acechados por los ladrones armados, permitió que la autoridad prefectural iniciara la organización de un cuerpo policial según lo describe la Historia de Piura:

Hasta 1884 no existía la policía urbana. Ante cualquier acto violento que rompiera la paz y la tranquilidad del pueblo piurano, los vecinos tenían que defenderse por si mismos. Para ello la población podía portar armas sin permiso previo ni licencia alguna. Cuando asumió la prefectura don Fernando Seminario y Echeandía, se planteó la necesidad de organizar una guardia o policía urbana. Fue él quien organizó a los vecinos con estrategias militares para que pudieran vencer o desterrar a los ladrones de la ciudad sólo en caso de necesidad urgente. El 9 de Enero de 1886 se formó una guardia urbana a iniciativa del prefecto Augusto Vegas. Esta guardia estuvo conformada por vecinos de Piura, que sin ser militares, se comprometieron a custodiar la ciudad. Se nombró a don Roberto Temple como el Primer jefe y a don Federico Borneman como segundo jefe[18]

Partes: 1, 2, 3, 4

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