Acuerdo de convivencia en las Instituciones educativas en el marco del ordenamiento jurídico vigente
- El
Problema
Objetivos de la Investigación
Justificación
Alcance de la Investigación
Metodología
Fases de la Investigación
Fundamentos teóricos y legales de la disciplina
escolar
Las normas de convivencia como instrumentos legales para el
logro del bien común- Criterios a considerar en los acuerdos
de convivencia escolar, según la legislación
educativa y de los Derechos del niño y
adolescente - Conclusiones y
recomendaciones - Materiales de
referencia
Acuerdo de convivencia en las instituciones
educativas en el marco del ordenamiento jurídico vigente
para el logro del bien común
Introducción
El desarrollo de
la civilización, está ligado a la aparición
y progreso de las sociedades, en
las que la vida en comunidad se
ordena alrededor de instituciones y estructuras
complejas bien elaboradas. Esta realidad convierte a los
ciudadanos en dependientes los uno de los otros, y en
consecuencia sus relaciones están reguladas por sistemas de
cooperación donde todos los ciudadanos participen para
mantener la armonía y el bien de todos. El ambiente
educativo es una expresión de la convivencia, donde
encontramos a los docentes,
estudiantes, personal
administrativo y obrero y comunidad en general.
Son imprescindibles, por tanto, unas normas que sirvan
de punto de referencia y que ayuden a lograr un ambiente sereno
de trabajo, orden
y colaboración; un marco generalmente aceptado, que
precisa los límites
que la libertad de
los demás impone a la propia libertad.
De allí que el estudio se propuso analizar la
importancia de las normativas de convivencia en las instituciones
educativas p ara el logro del bien común. Para lograrlo se
plantearon tres (03) objetivos
específicos, el primero fue Conocer los fundamentos
teóricos y legales de la Disciplina
Escolar, el segundo, Determinar los acuerdos de convivencia como
instrumentos legales para el logro del bien común y el
tercero Describir los criterios a considerar en un acuerdo de
convivencia con pertinencia social en el marco del Ordenamiento
Jurídico Venezolano para el logro del bien
común.
El estudio se justificó desde el punto de vista
jurídico, en el sentido de propiciar un mayor conocimiento y
comprensión a la normativa relacionada con el niño,
y adolescente, como sujetos de derecho, y su
participación, particularmente, dentro del sistema normativo
escolar. Y desde el punto de vista social, en la importancia que
representa el establecimiento de normas en una sociedad, para
la convivencia en paz y armonía. Aspectos que en la
sociedad actual están muy deteriorados.
El
Problema
La cotidianidad del hombre en el
mundo actual, como consecuencia del desarrollo de la actividad
humana en todos los aspectos de la vida, conlleva a su
regulación a través de un importante conglomerado
de normas que se encargan de regir los procedimientos a
que diere lugar las consecuencias generadas por esa actividad
social y productiva.
A tales fines la legislación venezolana revestida
por la relevancia de la norma jurídica que la compone no
escapa de observar las necesidades sociales que deben organizarse
y regularse de manera general.
Particularmente, el hecho educativo representa un
sistema en el cual los componentes que lo integran se rigen por
una normativa jurídica, en distintos ámbitos,
necesaria para su correcto desarrollo, como lo establece en la
Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela
(CRBV, 1999):
La educación es un
derecho humano y un deber social fundamental… La educación es un
servicio
público y está fundamentado en el respeto a todas
las corrientes del pensamiento,
con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser
humano y el pleno ejercicio de su personalidad
en una sociedad democrática basada en la valoración
ética
del trabajo y en la participación activa, consciente y
solidaria en los procesos de
transformación social consustanciados con los valores de
la identidad
nacional, y con una visión latinoamericana y
universal. El Estado, con
la participación de las familias y la sociedad,
promoverá el proceso de
educación ciudadana de acuerdo con los principios
contenidos de esta Constitución y en la ley
(Artículo 102).
De igual manera la Ley Orgánica de
Educación (LOE, 1980) en su artículo 3, contempla
que el proceso educativo permite el desarrollo pleno de
individuos para su participación en el proceso social
venezolano, como aspecto fundamental para superar las
contradicciones del país.
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