Indice
1.
Introducción
2.
Conceptualización.
3. Delimitación Del Campo De
Investigación
4.
Conclusión.
1. Introducción.
En los años que corren, con los espectaculares
crecimientos económicos experimentados por los más
importantes grupos
comerciales, norteamericanos y europeos (principalmente),
conjuntamente con sus estables sistemas
democráticos y financieros, es muy probable que los que
estamos de este lado del mundo (que vivimos en un país que
se demuestra estancado ad eternum), nos formulamos serias
preguntas respecto a qué nos deparará el futuro;
sucede que mientras ciertos países se consolidan en los
"mercados
globalizados", aquellos otros que se encuentran en vías de
desarrollo y
los aún no desarrollados, observan impotentes e
indiferentes la decadencia del concepto de "ser
humanos". Es que aquellos que propician su propio crecimiento lo
hacen aprovechando y sacrificando un plexo de derecho que se
ubica necesariamente en una escala superior a
los de orden patrimonial.
El mercado
competitivo, organizado y productivo, ha logrado sobrepasar la
barrera de lo tolerable; nuestros pueblos paladean incesantes el
sabor de la derrota y la humillación. Somos piezas de un
juego de
ajedrez, que
por ser piezas, nosotros no jugamos. Aquí de nuestro lado,
nunca hay ganadores. Trabajamos para ser útiles a esos
gigantes del mundo económico, no para un progreso
equitativo y de justicia
social de nuestro propio orden territorial.
Hemos sido las eternas víctimas de esta arrasadora y
violenta maquinaria del mercado mundial.
Por otra parte, nuestros gobernantes, satisfaciendo su
continuidad, nos han engañado permanentemente con frases
tales como "Revolución
Productiva", "Privatizaciones", "Desregulación estatal" y
"Flexibilización Laboral", esta
última principalmente, es la que ha impactado
sensiblemente sobre el pueblo, porque a raíz de la
precarización de las normas laborales,
se han violado no sólo los derechos patrimoniales de
los trabajadores, sino también derechos consagrados por el
la Constitución Nacional y derechos sociales
nunca otorgados por el Estado,
siempre logrados por el ideal de justicia
social que ha caracterizado a nuestro pueblo.
Pero si el estado mismo
se ha visto forzado a realizar cambios estructurales y
legislativos impulsados por los grandes grupos
económicos, no es menos cierto que nuestro pueblo no puede
esperar a que el estado se
constituya como defensor de los derechos sociales, simplemente
porque éste no quiere hacerlo.
La desprotección normativa nos involucra a todos; el
desprecio por el ser humano como sujeto social en pos del
crecimiento de pocos tiene que dejar de ser una realidad…
El trabajo
debe ser, y debe merecer la categoría que corresponde:
Herramienta de dignificación del sujeto social.
La preocupación central de este trabajo radica en
determinar si ante este marco socioeconómico adverso para
los pueblos de los países subdesarrollados como el nuestro
dónde reina el desempleo, el
Estado
incluirá en su lista de reducción de "costos" a la
Seguridad
Social para mantener el interés de
los inversores y una balanza de pagos
eficiente, desinteresándose una vez mas de la suerte que
corre el pueblo.
Formulación de la hipótesis.
Hipótesis
principal.
Ahora bien, si el Estado ha realizado "ajustes económicos"
para lograr obtener un buen desempeño con sus acreedores extranjeros,
privatizando los servicios
públicos estatales, reduciendo el número de sus
empleados en sus distintas áreas, flexibilizando las
leyes
laborales, generando beneficios de costos para los
empleadores, si ha pretendido la apertura de nuestro mercado
interno con importaciones
residuales en detrimento de las industrias
locales, si ha hecho todo esto, es probable que escaseando sus
fuentes de
ingreso y en su afán de estrechar aún mas fielmente
sus lazos con los grupos económicos más poderosos,
comience a accionar negativamente sobre el sistema de
seguridad social
que, aunque escaso, genera importantes problemas para
los gobiernos en la forma de financiarlos y de garantizar el
cúmulo de coberturas que deberían
otorgarse.
Hipótesis
accesoria
Es probable que desligándose de esta responsabilidad, el Estado podría organizar
con más libertad,
cumplir con los compromisos establecidos por los acreedores.
Es probable que el Estado tienda a eliminar el sistema de
Seguridad
Social, que se privilegie a la economía por sobre lo
humano, máxime teniendo en cuenta la falta de eficiencia que ha
demostrado tener para administrar los fondos públicos;
cuanto menor sea la responsabilidad que asuma frente al pueblo,
menores serán también las respuestas que deba
brindar ante su falta de iniciativa e interés en
lo público.
Es probable que la Seguridad Social
sólo logre llevarse a cabo en los países
industrializados que hoy son potencias económicas, con
dirigentes gubernamentales que no tienen la pesada carga de
"rendir cuenta a extraños", que no sufren altos
márgenes de desempleo en sus
comunidades, podrían ocuparse de cumplir correctamente con
un plan de cobertura
social y respeto por los
derechos
humanos con justicia social.
Tomando las palabras Seguridad Social en su aspecto
conceptual diremos:
Seguridad: Encierra la idea genérica de
excención de peligro, daño o mal y afirma las de
confianza y garantía;
Social: Como concerniente a todos aquellos problemas y
restricciones que sufren los trabajadores, pero que
también engloba o subsume a todos aquellos logros y
reivindicaciones obtenidas respecto de las condiciones de
trabajo, además, debemos sumar las inquietudes y
necesidades sociales, es decir, teniendo en cuenta a la sociedad como un
todo orgánico, independiente del acceso o no a un puesto
de trabajo.
Este concepto de
seguridad social que acabo de mencionar es el que utiliza Ossorio
. Es destacable de mencionar que se han elaborado muy variados
conceptos doctrinales sobre lo que debe entenderse por seguridad
social, donde el campo para alistarse en una u otra
posición es amplio, y van desde los contenidos más
restrictivos hasta los más amplios, así puedo
destacar como:
- Restrictivo: el concepto de seguridad social
propuesto por Jarchque quien la concibe como "el conjunto de
medidas que tienden a asegurar un mínimo de
rédito a todo hombre
cuando la interrupción o pérdida de la capacidad
de trabajo, le impiden conseguirlo por sus propios medios" - Amplio: otro doctrinario como Bramuglia
también citado por Ossorio considera que "la seguridad
social comprende la
organización política,
económica y social del Estado consubstanciado con la
existencia del ser humano". Para Beverdge la seguridad social
"trata de garantizar la abolición de la necesidad, y
procurarle a cada ciudadano en todo tiempo ingresos
suficientes para afrontar sus necesidades".
Dentro de estos conceptos amplios de seguridad social
resulta importante remarcar que sin lugar a dudas la
definición mas precisa y concreta de seguridad social es
la que hizo la O.I.T: "en lo esencial puede interpretarse como la
protección que la sociedad
proporciona a sus miembros mediante una serie de medidas
públicas, contra las privaciones económicas y
sociales, que de otra manera derivarían en la
desaparición o en la fuerte reducción de sus
ingresos como
consecuencia de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo o
enfermedad profesional, desempleo, invalidez, vejez y
muerte, y
también la protección en forma de asistencia
médica y de ayuda a las familias con hijos.
Uno de los pilares fundamentales y fundantes de la O.I.T. ha sido
la justicia social, es decir, la concepción distributiva
de los bienes como
forma de organización social, un orden social justo
que ofrezca al hombre
cobertura y posibilidad de continuar desarrollándose con o
sin empleo. Al
constituirse la O.I.T. en 1919 dejó asentado el postulado
esencial de la justicia social en los siguientes términos:
"La paz universal y permanente solo puede basarse en la justicia
social".
Considero que la conceptualización de seguridad social que
ha dado la
Organización Internacional del Trabajo es la
más acertada de las que han sido formuladas en los
últimos tiempos.
Justicia social.
La justicia social constituye ante todo, un ideal ético
por el que los individuos, los grupos, los órganos
públicos y las instituciones
privadas son requeridos para actuar de tal manera que de su
acción y de su desempeño resulte más justicia, mas
solidaridad: el
bien común.
Estado.
Cuando me refiero al Estado, lo hago en su aspecto
político, es decir, como el gobierno
político de los tres poderes que lo componen; el Poder
Legislativo, el Poder
Ejecutivo y el Poder
Judicial.
Evolución conceptual.
Como me he referido anteriormente, al constituirse la Organización Internacional del Trabajo,
dicha institución internacional dejó asentado el
principio de justicia social, postulado estructural en el cual se
asienta la existencia misma de dicha organización, y que
la misma considera indispensable para lograr "una paz universal y
permanente".
- Luego en Filadelfia en el año 1944
proclamó que "la pobreza en
cualquier lugar constituye un peligro para la prosperidad de
todos". Este postulado, si bien figuraba implícito en
los textos de la O.I.T, surgió en forma expresa en
distintos países a partir de la aplicación de
políticas de seguridad
social. - EE.UU, sancionó en 1935 una ley sobre
seguridad social, y esta fue la primera vez en la que la
expresión "seguridad social" fue utilizada en un
documento oficial. - En 1938, fue Nueva Zelanda quien adoptó el
concepto de seguridad social en su legislación, creando
diversas prestaciones. - También en la Carta del
Atlántico se mencionó la seguridad social. (Pacto
firmado por los Estados Unidos
cuyo presidente era Churchill y Gran Bretaña cuyo
presidente era Roosvelt, a bordo de un barco llamado
"Príncipe de Gales" en 1941).
Hecha esta breve reseña de evolución conceptual, me abocaré al
análisis de su situación actual y
futura en el ámbito mundial y el nacional, en base a los
elementos referenciados al comenzar la exposición.
3. Delimitación
Del Campo De Investigación
Geográfica.
Analizaré aspectos referentes a la seguridad social en los
países europeos donde predominan el industrialismo. Estos
países industrializados han conseguido cierto nivel
económico y financiero entre los primeros países
del mundo. Pero principalmente centraré la atención en la Argentina.
Temporal.
Será necesario destacar el período que va desde la
década del treinta hasta 1960 (período de auge de
la seguridad social), para luego desarrollar los aspectos
escenciales que la seguridad social adopta en la actualidad en
nuestro país.
Unidades de observación.
Cuando analizamos la temática de la seguridad social
ineludiblemente observaremos, que podemos formularnos serias
preguntas de contenido jurídico, sociológico,
económico, político y hasta si se quiere
filosófico, y aún mas, podemos quizás jugar
con estas variantes y entrelazarlas en una misma pregunta que las
abarque pacíficamente. Sin lugar a dudas, la complejidad y
la sensibilidad del tema nos permitirá elaborar
muchísimas y acertadas preguntas, pero lo que
conseguiremos serán otras tantas desacertadas respuestas.
Digo esto porque a través del paso de la historia mundial y
principalmente centralizados en lo que se refiere a nuestro
país, no hemos logrado atemperar los efectos de un
elemento preponderante (la economía), que ha
apostado su ficha a ciertos objetivos como
el libre desenvolvimiento del mercado, y la exclusión
desesperada de aquellas circunstancias que pudieran perjudicar la
relación entre capital y
mercado; al principio de la libertad de
contratación y su sabia distribución de los roles políticos,
clases y condiciones de vida.
Unidades de observación
- El contenido filosófico de la Seguridad
Social. - El contenido político de la Seguridad
Social. - El contenido económico de la Seguridad
Social. - El contenido sociológico de la Seguridad
Social. - El contenido jurídico de la Seguridad
Social.
Diseño de la prueba.
El presente trabajo se realizará a través de la
observación documental netamente
cualitativa derivada de:
- Información periodística;
- Jurisprudencia Argentina;
- Doctrina Argentina;
- Opiniones de análisis económico internacionales
(O.I.T.) - Documentación obtenida de Internet.
Contenido.
El análisis de contenido filosófico.
En primer lugar es conveniente determinar, si es el Estado, quien
debe velar y actuar por la realización de la justicia
social. Clarificar esta pregunta es imprescindible a los efectos
de entender el papel del
ciudadano y del Estado en torno a este
tema.
La Doctrina social de la iglesia
católica ha dado un paso fuerte en lo filosófico
destacando como puntos de ataque los siguientes:
- Todo poder
público debe tener como fin primordial la tutela de los
derechos de la persona
humana. - Para un adecuado cumplimiento de esa tutela, el
Estado debe ponderar la creación de un orden social
justo. - El orden social justo permite la plena
realización de la libre personalidad. - Si el orden social es injusto hay amenaza social; la
injusticia es un obstáculo más que peligroso, es
destructivo porque compromete el destino mismo de la sociedad
democrática tal como se la entiende hoy
día.
Sobre estos puntos trata el Libertatis Conscientia, 32,
del 22 de marzo de 1986, página 12. En el V Encuentro
Iberoamericano del Derecho del
Trabajo, realizado en Puebla, México, en
noviembre de 1991, se enmarcaron aún mas las líneas
de separación entre estado y ciudadano expresándose
que.
El estado no es un fin en si mismo, sino un instrumento para la
realización del hombre como persona.
Por lo que con este pensamiento,
no dudamos ni por un momento en afirmar que el hombre crea
el Estado como medio social a través del cual puede lograr
la unidad colectiva con equidad y justicia. Es el Estado el
encargado de garantizar esa protección de la que habla la
seguridad social, por lo que su planificación y acción debe
orientarse sin duda alguna al bienestar del ser humano. Ya
San
Agustín se había ocupado del tema que puede
representarse a través de las siguientes ecuaciones.
- Estado sin paz social y sin seguridad individual =
falta de condiciones para trabajar y producir. - Estado sin trabajo y sin producción = falta de desarrollo.
- Estado sin desarrollo = falta de
justicia. - Sin justicia, no hay estado.
San Agustín, reseña inteligentemente
cuales son las "Seguridades que debe brindar el Estado a sus
ciudadanos, si alguna de esas bases sociales dejan de estar
presentes en la estructura de
la acción estatal, este aparato ya no cumple el fin por el
que ha sido creado, pasando a convertirse en un medio inerte e
innecesario, ineficiente e inseguro. Esta es la conclusión
a la que arribo después de haber analizado a dicho
filósofo.
Por lo tanto, la necesidad filosófica en torno a la
seguridad social es lograr la concentración en la figura
del Estado, de aquellos mecanismos válidos para la
satisfacción de las necesidades del grupo social,
mecanismos que no sólo debe planificar, formar y accionar
el mismo Estado sino que serán de carácter
netamente obligatorio para él, teniendo en cuenta que la
falta de organizaciones
estructurales al servicio de
los ciudadanos, conllevan no solo la falta de justicia, sino que
tienden al conflicto
social, y a la desacreditación del Estado que debe
procurar el único fin de protección y
dignificación del ser humano.
La justicia social constituye ante todo, un ideal ético
por el que los individuos, los grupos, los organos
públicos y las instituciones
privadas son requeridos para actuar de manera que de su
acción, y de su desempeño resulte mas justicia, mas
solidaridad: el
bien común.
El análisis de contenido político.
Un fenómeno que debe advertirse es el ocurrido entre 1950
y 1960, período en el cual la seguridad social
experimentó una amplia expansión fomentada por el
consenso social y político de los distintos grupos
sociales en cada país, principalmente europeos, sin
embargo, ciertos grupos propugnaban por la abolición de
todo sistema de seguridad social basándose sus
críticas y fundamentos en dos supuestas características de la misma:
- Por sus efectos indeseables en la
economía. - Por su incapacidad de alcanzar los objetivos
sociales propuestos, críticas que se alzaron
principalmente a partir de la crisis
petrolera de 1973.
En 1983 el economista Michael Alber expresó que
la seguridad social "sacrificaba el futuro en aras del presente".
También la consideró como "un derroche de las
haciendas públicas".
Según la revista de
informaciones de la Organización Internacional del Trabajo
se destacó que los trabajadores y los empleadores
afirmaron de común acuerdo que la seguridad social es "una
conquista de las sociedades
industrializadas".
Parecería que este texto citado,
enunciado por la O.I.T., se refiere no sólo a los
países industrializados; de hecho en concreto
así es, ya que no es certera la premisa que considere que
los países en vías de desarrollo
económico también lo están respecto de
la seguridad social. Por lo que, mientras la O.I.T emite
opiniones y genera planes para la evolución de la seguridad social de los
países industrializados, los subdesarrollados no pueden
hacerse partícipes de tales programas de
acción, deben primero afianzar sus estructuras, y
lo peor es que deben enfrentar las terribles adversidades que se
plantean a nivel internacional.
La Dra. Estela Ferreirós, realizó un trabajo que ha
sido publicado en Errepar 12. Allí se analiza
comparativamente los sistemas de
seguridad social de la Argentina, Brasil y Paraguay, las
diferencias que surgen se tornan imprescindibles al momento de
analizar el acuerdo de mercado común celebrado por dichos
países en 1991 junto con la República del Uruguay. El
Mercado Común del Sur (Mercosur), es un
acuerdo de "integración" para ampliar las actuales
dimensiones de sus mercados
nacionales, coordinado por diez subgrupos transnacionales de
trabajo encargados de llevar adelante las políticas
macroeconómicas y sectoriales, pero ¿Es
preocupación de este sistema de integración la seguridad social, la
formación profesional, las relaciones colectivas e
individuales del trabajo, y la dignidad de los trabajadores que
conforman el escenario social abarcado por dichos países?
La respuesta obvia es NO.
La Dra. Ferrerirós dice que la política
común, de los empresarios principalmente, es la de demorar
la consideración de lo social, privilegiar lo
económico, sumando a ello la política de simple
observador pasivo, que debe cumplir el Estado, que no debe
intervenir en los efectos del mercado ni las inversiones,
todo ello sin importar las consecuencias sociales que la
práctica de dicha política traiga aparejada.
Jamás se intentó aunar criterios para lograr un
proyecto
normativo común, y mejorar así en forma conjunta
las políticas sobre empleo y
estructura
social.
En resumen, el Mercosur no
aportó ningún elemento progresivo al Estado
respecto de la seguridad social en cada uno de los países
miembros. Como observamos, es indudable que se han producido
cambios severos y preocupantes en torno a las políticas
estatales de seguridad social; hemos pasado mundialmente de un
período de prosperidad en torno a estas cuestiones,
abarcado por los años treinta hasta los setenta a un
período de desaceleración y desinterés que
va desde mediados de los setenta hasta nuestros días y que
se acrecienta a un ritmo desesperante. El Estado limita cada vez
más sus responsabilidades, ya no ocupa un sitio central en
las estrategias de
cambio, es un
mero espectador, y el trabajador un desamparado librado al azar
de una ruleta que no gira libremente, una ruleta que es manejada
por los grupos económicos internacionales y grupos de
poder interno
en los países Latinoamericanos, pero en este "juego del
mercado", siempre ganan los que coactivamente manejan sus
mecanismos, los que saben que pueden dirigirlo, los que saben que
nunca perderán mientras sean ellos quienes decidan las
reglas del juego. Siendo éstas las perspectivas actuales
de las políticas de seguridad social, será el
Estado y los sindicatos
quienes deberán avanzar a paso firme y de inmediato, para
que el futuro sea una reafirmación de las conquistas del
pasado, para que el Estado adecúe su acción a lo
que antes analicé como el "contenido filosófico de
la seguridad social", es decir, que su existencia es sólo
necesaria y sustentable en cuanto su accionar conduzca a la
concreción de los derechos humanos,
de las personas que conforman el todo social.
El análisis de contenido económico.
En esta parte del trabajo debo subrayar que el contenido
económico de la seguridad social es uno de los puntos de
mayor relevancia en cuanto a su análisis, ya que al
profundizar en los aspectos económicos conjuntamente con
sus problemas y posibles soluciones es
allí cuando logramos formar una opinión fundada
(aunque no acabada) sobre ella. Los tres aspectos fundamentales
que preocupan actualmente a los gobiernos en materia de
seguridad social son:
- Problemas sobre los métodos
de financiación; - Problemas sobre la cobertura de los gastos de la
atención de salud; - El problema del futuro de los sistemas de
jubilación.
Los métodos de
financiación en la mayoría de los países
son:
- Con fondos del sistema tributario y
- Con cotizaciones basadas en la remuneración o
en los salarios, y
pagados o generalmente pagados por empleadores y
trabajadores.
Pero los autores (generalmente economistas), que
descargan sus pesimismo sobre los regímenes de seguridad
social proponen los siguientes puntos críticos que pueden
darse en cualquier país:
- El envejecimiento: El sistema puede caer cuando el
envejecimiento de la población más las crecientes
expectativas de vida, conllevan como consecuencia el pago de
pensiones durante más tiempo,
soportadas por una población activa proporcionalmente
menor. - Asistencia médica: La asistencia médica
gratuita es uno de los principales logros de la seguridad
social de los países industrializados de Europa
(aunque no en todos); sin embargo, sus costos preocupan, debido
a la alta tecnología y especialización
médica que se requiere. - El desempleo: Los países también de
Europa
otorgan varias prestaciones
por seguro de
desempleo, sin embargo, el problema generalizado del desempleo
podría generar una carga para el Estado imposible de
solventar. También se afirma que con los subsidios se
incentiva a dejar de trabajar. Por otra parte, ciertas personas
abusan de este derecho percibiendo el subsidio y trabajando pro
otro tanto clandestinamente, sin ningún otro tipo de
registro
legal, lo que en nuestro país se denomina vulgarmente
"trabajo en negro", afectando en su totalidad al sistema de
Seguridad Social por dos vías:
Se recibe el subsidio soportando por las contribuciones
de los activos;
Se trabaja en negro percibiendo un salario sobre el
cual no se deducen las contribuciones destinadas a los fondos
sociales.
Albert Michael, en su obra citada ya con anterioridad, sostiene
que existen dos formas de financiar los gastos sociales;
ambas perjudiciales para la economía europea:
Incrementando los aportes patronales: Pero su problema radica que
a la larga genera efectos inflacionarios sobre los costos y
reducen la capacidad competitiva y de autofinanciación,
volcándose este resultado también en la falta de
empleo. Esta forma de financiación es adoptada
según este autor por la mayoría de los
países latinoamericanos.
A través del sistema fiscal: Si
bien este sistema resulta menos inflacionista, genera la fuete
tentación de dejar de aumentar el déficit de la
Administración
Pública. Por lo tanto, una vez presentado el
déficit hay que cubrirlo, y se lo hace recurriendo a
préstamos que generan la salida del interés y frena
las inversiones.
Por lo que cualquiera de las dos vías que se
utilicen generan consecuencias, entonces, ¿por qué
no proponer un sistema alternativo o mejor que estos dos modelos, en
vez de inducir a la eliminación de la seguridad social
ponderando la integridad económica?.
La economía es una herramienta del Estado, no un principio
superior a él, y mucho menos superior a los derechos del
hombre que ha creado tanto al Estado como a la Economía,
para evolucionar hacia una sociedad mas justa.
No es posible que los economistas intenten "cargar" a la
Seguridad social o al derecho del
trabajo la problemática del desempleo, si bien sus
planteos a simple vista pueden generar una sensación de
veracidad, lejos están de proporcionar soluciones
eficaces a los nuevos planteos surgidos del actual contexto
mundial; el problema del desempleo es un tema que le compete a la
disciplina
económica, son las prácticas y políticas
económicas de un país las que deciden la distribución de los subsidios a cada
ministerio, las que asignan presupuestos y
en primera instancia es el Poder
Ejecutivo (artículo 99, inc. 1 de nuestra Constitución Nacional), como responsable de
la
administración general del país, quien debe
proponer al Ministro de Economía las políticas a
seguir en materia de
recaudaciones totales, impuestos, cargas
patronales y sociales y su consiguiente redistribución.
Afirma mi postura el trabajo
elaborado por la Dra. Amanda Caubet, quien analiza el concepto de
flexibilización laboral y su
influencia en nuestro país. Por lo que considero relevante
sintentizar los siguientes puntos por ella tratados:
La flexibilidad "debería" como una adaptación de la
normativa laboral a las circunstancias cambiantes de la realidad
social pero siempre encuadrada dentro de los principios y
objetivos que sustentaron el derecho del trabajo. Pero de hecho
no ha ocurrido de esta manera. Se ha intentado durante todo el
gobierno
menemista y ahora en el gobierno de De la Rúa – Cavallo,
sojuzgar y violentar la supuesta rigidez de la ley laboral
protectora, en pos del crecimiento
económico, productividad,
competitividad, empleo, situaciones que
históricamente jamás se han logrado mediante la
modificación de las leyes del
trabajo. Se nos ha engañado para ocultar la verdad de la
propuesta: "Ignorar Los Principios
Fundamentales Del Derecho Del Trabajo Y La Seguridad Social Para
Dar Paso Al Libre Juego De La Libertad Del Empleador".
Como afirma la Dra. Caubet, "el derecho del trabajo es un derecho
protector de los trabajadores, sus normas son
imperativas e irrenunciables, sin embargo, el Estado al fomentar
políticas económicas favorecedoras de cierta
concentración del capital,
arriesgando totalmente la redistribución del ingreso de
los trabajadores, ha condenado a gran parte de nuestra sociedad a
la marginación y al desempleo"….14
El
desempleo crece debido a las políticas económicas
que permiten mantener a los trabajadores en posiciones inertes de
vulnerabilidad y necesidad, cada empleado sabe que su puesto es
esperado por muchos otros que se encuentran desempleados.
Adriana Marshall destacó que… "la realidad interancional
demuestra que la reducción de los costos laborales no
generará empleo, más bien, incrementa el
desempleo"…15
Cualquier economista podrá
decir que la economía
argentina ha crecido en los últimos diez años,
pero dicho crecimiento no está ligado necesariamente al
aumento de empleo.
El lobbie económico y la pasividad sindical que parece
recién ahora despertar de un largo letargo, ahondaron el
problema del desempleo que, reitero al igual que la Dra. Caubet,
considero que no es un problema del derecho del trabajo ni de la
seguridad social:
- El derecho del trabajo se ha subordinado a decisiones
de grupos económicos; - Lamentablemente, la seguridad social ha tomado por el
mismo sendero que el derecho del trabajo, su agonía es
lenta, pero su final implacable. - El fin estatal se concentra también en lo
económico, en un mundo que ha perdido los valores
y conceptos sociales primordiales, no es extraño que los
economistas continúen proponiendo medidas para terminar
de destruir lo que ellos mismos han generado y no saben
solucionar. Me refiero a los mecanismos de seguridad
social.
En este marco y modelo
económico, es indudable que el desempleo, es necesario
para su desenvolvimiento, la existencia de un "ejército de
reserva" (desocupados), que ejerza presión
sobre los que si lo tienen para que éstos acepten las
sugerencias patronales, que en todos los casos son violatorias de
derechos subjetivos. Individuales y colectivos.
A diferencia de lo que sostiene Daniel Eduardo Stortoni, para
quien el desempleo es "una contingencia"16,
entendiéndose por tal la posibilidad de que un hecho
suceda o no, creo que el desempleo a esta altura, ya no es una
contingencia social sino, un mal necesario del modelo
económico. Quien trabaja asume que en cualquier momento
volverá a ser un desocupado más, el empleo es
cíclico e inestable. El principio de estabilidad en el
empleo ha vuelto a ser una utopía.
Muchos han visto con agrado la importante reforma constitucional
de 1994, porque presuponía el afianzamiento de los
derechos y garantías constitucionales, una norma elogiada
por la mayoría doctrinaria, es la cláusula
programática establecida en el artículo 75, inc. 19
CN en lo atinente al "desarrollo
económico con justicia social" y a la
"generación de empleo", ambos postulados han demostrado
ser simples declamaciones de un ideal que no concretará
evidentemente, no solo a corto plazo, sino que tampoco
verán las futuras generaciones, mientras las leyes
sancionadas sigan siendo de neto corte liberal.
Además, todas las soluciones posibles deben provenir de la
economía, mientras el Estado no reoriente la
política en pos de la concresión de los fines de la
seguridad social, mientras esto no ocurra, la finalidad de la
existencia misma del Estado estará puesta e duda.
El día 16 de noviembre del año 2000 en la web site
www.pagina12.com.ar , el periodista David Cufré en un
artículo tutulado "Reforma con final previsible"
(refiriendose a la reforma laboral introducida por la ley
25.250), sintentiza claramente cuáles son los puntos
más importantes de la posible derogación del
régimen previsional estatal, destacando la importante
actividad despegada por el Ministro de Economía en ese
entonces, José Luis Machinea. Por supuesto, detrás
de ello, se esperaba que la Argentina logrando concretar estas
políticas aberrantes obtuviera el resonado blindaje
financiero otorgado por el Fondo Monetario
Internacional (F.M.I).
El contenido sociológico de la Seguridad
Social.
Es destacable mencionar que el Dr. Ackerman ha realizado un
trabajo en el que analiza los problemas del derecho del trabajo y
de la seguridad social que acarrea la migración
de trabajadores transfronterizos; la discriminación como punto central genera la
agrupación en villas de emergencia de dichos inmigrantes
en el radio suburbano
de las ciudades y otras veces no tan alejados de las mismas.
Dicha marginalidad,
producto de la
discriminación, genera grandes diferencias
sociales, incrementa a las clases bajas y los inmigrantes que
pueden trabajar, sufren grandes problemas de seguridad social
debido al trato desigual como señala el Dr. Ackerman.
Ellos son.
- Las diferencias en los beneficios o en los montos de
las prestaciones. - La discontinuidad de sus cotizaciones.
- La pérdida del derecho a las prestaciones por
el regreso al país de origen o por una nueva
emigración.
Es evidente que estos problemas afectan al trabajador y
a su familia generando
mayores diferencias sociales entre quienes detentan el poder
económico y quienes sólo tienen para ofrecer en la
negociación su fuerza de
trabajo, para lograr la tan ansiada dignidad social. Sin embargo,
como bien señala el Dr. Ackerman … "el capitalismo
continúa condenando a las personas que trabajan a la pobre
y agraviante condición de Recursos
Humanos"….
Quiero destacar que a partir del año 2000 el Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, pasó a llamarse Ministerio de
Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos
de la Nación,
de lo cual, me permito sacar las siguientes
conclusiones:
- Ministerio e Trabajo y Empleo: ¿Trabajo y
empleo pasaron a ser cosas diferentes? En nuestro país
de una u otra forma, no lo hay. - Formación de Recursos
Humanos: Es lo que sobra, todos los trabajadores son
"formados" por las empresas con la
concepción de que éstos son simples "recursos"
bienes
fungibles. Esta nueva denominación del Ministerio le
sienta bien a los tiempos que corren. Parecería que la
Seguridad Social, o bien no está en los planes del
gobierno, o bien éste, avergonzado de su
situación actual prefiere ni mencionarla.
El contenido jurídico de la Seguridad Social.
En cuanto al contenido jurídico de la seguridad social, es
desechable en gran parte; la mayoría de los autores
critican la normativa vigente en esta materia, pero no puedo
agotar este trabajo, sin mencionar ciertos puntos esenciales.
Nuestra Constitución Nacional establece en el
artículo 14 bis que …. "El Estado otorgará los
beneficios de la Seguridad Social, que tendrá carácter
de integral e irrenunciable"…
La solidaridad es la base fundamental de la seguridad social, de
modo tal que particularmente en materia de jubilaciones y
pensiones, los trabajadores y empleadores efectúan aportes
que no se relacionan con el otorgamiento necesario de un
beneficio al aportante o respecto de quien aporte. Y, como
consecuencia de este principio, la Corte Suprema de Justicia de
la Nación
ha declarado que la obligación de aportar a un
régimen jubilatorio, rige aún cuando el afiliado
eventualmente no llegare a gozar de ninguno de los beneficios del
régimen previsional17.
El sistema creado por la ley 24.241, no condice con las pautas
establecidas por la Constitución Nacional y que resulta de
ella su innegable exigibilidad; su sistema no responde a la
conveniencia de la Seguridad Social, en ese orden de ideas,
coincido con la crítica que le formula a la ley el Dr.
Fernandez Madrid, por considerar al
régimen de capitalización individual previsto por
dicha normativa, como insolidario o contrario al principio de
solidaridad.
Sucede que quien realiza su aporte como capitalizable, se inserta
en un mecanismo de ahorro
individual, obligatorio e irrevocable, e indisponible.
Señala también el distinguido jurista que muy pocos
países lo han utilizado, pero que en todos los casos no ha
sido para mejorar la situación de la Seguridad Social,
sino para que los capitales sean invertidos en sus mercados.
Parece que en breve lapso los trabajadores que en el año
1994 hubieran elegido por permanecer en el régimen
jurídico estatal, serán los últimos
trabajadores jubilados a través de dicho régimen,
porque uno de los puntos que trata esta reforma previsional es la
aboliciòn del sistema estatal para los nuevos
trabajadores. Dicho sistema será pagando jubilaciones y
cobrando aportes pero no recibirá nuevos afiliados.
Para las mujeres aumenta en forma gradual la edad jubilatoria, y
lo más terrible del esta normativa es la reducción
del P.B.U. (prestación básica universal),
según la jubilación que le toque percibir a cada
trabajador en su caso particular; esta normativa empezó a
regir a partir el 1 de marzo de 2001 y tiene el siguiente
esquema:
- Para los que se jubilen con menos de $300, el Estado
aportará la diferencia para que cobren esa
cifra. - Los que se jubilan con $600 o más,
perderán el derecho a cobrar los $200 que el Estado
otorga como P.B.U. a los que se jubilan, ya sea que pertenezcan
al sistema público o privado. - Los que se jubilen entre $300 y $600,
recibirán el complemento estatal, así quien hoy
le corresponde una haber de $400, cobrará $360, quien
tiene derecho a $500 cobrará $420.
De la misma forma que lo ha venido haciendo el gobierno
Menemista y el gobierno Radical – Cavallista con los grupos
económcos y el Fondo Monetario
Internacional; si ya ni el Ministerio de Trabajo concibe en
su nombre a la Seguridad Social, seamos los trabajadores los que
obliguemos al gobierno no sólo a que vuelva a
contemplarla, sino a que se cumpla con lo constitucionalmente
prescripto.
Como resultado final he obtenido la corroboración
de la hipótesis principal formulada al comienzo
de este trabajo.
El Estado tratará por todos los medios de
eliminar a la seguridad social, evitando así tener que
desarrollar complicadas estrategias para
cubrir los fondos necesaris para la viabilidad y subsistencia del
modelo económico, cumpliendo, asimismo, con los acreedores
internacionales.
A través del análisis de contenido
filosófico hemos difinido el rol principal que debe tener
todo Estado "la tutela de los derechos de la persona humana".
A través del análisis de contenido político
pudimos observar como en el período histórico que
va de 1950 a 1960 la Seguridad Social experimentó una
amplia expansión, todos los países ricos y no ricos
entendían y veían en la Seguridad Social una
solución a los problemas de desempleo producto del
período de posguerra, la veían también como
un medio idóneo y favorable para afianzar los lazos de
unión entre el Estado y la Dignidad Humana.
A través de los demás contenidos ya no sólo
obteníamos puntos de partida orientados de nuestra
investigación, sino que nos proporcionaron
el claro panorama y la refutación de los viejos conceptos
base que guiaron y fomentaron el surgimiento, el fomento y el
mantenimiento
del sistema de seguridad social.
El contenido económico delineó los fundamentos de
esta progresiva e inevitable "extinción" y así
encontramos:
- Que economistas opinan que la financiación de
gastos sociales cualquiera sea su vía es "perjudicial".
Sin embargo, no ofrecen ningún modelo alternativo como
posible solución. - La economía ha pasado a ser un orden superior
al mismo Estado, y el hombre,
el medio adecuado para contribuir a sus fines que por cierto,
son de dudosa moralidad. - Las integraciones regionales latinoamericanas como el
Mercosur, sólo han servido como antecedentes
históricos y proyectos
ideales de "libre mercado" y "fronteras", sin embargo, nada se
ha hecho por la consagración normativa de los derechos
sociales a nivel regional, cuanto más abaraten sus
costos de mano de obra, cuanto mas flexible su núcleo
normativo laboral, más posibilidades tendrán de
continuar en su fantasioso camino de
"integración".
Pero no solo los habitantes de nuestro país se
ven afectados por esta lenta y agónica desaparición
de la Seguridad Social; los inmigrantes transfronterizos lejos de
obtener soluciones que en sus países no encuentran,
trasladan mayor incertidumbre en el nuestro a través de su
trabajo precario y debiendo asumir desde el comienzo, la falta de
cobertura social de cualquier tipo.
Y como si el panorama observado fuese poco, el Estado
continúa exprimiendo esta institución que tanto nos
ha costado construir, con el único fin de encontrar
soluciones económicas a sus "impostergables compromisos"
que nunca habían sido tomado tan seriamente como en los
últimos años.
Así el esquema, es necesario tomar como "verdad absoluta"
de nuestros días lo mencionado en un trabajo de la O.I.T,
…"la Seguridad Social es una conquista de las sociedades
industrializadas".
Mientras continuemos con los brazos cruzados y seguimos esperando
que por arte de magia
esto cambie, los demás continuarán buscando
"soluciones" por y para nosotros. Quizás cuando nos
decidamos a luchar por lo que es nuestro, no tengamos ni siquiera
lo poco que nos queda, y lo que en otros tiempos fue una
solución, se transformará en un problema
irremediable del presente….
Autor:
Marina Giselle Maidana
D.N.I. 26.216.900
Facultad de derecho
Universidad de
buenos aires
Cátedra: Zuleta Puceiro
Tema: "Seguridad social. Una solución del pasado. Un
problema del presente".
Dto de Ciencias
Sociales