¿Qué es el
CEO?
El CEO tendrá autonomía orgánica y
administrativa y entre sus principales funciones
está la de unificar los aspectos operacionales de la
FAN.
En el artículo 40 de la ley
Orgánica de la FAN, se establece que el CEO "es la
organización militar que planifica y conduce las
operaciones
militares específicas y conjuntas en el marco de un
teatro de
operaciones para la defensa, la cooperación en el mantenimiento
del orden interno y la participación activa en el desarrollo
nacional".
Está conformado por un comandante, un estado mayor
conjunto, los comandos de
componentes operacionales terrestre, naval, aéreo, de
cooperación y desarrollo, así como las unidades
operativas puestas a su disposición por las ramas
militares para el cumplimiento de las misiones que se le
asignen.
El comandante estratégico operacional depende
operacionalmente del presidente de la
República, y administrativamente del ministro de la
Defensa. El CEO sustituyó al antiguo Comando Unificado de
la FAN, Cufan, en cuanto a las acciones a
llevar a cabo en las que estén involucradas los
componentes de la FAN.
El Comando Estratégico Operacional
ejecutará la programación, planificación, dirección y control del
empleo
estratégico operacional especifico, conjunto y combinado
de la Fuerza Armada
Nacional Bolivariana, con jurisdicción en todo el espacio
geográfico de la Nación
y en las áreas continentales, acuáticas y
espaciales de acuerdo a la Constitución, los tratados
suscritos y ratificados por la República, mediante la
defensa integral, mantenimiento del orden interno y
participación activa en el desarrollo nacional, con el fin
de garantizar la seguridad, la
independencia
y la soberanía de la nación.
¿Quienes lo comandan?
Hugo Rafael Chávez Frías Teniente Coronel
Presidente de la República Bolivariana de Venezuela
Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional.
Carlos José Mata Figueroa General en Jefe
Comandante Estratégico Operacional.
Regiones que
integran al comando estratégico
operacional
Las regiones cuentan con un jefe y su Estado Mayor
Conjunto y esta organizada en Zonas Operativas de Defensa
Integral con su Comando y Estado Mayor, y éstas, a su vez,
en Áreas de Defensa Integral con su Comando y Plana
Mayor.
Según la nueva ley de la fuerza armada
bolivariana. En la sección tercera del capítulo III
referido al Comando Estratégico Operacional, se crean las
regiones de defensa integral, cada una de las cuales,
según el artículo 24, "es un espacio del territorio
nacional con características geoestratégicas,
establecido por el Presidente o Presidenta de la República
Bolivariana de Venezuela y comandante en jefe de la Fuerza Armada
Nacional Bolivariana sobre la base de la concepción
estratégica defensiva nacional para planificar, conducir y
ejecutar operaciones de defensa integral, a fin de garantizar la
independencia, la soberanía, la seguridad, la integridad
del espacio geográfico y el desarrollo
nacional".
La ley también establece en su artículo 26
que corresponde a los comandos de estas regiones, a las Zonas
Operativas de Defensa Integral y a las Áreas de Defensa
Integral, "realizar el estudio estratégico de la
jurisdicción territorial correspondiente; formular y
ejecutar los planes de campaña y operacionales en el
ámbito de su competencia;
planificar, conducir y controlar el empleo de las unidades de la
Fuerza Armada Nacional Bolivariana bajo su responsabilidad y las operaciones militares a
nivel estratégico operacional; planificar, ejecutar y
controlar los ejercicios, maniobras, demostraciones y juegos
bélicos en el ámbito de su competencia, y ejecutar
los planes de contingencia en casos de emergencia por estado de
alarma, catástrofes y calamidades públicas que
pongan en peligro la seguridad de la nación".
Así también, "planificar, organizar,
coordinar y supervisar el apoyo a la Organización de Protección Civil y
Administración de Desastres; planificar,
organizar, coordinar y supervisar el apoyo a las autoridades
civiles, y participación activa en el desarrollo de la
región bajo su responsabilidad; ejercer en coordinación con la autoridad
civil correspondiente, el control de los medios y
recursos para su
empleo, en los casos de estado de excepción o cuando sea
necesario, en interés de
la seguridad y defensa de la Nación; ejecutar las tareas
derivadas del
plan de
movilización militar en su jurisdicción territorial
correspondiente; coordinar el apoyo de la Fuerza Armada Nacional
Bolivariana para el restablecimiento del orden público en
su jurisdicción territorial correspondiente; coordinar con
las instituciones
del sector
público y privado, así como la
participación de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en
la planificación del desarrollo de la
región".
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