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Acuerdo de convivencia en las Instituciones educativas en el marco del ordenamiento jurídico vigente



Partes: 1, 2, 3, 4

    1. El
      Problema

    2. Objetivos de la Investigación

    3. Justificación

    4. Alcance de la Investigación

    5. Metodología

    6. Fases de la Investigación

    7. Fundamentos teóricos y legales de la disciplina
      escolar

    8. Las normas de convivencia como instrumentos legales para el
      logro del bien común
    9. Criterios a considerar en los acuerdos
      de convivencia escolar, según la legislación
      educativa y de los Derechos del niño y
      adolescente
    10. Conclusiones y
      recomendaciones
    11. Materiales de
      referencia

    Acuerdo de convivencia en las instituciones
    educativas en el marco del ordenamiento jurídico vigente
    para el logro del bien común

    Introducción

    El desarrollo de
    la civilización, está ligado a la aparición
    y progreso de las sociedades, en
    las que la vida en comunidad se
    ordena alrededor de instituciones y estructuras
    complejas bien elaboradas. Esta realidad convierte a los
    ciudadanos en dependientes los uno de los otros, y en
    consecuencia sus relaciones están reguladas por sistemas de
    cooperación donde todos los ciudadanos participen para
    mantener la armonía y el bien de todos. El ambiente
    educativo es una expresión de la convivencia, donde
    encontramos a los docentes,
    estudiantes, personal
    administrativo y obrero y comunidad en general.

    Son imprescindibles, por tanto, unas normas que sirvan
    de punto de referencia y que ayuden a lograr un ambiente sereno
    de trabajo, orden
    y colaboración; un marco generalmente aceptado, que
    precisa los límites
    que la libertad de
    los demás impone a la propia libertad.

    De allí que el estudio se propuso analizar la
    importancia de las normativas de convivencia en las instituciones
    educativas p ara el logro del bien común. Para lograrlo se
    plantearon tres (03) objetivos
    específicos, el primero fue Conocer los fundamentos
    teóricos y legales de la Disciplina
    Escolar, el segundo, Determinar los acuerdos de convivencia como
    instrumentos legales para el logro del bien común y el
    tercero Describir los criterios a considerar en un acuerdo de
    convivencia con pertinencia social en el marco del Ordenamiento
    Jurídico Venezolano para el logro del bien
    común.

    El estudio se justificó desde el punto de vista
    jurídico, en el sentido de propiciar un mayor conocimiento y
    comprensión a la normativa relacionada con el niño,
    y adolescente, como sujetos de derecho, y su
    participación, particularmente, dentro del sistema normativo
    escolar. Y desde el punto de vista social, en la importancia que
    representa el establecimiento de normas en una sociedad, para
    la convivencia en paz y armonía. Aspectos que en la
    sociedad actual están muy deteriorados.

    El
    Problema

    La cotidianidad del hombre en el
    mundo actual, como consecuencia del desarrollo de la actividad
    humana en todos los aspectos de la vida, conlleva a su
    regulación a través de un importante conglomerado
    de normas que se encargan de regir los procedimientos a
    que diere lugar las consecuencias generadas por esa actividad
    social y productiva.

    A tales fines la legislación venezolana revestida
    por la relevancia de la norma jurídica que la compone no
    escapa de observar las necesidades sociales que deben organizarse
    y regularse de manera general.

    Particularmente, el hecho educativo representa un
    sistema en el cual los componentes que lo integran se rigen por
    una normativa jurídica, en distintos ámbitos,
    necesaria para su correcto desarrollo, como lo establece en la
    Constitución de la
    República Bolivariana de Venezuela
    (CRBV, 1999):

    La educación es un
    derecho humano y un deber social fundamental… La educación es un
    servicio
    público y está fundamentado en el respeto a todas
    las corrientes del pensamiento,
    con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser
    humano y el pleno ejercicio de su personalidad
    en una sociedad democrática basada en la valoración
    ética
    del trabajo y en la participación activa, consciente y
    solidaria en los procesos de
    transformación social consustanciados con los valores de
    la identidad
    nacional, y con una visión latinoamericana y
    universal. El Estado, con
    la participación de las familias y la sociedad,
    promoverá el proceso de
    educación ciudadana de acuerdo con los principios
    contenidos de esta Constitución y en la ley
    (Artículo 102).

    De igual manera la Ley Orgánica de
    Educación (LOE, 1980) en su artículo 3, contempla
    que el proceso educativo permite el desarrollo pleno de
    individuos para su participación en el proceso social
    venezolano, como aspecto fundamental para superar las
    contradicciones del país.

    Partes: 1, 2, 3, 4

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