- Fundamento
constitucional - Descripcion del
minimo vital y movil - Diferencia entre
salario basico y salario minimo vital - Remuneracion
minima vital y movil, proporcional a la cantidad y calidad del
trabajo - La igualdad y
oportunidades para los trabajadores - Ordenamiento
nacional - Bibliografia
INTRODUCCION
Los constituyentes del 91 dejaron muy claro su deseo de
establecer y garantizar los derechos de la clase obrera
mediante las normas
establecidas en la constitución política, que
propenden por una vida digna y un trabajo bien
remunerado; estableciendo en esta los principios
mínimos que deben contener el estatuto del
trabajo(articulo 53 C.P).
Siendo dos de ellos remuneración mínima vital y
móvil, proporcional a la cantidad y calidad del
trabajo; igualdad y
oportunidades para los trabajadores, siendo estos básicos
para garantizar una vida digna, permitiendo gozar de los
mínimos derechos de la persona.
Además nos permite mirar los alcances que tiene dicho
ordenamiento pues Colombia a
ratificado varios acuerdos con la OIT (organización
internacional del trabajo).
FUNDAMENTO
CONSTITUCIONAL
Los principios mínimos que debe contener el código
sustantivo del trabajo se encuentra consignado en el
artículo 53 de la Constitución Política, que
además es concordante con el artículo 25
ibídem que consagra al mismo como un derecho.
DESCRIPCION DEL
MINIMO VITAL Y MOVIL
Definición.
Mínimo. Significa que es la menor
remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador
sin cargas de familia por su
jornada laboral.
1El salario
mínimo básico en Colombia lo establece el concejo
nacional Laboral por consenso fijara salarios
mínimos de carácter general o para cualquier
región o actividad profesional, industrial, comercial,
ganadera, agrícola o forestal de una región
determinada. En caso de que no haya consenso en el Consejo
Nacional Laboral, el Gobierno, por
medio de decretos que regirán por el término que en
ellos se indique, puede fijar dichos salarios.
Vital. Quiere decir que debe asegurarle al trabajador
la satisfacción de sus necesidades básicas,
esto es alimentación adecuada, vivienda digna,
educación,
vestuario, asistencia sanitaria, transporte y
esparcimiento, vacaciones y cobertura previsional.
Móvil. Implica que debe ajustarse
periódicamente de acuerdo a las variaciones del costo de la
vida.
El salario
mínimo vital tiene por objeto, asegurar al trabajador y a
su familia, alimentación adecuada, vivienda digna,
vestuario, educación, asistencia sanitaria, transporte,
esparcimiento, vacaciones y previsión. Actúa en
realidad como garantía mínima salarial en todo el
país, aplicándose en la práctica: a) cuando
las convenciones colectivas de trabajo
1 articulo 147 Código sustantivo
del trabajo
fijen salarios inferiores; b) cuando se trate de una actividad
que no esté regida por convenciones colectivas de trabajo
o estatuto especial.
El salario mínimo vital se expresa en montos mensuales,
y horarios, y es susceptible de actualización
periódica (móvil).
DIFERENCIA ENTRE
SALARIO BASICO Y SALARIO MINIMO VITAL
El salario básico es aquel establecido por consenso en
el consejo nacional laboral o por el gobierno, y el salario
mínimo vital seria aquel con el cual el trabajador
podría suplir todas sus necesidades esenciales.
REMUNERACION
MINIMA VITAL Y MOVIL, PROPORCIONAL A LA CANTIDAD Y CALIDAD DEL
TRABAJO
A trabajo igual, salario igual
2A trabajo igual desempeñado en puesto, jornada y
condiciones de eficiencia
también iguales, debe corresponder salario igual.
Así lo ha entendido la Corte
Constitucional, quien en Sentencia C-1433 de octubre de 2000 con
ponencia del Dr. Antonio Barrera Carbonell expresa:
"Estima la corle que el ajuste del salario, desde la
perspectiva señalada, no corresponde propiamente a su
incremento, pues, para que exista un incremento en la
remuneración, verdadero y efectivo, se requiere que
ésta so revise y modifique, aumentándola, luego del
ajuste de inflación, teniendo en cuenta los factores
reales de carácter socioeconómico que inciden en su
determinación y. específicamente, la necesidad de
asegurar el mínimo vital y la equivalencia con lo que
corresponde al valor del
trabajo Esta equivalencia debe ser real y permanente, conseguirla
supone necesariamente mantener actualizado el valor del salario,
ajustándolo periódicamente en consonancia con el
comportamiento
de la
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