La creación de la Secretaría del Ambiente (SEAM) y sus actividades en el Paraguay
- Introduccion
- Instituciones
gubernamentales - Dirección general de la gestión
ambiental - Instituciones involucradas en la gestión
ambiental - Instituciones
gubernamentales - Especificaciones técnicas ambientales
generales (ETAGS) - Alter
vida – centro de estudios y formación para el
ecodesarrollo - Publicaciones de esta
institución - Conclusion
- Bibliografia
INTRODUCCION
La Secretaría del Ambiente (SEAM), es una entidad
que tiene como función o propósito la
formulación de políticas, la coordinación la
supervisión y la ejecución de las acciones
ambientales y los planes, programas y proyectos enmarcados en el
Plan Nacional de Desarrollo y referentes a la preservación
y la conservación, la recomposición y el manejo de
los recursos naturales.Además se encarga del ordenamiento
ecológico y del ambiente en general, propendiendo a un
mejoramiento permanente de las condiciones de vida de los
distintos sectores de la sociedad paraguaya para garantizar
condiciones de crecimiento económico, equidad social y
sustentabilidad ecológica a largo plazo.Uno de los
objetivos principales, es el de lograr el reconocimiento del
Paraguay entre los mejores países en calidad ambiental de
la región, siendo una institución eficiente,
participativa y de liderazgo en la gestión ambiental del
país, con especial énfasis en los recursos
naturales y la conservación de la biodiversidad, con el
fin de contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de sus
ciudadanos.
Hoy en día la SEAM cuenta con un
equipo de primer nivel, compuesto por fiscalizadores y
especialistas, altamente entrenados y todos acompañados
del equipamiento necesario y las últimas
tecnologías para realizar los trabajos, fiscalizaciones,
intervenciones y documentarlas digitalmente; con un operativos de
movilización excepcionales.La SEAM está compuesta
de varias Secretarías y Direcciones Generales, que se
encargan de los distintos rubros del ambiente, cada uno
apoyándose en otros por un bien común: preservar el
medio ambiente que nos queda, y que debemos legar a generaciones
posteriores.
INSTITUCIONES
GUBERNAMENTALES
Secretaría del Ambiente – SEAM creada
por Ley 1561/00
Funciones de la Secretaría del
Ambiente
La Secretaría del Ambiente (SEAM),
es una entidad que tiene como función o propósito
la formulación de políticas, la coordinación
la supervisión
y la ejecución de las acciones ambientales y de los
planes, programas
y proyectos
enmarcados en el Plan
Nacional de Desarrollo y referentes a la preservación y la
conservación, la recomposición y el manejo de los
recursos naturales; el ordenamiento ecológico y del
ambiente en general, propendiendo a un mejoramiento permanente de
las condiciones de vida de los distintos sectores de la sociedad
paraguaya para garantizar condiciones de crecimiento
económico,
equidad social y sustentabilidad ecológica a largo
plazo.
La SEAM tiene por funciones,
atribuciones, y responsabilidades, las siguientes:
• Elaborar la política ambiental nacional,
en base a una amplia
participación ciudadana, y elevar las propuestas
correspondientes al CONAM;
• Formular los planes nacionales y regionales de
desarrollo económico y social, con el
objetivo de asegurar el
carácter de sustentabilidad de los
procesos de aprovechamiento de los recursos naturales y el
mejoramiento de la calidad
de vida;
• Formular, ejecutar, coordinar y fiscalizar la
gestión y el cumplimiento de los planes, programas y
proyectos, referentes a la preservación, la
conservación, la recuperación, recomposición
y el mejoramiento ambiental considerando los aspectos de equidad
social y sostenibilidad de los mismos;
• Determinar los criterios y/o principios
ambientales a ser incorporados en la formulación de
políticas nacionales;
• Elaborar anteproyectos de legislación
adecuada para el desarrollo de las pautas normativas generales
establecidas en esta ley, así como cumplir y hacer cumplir
la legislación que sirva de instrumento a la
política, programas, planes y proyectos indicados en los
incisos anteriores;
• Participar en representación del Gobierno
Nacional, previa intervención del Ministerio de Relaciones
Exteriores, en la suscripción de convenios
internacionales, así como en la cooperación
regional o mundial sobre intereses comunes en materia
ambiental;
• Coordinar y fiscalizar la gestión de los
organismos públicos con competencia en materia ambiental y
en el aprovechamiento de recursos naturales;
• Proponer planes nacionales y regionales de
ordenamiento ambiental del territorio, con participación
de los sectores sociales interesados;
• Proponer al CONAM niveles y estándares
ambientales; efectuar la normalización
técnica y ejercer su control
y monitoreo en materia ambiental;
• Definir las técnicas de valuación
del
patrimonio ambiental y de los recursos naturales, a los
efectos, de determinar los costos
socioeconómicos y ambientales;
• Proponer, y difundir sistemas
más aptos para la protección ambiental y para el
aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el
mantenimiento de la biodiversidad;
Página siguiente |