- Introducción y
consideraciones previas - El
sistema financiero y la actividad bancaria - Mercado
financiero internacional - Un
repaso por la historia - La
moneda Argentina – Antecedentes - La
actividad bancaria - Bancos
- La
organización del sistema financiero
argentino - Régimen
legal vigente - Bibliografía
Prólogo
En el presente trabajo
trataremos de mostrar como fue evolucionando el Derecho Bancario
en nuestro país de manera que nos pueda servir de
guía de estudio para comprender mejor su origen
histórico y su presente. La referencia a términos
como Globalización o Relaciones
Internacionales nos lleva a pensar en actividades bancarias
cada vez más complejas, ya sea por los instrumentos que
utilizan, ya sea también por la mayor rapidez que
adquirieron sus acciones desde
sus inicios. Este nuevo paradigma
bancario se proyecta naturalmente como una consecuencia
inevitable de las nuevas
tecnologías y necesidades del mercado; el
dinamismo propio de los tiempos modernos exige un cambio
paralelo casi continuo, casi incesante, en el derecho que lo
regula, derecho que aparece como el instrumento idóneo
para la regulación y creación de nuevos mecanismos
como así también para la nueva regulación de
los mecanismos existentes.
Los temas abarcados pueden ser vistos desde muchas
perspectivas, haciendo de sus límites
algo difuso y, por sobre todo, extenso.
Nuestra propuesta tiene una orientación
más bien didáctica: buscamos realizar una tarea
seleccionadora que logre discriminar el proceso
material histórico que nos trajo a éste punto
concreto en el
que nos encontramos hoy en día.
Esperamos alcanzar (con cierta humildad) los objetivos que
nos proponemos.
Introducción y
consideraciones previas
La actividad bancaria en nuestro país, es de
naturaleza
privada y de interés
público, por esta razón, cuenta con las
garantías de libertad de
comercio y de
asociarse con fines lícitos y útiles, pero su
actividad está reglada para proteger el interés
público comprometido. Además este derecho bancario
esta interrelacionado con las finanzas y la
economía, de ahí su abundante
riqueza de las materias a debatir. El problema sistémico
en la economía es la protección de la fluidez del
crédito
o flujo de fondos elemento tipificante de las operaciones
bancarias, razón por la cual la política de supervisión y custodia del buen
funcionamiento del sistema que
realiza el Banco Central de la
República Argentina (B.C.R.A) tiende a evitar las
corridas bancarias que generan una disminución de la
oferta de
dinero, que
produce una reducción de la actividad económica en
general.
En cuanto a lo que podemos denominar el Derecho Privado
Bancario, es decir las normas que
regulan las operaciones bancarias entre los bancos y los
clientes
usuarios, encontramos pocas normas estructurales, por ejemplo: la
regulación de la cuenta corriente bancaria en el Código de
Comercio, la Ley N° 20.636
de Plazo Fijo, la Ley N° 24.441 de Fideicomiso,
la Ley N° 25.248 de Leasing, etc.
y las normas de coyuntura, es decir, las comunicaciones
"A" del B.C.R.A. cumplen el rol de interferir aún en los
contratos en
ejecución entre bancos y usuarios clientes, ya que cada
operación repercute en el sistema
financiero, y el B.C.R.A. debe velar por el interés
público tutelado.
Los factores que inciden en el éxito o
fracaso de la actividad bancaria básicamente están
dados en las políticas
y procedimientos de
la gerencia y el
directorio de un banco, es
frecuente que los directores carezcan del conocimiento
bancario necesario o estén desinformados para cumplir
eficazmente su función de
supervisión de las distintas actividades del
banco.
En el orden internacional, la creciente influencia de
la
globalización de los mercados
financieros impacta en la posibilidad de los Estados para
definir y llevar a cabo sus objetivos de política
económica. El concepto y la
función económica del mercado financiero hay que
entenderlo desde un contexto global ya que no se limita
exclusivamente a los aspectos jurídicos ni a las fronteras
nacionales. No se trata de la interacción con un ordenamiento
jurídico determinado, sino de la posibilidad de
contactarse con múltiples esquemas normativos, los que
frecuentemente pertenecen a sistemas legales
con principios y
metodologías diferentes, la práctica contractual en
las operaciones
financieras internacionales ha adoptado los usos y técnicas
del common law.
El contrato
bancario es la representación final del planeamiento y
estructuración de la operación, negociación; la preparación de la
documentación legal necesaria y el
asesoramiento general son cuestiones que incumben al
abogado.
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