Dentro del marco de la estructura del
Estado
Venezolano, la forma de la Administración
Pública admite la Centralización; entendiéndose esta
como: La acción
de reunir o concentrar en un solo órgano, todos los
asuntos de índole político y administrativo; es
decir, que existe un único órgano superior capaz de
tener bajo su mando todas las funciones,
competencias y
controles, con respecto a los demás órganos que
integran la
Administración Pública Venezolana.
En este orden de ideas, se dice que existe
centralización, cuando los órganos que conforman la
Administración Pública se agrupan
colándose unos respectos con otros, en una
situación de dependencia, es decir, en una relación
jerárquica, donde el órgano que se ubica en el
punto más alto de la jerarquía, tienes ciertos
poderes sobre los otros. Dentro del modelo de
centralización, el Presidente de la
República se le atribuye un doble carácter:
1. El de órgano político: donde se
establece la relación directa con el estado y con los
demás órganos que constituyen a este
ultimo.2. El de órgano administrativo: ya que
representa el órgano superior dentro de la
Administración Pública Centralizada y con esto
se le atribuye el poder de decidir, mandar y además la
gran tarea de mantener la relación entre los
órganos que se encuentran bajo su dependencia.
Es necesario mencionar las características más
resaltantes de la Centralización, las cuales son:
Existe un órgano superior que concentra todas las
funciones y competenciasLos demás órganos que componen la
Administración Pública, no tienen
autonomía funcional, es decir, que no pueden tomar
decisiones propias.
Ahora bien, dentro del marco de la estructura de una administración pública centralizada,
se encuentran diferentes niveles de organización que son objetos de estudio,
para comprender la centralización de la
Administración Pública Venezolana, los cuales
son:
1. La Administración Pública
Nacional2. La Administración Pública
Estadal3. La Administración Pública
Municipal
En primer término se explica la forma centralizada de
la Administración Pública Nacional; este que es el
primer y más alto nivel dentro de la administración
pública, se rige por las disposiciones de la Ley
Orgánica de la Administración Pública
(L.O.A.P), con la finalidad de ampliar y organizar la
administración del estado, atendiendo a la
organización y la competencia de
los poderes públicos establecidos previamente por la
Constitución. Por otro lado y atendiendo a
la forma de centralización de este nivel, se encuentra que
la administración pública centralizada de acuerdo
con lo establecido en la Ley Orgánica de la
Administración Pública; introduce ciertos
órganos que ayudaran a la buena ejecución de las
funciones públicas, para así lograr los fines
propuestos por el estado.
Dentro de los órganos establecidos se encuentran los
siguientes:
a) Órganos Superiores de Dirección:
conformado por aquellos que integran el Poder Ejecutivo:
Presidente de la República: Jefe de Estado y
máximo jerarca de la administración
pública; además de las atribuciones conferidas
por la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela (C.R.B.V), la L.O.A.P, le atribuye a este
dirigir la administración pública central a
nivel nacional, entre las tareas que le confiere esta Ley, se
pueden nombrar las siguientes:Créditos Adicionales: que consiste en la
aprobación de estos al presupuesto nacional, con
previa autorización de la Asamblea Nacional (A.N)Negociación de Empréstitos: Estos son
operaciones de créditos, llevan a cabo para realizar
inversiones productivas, además de dotar de
títulos públicos al Banco Central de Venezuela,
para operaciones de mercado abierto, pero para esto debe
contar con la aprobación de la Asamblea Nacional.Contratos de Interés Público Nacional: son
aquellos referentes a la administración
pública, que con la previa indicación del
presidente, serán celebrados por el vice-presidente o
el procurador.Reglamentación de Leyes: donde tiene la facultad de
reglamentar total o parcialmente las leyes sin alterar su
espíritu, propósito o razón.
Además de las atribuciones mencionadas el Presidente de
la República tiene otras funciones establecidas, que
ejecutara de mano con el Vice-presidente o Ministros del Ramo,
como lo son:
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