- ¿Qué es
argumentar? - Argumentación
jurídica - Deber constitucional de
motivar la resolución judicial - Principio
lógico rector para la motivación de la
resolución judicial - Clasificación
de la motivación - Otra
propuesta de clasificación - Muestras
de algunas motivaciones de resoluciones
judiciales - Conclusiones
- Bibliografía
¿Qué es
argumentar?
Es dar razonamientos que se sirvan para demostrar una
proposición. Deducir, inferir consecuencias o razones en
apoyo de una cosa. Es un diálogo en
el que un sujeto (el enunciador) presenta una serie de argumentos
con los que pretende modificar la conducta de otro
sujeto (el enunciatario), de forma que éste último
acepte la tesis
propuesta por el primero
Argumentación
jurídica
La argumentación jurídica es un proceso
cognitivo especializado (teórico o practico) que se
realiza mediante concatenación de inferencias
jurídicas consistentes, coherentes, exhaustivas,
teleológicas, fundadas en la razón suficiente, y
con conocimiento
idóneo sobre el caso objeto de la argumentación. La
argumentación jurídica se concretiza relacionando
premisas, a la luz vinculante de
los principios y
demás cánones lógicos pertinentes, para
obtener secuencial y correctamente, conclusiones que,
según el caso, afirme o nieguen la subsunción del
hecho en la hipótesis jurídica o afirmen o
nieguen la validez o invalidez o la vigencia formal o real de la
norma jurídica dada o afirmen o nieguen la pertinencia o
impertinencia, o la aplicabilidad o inaplicabilidad o la
compatibilidad.
Cuando la argumentación jurídica este
referida al aspecto – factico vinculado a la norma
jurídica positivizada, (por ejemplo: a su fuente real o
material) ella se orientara a demostrar o refutar la verdad o
probabilidad o
la falsedad o el error sobre el caso.
MOTIVACIÓN COMO ARGUMENTACIÓN
JURÍDICA ESPECIAL
Es conveniente destacar en el lenguaje
español en
la segunda acepción del verbo motivar significa:
dar o explicar la razón o motivo que se ha tenido para
hacer una cosa.
Deber
constitucional de motivar la resolución
judicial
Resolución judicial
La resolución judicial es el acto procesal
proveniente de un tribunal, mediante el cual resuelve las
peticiones de las partes, o autoriza u ordena el cumplimiento de
determinadas medidas.
Dentro del proceso, doctrinariamente se le considera un
acto de desarrollo, de
ordenación e impulso o de conclusión o
decisión.
Las resoluciones judiciales requieren cumplir
determinadas formalidades para validez y eficacia, siendo
la más común la escrituración o registro (por
ejemplo, en audio), según sea el tipo de procedimiento en
que se dictan.
Desde el punto de vista del lenguaje
técnico-jurídico y en síntesis,
se entiende por motivación
de resoluciones el deber jurídico de explicar y justificar
(demostrar con argumentos convincentes) por que y para que, etc.,
la decisión es en ese sentido y no en otro. El deber de
motivar incluye resoluciones administrativas o de otra
índole. Desde el punto de vista lógico se le impone
el principio de razón suficiente.
Como categoría jurídica y circunscrita
solo a la potestad jurisdiccional, la
motivación de las resoluciones jurisdiccionales tiene
rango de principio jurídico. Del Perú es un
principio positivizado por la constitución (constitución 1993,
articulo 139, inciso 5). En efecto, la constitución
declara: "son principios y derechos de la función
jurisdiccional":
"la motivación escrita de las resoluciones
judiciales en todas las instancias, excepto los decretos de mero
trámite, convención expresa de la ley aplicable y
de los fundamentos de hecho en que se sustentan (art. 139, inciso
5).
Por prescripción constitucional, la
argumentación jurídica constitutiva de la
motivación de una resolución judicial tendrá
necesariamente forma escrita y su contenido (inferencias
conectadas) será tanto de naturaleza
jurídica como fáctica inherentes al caso materia de la
decisión.
En la practica la argumentación jurídica
no tiene como objeto ni como limite unico la norma positiva (la
ley), sino, también, eventualmente, puede tener como
fundamento jurídico un enunciado normativo o un precedente
que a du ves, tenga proyección evolutiva que signifique
"desarrollo del Derecho", tal el caso, por ejemplo, si en alguna
ocasión tuviere lugar una decisión importante
mediante inferencia analógica.
Página siguiente |