- Introducción
- Historia
- Derecho del paciente
- Consentimiento informado (CI)
- Obligaciones del paciente
- Derecho de los pacientes en el Perú
- Conclusiones
INTRODUCCIÓN
Los derechos individuales estaban contemplados anteriormente sólo en los Códigos Deontológico como obligaciones imperfectas, es decir, como algo exigible sólo en conciencia al profesional.
Poco a poco la legislación civil e incluso penal, va recogiendo en sus códigos la protección y las sanciones previstas por la vulneración de estos derechos. Así, cuando los ciudadanos se sienten lesionados en sus derechos, recurren no sólo a las autoridades sanitarias y colegios profesionales, sino a los tribunales ordinarios en busca de protección.
El cuestionamiento a la tradicional relación médico-paciente ha sufrido cambios que han dejado obsoleto los modelos clásicos de paternalismo (asimétrico, vertical y casi autoritaria), claro está que el rechazo del paternalismo no implica vedar al médico la franca expresión de su propio criterio acerca de los tratamientos que considera científicamente adecuados, y aún, en su caso, insistir –con sinceridad y sin coacción– para que el paciente disidente los acepte.
A las personas se les ha reconocido derechos y valores en todos los modos de la relación humana, lo que hace que los pacientes exijan que sean respetados estos derechos a la hora de tomar decisiones que impliquen su salud.
El reconocimiento de los derechos del paciente no debe entenderse como una concesión, sino como corolario de la dignidad y autonomía de las personas, y por lo tanto, como una obligación en la relación médico-paciente; a decir de Max Charlesworth: "El médico debe respetar el derecho autónomo del paciente a controlar su propia salud y a rechazar el tratamiento (incluso si de ello resulta la muerte), y a exigir el derecho a dar consentimiento con conocimiento de causa; el paciente, por otro lado, debe respetar el derecho del médico como profesional a insistir sobre las normas deontológicas y a ejercer cierto grado de paternalismo justificado, siempre que el paciente no pueda asumir responsabilidades sobre sus propias decisiones relativas a la asistencia sanitaria".
Las instituciones y los profesionales de salud, enfrentan importantes cambios generados por mayores exigencias de parte de los pacientes; que están mejor informados sobre sus derechos y los reclaman cuando presumen que han sido vulnerados en ellos, lo que origina situaciones de reclamo e insatisfacción ocasionando no sólo pérdida de pacientes, sino también problemas legales y de prestigio institucional o profesional.
Dentro de los derechos de los pacientes, hay que distinguir entre derechos sociales y derechos individuales.
1. LOS DERECHOS SOCIALES:
Son aquellos que se disfrutan colectivamente, están relacionados con la gama de servicios disponibles, con la igualdad de acceso a la asistencia sanitaria y con la no discriminación por razones económicas, geográficas, culturales, sociales, etc. Dependen del grado de desarrollo de la sociedad y por lo tanto influyen en su desarrollo factores económicos, políticos, sociales y culturales.
2. LOS DERECHOS INDIVIDUALES:
Contienen cuestiones relacionadas con la integridad de la persona, con su dignidad, su intimidad o sus convicciones religiosas. Son el resultado de las sucesivas conquistas sociales de los ciudadanos, se disfrutan individualmente y son los que promueven prácticas sanitarias de calidad y humanas.
HISTORIA.
A lo largo de la historia se han producido una serie de declaraciones que han sentado las bases y sin las cuales hoy no sería posible hablar de derechos de los pacientes.
El antecedente mas remoto de los derechos de los pacientes, esta plasmado en el código de Hammurabi (1750 ac) descubierto en 1902 en Irán. Este fue el primer documento que señala la posibilidad de establecer castigos para el médico en caso de fracasar en su actividad profesional, así por ejemplo, manifiesta en su Artículo 218º: "Si un médico ha llevado a cabo una operación de importancia en un señor con una lanceta de bronce y ha causado la muerte de ese señor o si ha abierto la cuenta del ojo de un señor con una lanceta de bronce y ha destruido el ojo de ése señor, se le amputará su mano…"
Documento de Hipócrates (juramento) 400 años ac, que como norma prescribía la moral sustentada en el respeto por el ser humano enfermo: "voto de total entrega a la profesión, dedicación y fidelidad al enfermo buscando hacer el bien"
EGIPTO. Aquí se encuadran las reglas a que los ejercitantes deberían sujetarse, reglas dictadas por los sucesos inmediatos mas celebres de Hermes.
GRECIA. Entre los griegos, Plutarco refiere que Glaucus, medico de Ephestion, fue condenado a morir en la cruz por la indignación que a Alejandro le produjo el abandono en que el infortunado medico había dejado a su cliente, al abandono que trajo como consecuencia la muerte de este.
ROMA. La ley de Aquilia regia a los médicos, en esta se hablaba por primera vez de la "culpa gravis" que ha servido de base a muchas legislaciones.
PUEBLOS BARBAROS. También aquí existía la responsabilidad medica, entre Ostrogodos, cuando un enfermo moría por la impericia del medico, este era entregado a la familia, quien tenia pleno poder sobre el.
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