La superintendencia de bancos y la contabilidad bancaria en Venezuela (página 3)
"Articulo 196. Si del estudio y análisis de la documentación consignada por los bancos, entidades
de ahorro y
préstamo, otras Instituciones
financieras, casas de cambio y
demás reguladas por este Decreto Ley, la
Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras
encuentran que las mismas no se ajustan al código
de cuentas o
instrucciones establecidas o no se reflejan la verdadera
situación de la institución de que se trate, se
notificara a la institución a los fines de que procesada a
efectuar las debidas correcciones y realizar la
republicación.
En caso de incumplimiento de la orden de
reduplicación por parte de la institución, la
Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras
deberá hacer, a costa de aquella, la publicación
respectiva con las notificaciones necesarias, si perjuicios de
las sanciones a que hubiere lugar.
Así mismo. Cuando los informes de
auditores presentados no se ajusten a las reglas establecidas por
la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras,
esta podrá ordenar, por cuenta de la Institución
financiera, la realización de una auditoria por otros
contadores públicos."
Estado pormenorizado de ganancias y pérdidas
semestrales
Un estado
pormenorizado de su cuenta de ganancias y pérdidas
correspondientes al ejercicio semestral inmediato anterior,
dentro de los quince días continuos siguientes al final de
cada ejercicio. Dicho estado se presentara junto con el balance
de operaciones
correspondiente al 30 de junio y al 31 de diciembre de cada
año. Estos documentos o
recaudos deben publicarse dentro de los quince días
continuos siguientes al final de cada semestre y ser auditados
por los contadores públicos en ejercicio independiente de
la profesión, inscritos en el registro que
lleva la superintendencia, conforme a las reglas que para la
realización de tales auditorias
ésta establezca.
Estados financieros
de las oficinas en el exterior
"Articulo 200. Cuando el grupo
financiero se encuentre integrado por empresas
financieras o no , domiciliadas fuera del país, los entes
bajo el control de la
Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras,
deberán proveer toda la información para cumplir con lo previsto en
el presente capitulo.
En este supuesto, se aplicarán los procedimientos
emanados de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones
Financieras, asi como los convenios o acuerdos que se hayan
suscrito con otras autoridades similares del exterior. En todo
caso, la información deberá estar debidamente
certificada por el presidente o la persona
autorizada del ente financiero domiciliado en el exterior, y los
estados financieros deberán estar auditados por una firma
de auditores externos de reconocimiento
internacional".
Los balances a consolidar o combinar referirán al
30 de junio y 31 de diciembre, las cuentas de resultados, al
primer semestre y segundo semestre de cada año.
"Articulo 199. La Superintendencia de
Bancos y Otras Instituciones Financieras establecerá las
normas
conforme a las cuales se consolidarán o combinarán
los balances y las cuentas de resultados de los bancos, entidades
de ahorro y préstamo, otras instituciones financieras,
casas de cambio y demás empresas entre quienes se hubiere
determinado unidad de decisión o de gestión, según los supuestos
contenidos en las referidas normas
Los estados
financieros a consolidar o combinar referirán al 30 de
junio y 31 de diciembre; las cuentas de resultados, al primer
semestre y segundo semestre de cada año. Los estados
financieros consolidados o combinados deberán ser
presentados a la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones
Financieras dentro del plazo de noventa días continuos
siguientes, contados".
En lo que respecta al valor
probatorio de los libros de
contabilidad
el artículo 201 de la ley contempla las soluciones a
través de las cuales se aceptan los libros de la
contabilidad por sistemas
electrónicos, así como, asientos contables y
anotaciones por procedimientos mecánicos, como
sigue:
"Articulo 201. Los libros de contabilidad llevados
por ,los bancos, entidades de ahorro y préstamo, otras
instituciones financieras, casas de cambio y demás
empresas sometidas a la supervisión de la Superintendencia de
Bancos y Otras Instituciones Financieras, serán ajustados
a las disposiciones del Código de
Comercio, de este Decreto Ley y de las normas que dice la
Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras;
adminiculados con los documentos acreditados de los asientos
registrados, podrán hacer pruebas en la
misma forma en que lo determina el citado
Código.
Los Libros auxiliares de contabilidad pueden ser
aprovechados por estos en juicio, siempre que reúnan todos
los requisitos que al efecto prescriben el Código de
Comercio, ese
Decreto Ley y las normas que establezca la Superintendencia de
Bancos y Otras Instituciones Financieras.
Para la utilización de la contabilidad
bancaria como medio de prueba en juicio, se aplicarán las
normas que al respecto consagran el Código de Comercio y
el Código de Procedimiento
Civil".
Asientos contables y
anotaciones por procedimientos mecánicos
"Articulo 202. La Superintendencia de Bancos y Otras
Instituciones Financieras, queda facultada para establecer
mediante normas de carácter general, los términos y
condiciones en que podrán realizarse los asientos
contables y demás anotaciones producidas a través
de procedimiento tos mecánicos y computadoras,
sobre hojas que después habrán de ser encuadernadas
correlativamente. Los libros necesarios y los auxiliares firmados
con arreglo al procedimiento y a los requisitos por la
Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, en
virtud de lo previsto en este articulo, tendrán valor
probatorio pleno, de conformidad con lo dispuesto en el
Código de Comercio."
Sustitución de los libros de contabilidad por
sistemas electrónicos de contabilidad.
"Articulo 203. La Superintendencia de Bancos y Otras
Instituciones Financieras podrá establecer y regular
sistemas electrónicos de contabilidad, caso en el cual
sustituirán los libros de contabilidad que requiere el
Código de Comercio. En este supuesto, dichos sistemas
tendrán el mismo valor probatorio que el Código de
Comercio le asigna a los libros de contabilidad y se
regirán, en cuanto sea aplicable, por las disposiciones
que sobre exhibición de libros de contabilidad contiene el
referido Código"
Código de
Comercio
"Articulo 38. Los libros llevados con arreglo a los
artículos anteriores podrán hacer prueba entre
comerciantes por hechos de comercio. Respecto a otra persona que
no fuere comerciante, los asientos de los libros solo
harán fe contra su dueño; la otra parte no
podrá aceptar lo favorable sin admitir también lo
adverso que ello contenga".
Por último, es importante destacar la capacidad
de La Superintendencia de Bancos de efectuar la
contratación de auditorías especiales cuando a su juicio,
así lo considere necesario, esta atribución se
encuentra prevista en el artículo 129: "La
Superintendencia podrá ordenar a las empresas sujetas a
esta ley, la contratación de auditorías especiales
sobre determinadas cuentas de sus estados financieros. Así
mismo, podrá contratar directamente, la realización
de dichas auditorias, cuando lo considere necesario, con cargo a
las indicadas empresas".
La contabilidad
bancaria ajustada a los Principios de Contabilidad Generalmente
Aceptados (PCGA) hoy en día en las Normas Internaciones de
Contabilidad (NIC)
¿Por qué el cambio?
Dar cumplimiento a la Ley General de Bancos y otras
Instituciones Financieras.Mejorar la presentación de los estados
Financieros.Corregir las distorsiones ocasionadas por la
inflación.Determinar la influencia de aplicación de
Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados
(PCGA).Mayor confiabilidad de los estados financieros al
aplicar los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados
(PCGA).Eliminación de los informes de salvedad del
posible efecto de la aplicación de principios y las
normas de contabilidad de la Superintendencia.Mejor divulgación de
información.
¿Por qué se justifica?
Cumplimiento del artículo 124 de la Ley de
Bancos.Mejor presentación de los resultados de
operaciones, ya que en la actualidad para el pago de
dividendos se consideran cifras históricas y no cifras
actualizadas, con lo cual pidiera estarse distribuyendo el
capital el capital social.Corregir las distorsiones ocasionadas por la
inflación.Determinar la influencia de aplicación de los
PCGA en el mantenimiento del patrimonio y en las utilidades
reportadas.Lograr confiabilidad en los estados financieros de
la banca venezolana al aplicar PCGA.Los PCGA según el Fondo Monetario
Internacional son aquellas directrices de aplicación
general que tienen sólido respaldo de las asociaciones
profesionales nacionales e internacionales de contadores
públicos.Se elimina la salvedad del posible efecto de
aplicación de los Principio de Contabilidad de
Aceptación General versus las normas de
Superintendencia, permitiendo opiniones sin
salvedad.Mejorar la divulgación de información
sobre la situación de las instituciones
financieras.Conocimiento que el púbico debe tener sobre
la situación financiera y operacional de las
instituciones.Que las normas de contabilidad aplicadas se adopten
a normas internacionales.Los estados financieros actuales, no son comparables
con los estados financieros presentados de conformidad con
los PCGA.
La contabilidad
bancaria como medio de estandarización de los diversos
criterios de contabilización y presentación de
balances
El tema de la contabilidad bancaria era inicialmente
tratado a finales del siglo pasado, conforme a las disposiciones
internas de cada institución, vale decir, no
existían criterios de presentación de estados
financieros ni metodologías de registros
contables. Fue con la Ley General de Bancos de 1961 cuando la
Fiscalía General de Bancos resolvió la
instauración de las primeras pautas contables aplicables a
la banca. A partir
de allí fueron surgiendo diversas instrucciones puntuales
tendentes a mejorar la metodología, la cual fue perfeccionada en
1975 con la Ley de Bancos de esa oportunidad. En esencia, para
ese momento se tenían tres códigos de cuentas
establecidos: banca comercial, banca hipotecaria y sociedades
financieras, siendo incorporado en 1982 el Código de
Cuentas para Arrendadoras Financieras y poco tiempo
después las instrucciones contentivas de las reglas para
la publicación de los estados financieros de los fondos de
activos
líquidos. Todos estos instrumentos guardaban algunas
similitudes, no obstante discrepaban seriamente en cuanto a
criterios de presentación, normas de agrupación y
políticas contables. El sistema
financiero continuaba su crecimiento vertiginoso y el
concepto de
grupos
financieros era mas común siendo materialmente imposible,
la consolidación o combinación a los finales de su
control y conocimientos del público. Con la crisis
financiera estas discrepancias abortaron las metodologías
seguidas hasta el momento, y surge así la necesidad de
estandarizar los diversos criterios de contabilización y
presentación. A través de un moderno Manual de
Contabilidad para Bancos y otras Instituciones Financieras
aplicables a la situación actual de nuestro sistema
financiero con vigencia a partir de junio de 1996 y vigentes
hasta nuestros días.
Metodología aplicada para su
implantación.
A raíz de la crisis financiera ocurrida en
Venezuela
durante los años 1994 y 1995, se critico en buena medida
que parte del problema se debía fundamentalmente a que la
contabilidad bancaria no era suficientemente transparente,
criticándose que en algunos aspectos no acogía los
principios de
contabilidad de aceptación general. En este sentido se
iniciaron durante los meses de septiembre y noviembre del
año 1995 una serie de intercambios institucionales. La
Superintendencia de Bancos, se reunió con un grupo de
asesores gerenciales contratados por el Banco
Interamericana de Desarrollo,
con el objeto de revisar los manuales de
cuentas existentes para la banca especializada, y así
poder formular
un manual de cuentas único que recogiera todas las
operaciones bancarias que realizaba la banca, incluidos los
bancos universales.
Durante las dos primeras semanas del mes de septiembre
se efectuaron reuniones con representantes de las
Superintendencias de Bancos de Bolivia y
Perú, y un representante de BID, para verificar todos los
rubros, grupos, cuentas y sub-cuentas del plan de cuentas,
preparándose un documento final, que quedo en manos de los
asesores, siendo discutidos y analizado en la sede del Banco
Interamericano de Desarrollo en Miami, y presentado a las
autoridades de la Superintendencia de Bancos de Venezuela en el
mes de noviembre de 1996, que luego fue revisado por esta, con la
opinión de los principales bancos del país a objeto
de concretar el plan de cuentas definitivo. Concluida la
revisión se le suministro borrador a las instituciones
financieras, con el objeto de que las mismas hicieran sus
observaciones y así presentar un manual de cuentas
único definitivo.
La Asociación Bancaria de Venezuela,
recogió el conjunto de observaciones que efectuaron los
bancos e instituciones financieras agremiadas, las cuales fueron
revisadas por la Superintendencia de Bancos,
considerándose los cambios y entregándose documento
definitivo, tal como fue efectivamente implantando,
lográndose un gran éxito,
dada la magnitud de los cambios emprendidos, la importancia de la
unificación y la estandarización.
Aspectos fiscales de
la contabilidad bancaria en Venezuela
Existen diversos criterios fiscales que difieren en
cierta medida de los aplicados en el Manual de Contabilidad
impuesto por
Sudeban, esta diferenciación se la puede ver mas clara en
el cuadro que a continuación se expone:
25. Justificación de la contabilidad
bancaria
1) Consolidación bajo un solo criterio
de los conceptos y políticas de la
contabilización dispersos.2) Aplicación de criterios de prudencia
bancaria.3) Reducción de la información
que periódicamente remiten las entidades financieras a
la SBIF, BCB, Fogade.4) Acceso a información homogénea
adecuadamente agrupada y de ágil procesamiento que
permita:
4.1 Toma de
decisiones en cada instituto
4.2 Conocimiento
por parte del público respecto a la situación de
las entidades financieras.
4.3 Estructura de
un sistema de indicadores de
alerta temprana
Aspectos generales
del Manual de contabilidad para bancos y otras instituciones
financieras
Es de carácter único para todas las
instituciones financieras incluidas las EAP.Cierre de ejercicio semestral
Deben ser publicados los estados financieros
auditados y sus notas dentro de los 90 días siguientes
a la fecha de cierre.Los estados financieros auditados deben ser
presentados en la Asamblea General de acciones e incluidos en
la memoria.
Conclusiones
La Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones
Financieras (SUDEBAN), fue creada por la Ley de Bancos del
24 de enero de 1940. Con su creación se sustituyó a
la Fiscalía General del Ministerio de Fomento a cuyo cargo
habían estado las funciones de
vigilancia y revisión de la actividad bancaria. Es
así como nace el Ente que vino a fiscalizar, inspeccionar
y vigilar a la banca, casas de cambio y demás
instituciones de carácter financiero.
Sus primeras funciones contaron con una estructura
precaria y un limitado presupuesto y no
contaba con una infraestructura adecuada que permitiera
inspecciones eficaces; solamente se inspeccionaban las casas
matrices de
las instituciones que se encontraban instaladas en la ciudad
capital.
Posteriormente, se incluyeron visitas a las oficinas bancarias
ubicadas en el interior del país.
Con el propósito de unificar las
operaciones bancarias se elaboró un instructivo que
permitiría estandarizar la presentación de los
resultados de la banca. Entre los años 1949 y 1958 se
produjo la mayor apertura de agencias bancarias en la historia financiera
venezolana, con la que se incrementó el número de
visitas de inspección a sesenta y cuatro por año,
detectándose para ese momento como principal inconveniente
el incumplimiento fiel del encaje legal mínimo exigido por
el Banco Central de Venezuela. Al finalizar la dictadura en
nuestro país, se produjeron hechos que alteraron el
desarrollo del sistema financiero, de allí que la labor de
la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras
(SUDEBAN) fue deter12minante para encaminar hacia un buen destino
a la banca. La excesiva bonanza que presentó la economía venezolana puso en una
difícil situación al sistema bancario, por lo que
las autoridades bancarias decidieron poner en práctica las
primeras medidas de emergencia venezolanas. Un crítico
cuadro de retiros masivos, compra de divisas y una
notable disminución de depósitos, hizo temblar el
piso financiero. Para 1962 el sistema comenzó a dar
signos de
recuperación, luego del auxilio recibido por el Banco
Central de Venezuela. Ya para 1965 el crecimiento de la banca
venezolana registró un incremento en cuanto a
instituciones, debido al desarrollo favorable de la
economía presentado en esos años, respaldado por la
aparición de nuevos productos de
inversión y una mayor demanda
crediticia. Una nueva etapa inició la SUDEBAN
después de esta crisis marcada por la fuga de capitales y
grandes desequilibrios macroeconómicos, que luego
terminarían en intervenciones bancarias, situación
propicia para la creación del Fondo de Garantías de
Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE) el 20 de
marzo de 1985.
Por otro lado, la reforma parcial que recibió la
Ley de Bancos en febrero de 1988, le otorgó a la
Superintendencia de Bancos potestad exclusiva de poner en
práctica medidas preventivas en caso de ser detectadas
irregularidades en el manejo de alguna entidad bancaria. A
raíz de la crisis financiera de 1994 donde las medidas
adoptadas no llegaron al fondo de la solución de los
problemas que
colapsaron el sistema financiero y los organismos de vigilancia y
control no escaparon de esa realidad. Allí quedó
evidenciada la debilidad estructural y funcional de la
Superintendencia de Bancos de esa década, que a pesar de
los esfuerzos realizados no pudo evitar el fatal desenlace del
cierre de varias instituciones financieras. Después de
normalizada la crisis bancaria se realizó una profunda
reestructuración de la SUDEBAN con relación a los
aspectos tecnológicos, una mejor planificación de las inspecciones y
mejor capacitación del recurso humano.
También se ejecutaron medidas de carácter externo
como la implementación de regulaciones para las fusiones
bancarias, constitución de provisiones bancarias,
normativas para presentar y registrar las informaciones
financieras, supervisión preventiva, mecanización
de la información, entre otros aspectos. Hoy en día
la SUDEBAN presenta nuevos aires de modernidad que
abarcan desde la remodelación de sus instalaciones hasta
programas que
automatizan la presentación e interpretación de los resultados obtenidos
en las inspecciones, estos son algunos de los aspectos que
harán de la SUDEBAN un Ente regulador bancario a la altura
de los mejores organismos del ámbito
internacional.
La Ley General de Bancos y otras Instituciones
Financieras, promulgada mediante el Decreto No. 1.526 de fecha 3
de noviembre de 2001, viene a establecer un compendio normativo
global que permite actualizar el funcionamiento de los organismos
de control financiero del Estado venezolano.
Antiguamente la Superintendencia aparecía como un
servicio
técnico especial adscrito al Ministerio de Hacienda. Ahora
se trata de un organismo dotado de personalidad
jurídica y patrimonio
propio e independiente del Fisco Nacional. Además se le da
autonomía funcional, administrativa y financiera. Con ello
podemos establecer claramente la intención de convertir al
Superintendente y demás funcionarios y empleados en
servidores del
Estado.
Así mismo se facultaba a la Superintendencia de
Bancos y Otras Instituciones Financieras a inspeccionar, vigilar
y fiscalizar a los bancos y las demás instituciones de
crédito. Ahora las facultades se extienden
a regular y controlar. Es evidente que el Estado
está convencido que la Superintendencia no puede ser un
servicio de actuación limitada sino de control muy amplio
por cuanto no se define en la ley que tipo de control debe
desempeñar. "Donde no distingue el legislador no puede
distinguir el intérprete".
Por otra parte, el Fondo de Garantía de
Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE) debe
cumplir un papel estelar en el establecimiento de la credibilidad
en el sistema bancario nacional. Su fortalecimiento financiero
con el aporte de las instituciones financieras ha sido un acierto
legislativo definitivo por parte del Estado.
Indudablemente que ha habido avances importantes
respecto a la conveniencia de dotar a los organismos
fiscalizadores de todos los instrumentos legales, técnicos
y humanos, que hagan posible anticipar los procesos de
insolvencia bancaria y cortar de raíz su avance antes de
que se afecten los intereses de los contribuyentes.
El papel de los organismos de supervisión y
control, ha permitido mejorar la capacidad de las entidades
bancarias y financieras para absorber pérdidas operativas
ocasionales, provocadas tanto por eventuales fallas gerenciales
como por desmejoras de la coyuntura económica, y promover
mecanismos que faciliten la eliminación de las
redundancias en el sistema bancario, sin tener que soportar los
efectos nocivos y traumas que generalmente acompañan a las
liquidaciones.
Anexos
CATÁLOGO DE | ||||
CÓDIGO | NOMBRE |
100.00 ACTIVO
110.00 DISPONIBILIDADES
111.00 EFECTIVO
111.01 Billetes y monedas nacionales
111.01.M.01 Billetes y monedas antes de la
reconversión monetaria
111.01.M.02 Billetes y monedas con la
reconversión monetaria (Bs. F.)
111.02 Billetes y monedas extranjeras
111.03 Oro amonedado
y en barras
111.04 Certificados de tenencia de oro
111.05 Caja Chica
112.00 BANCO CENTRAL DE VENEZUELA
112.01 Cuenta encaje BCV
112.02 Cuenta depósitos especiales BCV
112.99 Otros depósitos en el BCV
113.00 BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS DEL
PAÍS
113.01 Depósitos en bancos y corresponsales del
país
113.02 Depósitos en entidades de ahorro y
préstamo
113.99 Depósitos en otras instituciones
financieras del país
114.00 BANCOS Y CORRESPONSALES DEL EXTERIOR
114.01 Bancos y corresponsales del exterior
114.02 Nuestras oficinas en el exterior
115.00 OFICINA MATRIZ Y
SUCURSALES
115.01 Oficina matriz y sucursales
116.00 EFECTOS DE COBRO INMEDIATO
116.01 Cámara de compensación
116.01.M.01 Cámara de compensación a cargo
del BCV
116.01.M.02 Cámara de compensación a cargo
de otros bancos
116.02 Ordenes de pago de la Tesorería
Nacional
116.03 Otros documentos para cobro directo en el
país
116.04 Documentos para cobro en el exterior
116.99 Otros efectos de cobro
inmediato
119.00 (PROVISIÓN PARA
DISPONIBILIDADES)
119.01 (Provisión para
disponibilidades)
119.01.M.01 (Provisión para disponibilidades
en moneda nacional)
119.01.M.02 (Provisión para
disponibilidades en moneda extranjera)
120.00 INVERSIONES EN
TÍTULOS VALORES
121.00 INVERSIONES EN TITULOS
VALORES PARA NEGOCIAR
121.01 Letras del Tesoro
121.02 Bonos del
Tesoro
121.03 Bonos y obligaciones
de la Deuda
Pública Nacional
121.04 Bonos y obligaciones de Gobiernos
Estatales
121.05 Bonos y obligaciones de Entidades
Municipales
121.06 Bonos y obligaciones de Organismos de la
Administración Descentralizada
121.07 Bonos y obligaciones emitidos por el Banco
Central de Venezuela
121.08 Otros títulos valores
emitidos o avalados por la Nación
121.09 Depósitos a plazo en
instituciones financieras del exterior
121.10 Obligaciones emitidas por instituciones
financieras del exterior
121.11 Obligaciones emitidas por empresas privadas no
financieras del país
121.12 Obligaciones emitidas por empresas privadas no
financieras del exterior
121.13 Obligaciones emitidas por entidades
públicas no financieras del país
121.14 Obligaciones emitidas por entidades
públicas no financieras del exterior
121.15 Obligaciones emitidas por instituciones
diversas
121.16 Participación en instituciones financieras
del país
121.17 Participación en empresas privadas no
financieras del país
121.18 Participación en instituciones financieras
del exterior
121.19 Participación en empresas privadas no
financieras del exterior
121.20 Participación en otras
instituciones
121.25 (Inversiones cedidas)
121.25.M.01 (Administración Central)
121.25.M.02 (Administraciones Públicas Estatales,
Municipales y del Distrito Capital)
121.25.M.03 (Entes descentralizados y otros Organismos
con régimen especial)
121.25.M.04 (Instituciones financieras del
país)
121.25.M.99 (Otros inversionistas)
122.00 INVERSIONES EN TÍTULOS VALORES DISPONIBLES
PARA LA VENTA
122.01 Letras del Tesoro
122.02 Bonos del Tesoro
122.03 Bonos y obligaciones de la Deuda Pública
Nacional
122.04 Bonos y obligaciones de Gobiernos
Estatales
122.05 Bonos y obligaciones de Entidades
Municipales
122.06 Bonos y obligaciones de Organismos de la Administración Descentralizada
122.07 Bonos y obligaciones emitidos por el Banco
Central de Venezuela
122.08 Otros títulos valores emitidos o avalados
por la Nación
122.09 Depósitos a plazo en instituciones
financieras del exterior
122.10 Obligaciones emitidas por instituciones
financieras del exterior
122.11 Obligaciones emitidas por empresas privadas no
financieras del país
122.12 Obligaciones emitidas por empresas privadas no
financieras del exterior
122.13 Obligaciones emitidas por entidades
públicas no financieras del país
122.14 Obligaciones emitidas por entidades
públicas no financieras del exterior
122.15 Obligaciones emitidas por instituciones
diversas
122.16 Participación en instituciones financieras
del país
122.17 Participación en empresas privadas no
financieras del país
122.18 Participación en instituciones financieras
del exterior
122.19 Participación en empresas privadas no
financieras del exterior
Participación en otras
instituciones
122.25 (Inversiones cedidas)
122.25.M.01 (Administración Central)
122.25.M.02 (Administraciones Públicas Estatales,
Municipales y del Distrito Capital)
122.25.M.03 (Entes descentralizados y otros Organismos
con régimen especial)
122.25.M.04 (Instituciones financieras del
país)
122.25.M.99 (Otros inversionistas)
122.99 Otras inversiones en títulos valores
disponibles para la venta
123.00 INVERSIONES EN TÍTULOS
VALORES MANTENIDAS HASTA SU VENCIMIENTO
123.01 Letras del Tesoro
123.02 Bonos del Tesoro
123.03 Bonos y obligaciones de la Deuda Pública
Nacional
123.04 Bonos y obligaciones de Gobiernos
Estatales
123.05 Bonos y obligaciones de Entidades
Municipales
123.06 Bonos y obligaciones de Organismos de la
Administración Descentralizada
123.07 Bonos y obligaciones emitidos por el Banco
Central de Venezuela
123.08 Otros títulos valores emitidos o avalados
por la Nación
123.09 Depósitos a plazo en instituciones
financieras del exterior
123.10 Obligaciones emitidas por instituciones
financieras del exterior
123.11 Obligaciones emitidas por empresas privadas no
financieras del país
123.12 Obligaciones emitidas por empresas privadas no
financieras del exterior
123.13 Obligaciones emitidas por entidades
públicas no financieras del país
123.14 Obligaciones emitidas por entidades
públicas no financieras del exterior
123.15 Obligaciones emitidas por instituciones
diversas
123.16 Colocaciones en sucursales en el
exterior
123.17 Otras inversiones en títulos valores
mantenidas hasta su vencimiento
123.25 (Inversiones Cedidas)
123.25.M.01 (Administración
Central)
123.25.M.02 (Administraciones
Públicas Estatales, Municipales y del Distrito
Capital)
123.25.M.03 (Entes descentralizados y otros Organismos
con régimen especial)
123.25.M.04 (Instituciones financieras del
país)
123.25.M.99 (Otros inversionistas)
124.00 COLOCACIONES EN EL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA Y
OPERACIONES INTERBANCARIAS
124.01 Colocaciones en el Banco Central de
Venezuela
124.01.M.01 Certificados de depósito afectos a
reporto a través del Sistema de Operaciones de Mercado
Abierto
124.01.M.02 Títulos valores adquiridos afectos
a reporto (Repos)
124.01.M.03 Otros certificados de
depósito
124.02 Operaciones interbancarias
124.02.M.01 Certificados de ahorros en instituciones
financieras del país
124.02.M.02 Depósitos a plazo en instituciones
financieras del país
124.02.M.03 Otras obligaciones emitidas por
instituciones financieras del país
124.02.M.04 Obligaciones
overnight
124.25 (Inversiones cedidas)
124.25.M.01 (Administración Central)
124.25.M.02 (Administraciones Públicas Estatales,
Municipales y del Distrito Capital)
124.25.M.03 (Entes descentralizados y otros Organismos
con régimen especial)
124.25.M.04 (Instituciones financieras del
país)
124.25.M.99 (Otros inversionistas)
125.00 INVERSIONES DE DISPONIBILIDAD
RESTRINGIDA
125.03 Títulos valores cedidos en
garantía
125.05 Fondos restringidos entregados en
fideicomiso en
instituciones financieras
125.05.M.01 Fondos restringidos entregados en
fideicomiso en instituciones financieras del
país
125.05.M.02 Fondos restringidos entregados en
fideicomiso en instituciones financieras del exterior
125.06 Depósitos a la vista
restringidos
125.07 Títulos valores afectos a
reporto
125.07.M.01 Compra de títulos valores afectos a
reporto (Reportadora)
125.07.M.01.01 Letras del Tesoro
125.07.M.01.02 Bonos del Tesoro
125.07.M.01.03 Bonos y obligaciones de la Deuda
Pública Nacional
125.07.M.01.04 Bonos y obligaciones de Gobiernos
Estatales
125.07.M.01.05 Bonos y obligaciones de Entidades
Municipales
125.07.M.01.06 Bonos y obligaciones de
Organismos de la Administración Descentralizada
125.07.M.01.07 Bonos y obligaciones emitidos por el
Banco Central de Venezuela
125.07.M.01.08 Otros títulos valores emitidos o
avalados por la Nación
125.07.M.01.09 Depósitos a plazo en instituciones
financieras del exterior
125.07.M.01.10 Obligaciones emitidas por instituciones
financieras del exterior
125.07.M.01.11 Obligaciones emitidas por empresas
privadas no financieras del país
125.07.M.01.12 Obligaciones emitidas por empresas
privadas no financieras del exterior
125.07.M.01.13 Obligaciones emitidas por entidades
públicas no financieras del país
125.07.M.01.14 Obligaciones emitidas por
entidades públicas no financieras del exterior
125.07.M.01.15 Obligaciones emitidas por instituciones
diversas
125.07.M.01.16 Participación en instituciones
financieras del país
125.07.M.01.17 Participación en empresas privadas
no financieras del país
125.07.M.01.18 Participación en instituciones
financieras del exterior
125.07.M.01.19 Participación en empresas privadas
no financieras del exterior
125.07.M.01.20 Participación en otras
instituciones
125.07.M.01.99 Otros títulos valores
125.99 Otras inversiones de disponibilidad
restringida
126.00 INVERSIONES EN OTROS TÍTULOS
VALORES
126.01 Obligaciones por fideicomisos de inversión
emitidos por instituciones financieras
126.01.M.01 Obligaciones por fideicomisos de
inversión emitidos por instituciones financieras del
país
126.01.M.02 Obligaciones por fideicomisos de
inversión emitidos por instituciones financieras del
exterior
126.02 Otras obligaciones
126.03 Otras colocaciones
126.03.M.01 Colocaciones en instituciones destinadas al
desarrollo del sistema microfinanciero y microempresarial del
país
126.03.M.02 Colocaciones en el sector
agrícola
126.03.M.02.01 Certificados de
depósitos
126.03.M.02.02 Bonos de prenda
126.03.M.02.03 Operaciones de reporto de certificados de
depósitos y bonos de prenda
126.03.M.02.04 Certificados ganaderos
126.03.M.02.05 Colocaciones en el Fondo de Desarrollo
Agropecuario, Pesquero, Forestal y Afines (FONDAFA)
126.03.M.02.06 Colocaciones en fondos regionales de
financiamiento
126.03.M.02.07 Colocaciones en fondos
ganaderos
126.03.M.03 Colocaciones en el sector turismo
126.03.M.03.01 Fondos regionales de
financiamiento
126.03.M.03.02 Fondos municipales de financiamiento
126.25 (Inversiones cedidas)
126.25.M.01 (Administración Central)
126.25.M.02 (Administraciones Públicas Estatales,
Municipales y del Distrito Capital)
126.25.M.03 (Entes descentralizados y otros
Organismos con régimen especial)
126.25.M.04 (Instituciones financieras del
país)
126.25.M.99 (Otros inversionistas)
129.00 (PROVISIÓN PARA INVERSIONES EN
TÍTULOS VALORES)
129.01 (Provisión para inversiones en otros
títulos valores)
129.02 (Provisión para inversiones de
disponibilidad restringida)
130.00 CARTERA DE CRÉDITOS
131.00 CRÉDITOS VIGENTES
131.01 Créditos a instituciones
financieras del país vigentes
131.02 Créditos en cuenta corriente
vigentes
131.03 Documentos descontados vigentes
131.04 Créditos a plazo fijo vigentes
131.05 Créditos en cuotas vigentes
131.05.M.01 Créditos en cuotas
vigentes
131.05.M.01.01 Créditos comerciales
en cuotas vigentes
131.05.M.01.02 Créditos al consumo en
cuotas vigentes
131.05.M.01.99 Otros créditos en cuotas
vigentes
131.05.M.02 Intereses créditos
indexados
131.06 Tarjetas de
crédito vigentes
131.06.M.01 Tarjetas de crédito
vigentes
131.06.M.02 Líneas de créditos por
tarjetas de crédito vigentes
131.07 Arrendamientos financieros vigentes
131.08 Adquisición de vehículos
vigentes
131.08.M.01 Créditos de
vehículos bajo la modalidad de "cuota balón"
vigentes
131.08.M.02 Créditos para adquisición de
vehículos a empleados vigentes
131.08.M.03 Créditos para
adquisición de vehículos otorgados por programas
especiales vigentes
131.08.M.09 Otros créditos para
adquisición de vehículos vigentes
131.09 Descuentos y compras de
facturas vigentes
131.10 Anticipos sobre documentos de exportación vigentes
131.11 Cartas de
crédito emitidas negociadas vigentes
131.12 Cartas de crédito confirmadas negociadas
vigentes
131.13 Otras aceptaciones vigentes
131.14 Créditos de programas
especiales de financiamiento vigentes
131.14.M.01 Créditos con recursos
provenientes de la institución financiera
vigentes
131.14.M.01.01 Créditos a plazo fijo
vigentes
131.14.M.01.02 Créditos en cuotas
vigentes
131.14.M.01.03 Otros créditos vigentes
131.14.M.02 Créditos con recursos de programas
especiales de financiamiento vigentes
131.14.M.02.01 Créditos a plazo fijo
vigentes
131.14.M.02.02 Créditos en cuotas
vigentes
131.14.M.02.03 Otros créditos vigentes
131.15 Créditos a directores y empleados
vigentes
131.16 Créditos por venta de bienes a plazo
vigentes
131.17 Créditos por compra de ordenes de pago
vigentes
131.18 Créditos hipotecarios vigentes
131.18.M.01 Para adquisición de
inmuebles
131.18.M.01.01 Para adquisición de vivienda
indexados bajo el Sistema de Ahorro Habitacional
vigentes
131.18.M.01.02 Para adquisición de vivienda fuera
del Sistema de Ahorro Habitacional vigentes
131.18.M.01.03 Créditos para adquisición
de vivienda otorgados a directores y empleados
vigentes
131.18.M.01.04 Créditos para adquisición
de vivienda rehabilitados vigentes
131.18.M.01.05 Créditos para adquisición
de vivienda bajo las condiciones de la Ley Especial de
Protección al Deudor Hipotecario de Vivienda
vigentes
131.18.M.01.07 Otros créditos para
adquisición de vivienda vigentes
131.18.M.01.09 Créditos para adquisición
de otros inmuebles vigentes
131.18.M.02 Para construcción de inmuebles
131.18.M.02.01 Para construcción de
vivienda indexados bajo el Sistema de Ahorro Habitacional
vigentes
131.18.M.02.02 Para construcción de vivienda
fuera del Sistema de Ahorro Habitacional vigentes
131.18.M.02.03 Créditos para
construcción de vivienda otorgados a directores y
empleados vigentes
131.18.M.02.04 Créditos para construcción
de vivienda rehabilitados vigentes
131.18.M.02.05 Créditos para construcción
y autoconstrucción de vivienda bajo las condiciones de la
Ley Especial de Protección al Deudor Hipotecario de
Vivienda vigentes
131.18.M.02.07 Otros créditos para
construcción y autoconstrucción de vivienda
vigentes
131.18.M.02.09 Créditos para construcción
de otros inmuebles vigentes
131.18.M.03 Para mejoras a inmuebles
131.18.M.03.01 Para mejoras a vivienda indexados bajo el
Sistema de Ahorro Habitacional vigentes
131.18.M.03.02 Para mejoras a vivienda fuera del Sistema
de Ahorro Habitacional vigentes
131.18.M.03.03 Créditos para mejoras a vivienda
otorgados a directores y empleados vigentes
131.18.M.03.04 Créditos para mejoras,
ampliación y remodelación de vivienda rehabilitados
vigentes
131.18.M.03.05 Créditos para mejoras,
ampliación y remodelación de vivienda bajo las
condiciones de la Ley Especial de Protección al Deudor
Hipotecario de Vivienda vigentes
131.18.M.03.07 Otros créditos para mejoras,
ampliación y remodelación de vivienda
vigentes
131.18.M.03.09 Créditos para mejoras,
ampliación y remodelación de otros inmuebles
vigentes
131.18.M.04 Otros créditos
hipotecarios
131.20 Créditos por reporto vigentes
131.22 Créditos agrícolas
vigentes
131.22.M.01 Créditos agrícolas con
recursos provenientes de la institución financiera
vigentes
131.22.M.01.01 Créditos a plazos fijos iguales o
menores a un año vigentes
131.22.M.01.02 Créditos a plazos fijos mayores a
un año vigentes
131.22.M.01.03 Créditos en cuotas
vigentes
131.22.M.01.04 Documentos agrícolas
vigentes
131.22.M.01.05 Arrendamientos financieros
vigentes
131.22.M.01.06 Cartas de crédito emitidas
negociadas vigentes
131.22.M.01.07 Cartas de crédito confirmadas
negociadas vigentes
131.22.M.01.99 Otros créditos agrícolas
con recursos provenientes de la institución financiera
vigentes
131.22.M.02 Créditos agrícolas con
recursos provenientes de FONDAFA vigentes
131.22.M.02.01 Créditos a plazos fijos iguales o
menores a un año vigentes
131.22.M.02.02 Créditos a plazos fijos mayores a
un año vigentes
131.22.M.02.03 Créditos en cuotas
vigentes
131.22.M.02.04 Documentos agrícolas
vigentes
131.22.M.02.05 Arrendamientos financieros
vigentes
131.22.M.02.06 Cartas de crédito emitidas
negociadas vigentes
131.22.M.02.07 Cartas de crédito confirmadas
negociadas vigentes
131.22.M.02.99 Otros créditos agrícolas
con recursos provenientes de FONDAFA vigentes
131.22.M.03 Créditos agrícolas con
recursos provenientes de otras fuentes
vigentes
131.22.M.03.01 Créditos a plazos fijos iguales o
menores a un año vigentes
131.22.M.03.02 Créditos a plazos fijos mayores a
un año vigentes
131.22.M.03.03 Créditos en cuotas
vigentes
131.22.M.03.04 Documentos agrícolas
vigentes
131.22.M.03.05 Arrendamientos financieros
vigentes
131.22.M.03.06 Cartas de crédito emitidas
negociadas vigentes
131.22.M.03.07 Cartas de crédito confirmadas
negociadas vigentes
131.22.M.03.99 Otros créditos agrícolas
con recursos provenientes de otras fuentes vigentes
131.25 Créditos otorgados con recursos de
FONCREI
131.27 Créditos otorgados a tasa de
interés preferencial
131.28 Microcréditos vigentes
131.29 Créditos otorgados a la PYME
vigentes
131.29.M.01 Créditos con recursos propios
vigentes
131.29.M.02 Créditos con otros recursos
vigentes
131.30 Créditos vigentes adaptados a medidas
especiales
131.30.M.01 Comerciales
131.30.M.02 Al consumo
131.30.M.03 Hipotecarios
131.30.M.04 Microcréditos
131.30.M.99 Otros
131.31 Créditos otorgados al sector turismo vigentes
131.31.M.01 Créditos otorgados al sector turismo
Grupo A vigentes
131.31.M.02 Créditos otorgados al sector turismo
Grupo B vigentes
131.99 Otros créditos vigentes
132.00 CRÉDITOS REESTRUCTURADOS
132.01 Créditos a instituciones financieras del
país reestructurados
132.04 Créditos a plazo fijo
reestructurados
Créditos en cuotas reestructurados
132.05.M.01 Créditos en cuotas
reestructurados
132.05.M.01.01 Créditos comerciales
en cuotas reestructurados
132.05.M.01.02 Créditos al consumo
en cuotas reestructurados
132.05.M.01.99 Otros créditos en
cuotas reestructurados
132.05.M.02 Intereses créditos
indexados
132.06 Tarjetas de crédito reestructuradas
132.06.M.01 Tarjetas de crédito
reestructuradas
132.06.M.02 Líneas de créditos por
tarjetas de crédito reestructuradas
132.07 Arrendamientos financieros
reestructurados
132.08 Adquisición de vehículos
reestructurados
132.08.M.01 Créditos de
vehículos bajo la modalidad de "cuota balón"
reestructurados
132.08.M.02 Créditos para
adquisición de vehículos a empleados
reestructurados
132.08.M.03 Créditos para adquisición de
vehículos otorgados por programas especiales
reestructurados
132.08.M.09 Otros créditos para
adquisición de vehículos reestructurados
132.14 Créditos de programas
especiales de financiamiento reestructurados
132.14.M.01 Créditos con recursos provenientes de
la institución financiera reestructurados
132.14.M.01.01 Créditos a plazo fijo
reestructurados
132.14.M.01.02 Créditos en cuotas
reestructurados
132.14.M.01.03 Otros créditos
reestructurados
132.14.M.02 Créditos con recursos de programas
especiales de financiamiento reestructurados
132.14.M.02.01 Créditos a plazo fijo
reestructurados
132.14.M.02.02 Créditos en cuotas
reestructurados
132.14.M.02.03 Otros créditos
reestructurados
132.15 Créditos a directores y empleados
reestructurados
132.16 Créditos por venta de bienes a plazo
reestructurados
132.18 Créditos hipotecarios
reestructurados
132.18.M.01 Para adquisición de
inmuebles
132.18.M.01.01 Para adquisición de vivienda
indexados bajo el Sistema de Ahorro Habitacional
reestructurados
132.18.M.01.02 Para adquisición de vivienda fuera
del Sistema de Ahorro Habitacional reestructurados
132.18.M.01.03 Créditos para adquisición
de vivienda otorgados a directores y empleados
reestructurados
132.18.M.01.04 Créditos para
adquisición de vivienda rehabilitados
reestructurados
132.18.M.01.05 Créditos para adquisición
de vivienda bajo las condiciones de la Ley Especial de
Protección al Deudor Hipotecario de Vivienda
reestructurados
132.18.M.01.07 Otros créditos para
adquisición de vivienda reestructurados
132.18.M.01.09 Créditos para adquisición
de otros inmuebles reestructurados
132.18.M.02 Para construcción de
inmuebles
132.18.M.02.01 Para construcción de vivienda
indexados bajo el Sistema de Ahorro Habitacional
reestructurados
132.18.M.02.02 Para construcción de vivienda
fuera del Sistema de Ahorro Habitacional
reestructurados
132.18.M.02.03 Créditos para construcción
de vivienda otorgados a directores y empleados
reestructurados
132.18.M.02.04 Créditos para construcción
de vivienda rehabilitados reestructurados
132.18.M.02.05 Créditos para construcción
y autoconstrucción de vivienda bajo las condiciones de la
Ley Especial de Protección al Deudor Hipotecario de
Vivienda reestructurados
132.18.M.02.07 Otros créditos para
construcción y autoconstrucción de vivienda
reestructurados
132.18.M.02.09 Créditos para construcción
de otros inmuebles reestructurados
132.18.M.03 Para mejoras de inmuebles
132.18.M.03.01 Para mejoras a vivienda indexados bajo el
Sistema de Ahorro Habitacional reestructurados
132.18.M.03.02 Para mejoras a vivienda fuera del Sistema
de Ahorro Habitacional reestructurados
132.18.M.03.03 Créditos para mejoras a vivienda
otorgados a directores y empleados reestructurados
132.18.M.03.04 Créditos para mejoras,
ampliación y remodelación de vivienda rehabilitados
reestructurados
132.18.M.03.05 Créditos para mejoras,
ampliación y remodelación de vivienda bajo las
condiciones de la Ley Especial de Protección al Deudor
Hipotecario de Vivienda reestructurados
132.18.M.03.07 Otros créditos para mejoras,
ampliación y remodelación de vivienda
reestructurados
132.18.M.03.09 Créditos para mejoras,
ampliación y remodelación de otros inmuebles
reestructurados
132.18.M.04 Otros créditos
hipotecarios
132.22 Créditos agrícolas
reestructurados
132.22.M.01 Créditos agrícolas con
recursos provenientes de la institución financiera
reestructurados
132.22.M.01.01 Créditos a plazos fijos iguales o
menores a un año reestructurados
132.22.M.01.02 Créditos a plazos fijos mayores a
un año reestructurados
132.22.M.01.03 Créditos en cuotas
reestructurados
132.22.M.01.04 Documentos agrícolas
reestructurados
132.22.M.01.05 Arrendamientos financieros
reestructurados
132.22.M.01.06 Cartas de crédito emitidas
negociadas reestructurados
132.22.M.01.07 Cartas de crédito confirmadas
negociadas reestructurados
132.22.M.01.99 Otros créditos agrícolas
con recursos provenientes de la institución financiera
reestructurados
132.22.M.02 Créditos agrícolas con
recursos provenientes de FONDAFA reestructurados
132.22.M.02.01 Créditos a plazos fijos iguales o
menores a un año reestructurados
132.22.M.02.02 Créditos a plazos fijos mayores a
un año reestructurados
132.22.M.02.03 Créditos en cuotas
reestructurados
132.22.M.02.04 Documentos agrícolas
reestructurados
132.22.M.02.05 Arrendamientos financieros
reestructurados
132.22.M.02.06 Cartas de crédito emitidas
negociadas reestructurados
132.22.M.02.07 Cartas de crédito confirmadas
negociadas reestructurados
132.22.M.02.99 Otros créditos agrícolas
con recursos provenientes de FONDAFA reestructurados
132.22.M.03 Créditos agrícolas con
recursos provenientes de otras fuentes reestructurados
132.22.M.03.01 Créditos a plazos fijos iguales o
menores a un año reestructurados
132.22.M.03.02 Créditos a plazos fijos mayores a
un año reestructurados
132.22.M.03.03 Créditos en cuotas
reestructurados
132.22.M.03.04 Documentos agrícolas
reestructurados
132.22.M.03.05 Arrendamientos financieros
reestructurados
132.22.M.03.06 Cartas de crédito emitidas
negociadas reestructurados
132.22.M.03.07 Cartas de crédito confirmadas
negociadas reestructurados
132.22.M.03.99 Otros créditos agrícolas
con recursos provenientes de otras fuentes
reestructurados
132.25 Créditos otorgados con recursos de
FONCREI
132.27 Créditos reestructurados a tasa de
interés
preferencial
132.28 Microcréditos reestructurados
132.29 Créditos otorgados a la PYME
reestructurados
132.29.M.01 Créditos con recursos propios
reestructurados
132.29.M.02 Créditos con otros recursos
reestructurados
132.30 Créditos reestructurados adaptados a
medidas especiales
132.30.M.01 Comerciales
132.30.M.02 Al consumo
132.30.M.03 Hipotecarios
132.30.M.04 Microcréditos
132.30.M.99 Otros
132.31 Créditos otorgados al sector
turismo reestructurados
132.31.M.01 Créditos otorgados al sector turismo
Grupo A reestructurados
132.31.M.02 Créditos otorgados al sector turismo
Grupo B reestructurados
132.99 Otros créditos reestructurados
133.00 CRÉDITOS VENCIDOS
133.01 Créditos a instituciones financieras del
país vencidos
133.02 Créditos en cuenta corriente
vencidos
133.03 Documentos descontados vencidos
133.04 Créditos a plazo fijo vencidos
Créditos en cuotas vencidos
133.05.M.01 Créditos en cuotas
vencidos
133.05.M.01.01 Créditos comerciales
en cuotas vencidos
133.05.M.01.02 Créditos al consumo
en cuotas vencidos
133.05.M.01.99 Otros créditos en
cuotas vencidos
133.05.M.02 Intereses créditos
indexados
133.06 Tarjetas de crédito vencidas
133.06.M.01 Tarjetas de crédito
vencidas
133.06.M.02 Líneas de créditos por
tarjetas de crédito vencidas
133.07 Arrendamientos financieros vencidos
133.08 Adquisición de vehículos
vencidos
133.08.M.01 Créditos de vehículos bajo la
modalidad de "cuota balón" vencidos
133.08.M.02 Créditos para
adquisición de vehículos a empleados
vencidos
133.08.M.03 Créditos para adquisición de
vehículos otorgados por programas especiales
vencidos
133.08.M.09 Otros créditos para
adquisición de vehículos vencidos
133.09 Descuentos y compras de facturas
vencidos
133.10 Anticipos sobre documentos de exportación
vencidos
133.11 Cartas de crédito emitidas negociadas
vencidas
133.12 Cartas de crédito confirmadas negociadas
vencidas
133.13 Otras aceptaciones vencidas
133.14 Créditos de programas especiales de
financiamiento vencidos
133.14.M.01 Créditos con recursos provenientes de
la institución financiera vencidos
133.14.M.01.01 Créditos a plazo fijo
vencidos
133.14.M.01.02 Créditos en cuotas
vencidos
133.14.M.01.03 Otros créditos vencidos
133.14.M.02 Créditos con recursos de programas
especiales de financiamiento vencidos
133.14.M.02.01 Créditos a plazo fijo
vencidos
133.14.M.02.02 Créditos en cuotas
vencidos
133.14.M.02.03 Otros créditos vencidos
133.15 Créditos a directores y empleados
vencidos
133.16 Créditos por venta de bienes a plazo
vencidos
133.17 Créditos por compras de ordenes de pago
vencidos
133.18 Créditos hipotecarios vencidos
133.18.M.01 Para adquisición de
inmuebles
133.18.M.01.01 Para adquisición de vivienda
indexados bajo el Sistema de Ahorro Habitacional
vencidos
133.18.M.01.02 Para adquisición de vivienda fuera
del Sistema de Ahorro Habitacional vencidos
133.18.M.01.03 Créditos para
adquisición de vivienda otorgados a directores y empleados
vencidos
133.18.M.01.04 Créditos para adquisición
de vivienda rehabilitados vencidos
133.18.M.01.05 Créditos para adquisición
de vivienda bajo las condiciones de la Ley Especial de
Protección al Deudor Hipotecario de Vivienda
vencidos
133.18.M.01.07 Otros créditos para
adquisición de vivienda vencidos
133.18.M.01.09 Créditos para adquisición
de otros inmuebles vencidos
133.18.M.02 Para construcción de
inmuebles
133.18.M.02.01 Para construcción de vivienda
indexados bajo el Sistema de Ahorro Habitacional
vencidos
133.18.M.02.02 Para construcción de vivienda
fuera del Sistema de Ahorro Habitacional vencidos
133.18.M.02.03 Créditos para construcción
de vivienda otorgados a directores y empleados
vencidos
133.18.M.02.04 Créditos para construcción
de vivienda rehabilitados vencidos
133.18.M.02.05 Créditos para construcción
y autoconstrucción de vivienda bajo las condiciones de la
Ley Especial de Protección al Deudor Hipotecario de
Vivienda vencidos
133.18.M.02.07 Otros créditos para
construcción y autoconstrucción de vivienda
vencidos
133.18.M.02.09 Créditos para construcción
de otros inmuebles vencidos
133.18.M.03 Para mejoras de inmuebles
133.18.M.03.01 Para mejoras a vivienda indexados bajo el
Sistema de Ahorro Habitacional vencidos
133.18.M.03.02 Para mejoras a vivienda
fuera del Sistema de Ahorro Habitacional vencidos
133.18.M.03.03 Créditos para mejoras a vivienda
otorgados a directores y empleados vencidos
133.18.M.03.04 Créditos para
mejoras, ampliación y remodelación de vivienda
rehabilitados vencidos
133.18.M.03.05 Créditos para mejoras,
ampliación y remodelación de vivienda bajo las
condiciones de la Ley Especial de Protección al Deudor
Hipotecario de Vivienda vencidos
133.18.M.03.07 Otros créditos para mejoras,
ampliación y remodelación de vivienda
vencidos
133.18.M.03.09 Créditos para mejoras,
ampliación y remodelación de otros inmuebles
vencidos
133.18.M.04 Otros créditos
hipotecarios
133.19 Deudores por garantías otorgadas
vencidas
133.20 Créditos por reporto vencidos
133.22 Créditos agrícolas
vencidos
133.22.M.01 Créditos agrícolas con
recursos provenientes de la institución financiera
vencidos
133.22.M.01.01 Créditos a plazos fijos iguales o
menores a un año vencidos
133.22.M.01.02 Créditos a plazos fijos mayores a
un año vencidos
133.22.M.01.03 Créditos en cuotas
vencidos
133.22.M.01.04 Documentos agrícolas
vencidos
133.22.M.01.05 Arrendamientos financieros
vencidos
133.22.M.01.06 Cartas de crédito emitidas
negociadas vencidos
133.22.M.01.07 Cartas de crédito
confirmadas negociadas vencidos
133.22.M.01.99 Otros créditos
agrícolas con recursos provenientes de la
institución financiera vencidos
133.22.M.02 Créditos agrícolas con
recursos provenientes de FONDAFA vencidos
133.22.M.02.01 Créditos a plazos fijos iguales o
menores a un año vencidos
133.22.M.02.02 Créditos a plazos fijos mayores a
un año vencidos
133.22.M.02.03 Créditos en cuotas
vencidos
133.22.M.02.04 Documentos agrícolas
vencidos
133.22.M.02.05 Arrendamientos financieros
vencidos
133.22.M.02.06 Cartas de crédito emitidas
negociadas vencidos
133.22.M.02.07 Cartas de crédito confirmadas
negociadas vencidos
133.22.M.02.99 Otros créditos agrícolas
con recursos provenientes de FONDAFA vencidos
133.22.M.03 Créditos agrícolas con
recursos provenientes de otras fuentes vencidos
133.22.M.03.01 Créditos a plazos fijos iguales o
menores a un año vencidos
133.22.M.03.02 Créditos a plazos fijos mayores a
un año vencidos
133.22.M.03.03 Créditos en cuotas
vencidos
133.22.M.03.04 Documentos agrícolas
vencidos
133.22.M.03.05 Arrendamientos financieros
vencidos
133.22.M.03.06 Cartas de crédito emitidas
negociadas vencidos
133.22.M.03.07 Cartas de crédito confirmadas
negociadas vencidos
133.22.M.03.99 Otros créditos agrícolas
con recursos provenientes de otras fuentes vencidos
133.25 Créditos otorgados con
recursos de FONCREI vencidos
133.27 Créditos vencidos otorgados a
tasa de interés preferencial
133.28 Microcréditos vencidos
133.29 Créditos otorgados a la PYME
vencidos
133.29.M.01 Créditos con recursos propios
vencidos
133.29.M.02 Créditos con otros recursos
vencidos
133.30 Créditos vencidos adaptados a medidas
especiales
133.30.M.01 Comerciales
133.30.M.02 Al consumo
133.30.M.03 Hipotecarios
133.30.M.04 Microcréditos
133.30.M.99 Otros
133.31 Créditos otorgados al sector turismo
vencidos
133.31.M.01 Créditos otorgados al sector turismo
Grupo A vencidos
133.31.M.02 Créditos otorgados al sector turismo
Grupo B vencidos
133.99 Otros créditos vencidos
134.00 CRÉDITOS EN LITIGIO
134.01 Créditos a instituciones financieras del
país en litigio
134.02 Créditos en cuenta corriente en
litigio
134.03 Documentos descontados en litigio
134.04 Créditos a plazo fijo en
litigio
134.05 Créditos en cuotas en litigio
134.05.M.01 Créditos en cuotas en
litigio
134.05.M.01.01 Créditos comerciales
en cuotas en litigio
134.05.M.01.02 Créditos al consumo
en cuotas en litigio
134.05.M.01.99 Otros créditos en
cuotas en litigio
134.05.M.02 Intereses créditos
indexados
134.06 Tarjetas de crédito en litigio
134.06.M.01 Tarjetas de crédito en
litigio
134.06.M.02 Líneas de
créditos por tarjetas de crédito en
litigio
134.07 Arrendamientos financieros en litigio
134.08 Adquisición de vehículos en
litigio
134.08.M.01 Créditos de vehículos bajo la
modalidad de "cuota balón" en litigio
134.08.M.02 Créditos para
adquisición de vehículos a empleados en
litigio
134.08.M.03 Créditos para adquisición de
vehículos otorgados por programas especiales en
litigio
134.08.M.09 Otros créditos para
adquisición de vehículos en litigio
134.09 Descuentos y compras de facturas en
litigio
134.10 Anticipos sobre documentos de
exportación en litigio
134.11 Cartas de crédito emitidas negociadas en
litigio
134.12 Cartas de crédito confirmadas negociadas
en litigio
134.13 Otras aceptaciones en
litigio
134.14 Créditos de programas especiales de
financiamiento en litigio
134.14.M.01 Créditos con recursos provenientes de
la institución financiera en litigio
134.14.M.01.01 Créditos a plazo fijo en
litigio
134.14.M.01.02 Créditos en cuotas en
litigio
134.14.M.01.03 Otros créditos en
litigio
134.14.M.02 Créditos con recursos de programas
especiales de financiamiento en litigio
134.14.M.02.01 Créditos a plazo fijo en
litigio
134.14.M.02.02 Créditos en cuotas en
litigio
134.14.M.02.03 Otros créditos en
litigio
134.15 Créditos a directores y empleados en
litigio
134.16 Créditos por venta de bienes a plazo en
litigio
134.17 Créditos por compras de ordenes de pago en
litigio
134.18 Créditos hipotecarios en
litigio
134.18.M.01 Para adquisición de
inmuebles
134.18.M.01.01 Para adquisición de vivienda
indexados bajo el Sistema de Ahorro Habitacional en
litigio
134.18.M.01.02 Para adquisición de vivienda fuera
del Sistema de Ahorro Habitacional en litigio
134.18.M.01.03 Créditos para adquisición
de vivienda otorgados a directores y empleados en
litigio
134.18.M.01.04 Créditos para adquisición
de vivienda rehabilitados en litigio
134.18.M.01.05 Créditos para adquisición
de vivienda bajo las condiciones de la Ley Especial de
Protección al Deudor Hipotecario de Vivienda en
litigio
134.18.M.01.07 Otros créditos para
adquisición de vivienda en litigio
134.18.M.01.09 Créditos para adquisición
de otros inmuebles en litigio
134.18.M.02 Para construcción de
inmuebles
134.18.M.02.01 Para construcción de vivienda
indexados bajo el Sistema de Ahorro Habitacional en
litigio
134.18.M.02.02 Para construcción de vivienda
fuera del Sistema de Ahorro Habitacional en litigio
134.18.M.02.03 Créditos para construcción
de vivienda otorgados a directores y empleados en
litigio
134.18.M.02.04 Créditos para construcción
de vivienda rehabilitados en litigio
134.18.M.02.05 Créditos para construcción
y autoconstrucción de vivienda bajo las condiciones de la
Ley Especial de Protección al Deudor Hipotecario de
Vivienda en litigio
134.18.M.02.07 Otros créditos para
construcción y autoconstrucción de vivienda en
litigio
134.18.M.02.09 Créditos para construcción
de otros inmuebles en litigio
134.18.M.03 Para mejoras de inmuebles
134.18.M.03.01 Para mejoras a vivienda indexados bajo el
Sistema de Ahorro Habitacional en litigio
134.18.M.03.02 Para mejoras a vivienda fuera del Sistema
de Ahorro Habitacional en litigio
134.18.M.03.03 Créditos para mejoras
a vivienda otorgados a directores y empleados en
litigio
134.18.M.03.04 Créditos para mejoras,
ampliación y remodelación de vivienda rehabilitados
en litigio
134.18.M.03.05 Créditos para mejoras,
ampliación y remodelación de vivienda bajo las
condiciones de la Ley Especial de Protección al Deudor
Hipotecario de Vivienda en litigio
134.18.M.03.07 Otros créditos para mejoras,
ampliación y remodelación de vivienda en
litigio
134.18.M.03.09 Créditos para mejoras,
ampliación y remodelación de otros inmuebles en
litigio
134.18.M.04 Otros créditos
hipotecarios
134.19 Deudores por garantías otorgadas en
litigio
134.20 Créditos por reporto en litigio
134.22 Créditos agrícolas en
litigio
134.22.M.01 Créditos agrícolas con
recursos provenientes de la institución financiera en
litigio
134.22.M.01.01 Créditos a plazos fijos iguales o
menores a un año en litigio
134.22.M.01.02 Créditos a plazos fijos mayores a
un año en litigio
134.22.M.01.03 Créditos en cuotas en
litigio
134.22.M.01.04 Documentos agrícolas en
litigio
134.22.M.01.05 Arrendamientos financieros en
litigio
134.22.M.01.06 Cartas de crédito emitidas
negociadas en litigio
134.22.M.01.07 Cartas de crédito confirmadas
negociadas en litigio
134.22.M.01.99 Otros créditos agrícolas
con recursos provenientes de la institución financiera en
litigio
134.22.M.02 Créditos agrícolas con
recursos provenientes de FONDAFA en litigio
134.22.M.02.01 Créditos a plazos fijos iguales o
menores a un año en litigio
134.22.M.02.02 Créditos a plazos fijos mayores a
un año en litigio
134.22.M.02.03 Créditos en cuotas en
litigio
134.22.M.02.04 Documentos agrícolas en
litigio
134.22.M.02.05 Arrendamientos financieros en
litigio
134.22.M.02.06 Cartas de crédito emitidas
negociadas en litigio
134.22.M.02.07 Cartas de crédito confirmadas
negociadas en litigio
134.22.M.02.99 Otros créditos agrícolas
con recursos provenientes de FONDAFA en litigio
134.22.M.03 Créditos agrícolas con
recursos provenientes de otras fuentes en litigio
134.22.M.03.01 Créditos a plazos fijos iguales o
menores a un año en litigio
134.22.M.03.02 Créditos a plazos fijos mayores a
un año en litigio
134.22.M.03.03 Créditos en cuotas en
litigio
134.22.M.03.04 Documentos agrícolas en
litigio
134.22.M.03.05 Arrendamientos financieros en
litigio
134.22.M.03.06 Cartas de crédito emitidas
negociadas en litigio
134.22.M.03.07 Cartas de crédito confirmadas
negociadas en litigio
134.22.M.03.99 Otros créditos agrícolas
con recursos provenientes de otras fuentes en litigio
134.25 Créditos otorgados con recursos de FONCREI
en litigio
134.27 Créditos en litigio otorgados a tasa de
interés preferencial
134.28 Microcréditos en litigio
134.29 Créditos otorgados a la PYME en
litigio
134.29.M.01 Créditos con recursos propios en
litigio
134.29.M.02 Créditos con otros recursos en
litigio
134.30 Créditos en litigio adaptados a medidas
especiales
134.30.M.01 Comerciales
134.30.M.02 Al consumo
134.30.M.03 Hipotecarios
134.30.M.04 Microcréditos
134.30.M.99 Otros
134.31 Créditos otorgados al sector turismo en
litigio
134.31.M.01 Créditos otorgados al sector turismo
Grupo A en litigio
134.31.M.02 Créditos otorgados al sector turismo
Grupo B en litigio
134.99 Otros créditos en litigio
139.00 (PROVISIÓN PARA CARTERA DE
CRÉDITOS)
139.01 (Provisión para créditos
vigentes)
139.02 (Provisión para créditos
reestructurados)
139.03 (Provisión para créditos
vencidos)
139.04 (Provisión para créditos en
litigio)
139.05 (Provisión genérica para cartera de
créditos)
139.06 (Provisión para
microcréditos)
139.06.M.01 (Provisión para microcréditos
vigentes)
139.06.M.02 (Provisión para microcréditos
reestructurados)
139.06.M.03 (Provisión para microcréditos
vencidos)
139.06.M.04 (Provisión para microcréditos
en litigio)
139.06.M.05 (Provisión genérica para
microcréditos)
140.00 INTERESES Y COMISIONES POR COBRAR
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