3. Encontrarse en el tercio inferior del Cuadro
de Mérito para el ascenso sin considerar el Factor
Tiempo de Servicio en el Grado o haber sido declarado inapto
para el proceso de ascenso en el mismo año en que se
realiza el proceso de Renovación".
Artículo 31º.- Del Consejo de
Calificación
El Consejo de Calificación es
el órgano Consultivo que evalúa y propone a
los Oficiales Policías, Oficiales de Servicios y Personal
con Estatus de Oficial, pertenecientes a las jerarquías de
Oficiales Generales y Oficiales Superiores, para su pase a la
Situación de retiro por Causal de Renovación. Lo
preside el Director General de la Policía Nacional del
Perú y está integrado por (4) Oficiales Generales.
Sus decisiones se adoptan por mayoría y es obligatorio que
todos sus integrantes se pronuncien sobre los casos que se
sometan a su consideración. El Consejo es nombrado
mediante Resolución Directoral".
Artículo 32º.- Del
procedimiento
El Consejo de Calificación se instala, levantando
el acta respectiva, y procede a la recepción de la
siguiente información:
– Las vacantes para el proceso de ascenso de Oficiales.
– La referida a los Oficiales ascendidos y los que pasan a la
Situación de Retiro por imperio de la Ley.
– La referida a los Oficiales Generales y Superiores que
cumplen las condiciones, requisitos y factores de
evaluación de acuerdo a la Ley Nº 28857 y su
Reglamento.
– Los procesos administrativos disciplinarios
relacionados al personal pasible de ser comprendido en dicho
proceso.
– La disponibilidad presupuestal para el otorgamiento de
los derechos y beneficios económicos, de los Oficiales
propuestos para pasar a la Situación de Retiro por la
causal de Renovación.
– Otras que resulten necesarias.
Posteriormente, el Consejo de Calificación
procede a la verificación de la información, y a la
evaluación y calificación de los Oficiales
considerados en la relación remitida por la
Dirección de Recursos Humanos de la Policía
Nacional del Perú.
Luego, el Consejo de Calificación elabora y/o
formula la propuesta sustentada en actas individuales debidamente
motivadas. Una vez aprobada formalmente la propuesta, se difunde,
a través del sistema electrónico de la
Policía Nacional del Perú, la relación
nominal del personal que pasa a la situación de retiro por
causal de renovación, sin perjuicio de la
notificación conforme a Ley.
Artículo 33º.- De los órganos
comprometidos
La Inspectoría General, el Tribunal Disciplinario
Nacional y la Dirección de Recursos Humanos, mantienen
actualizada la información del área de su
responsabilidad de conformidad a lo prescrito en el presente
reglamento, con la finalidad de ser proporcionada oportunamente a
los Consejos de Calificación.
La Dirección de Recursos Humanos, la
Dirección de Economía y Finanzas, y la
Dirección de Bienestar de la Policía Nacional del
Perú, son responsables de tramitar y obtener de oficio de
manera inmediata los documentos requeridos para el otorgamiento
de los derechos y beneficios económicos a los Oficiales
que pasan a la situación de retiro por causal de
Renovación.
La Dirección de Información de la
Policía Nacional del Perú tiene la responsabilidad
de organizar el acto protocolar de despedida de los Oficiales
Generales y Oficiales Superiores que pasan a la situación
de Retiro por la causal de Renovación".
CAPÍTULO III
DE LOS PERMISOS, LICENCIAS Y
VACACIONES
Artículo 34º.- De las
vacaciones
Se entiende por vacaciones al período de descanso
remunerado, no mayor a treinta días calendario en el
año, al que tiene derecho el personal de la Policía
Nacional del Perú.
El disfrute de las vacaciones no puede ser sustituido
por una compensación económica, ni acumularse a las
que se devenguen en años sucesivos. Si el personal no hace
efectivo las vacaciones en el año en que se generan,
pierde su derecho a disfrutarlas.
Artículo 35º.- Permisos al
personal
Es atribución del superior jerárquico,
conceder permisos al personal de la Policía Nacional del
Perú, que los faculte a ausentarse del trabajo por razones
debidamente motivadas y justificadas, sin descuento remunerativo
alguno, pudiendo ser éstas por onomástico,
matrimonio, fallecimiento de cónyuge, hijos, o padres, y
por tratamiento médico. Los períodos de permiso
serán determinados de acuerdo a la norma que sobre el
particular apruebe el Ministerio del Interior, a propuesta de la
Dirección General de la Policía Nacional del
Perú.
Artículo 36º.- Licencias
Se entiende por Licencia al período de descanso
remunerado que se concede al personal de la Policía
Nacional del Perú, por los siguientes motivos:
a) Licencia por maternidad.- Equivalente a un total de
noventa (90) días de descanso, dividido en dos
períodos de 45 días cada uno, antes y
después del parto.
b) Licencia por Enfermedad.- Concedida según lo
establecido en la Ley de la materia.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y
FINALES
Primera.-
La Dirección General de la Policía
Nacional del Perú propondrá al titular del
Ministerio del Interior, en un plazo que no exceda de los treinta
(30) días calendario, contados desde la publicación
de la presente norma, el proyecto de dispositivo complementario
que resulte necesario, para regular los aspectos relacionados con
el uso de permisos, licencias y al goce de vacaciones, para su
aprobación correspondiente de ser el caso.
Segunda.-
La Dirección General de la Policía
Nacional del Perú presentará al titular del
Ministerio del Interior, en un plazo de sesenta (60) días
calendario, el proyecto de Decreto Supremo que establezca las
regulaciones que determinen los niveles de discapacidad, para el
otorgamiento de la bonificación mencionada en el
artículo 22º del presente reglamento.
Tercera.-
El Ministerio del Interior podrá dictar las
disposiciones que se consideren necesarias para el mejor
cumplimiento de lo dispuesto en el presente reglamento
Manual de
régimen de educación de las escuelas de
formación de la Policía Nacional del
Perú
CAPITULO I
GENERALIDADES
A. FINALIDAD
Establecer, normas y procedimientos de gestión
académica y administrativa, que aseguren el logro
eficiente de los objetivos educativos de las Escuelas de
Formación de la Policía Nacional del Perú,
en concordancia con la legitimaci6n vigente y la política
educativa institucional
B. CONTENIDO
Contiene disposiciones específicas que regulan
los Regímenes Académico, Disciplinario y
Administrativo de las Escuelas de Formaci6n de la Policía
Nacional del Perú (PNP).
C. ALCANCE
Las prescripciones contenidas en el presente Manual son
aplicables a los órganos y personal que integran las
Escuelas de Formación de la PNP.
D. BASE LEGAL
1. Constitución Política del
Perú de 08DIC93.2. Ley General de Educación, Ley N°
28044 de 29JUL2003.3. Ley de la Policía Nacional del
Perú, Ley N° 27238 de 21DIC99.4. Modificatoria de la Ley de la Policía
Nacional del Perú Ley N° 28078.5. Ley Universitaria, Ley N° 23733 de
09DIC836. Modificatorias de la Ley Universitaria,
Leyes 25064, 26302, 26327, 26363,26404.7. Ley del Régimen Disciplinario de la
PNP, Ley N° 29356 de 11MAY20098. Ley del Procedimiento Administrativo
General, Ley N° 27444 de 10ABR20019. Reglamento de la Ley de la Policía
Nacional del Perú, Decreto Supremo N° 008-2000-IN
de 040CT2000.10. Reglamento de las Escuelas e Institutos de
Educación Superior, Decreto Supremo N° 007-83-ED
de 12ENE83.11. Código de Ética Profesional
PNP, Resoluci6n Suprema W 0140-89-IN / DM de
30JUN89.12. Reglamento del Sistema Normativo PNP,
Resolución Ministerial N° 0306-92-IN/PNP del
17MAR92.13. Reglamento de Docente Civil y Policial del
Sistema Educativo Policial, RM N° 0310 – 96 -IN/ PNP de
22MAR96.14. Normas para la Programación,
Ejecuci6n y Evaluación de las Practicas Profesionales
en los Institutos Superiores Tecnológicos Estatales y
No Estatales, Resolución Ministerial N° 738-85-EO
de 1985.15. Resolución que autoriza la
procedencia de la inscripción del Grado
Académico de Bachiller y el Titulo Académico
Profesional otorgado por la Escuela de la PNP,
Resolución N° 326-2004-ANR del
02JUN2004.
CAPITULO II
PRINCIPIOS DOCTRINARIOS
EI Régimen de Educación de la PNP se basa
en los siguientes principios:
A. Búsqueda de la verdad,
afirmación de los valores y principios éticos
para un servicio de calidad a la comunidad.B. Primacía de la capacidad
analítica, innovadora y creativa que propenda al
aprendizaje interactuante, vivencial y
multidisciplinario.C. Promoción de estilos de vida,
patrones de creencias, valores y comportamientos orientados a
la cultura de paz.D. Consolidación de la excelencia y
calidad institucional sobre la base de la información
y capacitación permanente de sus
integrantes.E. Formación ética, moral y
deontológica en armonía con la
preparación científica
humanística.F. Educación intercultural, desde una
perspectiva global basada en la cultura participativa, el
trabajo en equipo, el respeto y la solidaridad.G. Participación activa en el desarrollo
de la cultura organizacional de la PNP, para fortalecer la
identidad nacional.
CAPITULO III
NORMAS EDUCATIVAS
A. La actividad de las Escuelas de
Formación está orientada y normada por la
constitución, las Leyes, los Reglamentos, Manuales,
Directivas y otras disposiciones de Comando, que son de
conocimiento obligatorio por parte de quienes prestan
servicios en estas Unidades.B. La moral y Disciplina del personal de las
Escuelas de Formación para lograr sarvlclo optimo, se
basa en la correcta observación de las
responsabilidades y atribuciones que tiene cada miembro PNP
de acuerdo a, su categoría, jerarquía y
grado.C. La comunicación fluida y el dialogo
permanente con todo el personal en sus diferentes escalones y
áreas, es vía de perfeccionamiento
profesional.D. La instrucción privilegia los
aspectos de dignidad y Derechos Humanos de las personas, en
observancia del Código de Conducta para Funcionarios
encargados de hacer cumplir la Ley, el Código de
Ética Profesional y disposiciones del Comando
Institucional.E. El proceso educativo desarrolla
permanentemente la investigación científica y
tecnológica, según la realidad educativa
policial, los adelantos de la educaci6n
contemporáneaF. La Escuelas de Formación Policial
deben:1. Propender que el futuro Policía se
enmarque en los criterios de calidad, competitividad,
proactividad y asertividad.2. Potenciar la educación en valores
para garantizar la consolidación de la conciencia
ética-moral.3. Promover la enseñanza basada en el
respeto de los Derechos Humanos, a la Constitución
Política, a las leyes y al Sistema
Democrático.4. Propiciar la participación del
Personal Docente e Instructores idóneos que garanticen
la optima formación policial.
CAPITULO IV
REGIMEN ACADEMICO
A. GENERALIDADES
1. Concepto
Conjunto de normas y procedimientos académicos
que caracterizan el que hacer educacional de las Escuelas de
Formaci6n PNP.
2. Finalidad
Optimizar los procesos de planificación,
organización, dirección supervisión,
evaluación y control de la gestión académica
de las Escuelas de Formación de la PNP.
B. PLAN CURRICULAR
1. Concepto
Instrumento técnico pedagógico que
contiene la visión, misión, objetivos
estratégicos, estructura curricular, mallas curriculares,
plan de estudio y silabo de los procesos académicos que
gerencian las Escuelas de Formación de la PNP enmarcados
en los principios de la Teoría Curricular.
2. Competencia.
Es formulado por los estamentos académicos de las
Escuelas de Formación respectiva, para su
aprobación por la Dirección de Educación y
Doctrina Policial.
3. Procedimiento
a. Contiene los siguientes aspectos
FILOSOFIA INSTITUCIONAL
Visión
Misión
Objetivos Estratégicos
EI Perfil Profesional del Oficial/Suboficial de
Policía
EL PLAN CURRICULAR
Objeto
Alcance
Base legal
PROCESO EDUCATIVO DE LAS EE.FF-PNP
Finalidad
Objetivo General
Objetivos Específicos
Metas Educativas
1 Proceso de Formación Profesional.
2. Acreditación
Académica3. Académico – Profesional
4. Formación General
5. Formación Profesional
Policial
ORGANIZACION DEL PROCESO EDUCATIVO
ASPECTO ACADEMICO
Estructura Curricular
El Plan de Estudios
Sílabos (anexo)
Régimen de Estudios
Régimen del Personal Docente Sistema de
Evaluación Proceso de Supervisión
ASPECTO ADMINISTRATIVO
Infraestructura
Recursos Humanos
Medios y Materiales Educativos
RESPONSABILIDAD
b. Sera aprobado para cada proceso educativo
por la DIREDUD, mediante Resolución Directoral. Son
evaluados al final de cada semestre
académicoc. EI Plan Curricular es evaluado anualmente
por una Comisión Multidisciplinaria, que designa la
DIREDUD, integrada por personal profesional de las Escuelas
de Formación, para enriquecer los procesos educativos,
en concordancia con los alcances de la ciencia y
tecnología, así como de la política de
calidad educativa institucional.d. EI Currículo de Estudios es
organizado en Ejes Curriculares, Áreas Cognoscitivas,
Áreas Educativas y Asignaturas enmarcándose en
el Sistema de Crédito que se emplea en la
Educación Universitaria, cuya equivalencia
es:
1 hora teórica (semanal) = 1
crédito
2 horas de prácticas (semanal) = 1
crédito
e. EI Currículo de Estudio de las
Escuelas de Formación será calendarizado en
años, Semestres y/o Periodos Académicos,
según Programas y. Modalidades que
correspondan.f. La Escuela de Oficiales de la
PNP.
(1) Los ingresantes a la Escuela de Oficiales PNP en la
modalidad regular, reciben educación durante un periodo de
CINCO (5) años o DIEZ (10) Semestres Académicos,
divididos en las Etapas de Formación General (I al IV
Semestre) y de Formación Profesional (V al X
Semestre).
(2) Los que ingresen a la Escuela de Oficiales PNP en la
modalidad Egresados Universitarios, reciben Educación
Complementaria durante un período de CUATRO (4) Semestres
o DOS (2) años, otorgándosele el Despacho de
Alférez PNP.
(3) Los que ingresen a la Escuela de Oficiales PNP en la
modalidad de Estudiantes Universitarios del VI Ciclo Tercer
año aprobado, reciben educación durante un periodo
de SEIS (6) semestres académicos o TRES (3)
años.
g. Las Escuelas de Suboficiales de la
PNP
(1) EI Proceso Regular para Egresados de
Educación Secundaria, comprende TRES (3) años o
SEIS (6) Semestres Académicos; los DOS (2) primeros
semestres o UN (1) año comprenden la Formaci6n General y
los CUATRO (4) semestres o DOS (2) últimos años a
la Formación Técnico Profesional
Policial.
(2) EI proceso educativo para Titulados de Institutos
Superiores Tecnológicos o Pedagógicos, se
desarrolla en UN (1) años calendario o TRES (3) periodos
Académicos de DIECISIETE (17) semanas cada uno.
(3) EI proceso educativo para Estudiantes Universitarios
y de Institutos Superiores Tecnológicos o
Pedagógicos, se lleva a cabo en UN (1) años y medio
o CUATRO (4) periodos Académicos de DIECISIETE (17)
semanas cada uno.
h. Las Escuelas de Formación realizan
Programas de Educación a Distancia, cuando lo disponga
la Superioridad, para atender la Seguridad Ciudadana,
formulándose Planes Académicos de
carácter Extraordinarios.i. Las Escuelas de Formación organizan
el Proceso de Practicas Técnico – Profesionales de
conformidad al respectivo Plan Curricular, de conformidad al
Plan de Practicas correspondiente.j. EI Órgano de Control de la DIREDUD,
adoptara las medidas necesarias para el estricto cumplimiento
del Plan Curricular. Un ejemplar se remitirá a esta
instancia por las respectivas Escuelas de
Formación.k. Las Escuelas de Formación realizaran
sus actividades académicas sin interrupciones, excepto
los periodos vacacionales contemplados en el Plan Curricular,
a fin de garantizar el normal desarrollo de los procesos,
salvo acontecimientos de trascendencia, para lo cual la
DIREDUD coordinara con el Comando Institucional para Iimitar
la concurrencia de los Cadetes y/o Alumnos a ceremonias,
comisiones y otros.l. Las actividades educativas complementarias
de visitas de instrucción, marchas aplicativas,
demostración de roles, actividades deportivas, eventos
socio-culturales, jornadas cívicas y otras, son
programadas en horarios disponibles de acuerdo al tipo de
actividades.m. La Sub Dirección Académica de
cada Escuela de Formación, designara por cada
asignatura un Coordinador o Jefe de Asignatura, el mismo que
en coordinación con el Departamento de Supervisi6n y
Evaluación Académica (DSEA), verificara la
ejecución y desarrollo de los contenidos
educativos.C. PERIODO DE ADAPTACION
1. Concepto
Periodo en el que se proporciona al Cadete o Alumno de
reciente ingreso, información y conocimientos
básicos sobre los Regímenes Académico,
Disciplinario y Administrativo de la respectiva Escuela,
inherentes al inicio de su Proceso de Formación Policial,
mediante el desarrollo de un conjunto de actividades de
instrucción, psicológica, axiológicas y
deportivas, que permitan facilitarles la adecuación a su
nuevo Status, a través del desarrollo de sentimientos de
pertenencia e identificación institucional. Tiene una
duraci6n de 45 dias para Cadetes y Alumnos.
2. Competencia
Las sub. Direcciones Académicas de cada Escuela,
son las encargadas de formular el Plan de adaptación
correspondiente.
3. Procedimiento
a. Los Departamentos de Planes y Programas y
Psicopedagógico de la Sub. Dirección
Académica, formularan el Plan de Adaptación,
considerando los aspectos necesarios sobre el funcionamiento
de la Escuela y la adaptación psicológica al
Régimen Interno de la misma. Contiene los siguientes
aspectos:
(1) Objeto
(2) Finalidad
(3) Alcance
(4) Base Legal
(5) Disposiciones
(a) Jefatura de Programas (Regimiento de
Cadetes/Alumnos)
(b) División
Académica
(c) Unidad de Administraci6n y Desarrollo
Humano
(d) Oficina de Inteligencia /Seguridad
(e) Policlínico
(f) Otros
(6) Coordinación
(7) Anexos:
(a) Cronograma General de Actividades.
(b) Cronograma detallado de las actividades a
desarrollar por los Departamentos
Psicopedagógicos.
(c) Cronograma detallado de las actividades a
desarrollar por las Secciones de Educación
Física.
b. La SDIACA de cada Escuela, al finalizar el
Proceso de Adaptación, formula un Informe de
Evaluación, en el que consigna los. logros,
Limitaciones y recomendaciones para optimizar los objetivos y
fines de esta actividad académica.c. Para la formulación del Cronograma
General de Actividades del Plan de Adaptación, se
considera aquellas referidas al desarrollo académico y
administrativo de la Escuela, la Instrucción Policial,
reforzamiento psicológico, espiritual,
axiológico y actividades deportivas.d. Durante este periodo los Cadetes o Alumnos
que incurran en infracciones establecidas en el presente
Manual, no serán objeto de descuento para el computo
de su conducta.D. METODOLOGIA DE LA
ENSENANZA1. La metodología de la enseñanza
en las Escuelas de Formación de la PNP se orienta a la
interacción permanente Docente-Educando enmarcada en
la cultura participativa y el trabajo en equipo, promueve la
investigación permanente y la exposición de los
conocimientos adquiridos, posibilita el desarrollo del
pensamiento lógico, analítico, critico
y reflexivo.2. Los contenidos de las asignaturas se
imparten con procedimientos didácticos eminentemente
objetivos de la Educación Superior, propiciando el
proceso Enseñanza – Aprendizaje, enmarcado en !os
cuatro pilares de la Educación: "Aprender a Conocer
(solido desarrollo cognoscitivo holístico), "Aprender
a Ser" .(calidad personal, creatividad, proactividad),
"Aprender a Hacer (desarrollo de habilidades, destrezas y
potencialidades); "Aprende a Convivir" (educación en
valores, cultura participativa, trabajo en
equipo).3. De acuerdo a la naturaleza de las
asignaturas y Ias exigencias de la Educación Siglo
XXI, las Escuelas de Formación enmarcan sus
procedimientos metodológicos en la concepción
constructivista y el aprendizaje significativo, empleando los
métodos siguientes:a. Clase Magistral
b. Método de Análisis e
Interpretación de Textos.c. Método de Estudio de
Casos.d. Método de Laboratorio.
e. Método de Solución de
Problemas.f. Método de
Simulación.g. Tecnología Educativa
Sistemática.h. EI Método de Volney Faw
i. Modelos de Diseño
(1) Perspectivas dinámicas de los procesos de
enseñanza.
(2) Los elementos básicos de la dinámica
grupal.
(3) EI Phillips 66.
(4) EI Simposio.
(5) EI Panel.
(6) La Mesa Redonda.
(7) EI Foro.
(8) EI Desempeño de Roles.
(9) EI Seminario.
k. Metodología del Estudio
Dirigido.4. EI Docente, empleara preferentemente
aulas-Laboratorios, gabinetes de aplicación
práctica o lugares adecuados de entrenamiento,
así como técnicas e instrumentos apropiados
para dinamizar sus clases, tales como:a. Mapas Conceptuales
b. Mapas Semánticos
c. Crucigramas
d. Situaciones de experiencias directas,
individual o grupale. Manipulación de material
concretof. Refuerzo de la noción
adquiridag. Resolución de cuestionarios y
problemash. Trabajos de investigación
bibliográfica y Trabajos de aplicación
practica.5. EI Docente, orienta su trabajo
académico intensificando las siguientes actividades
intelectuales:a. Comparar.
b. Resumir.
c. Observar.
d. Clasificar.
e. Interpretar.
f. Formular críticas.
g. Buscar suposiciones.
h. Imaginar.
i. Reunir y organizar datos.
j. Aplicar hechos y principios a nuevas
situaciones.k. Formular hipótesis.
I. Tomar decisiones.
m. Diseñar proyectos o hacer
investigaciones.n. Codificar
E. SITUACION DE EVALUACION
1. Concepto
Proceso sistemático que realizan las Escuelas de
Formación de la PNP, es de carácter integral y se
orienta a garantizar la calidad de la enseñanza así
como el logro de los objetivos educativos.
2. Competencia
La sub. Dirección Académica, a
través del Departamento de Supervisión y
Evaluación Académica adoptara las acciones
necesarias para organizar y ejecutar la evaluación de los
procesos.
3. Procedimiento
a. EI sistema de evaluación comprende:
(1) La valoración del proceso Enseñanza –
Aprendizaje debe ser objetiva en la apreciación del
rendimiento académico de los Cadetes y alumnos, el
desempeño profesional del Personal Docente y
Administrativo.
(2) La evaluación del proceso educativo mediante
la valoración de la ejecución del Plan Curricular y
Planes de Estudio del Proceso de Formación del Oficial y
Suboficial de policía, Formación Profesional
Universitaria y Técnico Superior, Programas de
Subsanación y otros, involucran la ejecución de los
procesos de planificaci6n, coordinación y
supervisión académico – administrativa.
.
(3) La evaluación del contexto determina la
valoración diagnostica del escenario educativo, medios y
materiales, infraestructura, plataforma tecnológica y
otros aspectos coadyuvantes permitiendo gerenciar el proceso
educativo.
b. La Evaluación del rendimiento
académico de los Cadetes y Alumnos será
permanente e integral, conforme a la programación del
desarrollo de los sílabos, los lineamientos
metodológicos establecidos en ellos y a las normas
académico -administrativas expresadas en el presente
Manual, adoptándose las decisiones competentes para
los casos de falencias técnico – pedagógicas.
Comprende los siguientes aspectos:
(1) Evaluación del aprendizaje
(2) Evaluación de competencias
(3) Evaluación de actitudes, habilidades y
destrezas.
(4) Evaluación de asistencia y
puntualidad.
c. La evaluación del desempeño
profesional del Personal Docente es integral y se sustenta en
su Apreciación y Calificación oportuna;
comprende los factores siguientes:
(1) Asistencia y Puntualidad
(a) Asistencia
(b) Puntualidad
(2) Metodología de la Enseñanza
(a) Técnicas de Enseñanza
(b) Ayudas Didácticas
(c) Plan de Lección
(3) Desempeño profesional
(a) Capacidad como educador
(b) Espíritu de trabajo y de
superación
(c) Iniciativa y colaboración
(d) Actividades académicas.
(4) Condiciones personales
(a) Personalidad y carácter
(b) Relaciones interpersonales
(c) Orden y disciplina
(d) Identiticaci6n institucional
(5) Cualidades morales
(a) Conducta y moralidad
(b) Responsabilidad
(c) Lealtad
d. La evaluación educativa se ejecuta a
cargo de profesionales Ad Hoc designados por la Sub
Dirección Académica y la apreciación
valorativa de los Cadetes y Alumnos, a través de una
encuesta can carácter referencial sobre las
técnicas de enseñanza, dominio del tema, trato
al educando, mantenimiento de la disciplina y otros que
garanticen la idoneidad en el ejercicio de la docencia. Se
realiza durante el desarrollo del semestre académico,
capitalizando la calificaci6n en el proceso de
selección de la Planta Docente.e. La evaluaci6n del personal administrativo se
realizara al final de cada semestre académico,
comprometiendo criterios de eficiencia, eficacia,
competitividad, asertividad, disciplina y otros que avalen la
calidad de la gestión educativa.f. La evaluación de los Planes
(Curricular y de Estudios). y Programas que se ejecuten en
las Escuelas de Formación abarcara los aspectos de
planificación, organización, ejecución
control, y supervisión, cuya apreciación
constituye insumo para subsanar las disfunciones que sean
Identlflcadas. Se instrumentaliza al final de cada semestre
académico.g. La evaluación del contexto se llevara
a cabo al final de cada semestre académico, con
criterios de innovación, modernización y
capacidad proactiva, a fin de cautelar la optimización
del gerenciamiento educativo.
4. Evaluación del aprendizaje.
a. La evaluación del aprendizaje es un
proceso permanente e integral, que se objetiviza mediante la
aplicación .de exámenes escritos, orales,
trabajos aplicativos y la participación durante las
sesiones acadernicas., comprende las siguientes
modalidades:
(1) Evaluación diagnostica o de
entrada.
(2) Evaluación formativa interactiva, en
relación con la particlpaci6n activa del Cadete o Alumno
en el aula. El promedio de las intervenciones orales constituye
nota de Examen Oral.
(3) Evaluación formativa o de proceso, para
comprobar el rendimiento académico, pronosticar
posibilidades de desarrollo y reorientar la metodología,
compromete. La realización de talleres, exposiciones, dos
exámenes escritos parciales y un trabajo de
investigación monográfica en concordancia con la
naturaleza de la asignatura.
(4) Evaluación sumativa orientada a comprobar el
nivel de desarrollo cognoscitivo, reflexivo y del pensamiento
lógico y crítico, para lo cual se aplica un examen
final.
b. Los exámenes parciales son ejecutados
por el Docente de la asignatura en la 8a y 13a semana,
conforme especifica los sílabos; al finalizar el
semestre académico en la 17a semana la Sub
Dirección Académica desarrolla los
exámenes finales, recibiendo de los Docentes
coordinadores de cada asignatura, el banco de CIEN (100)
preguntas, pudiendo ser estructuradas en: Grupo. verdadero
falso; Grupo interrelación de materias; Grupo
elección múltiple y Grupo desarrollo, las que
se proponen para la elaboración de TRES (3)
exámenes, de entre el que es elegido al azar, el
examen que se administra en la modalidad de Prueba
Única, a fin de garantizar el carácter de
uniformidad de la evaluación de los contenidos
curriculares.c. Los Exámenes Parciales y Finales se
enmarcan en los modelos de Prueba Objetiva y de desarrollo,
así como situación problema en las que priman
el empleo de la capacidad reflexiva, la correlación de
criterios, análisis y pensamiento lógico. Son
de aplicación en asignaturas cuya naturaleza
teórica doctrinaria lo faculta.d. Las asignaturas de carácter
eminentemente práctico son evaluadas en forma objetiva
a través de la valoración de la
participación de los Cadetes o Alumnos en los talleres
y prácticas calificadas así como en los
exámenes finales para comprobar el aprendizaje de los
contenidos. No requiere elaboraci6n de Trabajos
Monográficos.e. Los exámenes son programados con una
duración de cuarenta y cinco (45) minutos como
mínimo y sesenta (60) minutos como máximo (en
casos excepcionales podrá extenderse el tiempo de
acuerdo a la naturaleza de la asignatura previa
coordinación con la SDIACA); los cuales serán
entregados al Departamento de Supervisión y
Evaluación del SDIACA de la respectiva Escuela, con
setenta y dos (72) horas de anticipación a la fecha
fijada en el rol de exámenes finales. Las Hojas de
Respuestas serán colocadas en lugar visible
después de cada examen.f. La prueba será elaborada bajo los.
lineamientos técnico pedagógico siguientes: el
60% deberán corresponder a preguntas objetivas
(Verdadero-Falso, Alternativa Múltiples,
Interrelación de Materias), el 20% a preguntas de
desarrollo y el otro 20% a preguntas de situación
problema.g. Los Docentes, deberán encontrarse
obligatoriamente al inicio del examen final de su asignatura,
para aclarar cualquier consulta relacionada con el tema;
exigiendo que el Cadete o Alumno formule la pregunta de pie y
en voz alta, debiendo hacer la aclaración respectiva
dirigiéndose a todos ellos.h. AI termino del desarrollo de los
exámenes finales, estos serán codificados por
la SDIACA y luego entregados a los Docentes para la
calificación anónima, en la Sala de Profesores.
Por ningún motivo lo harán fuera de los
ambientes de la Escuela.i. En caso que en algunos exámenes
parciales o finales de – cualquier asignatura resulten
desaprobados el 50% o más de Cadetes o Alumnos de una
Sección, la SDIACA dispondrá se tome otra
prueba, quedando anulada la anterior.j. Para la obtención del Promedio Final
de Asignatura, se multiplica el promedio parcial de cada
factor evaluado por su coeficiente y su sumatoria se divide
entre DIEZ (10).
Prueba Oral tiene coeficiente UNO (1)
Trabajo Aplicativo DOS (2)
Prueba Escrita Parcial TRES (3)
Examen de fin de semestre (examen SDIACA),
coeficiente CUATRO (4).
k. EI Cadete o alumno que resultara desaprobado
hasta en DOS (2) asignaturas en un semestre académico,
deberá rendir Examen Sustitutorio en un plazo no mayor
de SIETE (7) días, de haber sido notificado. EI que
resulte desaprobado en TRES (3) o mas asignaturas será
separado de la Escuela de Formación respectiva por
DEFICIENCIA ACADEMICA.l. En caso que el Cadete O Alumno resultara
desaprobado en una (1) asignatura; luego de rendir el examen
sustitutorio, será sometido al Consejo
Académico y separado de la Escuela de Formación
por DEFICIENCIA ACADEMICA. No se consideran las asignaturas
desaprobadas que se dictan a través de convenios con
otras instituciones educativas.m. EI resultado de los exámenes
sustitutorios se consignara en Acta aparte. La nota del
examen sustitutorio en caso de aprobar el Cadete 0 Alumno, se
Ie consignara como Promedio Final la Nota ONCE
(11).n. Los Cadetes o Alumnos que se encuentren en
comisf6n del servicio o de permiso debidamente justificado y
no rindan algún examen, al reincorporarse se les
notificara y podrán rendir exámenes en un plazo
no mayor de SIETE (07) días.o. Los Cadetes o Alumnos que por enfermedad o
lesión, debidamente justificado con Informe
Médico de la Sanidad se encuentren impedidos de rendir
exámenes, al termino del semestre, tendrán un
plazo máximo de treinta (30) días, para rendir
dichos exámenes y en caso de no rendirlos,
serán sometidos al Consejo Académico, pudiendo
repetir el semestre.p. Los Cadetes o Alumnos deben estar informados
sobre su rendimiento en las distintas asignaturas con sus
respectivas pruebas de evaluación, las cuales firmaran
y devolverán a los Docentes correspondientes, pudiendo
formular reclamo dentro de las 24 horas
siguientes.q. Los Cadetes o Alumnos que registren
más del 10% de inasistencia a clases teóricas
y/o practicas en cada semestre, por causas injustificadas, no
tendrán derecho a ningún tipo de
evaluación, siendo considerados como desaprobados en
la asignatura correspondiente. EI Consejo Académico,
previo conocimiento del caso, podrá autorizar que
rindan examen sustitutorio; en caso de desaprobar,
serán separados de las Escuelas respectivas por
DEFICIENCIA ACADEMICA.r. Si el Consejo Académico opina
desfavorablemente para que rindan examen sustitutorio,
serán sometidos a Investigaci6n Administrativa
Disciplinaria y separados de la Escuela respectiva, por
Medida Disciplinaria.s. El Cadete o Alumno que resulte desaprobado
en programas educativos que administran entidades de nivel
superior con las que la PNP registran convenios serán
separados automáticamente de dicho programa
correspondiendo revertir la inversión
recibida.5. Sistema de calificación
a. El sistema de calificación que
emplean las Escuelas de Formación de la PNP. es
concordante con los lineamientos establecidos por la Ley
Universitaria y Ley General de la Educación. Utiliza
el sistema vigesimal (de 00.00 a 20.00). siendo la
nota aprobatoria mínima ONCE (11.00). Las fracciones
de 0.50 o más son equivalentes a un punto (01.00) para
todos los procesos de evaluación.b. La calificación de la participaci6n
oral del Cadete o Alumno, está exenta de subjetivismos
enmarcados en los principios éticos morales del
calificador.c. La calificación del comportamiento
del Cadete o Alumno se realiza en concordancia con las normas
·establecidas en el Régimen Disciplinario del
presente Manual.d. Para formular el Cuadro de Merito, la nota
de conducta tiene coeficiente DOS (2) y el promedio de las
asignaturas coeficiente CINCO (5).e. Para formular el Cuadro de Merito por
Semestre y el Cuadro de Merito General de los Cadetes o
Alumnos, al finalizar el proceso· de formación
respectivo, se consideraran en las mismas condiciones a todos
los discentes, sin excepci6n.f. Para los Cadetes o alumnos Becados en
Escuelas de Formación del extranjero que concluyan
satisfactoriamente sus estudios, conservaran el Orden de
Merito con el cual fueron seleccionados para la beca;
exceptuándose el Primer Puesto que será ocupado
por el Numero Uno de la respectiva Escuela de Formaci6n
Nacional.g. La nota ponderal de cada asignatura, se
obtendrá de la multiplicación del promedio
final par el número de créditos de la
misma.h. EI desarrollo de las asignaturas que
comprenden los semestres de formación del Cadete o
Alumno con su respectiva evaluación y promedio,
tendrá carácter cancelatorio.6. La evaluación de
competencias
Es el proceso permanente que se realiza para determinar
el nivel de aprehensión de habilidades, destreza,
potencialidades. Está a cargo del Docente de Aula y de los
profesionales que laboran en· el Departamento
Psicopedagógico.
7. La evaluación de
actitudes
Consiste en la observación individual y
permanente del comportamiento del Cadete o Alumno durante su
proceso de formación policial. Sera calificado
periódicamente, de acuerdo a las normas establecidas en el
Régimen Disciplinario del presente Manual.
F. PRACTICAS
PRE-PROFESIONALES1. Concepto.
Etapa del proceso de formación del Cadete o
Alumno, que se realiza con el objetivo de afianzar los
conocimientos teóricos impartidos durante su proceso de
formación sobre los diferentes servicios que presta la
institución, conociendo en la práctica los
procedimientos operativos y administrativos, consolidando su
formación profesional como futuros Oficiales y
Suboficiales PNP.
2. Procedimiento
a. Las Escuelas de Formación establecen
las practicas pre profesionales de conformidad a sus Planes
Curriculares.b. La Evaluación de las Prácticas
respectivas estarán a cargo de la SDIACA de cada
Escuela, para lo cual formulara el Plan de Practicas
correspondiente observando las disposiciones de Comando y las
normas legales correspondientes.c. EI Plan de Practicas se enmarcan en la
siguiente estructura metodológica:
(1) Organización
(2) Situación
(3) Misión
(4) Ejecución
(a) Concepto de la operación
(b) Desarrollo de las prácticas
1 Etapa de ambientación
2 Etapa aplicativa
(5) Tareas específicas.
(a) De las unidades de prácticas
(b) De las escuelas de formación
respectivas
1 Departamento Académico.
2. Regimiento de Cadetes / alumnos
3. De los coordinadores de prácticas
4. De Jefes de prácticas
5. Instrucciones de coordinación
6. De las Gula metodológica
(6) Evaluación de las prácticas
(7) Administración
(a) Racionamiento
(b) Movilidad
(c) Uniforme, equipo y otros
(d) Evacuación y
hospitalización
(8) Comando y Comunicaciones
(9) Disposiciones finales y complementarias
d. Sera aprobado para cada proceso educativo
por la DIREDUD, mediante Resolución Directoral. Son
evaluados al final de cada semestre
académico.e. Los Cadetes o alumnos durante el Periodo de
Prácticas, recibirán el importe del
racionamiento que les corresponde. La Oficina. de
Administración de cada Escuela, por intermedio del
órgano respectivo, adoptara las acciones para el
cumplimiento de esta disposición. A las unidades
acuarteladas se les girara el importe
correspondiente.f. EI proceso de evaluación de las
Practicas se considerara:
(1) Evaluación de.la Unidad de Practicas, que
deberá evaluar en el discente lo siguiente:
(a) Aspecto actitudinal
(b) Creatividad e iniciativa
(c) Organizaci6n e interés para el
trabajo
(d) Capacidad de desempeño
(2) Informe del Practicante (Parcial ylo
Final), en el que se evaluara el planteamiento
metodológico, su objetividad y veracidad, el aporte
personal y la oportunidad de entrega.
(3) Las Evaluaciones de Retroalimentación,
consideradas así porque buscan consolidar en forma
permanente en los discentes, /os conocimientos
adquiridos en las Unidades de Practicas en periodos previamente
establecidos para ello. Las Escuelas de Formación en sus
respectivos Planes de Practicas regulan el periodo en que se
realizan estas evaluaciones así como su
modalidad.
g. La Nota Final de la Practica Pre
-Profesional, es el promedio aritmético de las Notas
de la Unidad de Practicas, de los Informes de Practicas
(parcial y final) y las Evaluaciones de
Retroalimentación, divididos entre TRES
(3).h. EI Promedio Parcial de la Nota de Unidad de
Practicas resulta de la sumatoria de todas las notas
obtenidas por el discente en cada una de las. Unidades donde
realizo Prácticas, dividido por el número total
de ellas.i. EI Promedio Parcial de los informes de
Practicas resulta de la sumatoria del promedio de notas de
Informes Parciales (coeficiente UNO) y la nota del Informe
Final (coeficiente TRES), dividido entre CUATRO (4) Para la
calificación de los Informes Parciales, cada Centro de
Formación designara Oficiales Evaluadores. La
calificación del Informe Final de Practicas la realiza
un Jurado designado especialmente para ello.j. EI Promedio Parcial de las Evaluaciones de
Retroalimentación resultan de la sumatoria de todas
las notas obtenidas por el discente en cada una de estas
sesiones divididas por el número total de
ellas.k. Las Practicas Pre-Profesionales son
irrecuperables. Los discentes que desaprueban en el promedio
final de estas, serán separados por Deficiencia
Académica.G. SUPERVISION EDUCATIVAS
1. Concepto
Actividad permanente, sistémica y secuencial,
destinada a mejorar la calidad de la educación policial,
mediante la orientación, asesoramiento, promoción y
evaluación integral de los procesos educativos.
2. Competencia
La Sub Dirección Académica de las Escuelas
de Formación, a través del Departamento de
supervisión y evaluación académica, adopta
las acciones pertinentes para organizar y ejecutar la
supervisión de los procesos académicos
administrativos.
3. Procedimiento
La supervisión educativa se lleva a cabo en
concordancia con el plan de supervisión educativa de las
escuelas de Formación comprendiendo:
a. Visitas inopinadas a las aulas.
b. Control de asistencia de
docentes.c. Control de registro de notas y asistencia de
cadetes o alumnos.d. Apreciación de la metodología
de trabajo de las áreas.e. Reuniones de coordinación e
implementación académica.H. DESPACHO GRADOS Y TITULOS
1. Despachos
a. EI Cadete al concluir satisfactoriamente los
estudios en la EO-PNP, se le se le otorgara ·en
nombre' de la Nación, el despacho de Alférez de
la Policía Nacional, firmado por el presidente de la
república y refrendado por el ministro del interior,
mediante Resolución Suprema.b. EI Alumno. al concluir satisfactoriamente
los estudios en la ESO PNP, se le otorgara en nombre de la
Nación, el despacho de suboficial de Tercera del a
PNP, firmado por el Director General y refrendado por
Director de Recursos humanos, mediante Resolución
Directoral.2. Grados
La EO-PNP otorga a sus egresados, en nombre de la
Nación, el Grado Académico de Bachiller en
Administración y Ciencias Policiales al concluir los
estudios del Programa Educativo, respectivo.
Para el caso de Oficiales por Acceso Directo contemplado
en el Reglamento de la Ley de la PNP, el Grado Académico
de bachiller en Administración y Ciencias Policiales
podrá ser obtenido previa convalidación o
complementación de los créditos académicos
requeridos.
3. Títulos
a. EO-PNP
Otorga en nombre de la Nación, Título de
Licenciado en Administración y Ciencias Policiales, con
las formalidades previstas en la Ley de la PNP y su Reglamento,
así como en el Reglamento de Grados y Títulos de la
EOPNP.
b. ESO-PNP
Otorgan en nombre de la Nación, Titulo de
Técnico en Ciencias Administrativas y Policiales, con las
formalidades previstas en la Ley de la PNP y su
Reglamento.
I CONSEJO ACADÉMICO
1. Concepto
Última instancia en el aspecto académico
de las Escuelas de Formación, está constituido
por:
Presidente : Director de la Escuela.
Vocal : Jefe División Académica
Vocal : Jefe del Regimiento Correspondiente
Secretario : Secretario de la Dirección de la
Escuela
2. Procedimiento
a. Se reúnen por convocatoria de su
Presidente cuando considere necesario adoptar alguna
decisión en última instancia relacionadas con
el aspecto académico de Cadetes o Alumnos según
corresponda.b. EI Jefe de la División
Académica hará una exposición detallada
sobre el caso motivo de la convocatoria y
señalara los aspectos de indole normativo existentes
al respecto.c. Para el efecto de las decisiones
solo el Presidente y los Vocales tienen voz y
voto.d. En caso de ausencia de alguno de sus
miembros será reemplazado por otro Oficial de la
Escuela de su mismo grado.e. En caso de ausencia del Presidente,
será reemplazado por el Oficial Superior policial
más antiguo de la Escuela.f. Los fallos que determine el Consejo
Académico son inapelables.g. EI Secretario levantara el Acta
correspondiente, en la. que quedaran debidamente asentadas
las opiniones y acuerdos; la misma que será firmada
por sus integrantes.h. Cuando el Presidente lo estime conveniente
podrá disponer la participación de algún
otro integrante como Asesor Académico quien tan solo
podrá opinar sobre aspectos de su competencia
y/o absolver las preguntas que le formulasen los
integrantes del Consejo; para las decisiones, carece de voz y
voto.
J. INVESTIGACION DESARROLLO EDUCATIVO Y
CONVENIOS
a. Concepto
Actividades científicas destinadas a conocer los
resultados de la aplicación del proceso de
formación profesional del Cadete o Alumno, con el objetivo
de establecer sus deficiencias, proponer medidas correctivas y de
retroalimen'taci6n, en procura de su permanente
modernización y perfeccionamiento, básico en la
relaci6n educaci6n-evaluaci6n y toma de decisiones.
b. Procedimiento
El análisis del proceso de formación
permite detectar sus limitaciones y deficiencias, conocer su
magnitud e incidencia en el rendimiento individual y colectivo,
pudiéndose realizar a través de:
(1) Una investigación científica,
orientada a identificar las causas de sus limitaciones y
deficiencias y proponer soluciones adecuadas a nuestra
realidad.
(2) Activar un sistema permanente de obtención y
adecuación de nuevos adelantos en los aspectos de
educación y evaluación, de tal forma que se
mantenga actualizado el sistema aplicado.
c. Convenios
Las Escuelas de Formación a
través de la DIREDUD podrán suscribir
convenios y/o alianzas estratégicas con
instituciones educativas culturales y deportivas nacionales o
extranjeras de reconocido prestigio, previa autorización
de la DIRGEN-PNP.
K. CEREMONIAS INSTlTUCIONALES
1. Inauguración del año
Académico e incorporación
En las Escuelas de Formación de la PNP, se
realiza una ceremonia de alto simbolismo, en la que participan
Cadetes o Alumnos de reciente incorporación.
2. Bienvenida
Es una ceremonia especial, organizada por la Escuela de
Formación respectiva, la que a través de una
actividad socio-culturtal, da la bienvenida a los Cadetes o
Alumnos de reciente incorporación.
Tiene como finalidad de los ingresantes a las Escuelas
respectivas, se comprometan con la gran responsabilidad que
asuman que al integrar el Régimen de Cadetes o Alumnos,
según corresponda.
Tiene a mantener la tradición de la Escuela,
fomentando el espíritu de cuerpo y camaradería,
así como incentivar la plena identificación con la
Institución.
3. Clausura del Año
Académico
Esta Ceremonia se realiza en el patio de honor de cada
Escuela, con la participación de todo el personal de la
misma y los Cadetes o Alumnos, según corresponda, de
conformidad a las normas de Ceremonia y Protocolo establecidas en
el respectivo Plan.
4. Clausura y
Graduacióna. Escuela de Oficiales.
(1) En esta ceremonia se hace entrega de las
Espadas y Despachos a los nuevos Oficiales. El presidente de
la República, hace entrega de la Espada de Honor al
Oficial que ocupara el 1er. Puesto en el Cuadro de
Mérito Final de los años de formación
profesional. Contara con la concurrencia de altas Autoridades
Políticas, Policiales y Militares, Embajadores,
Agregados Militares y Policiales de diferentes países,
así como de los Familiares de los Oficiales de
reciente egreso.(2) El desarrollo de Ceremonia de efectuara de
conformidad al Programa formulado por la Escuela de Oficiales
en coordinación con la DIRINFO-PNP.b. Escuelas de Suboficiales de la
PNP(1) Contara con la concurrencia de Comando
Institucional y los Familiares de los Suboficiales de
reciente egreso; es presidida por el Señor General de
la Policía, Director General de la Policía
Nacional del Perú, y se hace entrega de los despachos
a los nuevos Suboficiales.(2) El desarrollo de la Ceremonia se efectuara
de conformidad al programa formulado por la Escuela, en
coordinación con la DIRINFO-PNP.
CAPITULO
REGIMEN DISCIPLINARIO
A. GENERALIDADES
1. Concepto
Conjunto de normas y procedimientos de cráter
disciplinario a los que sujetaran Cadetes y Alumnos de los
Centros de Formación de la PNP.
2. Finalidad
Mantener una elevada moral y disciplina en el
comportamiento de los Cadetes y Alumnos de Escuela de
Formación de la PNP.
B. PRINCIPIOS DOCTRINARIOS
1. La Policía Nacional es una
Institución que impone a sus miembros sin
distinción de grados ni empleos la mas absoluta
sujeción a los postulados de honor, de bien y del
cumplimiento del deber.2. El ejercicio de la profesión policial
exige el cumplimiento de los deberes de bajo el imperio de la
ley y las buenas costumbres, con honor, sacrificio, acendrada
vocación de servicio a la sociedad y el respeto
irrestricto a los Derechos Humanos.3. La carrera Policial requiere vocación
de servicio, patriotismo, abnegación, honradez,
firmeza de carácter, veracidad, valor, obediencia y
compañerismo.4. En el ejercicio de sus funciones, el
Policía debe ejercer autoridad con el convencimiento
de que encarna la majestad de la ley, para ello hará
uso de la reflexión, el buen juicio y la
persuasión.5. Un elevado espíritu de justicia y
probidad sustentados en la verdad y prudencia, deben inspirar
el accionar policial.6. El mantenimiento y fortalecimiento de la
disciplina se logra mediante la educación, el mando
justo, el buen ejemplo, la permanente disposición, y
la oportuna administración de estímulos y
sanciones.C. FUNDAMENTOS BASICOS
1. La disciplina y las normas que
guían su ejecucióna. Disciplina Policial
(1) Es el acatamiento consciente a las normas y
disposiciones que consagran los deberes profesionales del
Policía.(2) Constituye un principio fundamental dentro
de la PNP, en virtud de ella, todo Superior debe obtener
respeto y obediencia de sus subordinados, de conformidad a
las disposiciones legales y reglamentarias
vigentes.(3) Debe ser norma de la PNP y una fuerza que
impulsa al comportamiento y a la actividad correcta y
positiva, porque su esencia es el orden, la buena conducta,
la obediencia consciente, oportuna y eficaz; el respeto, la
rectitud y la aceptación de la responsabilidad de los
actos y omisiones propias o de los subordinados.(4) Se obtiene más fácilmente,
cuando mayor sea el ascendiente del Superior sobre sus
Subordinados, por la confianza que inspire su
carácter, el buen ejemplo, sus conocimientos
profesionales, su espíritu de honestidad, justicia y
observancia del Principio de Autoridad.(5) Contribuye a mantener la disciplina, la
aplicación de sanciones adecuadas y proporcionales a
las faltas cometidas, así como el reconocimiento
oportuno a todo acto meritorio.(6) La buena presentación, el porte y
sobre todo la eficiencia y el tino en las intervenciones del
Servicio, la buena conducta dentro y fuera del Instituto y de
manera muy especial la deferencia reciproca entre Superiores
y Subordinados, testimonian la formación profesional,
el espíritu de cuerpo que caracterizan la disciplina
de la PNP.(7) La disciplina de los Subordinados es el
reflejo de la autoridad de sus Superiores, por consiguiente,
disimular las faltas, es incurrir en ellas.(8) El Policía, cualquiera que sea sus
jerarquía, tratara a sus Subordinados con justicia y
equidad, demostrándole todo el interés y
consideración que se merecen. Todo acto, gesto o
propósito susceptible de abuso al Subordinado
está prohibido.(9) La carencia de celo en el Superior para
corregir las infracciones de sus Subordinados,
particularmente cuando estos, pertenecen a unidades
diferentes a la de aquel, genera un alto porcentaje de
deterioro progresivo de la disciplina. Por tanto, todo
Superior que constata la comisión de una
infracción, está obligado a corrección,
de conformidad a las disposiciones contenidas de este Manual.
La omisión de esta obligación constituye
infracción grave del Superior.
(10) La disciplina se refleja en la forma como el
Policía, individualmente o en conjunto, se comporta en su
vida personal, familiar profesional y social.
(11) En el medio policial, la practica constante de la
subordinación, son los signos exteriores de respeto, las
normas de cortesía, el tino en la emisión de
juicios y ejecución de acciones, vestir adecuadamente y
las practicas de camaradería, permite modelar el
espíritu de disciplina dl policía,
proporcionándole un constante anhelo de perfección
y un sentido de rectitud.
(12) El Policía no debe olvidar que la disciplina
de todos facilita el desarrollo y progreso institucional y
contribuye a su prestigio, subsistencia, respetabilidad y gran
arraigo social. La Indisciplina de sus miembros en cambio, lo
conduce al caos y al rechazo ciudadano.
b. Jerarquía
(1) Es el nivel alcanzado por l personal
policial en las respectivas categorías y comprende uno
o más grados. Constituye el modo de establecer la
organización institucional. Es el factor dinamizador
de la disciplina.(2) Es símbolo de orientación,
consejo, apoyo y comprensión.(3) La superioridad jerárquica policial
existe por razón de grado o cargo,. La sucesión
del mando se produce, invariablemente, cuando por ausencia
del Superior, el Subordinado asume la función de
aquel, según el orden de jerarquía y
antigüedad.(4) El Subordinado no debe hacer apreciaciones
que pongan en discusión las cualidades del Superior,
debiendo intuir que representa el grado jerárquico que
el espera alcanzar; por lo que debe procurar su
prestigio.c. Subordinación
(1) Existe subordinación hacia el
Superior en todos los actos del servicio, en razón del
grado, antigüedad, cargo. Se ejerce
jerárquicamente de grado a grado, manteniendo cada
cual en el ámbito de sus deberes y
derechos.(2) La subordinación se manifiesta en
forma implícita, jerárquica o
directa:(a) es implícita cuando el cumplimiento
de la obligación profesional esta establecida en la
normatividad vigente aplicable.(b) Es jerárquica cuando requiere la
existencia de una orden o autorización de un superior
en línea de comando.(c) Es directa cuando el subordinado cumple una
orden o hace uso de una autorización de su superior
jerárquico inmediato, sin
intermediación.(3) Todos los miembros del la
institución Policial deberán guardar reciprocas
consideraciones y respeto.d. Mando
(1) Es la facultad para dirigir y conducir
hombres, ejerciendo al mismo tiempo, predominio intelectual y
moral, para obtener obediencia voluntaria, confianza, respeto
y cooperación leal.(2) El ejercicio del mando determina
responsabilidades ineludibles, por tal motivo toda orden debe
ser impartida en forma tal que inmediatamente después
de cumplida se pueda deslindar responsabilidades sin lugar a
dudas; el Superior no podrá disculparse ni
justificarse por las omisiones o descuidos.(3) Para mandar acertadamente se requiere saber
obedecer razonable y conscientemente.e. Antigüedad en el
grado
La antigüedad se determinara por la fecha del
último ascenso, a igualdad de este, por la del ascenso del
grado anterior y así sucesivamente. De persistir la
igualdad se determinara por el orden establecido en el Cuadro de
Merito de Egreso del Centro de Formación o
Resolución de Alta en el caso del Personal de Servicios y
Especialistas (Cadetes y/o Alumnos, de conformidad a la
respectiva Resolución de alta).
f. Prelación en el
grado
En todo lo concerniente a los Actos del Servicio, el
mayor grado prevalece sobre el menor. A igualdad de grado, la
mayor antigüedad confiere prelación sobre la menor,
En igualdad de grado y antigüedad, el Oficial Policía
precede al de Servicios y este al de status de Oficial. Asimismo,
el Suboficial de Policía precede al Especialista de
Servicios. La asignación de personal a los cargos se
sujetara a esta disposición.
g. Ejercicio del comando
Por la naturaleza de la función o misión
policial por cumplir, el comando siempre debe ser asumido por
personal policial, aun cuando se encuentre presente Personal de
servicios o con status de Oficial de mayor grado o
antigüedad, quienes deberán abstenerse de ejercer el
Comando.
h. Potestad sancionadora del personal
PNP
La potestad sancionadora disciplinaria es inherente a
todo el personal de la P.N.P respeto a los Subordinados, y es
ejercida dentro de atribuciones y límites establecidos en
la Ley N° 28338.
i. Responsabilidad en el ejercicio de
mando
El ejercicio del mando implica responsabilidad personal
ineludible por los actos u omisiones que constituyan
infracción, conforme lo determina la Ley N°
29356.
j. Ordenes
(1) La función de dirigir y mandar se
ejercita mediante órdenes.(2) Es un mandato externo de autoridad, que se
debe obedecer, observar y ejecutar.(3) El Superior en grado investido de mando y
autoridad tiene la facultad para impartir órdenes,
dentro de los límites de su competencia establecida
por la Ley y Reglamentos PNP.(4) Toda oren que se imparta debe ser
lógica, oportuna, clara y precisa y estar enmarcada
dentro de la Constitución y la Ley; antes de
impartirse se reflexionara sobre su contenido para evitar
distorsiones y contra ordenes.(5) Los Subordinados no están obligados
a obedecer órdenes que conduzca manifiestamente a la
comisión de un delito o falta.(6) Se debe ordenar con seriedad y serenidad.
Ordenar lo que no se debe o no puede ser obedecido, es
provocar la desobediencia.(7) Por regla general se presume por
legitimidad y conveniencia de todas las órdenes; sin
embargo el subordinado no está obligado a cumplir
aquellas que atenten contra la Constitución, Leyes y
Reglamentos.(8) Es ilegitima la orden cuando excede los
límites de la competencia de quien la da, o quien la
recibe no es competente para cumplirla.(9) Las órdenes deben cumplirse en el
tiempo, modo y lugar indicado por el Superior.(10) Cuando al ejecutarla aparecieren
circunstancias de fuerza mayor que puedan modificar el
tiempo, modo y lugar previsto para su ejecución, su
cumplimiento debe ser dilatado o modificado, siempre que no
pudiera consultarse al Superior, a quien se le comunicara la
decisión tomada tan pronto como sea
posible.k. Obediencia
(1) Virtud moral que hace pronto la voluntad
para acatar conscientemente las leyes, reglamentos y
órdenes del Superior, teniendo presente que para
obedecer se necesita atender, comprender y
ejecutar.(2) Cuando el Subordinado recibe una orden,
debe comenzar por examinar cual es el fin que persigue el
Superior y cuál será su resultado, a fin de
poner en juego la cooperación que está obligado
a prestar en cumplimiento a ella.(3) Si el Subordinado hallase una orden dudosa
o imprecisa, debe solicitar su aclaración.(4) Ejecutar una orden es cumplirla inmediata y
fielmente, utilizando todos los medios razonables a su
alcance.(5) No es válido en el policía el
concepto de que las ordenes se cumplen sin dudas ni
murmuraciones, porque responsables del resultados de sus
cumplimiento son tanto el superior que las emite como el que
las cumple; no pudiendo pretextar el desconocimiento de la
Ley.(6) El que haya ejecutado una orden no debe
conformarse con haberla cumplido, sino que además debe
poner en conocimiento de aquel de quien la recibió. El
superior está en la obligación de verificar su
cumplimiento.1. Conducto regular
(1) Es el sistema empleado para transmitir
tanto las ordenes, como las solicitudes, partes y
reclamaciones escritas o verbales, a través de las
líneas de mando ascendentes y descendentes, de
conformidad con la organización.(2) Deberá observarse tanto el
Subordinado al Superior, como del Superior al Subordinado.
Sin embargo, cuando un Subordinado reciba una orden directa,
está obligado a cumplirla dando aviso a su Superior
inmediato, con lo cual se considera cumplido el requisito
reglamentario del conducto regular.(3) El conducto regular no podrá ser
negado al Subordinado por el Superior jerárquico, caso
contrario, podrá obviarse, para recurrir al Superior
directo de quien lo negó y cuando, de observarlo, en
razón del tiempo o exigencia del caso, se convierta en
perjudiciales.2. Normas de comportamiento
policiala. El Policía tiene el deber imperioso
de poner toda su voluntad, inteligencia y decidido esfuerzo
al servicio del país y de la comunidad.b. El Superior tiene la obligación de
estimular en sus subordinados las virtudes individuales y
sociales con su conducta ejemplar.c. En la relación institucional y de
instrucción, las relaciones interpersonales del
Personal Policial se desenvuelven dentro del marco de la
disciplina, camaradería y respeto mutuo.d. La camaradería es el concepto
fundamental tradicional utilizado en el medio policial para
identificar las relaciones interpersonales entre Superiores y
subalternos, enmarcados dentro de los valores y virtudes
morales y mística institucional. En este contexto no
se admite que entre el personal de diferente grado se
produzca el exceso de confianza y familiaridad, toda vez que
resulta perjudicial al orden y/o disciplina, así como
al logro de los objetivos institucionales.e. El trato reciproco del Personal Policial,
debe estar regido por sentimientos de hidalguía,
franqueza, seriedad, compañerismo e
integración.f. Todo Policía tiene la
obligación profesional y moral de dar cuenta a sus
superiores cualquier incidente de conducta impropia o dudosa
de índoles sexuales y/o amorosas que observara dentro
o fuera de las Escuelas de Formación
Policial.g. El Policía tiene la obligación
ineludible de prestar su ayuda a todos y cada uno de los
miembros de la Institución, cuando estos se encuentren
en una situación difícil, aunque no los conozca
personalmente. Este precepto no significa que dicha ayuda se
extiende al caso en que se trate de encubrir alguna falta
grave o delito.h. Los miembros de la PNP deben tener siempre
presente la alta misión social que les corresponde,
debiendo recordar en todo momento su doble rol como
orientadores de la ciudadanía y exponentes de las
virtudes cívicas.i. La política partidista y las
discusiones de tal carácter son prohibidas en la
Institución.j. El personal policial al encontrarse
uniformado reglamentariamente deberá observar una
buena presentación personal, postura y porte,
transmitiendo una buena imagen.D. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE CADETES Y
ALUMNOS1. Derechos
a. El respeto a su dignidad humana.
b. La Institución y la superación
personal.c. La autoridad sobre el
Subordinado.d. El uso del carnet de identidad otorgado por
la Escuela respectiva.e. El uso de uniformes y distintivos
Institucionales.f. La utilización de las instalaciones y
servicios de la Escuela, sujetándose a las
disposiciones vigentes.g. Alimentación, servicio médico,
recreación y descanso.h. El asesoramiento y defensa por su Oficial
Instructor, ante las instancias disciplinarias
correspondientes.i. El reconocimiento por su jerarquía y
sus honores.j. Las recompensas y estímulos por su
bien comportamiento.k. El reclamo por sanción que considera
injusta.l. La libertad de culto.
m. La privacidad de su
correspondencia.2. Deberes y obligaciones
a. El respeto a las normas y reglamentos de
carácter académico, disciplinario y
administrativo de las Escuelas de
Formación.b. La puntualidad en el cumplimiento de las
órdenes y disposiciones.c. Colaborar con las actividades que realice la
Escuela de Formación respectiva.d. El respeto a jerarquía y a la
antigüedad.e. Solicitar la sanción de las faltas
observadas, a través del conducto regular.f. El porte policial y el cuidado
personal.g. Evitar quebrantar las normas de ética
y moral con respecto a las relaciones entre el personal
masculino y femenino de la PNP.h. Mantener relaciones sociales decorosas y que
sus actos no afecten su dignidad ni el prestigio de la
Institución.i. El uso correcto de los uniformes y
distintivos PNP.j. El uso, mantenimiento y cuidado del
armamento afectado.k. El uso adecuado y cuidado de CIP.
l. El uso correcto de las instalaciones y
servicios internos de la Escuela, velando por
conservación, limpieza y buena
presentación.m. Auxiliar y apoyar al compañero cuando
lo necesite.n. Mantener reserva sobre las diversas
actividades de la Escuela evitando cometer delito de
infidencia.
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