- El Derecho – Concepto y
Clasificación – Derecho y
Moral - Derecho
Privado – sus ramas – Derecho Civil – definición – sus
instituciones -su carácter supletorio – importancia
económica - Fuentes
del derecho privado – la ley -concepto – formación
y vigencia de las leyes - Efectos
de la ley con relación al tiempo – análisis del
art. 3 del Código Civil – Efectos de la ley con
relación al territorio - El
Código Civil Argentino - Modos de
contar los intervalos en el Derecho
Pto 1
El Derecho
–Concepto y Clasificación – Derecho y
Moral
Concepto de derecho
Muchas son las definiciones del derecho. Pero todas
ellas tienen en común un elemento que las une: el derecho
entraña la idea de justicia. A su
vez, el derecho contiene la noción de alteridad, o sea,
requiere que exista una relación entre, por lo menos, dos
personas; para que exista justicia, que a su vez, contiene las
ideas de proporción y equilibrio.
Etimológicamente proviene de "directus"
que significa dirigido o encausado, es decir algo que esta sujeto
a normas.
Podemos definir entonces al derecho como un "sistema de normas
coercibles que rigen la convivencia social".
Sistema, porque el derecho no es cualquier
conjunto de normas, no es un grupo de normas desordenadas,
yuxtapuestas, una encima de otra. Es un conjunto de normas
porque las normas que lo constituyen están ordenadas
jerárquicamente en forma de pirámide
jurídica, donde todas las normas inferiores deben
adaptarse a lo que establece la Constitución Nacional
y los tratados internacionales.
Coercibilidad, porque toda norma
jurídica lleva en si la posibilidad de aplicar el uso
de la fuerza publica por parte del Estado para exigir su
cumplimiento o para sancionar el incumplimiento o
violación de la norma.Regula la conducta humana, pero del hombre
que vive en sociedad. La conducta del hombre que
interactúa, que se relaciona con otros hombres. La
conducta de un "hombre solo o aislado" no le
interesa al derecho. Para que haya derecho debe haber por lo
menos dos personas.
"El derecho persigue como fin ultimo la paz
social y la justicia en la sociedad a la
cual regula".
Clasificación
Derecho Objetivo y
Derecho Subjetivo
Cuando hablamos de derecho objetivo y derecho subjetivo
estamos ante dos facetas de una misma realidad; porque cuando se
habla de derecho hacemos alusión tanto a una
disposición del ordenamiento jurídico como a una
facultad o poder de
actuar que nace de dicho ordenamiento jurídico.
De esta manera al hablar de derecho objetivo
hacemos referencia al "derecho norma", al conjunto de
normas de conducta a las
que quedo sometida la persona en la
vida social y cuyo cumplimiento puede serle coercitivamente
exigido, con intervención de la autoridad
publica.
Ejemplo: Cuando se afirma que el derecho argentino
dispone que las personas físicas sean mayores de edad al
cumplir veintiún años, o que pueda testar a partir
de los 18 años, se hacer referencia al derecho
objetivo.
Por otro lado cuando nos referimos al derecho
subjetivo estamos hablando de una facultad,
atribución y poder de actuar o exigir algo que nace de la
norma jurídica. Es el conjunto de facultades y poderes de
obrar que poseen los individuos de conformidad con lo que les
otorgan las normas positivas (derecho objetivo).
Ejemplo: Una persona que ha cumplido 18 años
tiene el derecho (subjetivo) de testar, por cuanto una norma
jurídica (derecho objetivo), contenida en el art 3614 del
Código
Civil, le da la facultad de hacerlo.
Derecho Positivo y Derecho
Natural
– Derecho Positivo: Conjunto de
normas jurídicas dictadas por la autoridad competente del
Estado para
dirigir la conducta de las personas que viven en una sociedad
determinada. Es decir, que es el conjunto de normas
jurídicas que rigen en una sociedad determinada, en un
momento determinado.
Los seguidores del derecho positivo
se llaman "positivistas" y para ellos es suficiente con
que se haya seguido el procedimiento
previsto en la Constitución de una sociedad determinada,
para la creación de las leyes, para que
esa norma sea derecho vigente sin importar que sea justo o
no.
– Derecho Natural: Conjunto de
principios
fundamentales que hacen a la esencia humana, a su dignidad y a
su libertad.Estos
principios según cual sea la corriente de derecho natural
que se siga, se le revelan al hombre por la
razón o por la intuición.
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