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Sociología criminal y violencia (página 2)



Partes: 1, 2

c) Teoría socialista: muestra las estrechas relaciones entre la delincuencia y la desigualdad de las condiciones económicas, representada por Napoleone Colajanni [1847-1921], René Worms [1869-1926], Felice Battaglia [1902-1977], y Mieczyslaw Rakowski [1926-2008]

La Sociología Criminal, como orientadora de la lucha de la sociedad contra el crimen, concreta sus conclusiones en la necesidad de atacar las causas generales que favorecen su desarrollo, mediante métodos de política social preventiva, a los que Ferri llamó substitutivos penales como medios de prevención social, y que deben comprender toda una serie de medidas de orden económico, político, administrativo, educativo y doméstico, que puestas en práctica por los gobiernos conducirían a disminuir y atenuar el porcentaje y la virulencia de la conducta sociopática y de los hechos delictivos.3

La sociopatía, llamada también anomia o relajamiento moral, es el trastorno de la personalidad antisocial o cuadro de patología social, cuya característica peculiar se da en el individuo que, indiferente a las normas sociales y a las leyes, es incapaz de adaptarse a ellas; se substrae al respeto de los derechos individuales complaciéndose en conculcarlos, y en agredir física o moralmente a los demás, por su misma estructura anética.4

La violencia como expresión de la anomia se interpreta jurídicamente, unas veces, en el sentido de fuerza física que se ejerce sobre un sujeto o sobre una cosa; otras, en el de coacción moral respecto de una persona.

牮1 Antropología cultural y social

La Antropología cultural sostiene que el hombre no es, sino que adviene en cuanto intuye los valores y los realiza. En este sentido plantea que es ciudadano de dos mundos: el de la Naturaleza y el de la cultura. Para la Antropología social, el ser humano nace como una unidad tenebrosa y por naturaleza se siente atraído por el mal. Empero, en el decurso de su vida, y a través de la educación familiar y de las Ciencias Pedagógicas, se va adaptando, y va conociendo y cultivando los valores y principios éticos [homo educandus], que le permitirán ser aceptado e instalado en el grupo social.5 Este aserto encuentra su confirmación en los Libros Santos al sostener éstos que el hombre viene al mundo con el malhadado sello del pecado original.6

El hombre, en estado natural, carente de dimensión axiológica como objetivo cultural [estimativa jurídica], obedece solo a inmanentes impulsos instintivos de supervivencia mediante la agresión y destrucción, que se encuentran no solo en el continente humano llamado entorno social, sino también en el contenido existencial de su complejo mundo interno, llamado dintorno individual. Grave peligro que va creciendo en una sociedad consumista, hedonista y alienante que enseña desde la infancia, que las metas se logran a través de una egoísta y despiadada competencia

牮2 La violencia en la historia

La violencia ha acompañado a la humanidad durante todo el trayecto de su existencia. Desde tiempo inmemorial, ha tenido predominancia cósmica, y jamás el hombre ha podido remontarla, porque no ha sabido sustraerse a la fuerza arrolladora de las pasiones subalternas, connaturales a la esencia misma del ser humano. El hombre, necesitado de la paz, trató de conjurar el despotismo, la tiranía, el abuso y el sometimiento, creando la cultura y con ella la Pedagogía y el Derecho, procurando conseguir un remanso en su existencia a través del diálogo, la conciliación que ponga fin a los conflictos de intereses; y la sana convivencia, que permitan a sus hijos edificar un destino promisorio.

Cada época histórica se ha movido ante peculiares y generales formas de violencia. La humanidad siempre ha presenciado el macabro espectáculo de exterminios masivos, execrables delitos de sangre, y toda suerte de conductas antisociales reprobadas por el Derecho, la sensibilidad y la moral pública. Así, la alegoría escriturística que se encuentra pletórica de actos de violencia, nos alerta de crímenes abominables como el de Caín, asesino de su hermano Abel; narra con un lenguaje frio y cruel el exterminio de pueblos enteros, incluyendo mujeres, niños lactantes, y hasta de animales; el descuartizamiento de los rivales, de naciones que se arremetían unas a otras con inverosímil ferocidad, sumiendo a la humanidad en total desolación y espanto, no quedando en los corazones más que una sensación de trémulo pavor.7

Todas las naciones del mundo han escrito con sangre su historia, y pueden dar cuenta de los niveles paroxismales a que llegaba la violencia en todo orden de cosas. Estados, pueblos, comarcas, tribus han tenido siempre una confrontación con la locura. Se han debatido en permanente bellum erga omnes [guerra de todos contra todos], engendrada por los latentes instintos primitivos de agresión y de dominio.

Roma, China, Japón, entre muchos otros imperios, practicaron formas graves de violencia en un grado de máxima barbarie: tiranía absoluta y abuso de poder, asesinatos colectivos, incursiones bélicas y saqueos, esclavitud, recreación pública de las hordas con la tortura y martirio de cristianos y opositores al régimen que se daban en los monumentos a la muerte llamados anfiteatros; y penas infamantes y aberrantes que hoy constituyen tan solo un recuerdo de la época bárbara del Derecho Penal. El déspota mantenía en un plano de indignidad el bien común, estructurándolo como un sistema de opresión.

Ni que decir de los abominables actos practicados por el Tribunal eclesiástico de la Inquisición pontificia -que convirtió a la Iglesia Católica en una organización terrorista internacional- establecida para inquirir y castigar los delitos contra la fe a través de los tormentos de cuerda y de garrucha; así como la eliminación de infieles y herejes en el garrote y la hoguera, que durante siglos fueron asunto cotidiano.

La humanidad presenció en el siglo próximo pasado, el cruento escenario de dos conflagraciones mundiales que dejaron un saldo de 70 millones de muertos y más de 100 millones de mutilados y heridos, víctimas de las armas de destrucción masiva, cuyos efectos deletéreos alcanzaron además a las generaciones posteriores.

Juristas de la talla de los doctores Mahatma Gandhi [1869-1948] y Nelson Mandela [1918], y del sociólogo y pastor Martin Luther King [1929-1968], todos premios Nobel de la Paz y destacados paradigmas en la defensa de los derechos humanos, fueron víctimas de la violencia organizada.

牮3 La violencia en nuestros días

La realidad en el mundo actual, exhibe un nivel de descomposición moral asombroso. Importa poco la vida de la gente. Y toda transgresión promete finalmente un horizonte de impunidad y olvido. Nadie es responsable de nada.8

Algo se pierde para siempre en sociedades donde la solidaridad y el respeto por el otro dejan de importar como valores; donde la justicia solo existe y es posible para el que se viste de rojo; donde un estudiante puede imaginar que un problema personal se resuelve prendiéndole fuego a su compañero de clase. Somos, finalmente, lo que dejamos que otros sean.9

Los grandes desarrollos de la ciencia y la técnica han conferido enorme poder al género humano que ha hecho de ellas una ley de la civilización. Sin embargo, la falta de un adecuado control de Estado y de la familia sobre las mismas, ha provocado una metamorfosis nociva en la estructura de la personalidad individual y colectiva, y lamentablemente a veces resulta imposible revertir sus efectos nefastos sobre la sociedad.

La violencia germina casi siempre en el seno de la familia y se proyecta a la vida social. En nuestros días, es un lugar común asumir que nuestra realidad se caracteriza por una violencia extrema. Sus factores etiológicos y condicionantes, más conocidos, son la televisión y el internet, de cuya funesta influencia nos hacemos cargo hoy.

La familia, muchas veces, trata de evitar que sus integrantes presencien acontecimientos públicos violentos, pero de poco o nada le sirve si en el hogar se complace con las armas de juguete de los niños; si acude con ellos a las faenas taurinas que los hacen sufrir trastornos psicológicos; y, si no es capaz de controlar la presencia de espectáculos degradantes en el televisor o en la computadora de su hogar. El niño que mira programas violentos en la televisión, demuestra más agresividad que el que carece de receptor. El insano escenario que se vuelve cotidiano, lo deprime, enerva sus sentidos, y arrebata su candor infantil, desviando su solidaria formación educativa hacia móviles egoístas y agresivos.

Del mismo modo, la complaciente tolerancia hacia los hijos en el ingreso a las maravillas del internet, les abre también ancha puerta a un mundo anómico y decadente. Así, los menores pueden acceder fácilmente a más de cuatro mil millones de páginas, sitios, dominios, y redes sociales* saturados de violencia: pornografía, venta de sustancias controladas, chamanismo, contacto con personas de suplantada identidad -que usan esta vía con fines de extremada perversidad- y otras informaciones aberrantes que alteran su equilibrio emocional, arrancan de raíz la pureza del corazón infantil, y producen la pérdida de su capacidad de relación.

Este irresponsable descontrol social, entre otros males, ha sido causante de la proliferación explosiva del fanático pandillerismo deportivo, alcoholismo, drogadicción, y deserción escolar; así como sicariato, trata de blancas, abuso infantil, marginación y exclusión social, y delitos contra la propiedad intelectual.

El mundo entero mira consternado y lleno de estupor, la creciente espiral de violencia irracional de nuestros días, que se trasunta en los más increíbles actos de ferocidad. En Latinoamérica han insurgido movimientos internacionales terroristas asociados con organizaciones criminales que se dedican al tráfico ilegal de sustancias estupefacientes. Países como México, Colombia y Perú pueden dar cuenta del alto grado de criminalidad organizada, compuesta muchas veces por sus mismas fuerzas del orden; motivo por el cual, su desarticulación resulta hasta hoy, una tarea inoperante para los Estados que la padecen. En los demás continentes, la violencia deja sentir su destrucción a través un sinnúmero de terribles atentados de toda índole perpetrados por movimientos independentistas, fundamentalistas nihilistas, y del apartheid.

牮4 La violencia de Estado

Cuando un gobierno utiliza la ley y sus órganos oficiales para la perpetración de disvalores o irregularidades administrativas, cuando su quehacer no se encamina hacia el logro del bien común, y es indiferente al sufrimiento de su nación; está ejerciendo violencia contra la vida, la seguridad y los derechos individuales de sus súbditos, quienes ven en su poder el adversario natural del pueblo.10

La violencia de Estado siempre estuvo definida como la práctica de dominación y represión política y de manipulación social, a través de la tortura, ejecuciones extrajudiciales sumarias, desaparición forzada de personas, homicidios arbitrarios, tratos crueles y degradantes; corrupción administrativa, prensa amordazada, deterioro ecológico por daño ambiental, poder judicial genuflexo y obsecuente al partido gobernante; arrollador ataque contra los organismos que defienden a los derechos humanos, y demás amedrentamientos masivos en el proceso de imposición de un inconsulto y arbitrario modelo político.

Y como si esto fuera poco -que no lo es- la violencia de Estado se expresa también a través de la omisión de sus deberes para con las emergentes demandas de la subditancia colectiva: absoluta indiferencia a la precaria salud de la familia en extrema pobreza; analfabetismo, desamparo de la gestante, mortinatalidad; desnutrición, mendicidad y abandono infantil**, y otras desdichas que son indicadores inequívocos del abuso de poder; mientras que el mandatario -o mejor el mandante- ostenta al mundo su regalada vida luciendo con orgullo una obesidad convincente y jactanciosa.

La agresión oficial contra la clase menesterosa y más necesitada no queda allí. Repugna a la conciencia humana ver en parajes adyacentes a los suburbios y asentamientos humanos pauperizados, donde la familia sufre consunción por hambre crónica, que existen instalados enormes carteles de neón con el mensaje Tome Coca Cola. Somos testigos de excepción del trabajo infantil en la vía pública, en horas en que la niñez debe encontrarse en el aula escolar; de la madre con su hijo lactante que, en medio de su marasmo, vive de la caridad en calles y plazas; y la lista puede alargarse mucho más.

II. DERECHO PENAL Y VIOLENCIA

En el orden penal, la violencia es constitutiva de ciertos delitos contra las personas, como el homicidio, aborto, lesiones, extorsión, difamación, injuria y calumnia; es cualificativa de otros delitos contra la propiedad, como el robo o la usurpación; y es atenuante o agravante en otros varios.

El Derecho denomina coacción, al delito consistente en la violencia física o moral que una persona ejerce sobre otra sin autoridad, título ni razón legítima para ello, para precisarla a hacer lo que no quiere, o impedirla a cumplir un deber, o lo que desea hacer, dentro de su esfera propia y autónoma.

II.1 Violencia material o física

Propia de los delitos criminales. Su consecuencia es el daño. El Derecho Penal denomina fuerza irresistible a la comisión de un acto delictivo, cuando el agente se ve constreñido por una fuerza física superior a la propia, e invencible. Se estima en la moderna doctrina como un caso de ausencia de acción y, prevista o no expresamente en los textos legales, obra siempre como causa excluyente de responsabilidad ante la justicia penal.

Los casos de delitos cometidos bajo el imperio de violencia material o física [vis absoluta], son extremadamente raros. Por lo que se refiere a los delitos de acción, no se comprende la ventaja que puede encontrar aquel que quiere cometer un delito, en obligar físicamente a otro a obrar en su lugar, ya que su responsabilidad permanece intacta y aun agravada. Más frecuente es que esta circunstancia se dé en los delitos de comisión por omisión, pues puede verse utilidad en impedir a alguien que actúe en un sentido determinado, cuando la ley le impone una acción y pena la inactividad.

La irresponsabilidad penal que alcanza a quienes actúan movidos por una fuerza irresistible, ampara por igual a los que se hallaren sometidos a sugestión hipnótica, o bajo los efectos de sustancias psicoactivas controladas.

Así también, la comisión de un acto delictivo a impulsos del miedo insuperable, llamado también temor invencible, constituye una causa excluyente de la responsabilidad criminal, que en forma expresa o tácita recogen todas las legislaciones penales vigentes. Ya las Partidas de Alfonso X de Castilla el Sabio [1252-1284] declararon que la voluntad no es libre cuando gravita sobre ella el miedo de muerte o de tormento de cuerpo o de perdimiento de miembro. Las condiciones impuestas por la mayoría de los tratadistas para que esta causa de exclusión de la responsabilidad criminal sea tomada en cuenta son:

a) que el mal que amenaza sea grave, cierto, actual e inminente, sin que quepa otro medio racional de evitarlo que la conducta criminosa; y,

b) que dicho mal sea injusto, esto es, no legalmente conminado.

II.1 Violencia moral o crueldad mental

Propia de los delitos correccionales. Su consecuencia es el perjuicio, llamado también mortificación por la doctrina jurídica. Tres clases de delitos contra el honor pueden ser establecidos y delimitados; ellos son: injuria, difamación y calumnia. Todos tienen de común, el hecho de contener un ataque que se profiere públicamente contra el valor inestimable de la honra -bien jurídico al que la Constitución y la Ley deben protección- prevista en el ordenamiento penal y la Ley de Prensa que los sanciona.

El honor tiene rango de derecho fundamental. Ergo, es un derecho inviolable, obligatorio, inalienable e irrenunciable a la protección legal que el Estado le asigna. Está amparado por todos los sistemas jurídicos del mundo, y las normas de todas las naciones civilizadas. Su debido respeto constituye un límite al ejercicio de la libertad de expresión; en tanto que su quebrantamiento no solamente lesiona a la persona sino a las leyes del Estado y al orden jurídico.

La comisión de los delitos contra el honor -perpetrados generalmente a través de los poderes mediáticos– pone en evidencia una de las más abyectas y abusivas formas de crueldad mental, que ataca directamente la dignidad de la persona, causando descrédito y muchas veces irreparables perjuicios al nombre, prestigio, reputación, honradez, honra, imagen personal y otros valores éticos fundamentales protegidos por los derechos humanos, y elevados a rango constitucional por todas las Cartas fundamentales americanas y de ultramar.

Marco normativo:

Declaración Universal de los Derechos Humanos [1948]: 缥m>12

Convención Europea de los Derechos Humanos [1953]: 缥m>8.1

Convención Americana de los Derechos Humanos [1969]: 缥m>11.1.2.3 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos [1966]: 缥m>17.1

Carta Africana sobre Derechos Humanos y de los pueblos [1981]: 缥m>4, 5

Carta Asiática de los Derechos Humanos [1998]: 缥m>2.2

Algunas Constituciones:

Francia [1958]: 缥m>Preámbulo. Ab initio. Argentina [1994]:缥m>75.22

Noruega [1814]: 缥m>110.c Chile [1980]: 缥m>19.4

Bulgaria [1991]: 缥m>32.1 Brasil [1988]: 缥m>2.10

Alemania [1949]: 缥m>1.1 Colombia [1991]: 缥m>15

España [1978]: 缥m>18.1 Uruguay [2004]: 缥m>7

Bélgica [1831]: 缥m>22 Paraguay [1992] 缥m>4

Japón [1946]: 缥m>13 Perú: [1993]: 缥m>2.7

Los delitos contra el honor revisten mayor gravedad cuando se efectuaren o propagaren por escrito y con publicidad, pues en estos casos es mayor la difusión de la ofensa y más grave el perjuicio sufrido en su honor por el agraviado.11 Hasta hace tres lustros, estos eventos eran perpetrados casi siempre a través de la prensa escrita, radial o televisada. Empero, con la aparición de los medios digitales y telemáticos, contenidos en el mundo del internet, se ha contribuido a dar una difusión increíble a todo tipo de imposturas e ignominias que ya no solo anidan en la imaginación del malhechor -encubierto en la anonimia- sino en la desiderata de los contrarios que, en aras de su mediocridad, se regodean con la infamia. Es el caro precio que paga la humanidad por los adelantos de la ciencia y la tecnología.

Allí está presente en el internet el juez probo y erudito, transformado por el perdidoso litigante en funcionario incapaz, prevaricador y venal. La inocente ama de casa y madre de familia, convertida por el despechado bribón en mujer liviana y de vida muelle. El honesto e ilustrado profesor, tornado en impúdico acosador por su alumna de escaso intelecto que no aprobó la asignatura. El periodista que se resiste a la mordaza, hecho cuartos por la prensa oportunista que vive del favor oficial. Y todas las víctimas, expuestas ante millones de personas quienes, sin reparar en la fría impiedad de los gratuitos y estereotipados acusadores, y sin contrastar la veracidad de su impostura y el carácter delictivo de sus perversas intrigas, admiten a veces, como verdad, la política del gatillo fácil que procede del muladar; sin sospechar siquiera que en algún momento, pueden también llegar a ser víctimas de su diabólico engranaje.

Los delitos contra el honor -también denominados crímenes contra el alma humana– perpetrados a través de los medios digitales, quedan casi siempre en la impunidad y si acaso el autor fuera descubierto, no existiría pena capaz de saldarlos. La majestad punitiva del Derecho Penal, resulta impotente para aplicar su poder sancionador contra el más criminal atentado que acomete al patrimonio espiritual del ser humano.

III. DERECHO CIVIL Y VIOLENCIA

En el orden civil, cuando el miedo es grave e injustamente causado por una parte, anula las convenciones o contratos. La violencia indica siempre un vicio fundamental que anula e invalida el acto jurídico realizado bajo su acción, y se cataloga entre los llamados vicios del consentimiento. En tal concepto, el Derecho Civil determina que hay violencia cuando para arrancar el consentimiento se emplea la fuerza irresistible.

El ordenamiento civil denomina intimidación a la coacción moral y, concretando su efecto a los contratos, dice que concurre, cuando se inspira a uno de los contratantes el temor, racional y fundado, de sufrir un mal inminente y grave, en su persona y bienes o en la persona y bienes de su cónyuge, descendientes o ascendientes.

El principio de la ilicitud de los hechos cometidos excediéndose en el ejercicio de un derecho, denominado abuso del derecho, ha sido recogido por la mayor parte de las legislaciones modernas y especialmente por las civiles alemana y suiza.

En la antigua concepción individualista, se permitía al propietario que hiciera todo lo que no estuviera prohibido por la ley, y como los actos de emulación, de inmisión, y la facultad de exclusión no lo estaban, podía realizarlos aun cuando fueran contrarios a la moral. Modernamente, la teoría llamada del abuso del derecho, que encierra en sí una limitación del derecho subjetivo, se ha abierto paso y se reconoce, en general, la no existencia de derechos absolutos.

IV. EL FIN DEL DERECHO ES LA PAZ

El Derecho, como la Moral y la Política -entendida en el sentido noble del término- orienta la conducta humana, no hacia aquello que es, sino hacia un debe ser; la dirige hacia los fines de libertad, paz y justicia.

Los fines del Derecho tienen una doble significación: como principios inmanentes al orden jurídico que dirigen su elaboración y se incorporan en normas e instituciones; y como ideales trascendentes o externos que representan su permanente aspiración.

El bien común y la seguridad jurídica son los fines del Derecho, que fusionados dan como resultado la paz social. El bien común es un ideal que mantiene a la sociedad en una permanente tensión hacia el porvenir.12 Nacido de la obra constante y conjunta de todos los integrantes de la sociedad, el bien común vuelve hacia aquellos, se desborda sobre sus vidas, y se redistribuye entre sus personas para ayudar a su perfeccionamiento integral.13 La seguridad jurídica, en tanto, es el principio de justificación de la existencia del Estado que garantiza la observancia de las leyes y los mandatos de la autoridad; permitiendo que la sociedad se mueva en iguales condiciones de libertad y autonomía, a fin de realizar sus propósitos de vida.14

La paz, excelsa institución jurídica, es el sumo bien, la aspiración más grande del hombre en todos los tiempos y en todos los confines del planeta. Las naciones y los pueblos, solo conocen su preciado valor cuando han vivido en medio de la violencia y la agresión. El constante fracaso de los esfuerzos para su logro, la ha convertido en una utopía y, cuando la humanidad alguna vez la vislumbró, se tornó en un final inconcluso. Como consecuencia de una sincera devoción a este valor, solo la fe ha sido capaz de mantener al hombre en su incesante y fatigosa búsqueda del desarme mundial.

A despecho del maquiavélico iconoclasta que ve la paz como un atributo inferior y como una finalidad sin valor, esta institución es el auténtico debe ser del Derecho pues se identifica con la verdad moral del individuo y con la armonía social de la vida en común.

Para que la paz llegue a ser ecuménica, deberá previamente cultivarse en los corazones de cada uno, hasta llegar a alcanzar su nivel eudemónico. La paz es y será por siempre la esfera luminosa interior, que con su poder palingenésico, se irradiará a todas las naciones del mundo, y como soberana fuente de armonía universal, dará a los pueblos la verdadera y ansiada felicidad; el sueño más acariciado de todos aquellos que depositamos nuestra fe en el Bien Supremo.15

Entonces, considerando que si la violencia equivale a destrucción -con la que todos estamos involucrados emocionalmente- nuestro continuo afán será establecer, ordenar y perfeccionar una pacífica existencia individual; porque la vida es preocupación y no indiferencia; es un constante quehacer, una permanente labor de construcción.

Soy un convencido, que la solución del problema de la violencia en el mundo, la mayor prueba que podremos aducir para fundamentar nuestra pretensión de haber alcanzado, en verdad, la civilización.

Para cuando el hombre conciba la vida como una continuidad creadora, la Sociología Criminal podrá batirse en retirada porque la violencia, que es la razón de su existir, habrá sido desterrada para siempre jamás de la faz de la tierra.

BIBLIOGRAFÍA

1. MOLTÓ, Ezequiel:

2005 Artículo periodístico La dialéctica de la violencia en el Diario El País. Edición del 21 de febrero. Alicante-Valencia-España.

2. Cfr. SAAVEDRA-CASTILLO, Alfredo:

2004 Violencia y salud mental. Artículo en la Revista Acta Médica Peruana. Lima Perú. Ed. Mad Corp S.A. Volumen XXI, Nº I. Setiembre 2004, págs. 39-50

3. SOLÍS ESPINOZA, Alejandro:

1997 Criminología. Panorama contemporáneo. Lima-Perú. Ed. Grijley. Tercera edición, págs. 121-168, pág. 115

4. GUTIÉRREZ FERREIRA, Carlos:

1996 Psiquiatría forense. Trujillo-Perú. Ed. Marsol

S.A., pág.115

5. SILVA SANTISTEBAN, Fernando:

1998 Antropología. Lima – Perú. Ed. Fondo de Desarrollo Cultural de la Universidad de Lima. Cuarta edición, págs. 175-209

BEALS, Ralfh & HOIJER, Harry:

1981 Antropología. Madrid – España. Ed. Aguilar. Traducción de Juan Martín Ruiz Werner y Juan García-Puente. Tercera edición, págs. 131-137

SIMPSON, George:

1964 El hombre en la sociedad. Buenos Aires-Argentina. Traducción de Isabel Gelin. Ed. Paidos, págs. 71-77

6. Sagradas Escrituras:

Cfr. Génesis, 2.17; 3.19

Cfr. Libro de la Sabiduría, 2.24

Cfr. Epístola a los Corintios, I. 15.21

Cfr. Epístola a los Romanos: 5.12-14; 5.18-19

Cfr. Mateo: 7.10

Cfr. Juan: 8.44

7. VILLEY, Michel:

1981 Compendio de Filosofía del Derecho. Barañain, Pamplona-España. Ed. Ediciones Universidad de Navarra. Tomo I, pág. 119

Sagradas Escrituras:

Génesis, 4.1-16

Josué, 6.21; 7.25

Amós, 3.15

Job, 40.11-12

Samuel, 15.33; 16

* Estudios hechos por la empresa norteamericana Cyveillance. Informa además que cada día se cuelgan en el Internet más de siete millones de páginas en el mundo.

8. TAGLIAVINI, Alejandro:

2010 Artículo periodístico Lo que esconden esos ojos en el Diario Nuevo Norte. Edición del 9 de marzo. Trujillo-Perú.

9. Ibídem

10. IHERING, Rudolf von:

1957 La lucha por el Derecho. Puebla-México. Traducción de Diego A. de Santillán. Ed. José M. Cajica Jr., pág. 113

** Según datos oficiales de la O.N.U. para Iberoamérica [2006]:

47 millones viven en la pobreza.

11 millones en la miseria.

85 millones carecen de acceso al agua potable.

52 millones sufren desnutrición.

34 millones son analfabetos.

100 millones no concluyeron la educación básica.

El 25 % de las mujeres son madres antes de los 20 años.

11. CUELLO CALÓN, Eugenio:

1982 Derecho Penal. Barcelona-España. Ed. Bosch. Tomo II, pág. 709

12. GUZMÁN VALDIVIA, Isaac:

1947 Para una metafísica social. México D.F.-México. Ed. Jus S.A., pág. 135

13. Ibíd.: pág. 142

14. LE FUR, DELOS, REDBRUCH, CARLYLE:

1958 Los fines del Derecho. México D.F.-México. Traducción de Daniel Kuri Breña. Ed. Imprenta Universitaria-UNAM. Segunda Edición, pág. 45

15. Sagradas Escrituras:

Mateo: 5.9

Juan: 14.27

 

 

Autor:

Dr. Alejandro Cruzado Balcázar

Trujillo -Perú- febrero 2.2010

Partes: 1, 2
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