UNIDAD I
Derecho
penal
CAPITULO I
1.1. – Concepto de
derecho
penal; Conjunto de normas de derecho
publico que determinan el delito, las penas
y las medidas de seguridad.
IUS PUNENDI; Derecho a castigar
ULTIMA RATIA; Última razón
Bienes jurídicos. – La libertad, la
vida, la propiedad,
etc.…
1.2. – Derecho penal. – Conjunto de
normas jurídicas que fijan el poder
sancionado y coactivo del estado a
partir de los conceptos de delito, responsabilidad del sujeto y pena.
1.3. – El código
penal se divide en dos partes
a) Parte general
b) Parte especifica
1.4. – El código penal local.
– l a rige la procuraduría general de justicia del
estado de México,
juez penal de cuantía menor o de primera
instancia.
1.5. – El código penal federal.
– la rige la procuraduría general de la republica,
juez penal federal, ministro publico de la
federación.
En 48 HRS el juez penal tiene que consignar al juzgado
de deliberación al probable responsable del cuerpo del
delito afirmado por el nexo causante (peritaje). Y
en 72 HRS el juzgado de la deliberación tiene que dar su
resolución judicial. (El derecho penal se relaciona
con los artículos 14 al 18 constitucional. Y el art. 16
constitucional es la base de amparo).
1.6. – La evolución de las ideas penales se divide en
tres fases;
1. – Fase o etapa de la venganza;
Comprende la venganza privada, divina y publica
2. – fase Humanitaria o Fase
Científica; Comprende la clásica, positivista
y eclíptica.
3. – Fase científica.
1.7. – Escuelas del derecho
penal:
1.8. – Denuncia: es la declaración
oral o escrita ante un órgano jurisdiccional, en derecho
penal se le conoce como DENUNCIA, y puede hacerse por oficio y
por querella, se utiliza el término DENUNCIANTE y
DENUNCIADO.
LOS REQUISITOS DE LA DENUNCIA SON;
a) identificación y ratificación
del denunciante y su expresión por escrito.b) Si es oral, queda reflejada en un acta que
se redacta por la autoridad encargada de recibirla,
recogiéndose en ambos casos todas las noticias e
informes que se refieran al hecho denunciado y las
circunstancias que conduzcan a su completa y mejor
averiguación y demostración.
La presentación de la denuncia no convierte al
denunciante en parte del procedimiento, ni
le atribuye otra responsabilidad que la de
acusación.
1.9. – Derecho penal. – Normas
jurídicas emanadas del poder público que establecen
delitos, penal
y medidas de seguridad y su forma de
aplicación.
1.10. – Derecho penal subjetivo. –
Protesta jurídica del estado de amenazar a la
colectividad. El derecho que tiene el estado a
crear leyes, derecho a
castigar. (IUS PUNENDI)
1.11. – Derecho penal sustantivo. –
Norma relativa al delincuente, al delito y a la pena o medida de
seguridad (se plasma en el código penal)
1.12. – Derecho objetivo.
– Normas que se ocupan para aplicar el derecho
sustantivo; es el de procedimientos.
(Se plasma en el código de procedimientos
penales).
1.13. – Objeto de derecho penal. – Lo
constituyen las normas jurídicas – penales mismas
que se componen de 2 elementos; el precepto y la
sanción.
El precepto contiene descrita la figura
delictiva a la que se refiere la norma penal, dicho precepto
funciona en formas positiva o negativa, según sea que
mande o prohíba un comportamiento; por su parte, la
sanción abarca la punibilidad, es decir, la pena y/o
medida de seguridad aplicable al delito del que se
trate.
1.14. – Finalidad del derecho penal.
– consiste por una parte en estabilizar mediante
imposiciones de penal y/o medidas de seguridad.
El sistema de las
normas penales que han sido quebrantados; pero, a la vez,
según considero la estabilización de las normas
quebrantadas sirve para la protección de los bienes
jurídicos de la sociedad y de
las personas.
1.15. – Legitimación del derecho penal. –
El derecho penal se legitima porque la violencia que
genera, es menor a la que se daría sino
existiera
CAPITULO II
Página siguiente |