- Introducción
- Funciones de la
prisión - Argumentos a favor
de la prisión - Argumentos en
contra de la prisión - Reacción
ante los problemas de la prisión - Conclusiones
- Bibliografía
Resumen
La prisión tal como está organizada y funciona
en la actualidad, ha fracasado si la comprobamos con la
institución que despertaba tantas esperanzas, cuando fue
inicialmente concebida en el siglo XVII.
En épocas recientes ha dado lugar a que se hable de una
crisis, de una
decadencia, de un fracaso, de un crepúsculo de la
prisión tomando en consideración los altos
índices de reincidencia pues estudios realizados en
nuestro país sostienen que las cifras de reincidencia son
del 43% de la población total en la cárceles de
Santa Martha y de Almoloya de Juárez. Otros estudios
realizados en Estados Unidos de
Norteamérica demuestran que más de la mitad de las
personas que salen de prisión vuelven a cometer un
delito.
Introducción
En el presente trabajo se
analizan las funciones de la
prisión que como pena se le han atribuido, en el que se
hace refleja que tanto la prevención especial como la
prevención general están lejos de la realidad.
En la doctrina penal se exponen argumentos como que la
prisión tiene un carácter humanitario con respecto a la
pena de muerte
u otras penas igualmente infames; así como que conserva su
eficacia
incapacitadota para impedir o limitar la acción
antisocial de aquellos delincuentes considerados altamente
peligrosos. No obstante loas argumentos a favor de la
prisión se han vertido innumerables argumentos en contra
de dicha pena por su abuso y efectos nocivos, por lo que se
propicia la imposición de alternativas a esta pena.
En este trabajo se empleo el
método
deductivo, inductivo y analítico; utilizando como
técnica la documental.
Funciones de la
prisión
El maestro, Rodríguez Manzanera[1]dice
que la prisión como pena debe cumplir fundamentalmente la
función
de prevención especial, sin olvidar la función
secundaria de reforzamiento de prevención general.
a) La prevención especial se cumple cuando al
delincuente se le aísla de la sociedad y por ende esta
función sólo se cumple en un principio, es
decir, mientras cumpla su pena.b) La prevención general se fortifica con la
aplicación de la sanción haciéndole
saber al delincuente que la punibilidad para determinada
conducta no era vana.
En investigaciones
recientes realizadas por Marco del Pont[2]sobre
ladrones arrogan como resultado que la prevención especial
está alejada de la realidad que el mismo llama "el
mito de la
prevención especial" pues los grados de reincidencia son
en la actualidad asombrosamente altos con la aplicación de
la pena de prisión; esta función retributiva de
esta pena como acertadamente lo afirma Rodríguez
Manzanara[3]sólo en teoría
ha sido superada, porque en la realidad el derecho penal con
la ejecución de ésta pena responde a la ofensiva
hecha a la sociedad; la
mayoría de profesionales dicen que no bastaría la
anterior finalidad, sino que es deseable que cumpla una
función socializadora, es decir, que haga de la persona privada
de su libertad un
individuo apto
para regresar a la vida en la sociedad.
En otras indagaciones profesor
Mañanera[4]en lo referente a la
prevención general el penalista llega a afirmar que como
la otra prevención; está, también es un mito
pues ya que es una falacia creer que una ley llegue a ser
conocida por todos los ciudadanos de un país, cuando la
desconocen incluso quienes en razón de su profesión
deberán tener un conocimiento
acabado de la misma; y en consecuencia si hay un desconocimiento
de la norma penal es una quimera pensar que evita determinadas
conductas antisociales.
Argumentos a
favor de la prisión
Una parte de la doctrina penal defiende a la pena de
prisión asignándole los siguientes atributos:
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