- Introducción
- La
Fuerza Armada Nacional Bolivariana - Misión y Visión de la Fuerza
Armada Nacional Bolivariana - Funciones de la Fuerza Armada Nacional
Bolivariana - Organización y Mando
- Componentes
- Ejército Nacional
- Armada
Nacional - Aviación Militar
- Guardia Nacional
- Milicia Nacional
- Conclusión
- Anexos
Introducción.
Es evidente la importancia histórica que
ha adquirido la creación de cuerpos armados para la
protección y defensa de las naciones y los Estados.
También hay que reconocer que históricamente los
hombres se han preocupado porque ese grupo de hombres armados no
se salga de su papel de proteger a la sociedad y abuse de su
poder. Platón, en su obra política
más importante «La República»,
señalaba:
«No habría cosa más triste ni
más vergonzosa para los pastores que el alimentar, para la
guarda de sus rebaños, perros, cuya intemperancia, hambre
o cualquier apetito desordenado les arrastrara a dañar a
los ganados que se les ha confiado, y que, en lugar de perros,
fuesen más bien lobos. Procuremos, pues, a todo trance,
que nuestros guerreros no hagan lo mismo respecto a sus
conciudadanos, tanto más cuanto que tienen en sus manos la
fuerza, y que en lugar de ser defensores y protectores, pueden
convertirse en sus dueños y tiranos.» (Obra citada
por Benjamín Rattenbach, 1959)
Esta preocupación sigue
existiendo desde los albores de la historia hasta la época
presente, y continuará persistiendo mientras exista la
presencia de grupos armados en el seno de una sociedad desarmada,
evidentemente que ello engendra peligrosos riesgos, entre los
más importantes podemos señalar los
siguientes:
a) Que la institución armada le sirva a los
intereses de un determinado sector y le imponga tales intereses
al resto de la sociedad.
b) Que la institución armada se apodere
directamente de la sociedad e imponga sus intereses, utilizando
para ello las armas que la sociedad le entregó para su
protección y defensa ante un enemigo exterior
Las sociedades demandan también de la congruencia
entre las normas jurídicas y «la conciencia
moral» para el logro de su estabilidad y
consolidación. Si existe una sociedad con aspiraciones
democráticas, pero su ejército discrepa
intensamente de las Leyes y Decretos que el poder político
democráticamente elegido promulga, la vida de esa
democracia, la convivencia y la paz peligran, aunque la
discrepancia se concrete en un sector significativo de dicho
ejército. Esas discrepancias entre el poder militar y el
poder político genera altos riesgos que pueden
desencadenar pronunciamientos, insurrección militar e
incluso, en guerras civiles.
La Fuerza Armada
Nacional Bolivariana.
Es importante destacar la definición que se hace
de la Fuerza Armada Nacional en la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela (1999), en el
artículo 328, el cual señala:
«La Fuerza Armada Nacional constituye
una Institución esencialmente profesional, sin militancia
política, organizada por el Estado para garantizar la
independencia y soberanía de la Nación y asegurar
la integridad del espacio geográfico mediante la defensa
militar, la cooperación en el mantenimiento del orden
interno y la participación activa en el desarrollo
nacional, de acuerdo con esta Constitución y con la Ley en
el cumplimiento de sus funciones, está al servicio
exclusivo de la nación y en ningún caso al de
persona o parcialidad política alguna. Sus pilares
fundamentales son la disciplina, la obediencia y la
subordinación. La Fuerza Armada Nacional, está
integrada por el Ejército, la Armada, la Aviación y
la Guardia Nacional que funcionan de manera integral dentro del
marco de su competencia para el cumplimiento de su misión,
con un régimen de Seguridad Social integral propio,
según lo establezca su respectiva ley
orgánica». (CRBV. Art. 328)
La vigencia de los tres principios
básicos en la Fuerza Armada de Venezuela la encontramos
como se evidencia, en la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela (CRBV) del año
1999:
a) Limitación Imperativa:
El Artículo 328 define a la
Fuerza Armada como una institución esencialmente
profesional, sin militancia política, al servicio de la
nación y no de parcialidades políticas. El
Artículo 330, refuerza esta limitación de los
militares, otorga al militar por primera vez el derecho al voto
en las elecciones, pero no puede optar a cargos de
elección popular, ni tomar parte en actos de propaganda o
proselitismo político. Estas normas forman parte
importante de las limitaciones imperativas propia de las
sociedades democráticas (apartidismo político para
que pueda permanecer al servicio de la sociedad en su
conjunto).
b) Caracacterìsticas:
Página siguiente |